Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional
MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
Resolución 26/2012
Emisión de una orden de pago en
concepto de pago de bonificación a los créditos otorgados por la
utilización de cupos colocados con vencimiento en el mes de enero de
2012.
Bs. As., 22/2/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0011843/2012 del Registro del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y sus respectivas
reglamentaciones, los Decretos Nros. 748 de fecha 29 de agosto de 2000,
357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, 871 de fecha 6
de octubre de 2003, 159 de fecha 24 de febrero de 2005 y 62 de fecha 10
de diciembre de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de
2002 y sus modificaciones fue aprobado y modificado el Organigrama de
Aplicación de la Administración Nacional Centralizada.
Que mediante el dictado del Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010
le fue asignada a la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, competencia para
entender en todo lo relativo a las Pequeñas y Medianas Empresas,
entendiendo en la aplicación de las normas correspondientes a los
Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y de las
disposiciones dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de
Aplicación.
Que el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas fue creado mediante el dictado del Decreto Nº 748 de
fecha 29 de agosto de 2000, el cual fue a su vez modificado ulterior y
parcialmente mediante los Decretos Nros. 871 de fecha 6 de octubre de
2003 y 159 de fecha 24 de febrero de 2005.
Que mediante las Resoluciones Nros. 123 de fecha 6 de diciembre de
2010, 15 de fecha 24 de febrero de 2011, 121 de fecha 4 de mayo de
2011, 163 de fecha 24 de junio de 2011 y 232 de fecha 6 de septiembre
de 2011, todas de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA se efectuaron los
correspondientes llamados a licitación de cupos de crédito con tasa
bonificada en el marco del Programa de Estímulo al Crecimiento de las
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Que mediante las Disposiciones Nros. 325 de fecha 3 de octubre de 2005,
349 de fecha 28 de octubre de 2005, 28 de fecha 14 de diciembre de
2005, 80 de fecha 26 de diciembre de 2005, 94 de fecha 2 de agosto de
2006, 137 de fecha 3 de octubre de 2006, 12 de fecha 7 de febrero de
2007 y 164 de fecha 30 de abril de 2007, todas de la ex SUBSECRETARIA
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y las Disposiciones Nros. 34 de
fecha 27 de noviembre de 2009 y 106 de fecha 15 de diciembre de 2009,
ambas de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, y
así también mediante las Resoluciones Nros. 14 de fecha 21 de julio de
2010, 85 de fecha 20 de octubre de 2010, 123 de fecha 6 de diciembre de
2010, 15 de fecha 24 de febrero de 2011, 121 de fecha 4 de mayo de
2011, 163 de fecha 24 de junio de 2011 y 232 de fecha 6 de septiembre
de 2011, todas de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA se efectuaron los
correspondientes llamados a licitación de cupos de crédito con tasa
bonificada en el marco del Programa de Estímulo al Crecimiento de las
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Que mediante las Disposiciones Nros. 360 de fecha 16 de noviembre de
2005, 1 de fecha 9 de diciembre de 2005, 36 de fecha 10 de febrero de
2006, 37 de fecha 10 de febrero de 2006, 115 de fecha 11 de septiembre
de 2006, 153 de fecha 6 de noviembre de 2006, 42 de fecha 13 de marzo
de 2007 y 232 de fecha 12 de junio de 2007, todas de la ex
SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de
la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y las Disposiciones
Nros. 103 de fecha 11 de diciembre de 2009 y 111 de fecha 28 de
diciembre de 2009, ambas de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE
INDUSTRIA Y TURISMO, y así también mediante las Resoluciones Nros. 20
de fecha 4 de agosto de 2010, 104 de fecha 16 de noviembre de 2010, 160
de fecha 29 de diciembre de 2010, 25 de fecha 28 de marzo de 2011, 149
de fecha 1 de junio de 2011, 186 de fecha 13 de julio de 2011 y 248 de
fecha 16 de septiembre de 2011, todas de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA se
procedió a la adjudicación de los cupos de crédito ofrecidos por las
Entidades Financieras participantes de cada uno de los llamados a
licitación mencionados precedentemente.
