JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución Nº 85/2012
Bs. As., 5/3/2012
Ver Antecedentes Normativos
VISTO el Expediente Nº 0003027/2012 del registro de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, el Decreto Nº 14 de fecha 5 de enero de 2012, la
Decisión Administrativa Nº 19 de fecha 2 de febrero de 2012 y la
Resolución Nº 20 de fecha 22 de enero de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa Nº 19/12, se procedió, entre otros,
a aprobar la estructura organizativa de la SECRETARIA DE COMUNICACION
PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por artículo 1º del Decreto Nº 14/12, se procedió a sustituir el
Régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de
dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública Nacional
que presta servicios en los organismos y entidades incluidas en el
artículo 8º de la Ley Nº 24.156, establecido por el Decreto Nº 691/00,
y se creó el Registro de Entidades Participantes en el ámbito de la
SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE
Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por la Resolución JGM Nº 20/04, se procedió a aprobar los segundos
niveles operativos de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que resulta imprescindible realizar un profundo rediseño en los niveles
organizacionales inferiores, emprendiéndose un proceso de reingeniería
en la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA, en la
SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA, en la SECRETARIA DE INTEGRACION
NACIONAL, en la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE y en la
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA, todas dependientes de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, tendiendo a la búsqueda de la optimización de la
gestión en función de las competencias establecidas para la
Jurisdicción.
Que por la dinámica adquirida por la Administración Pública Nacional
con motivo de la transformación y modernización de sus organizaciones
acaecida en estos últimos años, resulta pertinente reformular procesos
en los niveles antes mencionados de la citada cartera.
Que ha tomado la intervención de su competencia la SECRETARIA DE
GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS expidiéndose favorablemente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 17 del Decreto Nº 1545/94 y por el artículo
16, inciso 12, de la Ley de Ministerios (t.o. por Decreto Nº 438/92) y
sus modificatorios.
Por ello.
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébase la estructura organizativa de la DIRECCION
GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de acuerdo con
el Organigrama y Acciones que como Anexos I y forman parte integrante
de la presente.
ARTICULO 2º — Transfiérese de la órbita de la SECRETARIA DE GABINETE Y
COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, al
ámbito de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA
DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, la Coordinación de Cooperación Internacional. Dicha
transferencia se efectúa con sus competencias, los bienes que integran
su patrimonio, el personal con niveles y grados de revista vigentes y
el correspondiente nivel de función ejecutiva.
ARTICULO 3º — Incorpórase al ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y
EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Dirección de
Extensión Académica, cuyas Acciones se detallan en Planilla Anexa al
presente artículo.
ARTICULO 4º — Apruébanse, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y
EMPLEO PUBLICO y de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION, ambas
dependientes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Coordinaciones que se
detallan de acuerdo con el Listado y Acciones que, como Anexos III y
IV, forman parte integrante de la presente medida.
ARTICULO 5º — Apruébanse, en el ámbito de SECRETARIA DE COMUNICACION
PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Coordinaciones que
se detallan de acuerdo con el Listado y Acciones que, como Anexos V y
VI, forman parte integrante de la presente medida.
ARTICULO 6º — Apruébanse, en el ámbito de la DIRECCION GENERAL TECNICO
ADMINISTRATIVA y de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS
HUMANOS, ambas dependientes de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las
Coordinaciones que se detallan de acuerdo con el Listado y Acciones
que, como Anexos VII y VIII, forman parte integrante de la presente
medida.
ARTICULO 7º — Apruébanse las aperturas inferiores de la UNIDAD DE
AUDITORIA INTERNA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de acuerdo
con el Organigrama y Acciones que, como Anexos IX y X, forman parte
integrante de la presente medida.
ARTICULO 8º — Apruébase, en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE
ARTICULACION REGIONAL, dependiente de la SUBSECRETARIA DE EJECUCION
OPERATIVA de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, la Coordinación de Agencias Regionales, cuyas
Acciones se detallan en Planilla Anexa al presente artículo.
