MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

Resolución Nº 7/2012

Mendoza, 24/2/2012

VISTO el Expediente Nº S93:0001114/2012, el Decreto Nº 1279 de fecha 23 de mayo de 2003, la Resolución Nº C.39 de fecha 30 de diciembre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº C.39 de fecha 30 de diciembre de 2009, aprobatoria de las aperturas inferiores de la estructura organizativa de este Organismo por aplicación de lo establecido mediante Decreto Nº 1279 de fecha 23 de mayo de 2003, crea el área denominada Inspectoría Tinogasta.

Que la citada Inspectoría posee un importante espectro de establecimientos a fiscalizar en el marco de la Ley General de Vinos Nº 14.878 y que además se ha visto incrementado a consecuencia de la función de control que el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) debe cumplir en la Producción, Industrialización y Comercialización de alcoholes, asignada por la Ley Nacional de Alcoholes Nº 24.566.

Que asimismo esta Inspectoría posee una amplia jurisdicción que abarca la Provincia de CATAMARCA, dando respuesta a los requerimientos del sector industrial.

Que en razón de ello surge la necesidad de dar mayor autonomía operativa, jerarquizando la Inspectoría Tinogasta a nivel de delegación, a fin de brindarle poder de decisión para la resolución de situaciones que la aplicación de las leyes antes citadas provoque, en la región con las atribuciones propias del nivel que se asigna.

Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos del INV ha tomado la intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y los Decretos Nros. 1279/03 y 1306/08,

EL PRESIDENTE DE INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

1º — A partir de la fecha de la presente, Inspectoría Tinogasta cesará en sus funciones como tal, pasando a funcionar como DELEGACION con las atribuciones propias del nivel asignado, la que dependerá de Gerencia de Fiscalización de este Organismo.

2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. — C.P.N. GUILLERMO D. GARCIA, Presidente, Instituto Nacional de Vitivinicultura.

(Nota Infoleg: las modificaciones a la presente Resolución que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")

e. 05/03/2012 N° 19557/12 v. 05/03/2012