Que asimismo, la Autoridad de Aplicación ha suscripto convenios con el
objeto de bonificar la tasa de interés de créditos, los cuales fueron
aprobados conforme con el siguiente detalle: con la firma NACION
FIDEICOMISOS S.A., en su calidad de Fiduciario del PROGRAMA DE
FINANCIAMIENTO PARA LA CREACION Y CONSOLIDACION DE MICROEMPRENDIMIENTOS
(FOMICRO), por hasta la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES ($
50.000.000.-), aprobado por la Disposición Nº 388 de fecha 23 de
septiembre de 2004, modificado por las Disposiciones Nros. 129 de fecha
7 de abril de 2005, 322 de fecha 26 de septiembre de 2005 y 127 de
fecha 10 de abril de 2007, todas ellas de la ex SUBSECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y por la Disposición Nº 696 de fecha 7 de
junio de 2010 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO; con
la firma NACION FIDEICOMISOS S.A., en su calidad de Fiduciario del
FONDO INTEGRAL PARA EL DESARROLLO REGIONAL (FONDER), por hasta la suma
de PESOS CINCUENTA MILLONES ($ 50.000.000.-), aprobado por la
Disposición Nº 112 de fecha 3 de abril de 2007 de la ex SUBSECRETARIA
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y modificado por la Disposición
Nº 695 de fecha 7 de junio de 2010 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO
DE INDUSTRIA Y TURISMO; con la Provincia del CHUBUT y el BANCO DE LA
NACION ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, por hasta la suma de PESOS DIEZ MILLONES
($ 10.000.000.-), aprobado mediante la Disposición Nº 189 de fecha 7 de
diciembre de 2006 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION; con la Provincia del CHACO y el NUEVO BANCO DEL
CHACO S.A., por hasta la suma de PESOS QUINCE MILLONES ($
15.000.000.-), aprobado por la Disposición Nº 63 de fecha 20 de marzo
de 2007 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION;
con el FONDO PARA LA TRANSFORMACION Y EL CRECIMIENTO de la Provincia de
MENDOZA, por hasta la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($
35.000.000.-), aprobado mediante la Disposición Nº 162 de fecha 13 de
mayo de 2005 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION;
con el FONDO PARA LA TRANSFORMACION Y EL CRECIMIENTO de la Provincia de
MENDOZA, por hasta la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($
35.000.000.-), aprobado mediante la Resolución Nº 262 de fecha 5 de
septiembre de 2008 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION;
con la Provincia de SANTA FE, por hasta la suma de PESOS TREINTA
MILLONES ($ 30.000.000.-), aprobado mediante la Disposición Nº 267 de
fecha 11 de julio de 2007 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION; con la Provincia de SANTA CRUZ y el BANCO DE LA
NACION ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, por hasta la suma de PESOS DIEZ MILLONES
($ 10.000.000.-), aprobado mediante la Disposición Nº 241 de fecha 1 de
julio de 2008 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y
con el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, para el financiamiento del Sector
Turismo, por hasta la suma de PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000.-),
aprobado mediante la Disposición Nº 33 de fecha 24 de noviembre de 2009
de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO y con el BANCO
DE LA NACION ARGENTINA, para el Financiamiento de Inversiones de
Actividades para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa —Reglamentación Nº
400—, por hasta la suma de PESOS QUINIENTOS MILLONES ($ 500.000.000.-),
aprobado mediante la Disposición Nº 483 de fecha 16 de abril de 2010 de
la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.
Que el artículo 9º del Decreto Nº 871/03 permite el acceso a los
beneficios del Régimen de Bonificación de Tasas, mediante la
participación y posterior adjudicación resultante de un llamado a
licitación de acuerdo con las modalidades que la Autoridad de
Aplicación determine en cada caso.