ARTICULO 9º —
(Artículo derogado por art. 1° de la Resolución N° 1411/2015 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2015)
ARTICULO 10. — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las
aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas
por la presente medida, las que transitoriamente mantendrán las
acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles,
grados de revista previstas en el Decreto Nº 2098/08.
ARTICULO 11. — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto
vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
ARTICULO 12. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JUAN M. ABAL MEDINA, Jefe de
Gabinete de Ministros.
ANEXO I
ANEXO II
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y CONTABILIDAD
ACCIONES:
1. Proveer en tiempo y forma el suministro de materiales e insumos
necesarios para el desarrollo y desenvolvimiento de las áreas.
2. Elaborar los informes de cierre de ejercicio, tanto en la parte
financiera como en la ejecución física de metas y volúmenes de tareas.
3. Realizar las operaciones contables de las dependencias que componen
el Servicio Administrativo Financiero.
4. Confeccionar los estados contables, Cargo Fiscal, Estados de Cierre
de Ejercicio para la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION, la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACION y los órganos de control que correspondan.
5. Efectuar todas las registraciones contables emergentes de los hechos
económicos y financieros realizados.
6. Confeccionar las liquidaciones de gastos, bienes y servicios
originados en relaciones y operaciones de diverso tipo contractual.
7. Realizar la liquidación de anticipos de viáticos, eventuales y
pasajes por comisiones de servicios y la liquidación de los reintegros
por los mismos conceptos.
8. Calcular y/o efectuar las retenciones impositivas que
reglamentariamente correspondan.
9. Aplicar los mecanismos de control interno establecidos por los
organismos de aplicación y control que correspondan, y establecer
aquellos que se estimen necesarios para el correcto desenvolvimiento
del servicio.
10. Confeccionar las órdenes de pago y autorizaciones de pago para la
CONTADURIA GENERAL DE LA NACION.
11. Emitir los Formularios de Registro Presupuestario Contable de las
distintas etapas de Gastos y Recursos.
12. Registrar y controlar los Recursos en forma concordante con
Presupuesto y Tesorería.
13. Realizar, supervisar y controlar las rendiciones de cuentas de
todas las erogaciones efectuadas, a excepción de las relacionadas con
Recursos Humanos.
14. Resguardar toda la documentación respaldatoria de los pagos
efectuados.
15. Realizar todas las operaciones, registro y emisión de documentación
e informes relacionados con el Sistema Integrado de Información
Financiera y movimientos de la Cuenta única del Tesoro, en el ámbito de
su competencia.
16. Efectuar la liquidación de los haberes del personal dependiente de
la Jurisdicción y las retenciones de rigor.
17. Asesorar a la Superioridad en lo relativo a la interpretación y
aplicación de las normas técnicas para la formulación, programación,
modificación y evaluación del presupuesto de la Jurisdicción.
18. Asistir a la superioridad en la determinación de las políticas
presupuestarias.
19. Analizar la información de la ejecución física de los distintos
programas y de la evaluación presupuestaria de la Jurisdicción,
elevándola para su consideración por parte de la Dirección General.
20. Atender la vigilancia y seguridad del inmueble que es sede de esta
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de los restantes inmuebles donde
realizan actividades otras dependencias de la misma.
DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA
DIRECCION DE PRESUPUESTO, COMPRAS Y CONTRATACIONES
ACCIONES:
1. Coordinar la formulación del anteproyecto de presupuesto.
2. Efectuar la elaboración y formulación del proyecto de presupuesto
anual, calculando las previsiones presupuestarias del Servicio
Administrativo Financiero.
3. Realizar el análisis, fiscalización y registro del movimiento
mensual del Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos y Recursos
del Servicio Administrativo, a fin de detectar desvíos de las
asignaciones originales y/o necesidad de modificaciones relacionando
estas acciones con la planificación, presupuestación y control de
ejecución de las metas físicas.
