MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 528/2011

Registro Nº 935/2011

Bs. As., 15/7/2011

VISTO el Expediente Nº 1.458.312/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/7 del Expediente Nº 1.458.312/11, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS y la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA, ratificado a foja 8, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen modificaciones salariales para todo el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 798/06 “E”, conforme a los términos y contenidos del texto pactado.

Que el ámbito territorial y personal de aplicación del Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes poseen acreditada la representación que invocan ante esta Cartera de Estado y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que una vez dictado el presente acto administrativo, se remitirán las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de base promedio y tope indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) sus modificatorias.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS y la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/7 del Expediente Nº 1.458.312/11, ratificado a foja 8, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a fojas 2/7 del Expediente Nº 1.458.312/11.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Disposición al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 798/06 “E”.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.458.312/11

Buenos Aires, 20 de julio de 2011

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 528/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/7 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 935/11. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la Ciudad autónoma de Buenos Aires, a los 11 días del mes de julio de 2011, se reúnen en representación de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA S.A.), el Sr. Carlos Humberto Ben, en su carácter de Presidente del Directorio y el Sr. Luis Aversano, como Director de Recursos Humanos, y en representación del Sindicato Gran Buenos Aires de Trabajadores de Obras Sanitarias (SGBATOS), el Sr. José Luis Lingeri, como Secretario General, el Sr. Carlos Ríos como Secretario Adjunto y los Señores Gustavo Roldán (Vicente López) y Angel Marcelo Mangione en su carácter de delegados del personal, por lo que manifiestan:

1) Que el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 798/06 E en su artículo 7, párrafo 2, establece “revisar las condiciones económicas anualmente” con el fin de mantener el nivel salarial de la actividad.

2) Que en virtud del análisis efectuado entre las partes, y habiendo sido homologado a través de la Disposición DNRT Nº 521/10 el actual esquema salarial, corresponde adecuar las remuneraciones de las escalas salariales de los trabajadores de la Empresa que se encuentran encuadrados en el CCT 798/06 E, en un 24,00% (veinticuatro por ciento) a partir del 1-7-2011, para todas las escalas de funciones y grados, conforme lo establece el Art. 52 “Remuneraciones para las distintas escalas de funciones” del citado CCT y en un 10% a partir del 1/1/2012, que se incluyen como anexo a la presente.

3) Se fija en $ 41,00 a partir del 1-7-2011, y en $ 45,00 a partir del 1/1/2012 el “adicional por antigüedad”, por cada año de servicio, comprendido en el Art. 54 “adicionales”, inciso 4 y que figura como anexo C del CCT 798/06 E.

4) Analizada la asignación dineraria indicada en el Art. 80 CCT Nº 798/06 “E”, homologada por Dis. DNRT Nº 521/10, las partes coinciden en establecer la misma, fijándose la misma en la suma de $ 10.550.000,00 pagadera dentro del primer cuatrimestre del año 2012.

5) Que en virtud del análisis efectuado dentro del marco de la actualización anual de los valores acordados en paritarias, que fueron homologados por Dis. DNRT Nº 521/10, las partes comparten la necesidad de actualizar la asignación para el personal ex combatiente de Malvinas en reconocimiento por su valorable participación en el teatro de operaciones Atlántico Sur. Por ello las partes acuerdan con vigencia 1/7/2011 la suma de $ 1.215,00 mensuales no remunerativos a liquidarse juntamente con el recibo mensual de haberes y en $ 1337,00 con vigencia 1/1/2012.

6) Dentro del marco de la actualización de valores acordados en paritarias, corresponde actualizar los adicionales y beneficios del CCT 798/06 contemplados en los artículos 54 y 57 respectivamente, que se incluyen como anexo a la presente.

7) En el marco de la Res. 482/11 (modificatoria de la Res. 67/06) se fija a partir del 1/7/2011 en $ 270,00 por cada trabajador el aporte complementario contemplado en la mencionada Resolución y a partir del 1/1/2012 en $ 297,00.

8) Se acuerda realizar las presentaciones necesarias para la homologación de la presente acta en sede del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Se firman 3 (tres) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

ANEXO

REMUNERACIONES - JULIO 2011



REMUNERACIONES - ENERO 2012




ADICIONALES y BENEFICIOS - CCT Nº 798/06 “E”

Vigencia: 01/07/2011



Vigencia: 01/01/2012