Que en un mismo sentido, el artículo 3º del Decreto Nº 159/05 establece
que la Autoridad de Aplicación podrá disponer la firma de convenios o
llamados a licitación de cupos de crédito en la región que ella
determine.
Que el Decreto Nº 353 de fecha 10 de marzo de 2010 en su artículo 2º
aprueba el PLAN DE RENOVACION DE FLOTA DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE
CARGAS.
Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 3º del Anexo II del
citado decreto, entre los beneficios contemplados por el Plan referido,
se encuentra el otorgamiento de créditos con tasa de interés bonificada
por el ESTADO NACIONAL.
Que la Resolución Nº 99 de fecha 19 de abril de 2010 de la ex
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del
ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO aprobó el modelo de Convenio a
suscribir entre la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, en el marco del
mencionado plan.
Que según lo establece el artículo 31 del Anexo II del Decreto Nº
353/10, la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO deberá gestionar el
pago de la bonificación de la tasa de interés resultante de la
aplicación del PLAN DE RENOVACION DE FLOTA DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE
CARGAS.
Que el Decreto Nº 915 de fecha 28 de junio de 2010 en su artículo 1º
aprueba el PROGRAMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE PARQUES INDUSTRIALES
PUBLICOS EN EL BICENTENARIO.
Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 29 del Anexo del
citado decreto, el ESTADO NACIONAL bonificará parcialmente la tasa
nominal anual que establezcan las entidades financieras por préstamos a
otorgarse en el marco del mencionado Programa.
Que mediante la Resolución Nº 80 de fecha 18 de octubre de 2010 de la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA fue aprobado el modelo de Convenio a suscribir
entre la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, en el marco del mencionado
Programa.
Que según lo establece el artículo 30 del Anexo del Decreto Nº 915/10,
la Autoridad de Aplicación a través de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL deberá arbitrar los medios
necesarios a los fines de suscribir un convenio con el BANCO DE LA
NACION ARGENTINA para la implementación del presente Programa.
Que se debe entonces proceder al pago en concepto de bonificación de
los créditos otorgados por la utilización de los cupos oportunamente
adjudicados y colocados en el marco de los llamados a licitación antes
mencionados, correspondientes a cada Entidad Financiera participante,
descontados los intereses resarcitorios y punitorios que
correspondieran en cada caso, así como por los créditos otorgados en el
marco del PLAN DE RENOVACION DE FLOTA DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE
CARGAS y aquellos créditos otorgados en el marco del PROGRAMA NACIONAL
PARA EL DESARROLLO DE PARQUES INDUSTRIALES PUBLICOS EN EL BICENTENARIO.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la
Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha tomado la intervención que
le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas
por las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, y los Decretos Nros. 748/00,
357/02 y sus modificaciones, 871/03, 159/05 y 62 de fecha 10 de
diciembre de 2011.
Por ello,
EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
RESUELVE:
Artículo 1º — Emítese la orden
de pago por un total de PESOS OCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y CINCO MIL
TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON CUARENTA CENTAVOS ($ 8.175.374,40.-)
en concepto de pago de bonificación a los créditos otorgados por la
utilización de los cupos colocados con vencimiento en el mes de enero
de 2012, cuyo beneficiario es el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA
ARGENTINA, debiendo éste realizar las acreditaciones en las cuentas
corrientes de los distintos bancos operadores de las líneas de
financiamiento del Régimen de Bonificación de Tasas, según surge del
Anexo que, con TRES (3) hojas, forma parte integrante de la presente
medida.
El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en este artículo
será imputado a la Jurisdicción 51, Programa 24, Actividad 11, Inciso
5, Partida Principal 1, Parcial 9, Subparcial 2020, Fuente de
Financiamiento 11.
Art. 2º — Apruébase el Anexo que, con TRES (3) hojas, forma parte integrante de la presente medida.
Art. 3º — La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Horacio G. Roura.
ANEXO
TOTALES A PAGAR POR BANCO