4. Confeccionar los pliegos de bases y condiciones que rijan los
llamados a concursos de precios y realizar todas las operaciones
administrativas relacionadas con recepción y análisis de las ofertas
que se presenten en ocasión de licitaciones, concursos y/o compulsas de
precios, y todo lo relacionado con los distintos procedimientos de
contratación a excepción de los relacionados con los Recursos Humanos.
5. Participar en la elaboración del Plan Anual de Contrataciones y
prestar apoyo administrativo a las comisiones Evaluadora y de Recepción
de Bienes.
6. Realizar el control y registro de bienes patrimoniales, sus altas y
bajas y efectuar la verificación, clasificación e identificación de los
mismos, así como también, su rendición anual.
7. Supervisar los procesos de adquisición de bienes y servicios de
conformidad al Plan Anual de Adquisiciones.
8. Dictaminar respecto de la urgencia, necesidad y/u oportunidad de
realizar contrataciones no previstas en el Pian Anual de Adquisiciones.
DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA
DIRECCION DE OPERACIONES Y SERVICIOS GENERALES
ACCIONES:
1. Entender en la planificación global destinada a la conservación de
los bienes muebles de la jurisdicción y de los inmuebles e
instalaciones afectados a su uso.
2. Supervisar la ejecución de las tareas de mantenimiento de esos
bienes, tanto con carácter preventivo como correctivo.
3. Supervisar desde el punto de vista técnico el estricto cumplimiento
de los servicios contratados que se relacionen con las actividades del
área.
4. Suministrar a las distintas áreas los bienes que hubieran sido
objeto de contratación de acuerdo a las necesidades de cada sector.
5. Entender en la instalación y mantenimiento de los servicios de
electricidad, gas, aguas, etcétera.
6. Entender en las acciones de conservación de los espacios comunes de
desplazamiento del edificio (ascensores, escaleras, áreas comunes de
circulación).
7. Atender los sistemas preventivos de control de averías e incendios.
8. Supervisar todas las acciones implicadas en el normal funcionamiento
del transporte automotor.
DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA
DIRECCION DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS
ACCIONES:
1. Organizar y supervisar la recepción, registro, trámite, seguimiento
y archivo de la correspondencia, expedientes y documentación ingresada,
en movimiento y egresada de la Jurisdicción.
2. Tramitar la documentación, elaborando los informes, providencias y
notas correspondientes.
3. Protocolizar los actos administrativos —individuales o conjuntos—
emanados del Jefe de Gabinete de Ministros que no requieran refrendo
ministerial y los emanados de los Secretarios, Subsecretarios y
funcionarios de la Jurisdicción Jefe de Gabinete de Ministros con
facultades para resolver.
4. Reproducir, autenticar, distribuir, archivar y custodiar los
ejemplares originales de los actos protocolizados.
5. Tramitar, ante los distintos organismos de la Administración
Pública, la documentación que corresponda.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 3º
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO
INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
DIRECCION DE EXTENSION ACADEMICA
ACCIONES:
1. Asistir al Director Nacional en la vinculación con centros
académicos y de investigación abocados al estudio del Estado y la
Administración Pública, tanto nacionales como internacionales.
2. Planificar y coordinar iniciativas de cooperación entre el Instituto
Nacional de la Administración Público (INAP) y Universidades, Centros
Académicos y de Investigación y Organizaciones de !a Sociedad Civil con
interés en la temática.
3. Prestar apoyo metodológico y asistencia técnica a investigaciones
desarrolladas por centros académicos y organizaciones de la sociedad
civil.
4. Coordinar la elaboración y actualización de una base de datos de
estudios realizados por instituciones del país y del exterior sobre
Estado y Administración Pública, juntamente con la Coordinación de
Cooperación Internacional.
5. Proponer y coordinar la organización de concursos de premios que
estimulen el desarrollo de investigaciones sobre administración y
políticas públicas en conjunto con otras organizaciones públicas y de
la sociedad civil.
6.
