MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
Resolución Nº 7/2012
Mendoza, 24/2/2012
VISTO el Expediente Nº S93:0001114/2012, el Decreto Nº 1279 de fecha 23
de mayo de 2003, la Resolución Nº C.39 de fecha 30 de diciembre de
2009, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº C.39 de fecha 30 de diciembre de 2009, aprobatoria
de las aperturas inferiores de la estructura organizativa de este
Organismo por aplicación de lo establecido mediante Decreto Nº 1279 de
fecha 23 de mayo de 2003, crea el área denominada Inspectoría Tinogasta.
Que la citada Inspectoría posee un importante espectro de
establecimientos a fiscalizar en el marco de la Ley General de Vinos Nº
14.878 y que además se ha visto incrementado a consecuencia de la
función de control que el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV)
debe cumplir en la Producción, Industrialización y Comercialización de
alcoholes, asignada por la Ley Nacional de Alcoholes Nº 24.566.
Que asimismo esta Inspectoría posee una amplia jurisdicción que abarca
la Provincia de CATAMARCA, dando respuesta a los requerimientos del
sector industrial.
Que en razón de ello surge la necesidad de dar mayor autonomía
operativa, jerarquizando la Inspectoría Tinogasta a nivel de
delegación, a fin de brindarle poder de decisión para la resolución de
situaciones que la aplicación de las leyes antes citadas provoque, en
la región con las atribuciones propias del nivel que se asigna.
Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos del INV ha tomado la intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y los Decretos Nros. 1279/03 y 1306/08,
EL PRESIDENTE DE INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
1º — A partir de la fecha de la presente, Inspectoría Tinogasta cesará
en sus funciones como tal, pasando a funcionar como DELEGACION con las
atribuciones propias del nivel asignado, la que dependerá de Gerencia
de Fiscalización de este Organismo.
2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. —
C.P.N. GUILLERMO D. GARCIA, Presidente, Instituto Nacional de
Vitivinicultura.
(Nota Infoleg:
las modificaciones a la presente Resolución que se hayan publicado en
Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")
e. 05/03/2012 N° 19557/12 v. 05/03/2012