MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 42/2012

Tope Nº 63/2012

Bs. As., 13/1/2012

VISTO el Expediente Nº 61.872/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 2047 del 30 de diciembre de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 62/65 del Expediente Nº 61.872/10 obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL TANINO Y AFINES con la participación del SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL TANINO y el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL TANINO Y AFINES - SECCIONAL FORMOSA por la parte sindical y la empresa UNITAN SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGRICOLA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 167/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por el artículo 1º de la Resolución S.T. Nº 2047/10 y registrado bajo el Nº 21/11, conforme surge de fojas 124/127 y 130, respectivamente.

Que mediante providencia de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, dependiente de esta Secretaría, se solicitó a las partes signatarias del precitado Acuerdo Nº 21/11 la presentación de las escalas salariales vigentes a partir del 1º de mayo de 2011, conforme a lo convenido por ellas en el punto a) del acuerdo.

Que a fojas 3/7 del Expediente Nº 1.447.044/11, agregado al Expediente Nº 61.872/10 como fojas 169, obran las escalas salariales presentadas por la parte empresaria.

Que a fojas 3/7 del Expediente Nº 63.844/11, glosado a fojas 181 del Expediente Nº 61.872/10, obran las escalas salariales presentadas por la parte sindical.

Que a fojas 68 del Expediente Nº 61.872/10 obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL TANINO Y AFINES con la participación del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL TANINO Y AFINES - SECCIONAL LA VERDE y la ASOCIACION SINDICAL DE OBREROS DE LA INDUSTRIA DEL TANINO Y AFINES por la parte sindical y la empresa INDUNOR SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 167/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por el artículo 2º de la Resolución S.T. Nº 2047/10 y registrado bajo el Nº 22/11, conforme surge de fojas 124/127 y 130, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, los topes indemnizatorios que se fijan por la presente se determinaron triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de las escalas salariales y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 199/211, obra el informe técnico elaborado por la citada Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de las bases promedio mensuales y de los topes indemnizatorios objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976), y en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Fíjanse el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por el artículo 1º de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 2047 del 30 de diciembre de 2010 y registrado bajo el Nº 21/11 suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL TANINO Y AFINES con la participación del SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL TANINO y el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL TANINO Y AFINES - SECCIONAL FORMOSA por la parte sindical y la empresa UNITAN SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGRICOLA, conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º — Fíjanse el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por el artículo 2º de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 2047 del 30 de diciembre de 2010 y registrado bajo el Nº 22/11 suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL TANINO Y AFINES con la participación del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL TANINO Y AFINES - SECCIONAL LA VERDE y la ASOCIACION SINDICAL DE OBREROS DE LA INDUSTRIA DEL TANINO Y AFINES por la parte sindical y la empresa INDUNOR SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 3º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre los importes promedio de las remuneraciones y de los topes indemnizatorios fijados por este acto.

ARTICULO 4º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO I

Expediente Nº 61.872/10

PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIABASE PROMEDIOTOPE INDEMNIZATORIO
FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL TANINO Y AFINES, SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL TANINO y SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL TANINO Y AFINES – SECCIONAL FORMOSA c/ UNITAN SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGRICOLA






CCT Nº 167/75
01/06/2010
01/12/2010
01/05/2011
01/06/2011
01/07/2011
01/08/2011
01/09/2011
$ 2.180,95
$ 2.288,30
$ 2.401,55
$ 2.515,25
$ 2.629,42
$ 2.743,59
$ 2.860,30
$ 6.542,85
$ 6.864,90
$ 7.204,65
$ 7.545,75
$ 7.888,26
$ 8.230,77
$ 8.580,90

ANEXO II

Expediente Nº 61.872/10

PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIABASE PROMEDIOTOPE INDEMNIZATORIO
FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL TANINO Y AFINES; SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL TANINO Y AFINES - SECCIONAL LA VERDE Y ASOCIACION SINDICAL DE OBREROS DE LA INDUSTRIA DEL TANINO Y AFINES C/ INDUNOR SOCIEDAD ANONIMA



 CCT Nº 167/75

01/06/2010
01/05/2011
01/06/2011

$ 2.218,88
$ 2.511,39
$ 2.608,89

$ 6.656,64
$ 7.534,17
$ 7.826,67

Expediente Nº 61.872/10

Buenos Aires, 18 de enero de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 42/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 63/12 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.