(Acción derogada por art. 9° del Decreto
N° 841/2014 B.O. 10/6/2014)
7. Asistir al Director Nacional en el desarrollo de programas para la
formación estratégico política de dirigentes políticos y sociales, que
aspiren a ejercer en el Estado o concurrir desde la sociedad con el
Estado en la ejecución de políticas públicas.
ANEXO III
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO
- COORDINACION DE COOPERACION INTERNACIONAL
- COORDINACION DEL REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE
DEDUCCION DE HABERES
(Nota Infoleg: por art. 8° de la Resolución
N° 279/2015 de la Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 5/5/2015 se transfiere la Coordinación de Evaluación y Monitoreo de
la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente
de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS al
ámbito de la OFICINA NACIONAL DE INNOVACIÓN DE GESTIÓN dependiente de
la citada Subsecretaría)
DIRECCION
DEL PROGRAMA BEC.AR (Dirección
incorporada por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
-
COORDINACION TECNICA (Coordinación
incorporada por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
- COORDINACION FINANCIERA
(Coordinación
incorporada por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION
- COORDINACION DE EVALUACION Y MONITOREO
(Nota Infoleg: por art. 8° de la Resolución
N° 279/2015 de la Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 5/5/2015 se transfiere la Coordinación de Evaluación y Monitoreo de
la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente
de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS al
ámbito de la OFICINA NACIONAL DE INNOVACIÓN DE GESTIÓN dependiente de
la citada Subsecretaría)
- COORDINACION DE DESARROLLO Y PRODUCCION DE PROCESOS DE INNOVACION Y
GESTION EN LAS VENTANAS DIGITALES
(Coordinación
incorporada por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
DIRECCION DE ANALISIS Y DISEÑO ORGANIZACIONAL
- COORDINACION DE ANALISIS DE AREAS POLITICAS, ECONOMICAS Y PRODUCTIVAS
- COORDINACION DE ANALISIS DE AREAS SOCIALES, EDUCATIVAS Y DE SEGURIDAD
DIRECCION DE CALIDAD DE SERVICIOS Y EVALUACION DE GESTION
(Dirección incorporada por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
- COORDINACION DE SISTEMAS DE GESTION
(Coordinación
incorporada por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
DIRECCION DE PLANEAMIENTO Y REINGENIERIA ORGANIZACIONAL
(Dirección incorporada por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
- COORDINACION DE PLANEAMIENTO
(Coordinación
incorporada por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
- COORDINACION DE ENLACE INSTITUCIONAL
(Coordinación incorporada por art. 9° de
la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION
- COORDINACION DE ACTIVIDADES DE CAPACITACION
- COORDINACION DE ASISTENCIA TECNICA Y ACREDITACION
(Coordinación incorporada por art. 9° de
la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
- COORDINACION
DE GESTION DE LA CAPACITACION (Coordinación
incorporada por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
DIRECCION DE ASISTENCIA AL FONDO DE CAPACITACION PERMANENTE Y
RECALIFICACION LABORAL
(Dirección
incorporada por art. 8° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
- COORDINACION TECNICA
(Coordinación
incorporada por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
- COORDINACION FINANCIERA
(Coordinación
incorporada por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
DIRECCION DE EXTENSION ACADEMICA
COORDINACION DE LA ESCUELA SUPERIOR DE GOBIERNO
(Nota Infoleg: por art. 6° del Decreto
N° 841/2014 B.O. 10/6/2014 se
transfiere la
Coordinación de la Escuela Superior de Gobierno del ámbito de la
Dirección de Extensión Académica del INSTITUTO NACIONAL DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y
EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la órbita de
la SUBSECRETARIA DE FORMACION EN POLITICAS PUBLICAS de la SECRETARIA DE
GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS)
OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
- COORDINACION DE INFORMES TECNICOS EN MATERIA DE PERSONAL
DIRECCION PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA GESTION DE PERSONAL
- COORDINACION DE ASISTENCIA TECNICA A PROCESOS DE SELECCION DE
PERSONAL Y CALIFICACION DEL PERSONAL
- COORDINACION DEL SISTEMA DE INFORMACION DE EMPLEO PUBLICO
SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION
- COORDINACION DE SISTEMAS DE INFORMACION
ANEXO IV
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO
COORDINACION DE COOPERACION INTERNACIONAL
ACCIONES:
1. Coordinar todos los asuntos inherentes a la asistencia y cooperación
internacional en el campo de la capacitación, investigación y gestión
en Administración Pública.
