MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL
TRABAJO
Disposición Nº 528/2011
Registro Nº 935/2011
Bs. As., 15/7/2011
VISTO el Expediente Nº 1.458.312/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/7 del Expediente Nº 1.458.312/11, obra el Acuerdo
celebrado entre el SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS
SANITARIAS y la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD
ANONIMA, ratificado a foja 8, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen
modificaciones salariales para todo el personal comprendido en el
Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 798/06 “E”, conforme a los
términos y contenidos del texto pactado.
Que el ámbito territorial y personal de aplicación del Acuerdo se
corresponde con la actividad principal de la parte empleadora
signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante,
emergente de su personería gremial.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº
14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con
la normativa laboral vigente.
Que las partes poseen acreditada la representación que invocan ante
esta Cartera de Estado y ratifican en todos sus términos el mentado
Acuerdo.
Que una vez dictado el presente acto administrativo, se remitirán las
actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para
evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de base promedio y tope
indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo
245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) sus modificatorias.
Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional Relaciones del Trabajo
de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo
dispuesto por el Decreto Nº 1304/09.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS y la
empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA, obrante a
fojas 2/7 del Expediente Nº 1.458.312/11, ratificado a foja 8, conforme
a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento
Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a fojas 2/7 del
Expediente Nº 1.458.312/11.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente
Disposición al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y
Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245
de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Cumplido,
procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 798/06 “E”.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º
de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO,
Directora Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
Expediente Nº 1.458.312/11
Buenos Aires, 20 de julio de 2011
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 528/11, se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/7 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 935/11. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la Ciudad autónoma de Buenos Aires, a los 11 días del mes de julio
de 2011, se reúnen en representación de Agua y Saneamientos Argentinos
S.A. (AySA S.A.), el Sr. Carlos Humberto Ben, en su carácter de
Presidente del Directorio y el Sr. Luis Aversano, como Director de
Recursos Humanos, y en representación del Sindicato Gran Buenos Aires
de Trabajadores de Obras Sanitarias (SGBATOS), el Sr. José Luis
Lingeri, como Secretario General, el Sr. Carlos Ríos como Secretario
Adjunto y los Señores Gustavo Roldán (Vicente López) y Angel Marcelo
Mangione en su carácter de delegados del personal, por lo que
manifiestan:
1) Que el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 798/06 E en su artículo 7,
párrafo 2, establece “revisar las condiciones económicas anualmente”
con el fin de mantener el nivel salarial de la actividad.
2) Que en virtud del análisis efectuado entre las partes, y habiendo
sido homologado a través de la Disposición DNRT Nº 521/10 el actual
esquema salarial, corresponde adecuar las remuneraciones de las escalas
salariales de los trabajadores de la Empresa que se encuentran
encuadrados en el CCT 798/06 E, en un 24,00% (veinticuatro por ciento)
a partir del 1-7-2011, para todas las escalas de funciones y grados,
conforme lo establece el Art. 52 “Remuneraciones para las distintas
escalas de funciones” del citado CCT y en un 10% a partir del 1/1/2012,
que se incluyen como anexo a la presente.
3) Se fija en $ 41,00 a partir del 1-7-2011, y en $ 45,00 a partir del
1/1/2012 el “adicional por antigüedad”, por cada año de servicio,
comprendido en el Art. 54 “adicionales”, inciso 4 y que figura como
anexo C del CCT 798/06 E.
4) Analizada la asignación dineraria indicada en el Art. 80 CCT Nº
798/06 “E”, homologada por Dis. DNRT Nº 521/10, las partes coinciden en
establecer la misma, fijándose la misma en la suma de $ 10.550.000,00
pagadera dentro del primer cuatrimestre del año 2012.
5) Que en virtud del análisis efectuado dentro del marco de la
actualización anual de los valores acordados en paritarias, que fueron
homologados por Dis. DNRT Nº 521/10, las partes comparten la necesidad
de actualizar la asignación para el personal ex combatiente de Malvinas
en reconocimiento por su valorable participación en el teatro de
operaciones Atlántico Sur. Por ello las partes acuerdan con vigencia
1/7/2011 la suma de $ 1.215,00 mensuales no remunerativos a liquidarse
juntamente con el recibo mensual de haberes y en $ 1337,00 con vigencia
1/1/2012.
6) Dentro del marco de la actualización de valores acordados en
paritarias, corresponde actualizar los adicionales y beneficios del CCT
798/06 contemplados en los artículos 54 y 57 respectivamente, que se
incluyen como anexo a la presente.
7) En el marco de la Res. 482/11 (modificatoria de la Res. 67/06) se
fija a partir del 1/7/2011 en $ 270,00 por cada trabajador el aporte
complementario contemplado en la mencionada Resolución y a partir del
1/1/2012 en $ 297,00.
8) Se acuerda realizar las presentaciones necesarias para la
homologación de la presente acta en sede del Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
Se firman 3 (tres) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
ANEXO
REMUNERACIONES - JULIO 2011
REMUNERACIONES - ENERO 2012
ADICIONALES y BENEFICIOS - CCT Nº
798/06 “E”
Vigencia: 01/07/2011
Vigencia: 01/01/2012