2. Coordinar las relaciones de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO
PUBLICO como interlocutor y contraparte de las instituciones
extranjeras —gubernamentales o no— vinculadas a la cooperación técnica
internacional en el campo de la capacitación de funcionarios y de la
investigación sobre temas de Estado y Administración Pública.
3. Colaborar en la organización de seminarios con las distintas
agencias de cooperación internacional.
4. Asistir en la formulación de proyectos de estudio, investigación y
cooperación técnica acordados en el marco bilateral o multilateral,
como así también en la gestión de los recursos internos y externos que
resulten necesarios para su concreción.
5. Difundir la oferta de capacitación en el extranjero y de los
programas de becas de las agencias de cooperación extranjeras y de los
organismos multilaterales.
COORDINACION DEL REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE
DEDUCCION DE HABERES
ACCIONES:
1. Confeccionar, desarrollar y administrar el registro de entidades
participantes en el régimen de deducción de haberes.
2. Coordinar las acciones tendientes a la optimización del registro de
entidades participantes en el régimen de deducción de haberes.
3. Asistir al Subsecretario en todas las temáticas relativas al
funcionamiento del citado registro.
(Nota Infoleg: por art. 8° de la Resolución
N° 279/2015 de la Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 5/5/2015 se transfiere la Coordinación de Evaluación y Monitoreo de
la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente
de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS al
ámbito de la OFICINA NACIONAL DE INNOVACIÓN DE GESTIÓN dependiente de
la citada Subsecretaría)
SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO
DIRECCION DEL PROGRAMA BEC.AR
COORDINACION TECNICA
ACCIONES:
(Dirección, Coordinación y Acciones
incorporadas por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
1. Asistir a la Dirección en el seguimiento de los becarios a fin de
evaluar la renovación o cesación de las becas otorgadas.
2. Asistir en la coordinación de tareas operativas con autoridades
nacionales, provinciales, e instituciones educativas, tanto nacionales
como extranjeras, a fin de cumplir con los objetivos del Programa.
3. Coordinar los estudios, evaluaciones y diagnósticos realizados en la
Dirección, como insumo para la propuesta de modificaciones normativas o
administrativas que se requieran para un mejor desarrollo del Programa.
4. Asistir a la Dirección en la elaboración del cronograma de
actividades, de las bases y condiciones y del perfil de los potenciales
beneficiarios.
5. Asistir a la Dirección en las Convocatorias Públicas y Abiertas que
se realicen en el marco del Programa.
DIRECCION DEL PROGRAMA BEC.AR
COORDINACION FINANCIERA
ACCIONES:
(Dirección, Coordinación y Acciones
incorporadas por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
1. Asistir a la Dirección en la ejecución y la administración de los
fondos y recursos del Programa y supervisar el destino de los mismos.
2. Coordinar el sistema de contralor y seguimiento global de los
proyectos asignados.
3. Asistir a la Dirección en su participación en las negociaciones con
distintos organismos de financiamiento para la obtención de nuevos
recursos en el área de su competencia.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE GABINETE
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
(Nota Infoleg: por art. 8° de la Resolución
N° 279/2015 de la Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 5/5/2015 se transfiere la Coordinación de Evaluación y Monitoreo de
la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente
de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS al
ámbito de la OFICINA NACIONAL DE INNOVACIÓN DE GESTIÓN dependiente de
la citada Subsecretaría)
OFICINA NACIONAL DE INNOVACIÓN DE GESTIÓN
COORDINACIÓN DE EVALUACIÓN Y MONITOREO
(Acciones sustituidas por art. 9° de
la Resolución
N° 279/2015 de la Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 5/5/2015)
ACCIONES:
1. Actuar como nexo en el Programa de Evaluación de Políticas Públicas,
como así también, en el desarrollo de las actividades de evaluación y
monitoreo de las políticas públicas en el ámbito de la Administración
Pública Nacional.
2. Asistir a las autoridades superiores en la promoción de las
actividades de coordinación intra e inter jurisdiccional en materia de
evaluación y seguimiento de la gestión pública.
3. Desarrollar herramientas de gestión que permitan gestionar y
sistematizar la información de evaluación y monitoreo para asistir a
las funciones competentes a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
4. Coordinar con las áreas competentes en la materia de planificación
estratégica y operativa, las acciones correspondientes a la
implementación de los sistemas de información y monitoreo.
OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION
COORDINACION DE DESARROLLO Y PRODUCCION DE PROCESOS DE INNOVACION Y
GESTION EN LAS VENTANAS DIGITALES
ACCIONES:
(Coordinación y Acciones incorporadas
por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
1. Asesorar a la Dirección Nacional en referencia a la modernización de
las ventanas digitales y contenidos interactivos de la Dirección.
2. Proponer nuevos productos digitales y homologar los procesos de
gestión bajo diversas plataformas digitales.
3. Participar en el diseño de una política integradora que posibilite
un puente dinámico, ágil, eficiente y efectivo entre el Estado Nacional
y la Ciudadanía.
4. Recomendar estrategias y acciones de modernización para el impulso
de las políticas públicas vinculadas a las ventanas digitales.
5. Asistir a la Dirección Nacional en la puesta en marcha de normas y
pautas procedimentales para el funcionamiento de las ventanas digitales
bajo los objetivos de Innovación y Gestión Pública.
6. Coordinar la producción de las publicaciones y materiales de
difusión pertenecientes a la Dirección Nacional, con el objeto de
establecer criterios gráficos unificados.
OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION
DIRECCION DE ANALISIS Y DISEÑO ORGANIZACIONAL
COORDINACION DE ANALISIS DE AREAS POLITICAS, ECONOMICAS Y PRODUCTIVAS
ACCIONES:
1. Coordinar el análisis y evaluación de las propuestas de modificación
o aprobación de estructuras organizativas que presenten los Organismos
dependientes de las áreas temáticas de Apoyo Presidencial, Medio
Ambiente, Relaciones Parlamentarias, Asuntos Provinciales y
Municipales, Electorales, Migraciones, Documentación de las Personas.
Industria, Energía, Transporte, Comunicaciones, Obras Públicas.
Relaciones Exteriores y Económico-Productivas.
2. Evaluar técnicamente las propuestas de cambios organizacionales que
impliquen creaciones, transferencias o fusión de organismos,
modificación de sus órganos de conducción y/o de sus facultades y
atribuciones, como así también toda otra adecuación que afecte a la
organización y la estructura organizativa correspondientes a los
organismos de la Administración Pública Nacional de las áreas temáticas
precitadas.
3. Coordinar la evaluación técnica de los requerimientos de ampliación
de planta permanente realizadas por los organismos pertenecientes a su
ámbito de actuación.
4. Asesorar en la aplicación de la normativa referida a !a
administración y gestión de estructuras, como así también, asistir a
los organismos que componen las áreas temáticas de su competencia, en
la elaboración de las propuestas para la aprobación de los diferentes
niveles que componen la organización.
5. Verificar la aplicación de la normativa vigente en relación con las
cuestiones estructurales involucradas en la asignación y otorgamiento
de adicionales previstas en el Sistema Nacional de Empleo Público que
impliquen la conformación de unidad organizativa.
6. Coordinar la evaluación técnica de las propuestas realizadas por los
organismos de las áreas temáticas de su competencia para la asignación
de función ejecutiva y/o aplicación de todo otro cambio que en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas genere una nueva estructura
proyectando la norma que formalizará las respectivas modificaciones.
7. Verificar y comprobar la actualización de los contenidos
correspondientes a las áreas temáticas de su competencia, en los
diferentes componentes del Sistema de Información sobre la Organización
del Estado.
OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION
DIRECCION DE ANALISIS Y DISEÑO ORGANIZACIONAL
COORDINACION DE ANALISIS DE AREAS SOCIALES, EDUCATIVAS Y DE SEGURIDAD
ACCIONES:
1. Coordinar el análisis y evaluación de las propuestas de modificación
o aprobación de estructuras organizativas que presenten los Organismos
dependientes de las áreas temáticas de Turismo. Educación, Cultura,
Ciencia, Seguridad Social, Trabajo, Empleo. Justicia, Seguridad.
Desarrollo Social, Salud, Defensa, Prevención de la Drogadicción y
Lucha contra el Narcotráfico.
2. Evaluar técnicamente las propuestas de cambios organizacionales que
impliquen creaciones, transferencias o fusión de organismos,
modificación de sus órganos de conducción y/o de sus facultades y
atribuciones, como así también toda otra adecuación que afecte a la
organización y la estructura organizativa correspondientes a los
organismos de la Administración Pública Nacional de las áreas temáticas
precitadas.
3. Coordinar la evaluación técnica de los requerimientos de ampliación
de planta permanente realizadas por los organismos pertenecientes a su
ámbito de actuación.
4. Asesorar en la aplicación de la normativa referida a la
administración y gestión de estructuras, como así también, asistir a
los organismos que componen las áreas temáticas de su competencia, en
la elaboración de las propuestas para la aprobación de los diferentes
niveles que componen la organización.
5. Verificar la aplicación de la normativa vigente en relación a las
cuestiones estructurales involucradas en la asignación y otorgamiento
de adicionales previstas en el Sistema Nacional de Empleo Público que
impliquen la conformación de unidad organizativa.
6. Coordinar la evaluación técnica de las propuestas realizadas por los
organismos de las áreas temáticas de su competencia para la asignación
de función ejecutiva y/o aplicación de todo otro cambio que en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas genere una nueva estructura
proyectando la norma que formalizará las respectivas modificaciones.
7. Verificar y comprobar la actualización de los contenidos
correspondientes a las áreas temáticas de su competencia, en los
diferentes componentes del Sistema de Información sobre la Organización
del Estado.
OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION
DIRECCION DE CALIDAD DE SERVICIOS Y EVALUACION DE GESTION
COORDINACION DE SISTEMAS DE GESTION
ACCIONES:
(Dirección, Coordinación y Acciones
incorporadas por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
1. Coordinar las políticas y programas que forman parte de la
Dirección, proponiendo acciones integradoras.
2. Asistir a la Dirección en el desarrollo y mejoramiento de sistemas
de información al ciudadano de los programas que tenga a cargo la
Dirección.
3. Asistir a la Dirección en las propuestas de mejora de los sistemas
de gestión del Programa Carta Compromiso con el Ciudadano y la fijación
de estándares de calidad.
4. Asistir a la Dirección en las propuestas de mejora de los sistemas
de gestión de la Guía de Trámites.
5. Asesorar a la Dirección en el diseño e implementación de mecanismos
de participación ciudadana con el objeto de transparentar la acción de
gobierno y generar una instancia de participación de la Sociedad Civil.
OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION
DIRECCION DE PLANEAMIENTO Y REINGENIERIA ORGANIZACIONAL
COORDINACION DE PLANEAMIENTO
ACCIONES:
(Dirección, Coordinación y Acciones
incorporadas por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
1. Coordinar el desarrollo y establecimiento de las pautas e
instrumentos metodológicos para la implementación de planes
estratégicos y operativos.
2. Asistir a la Dirección en la aplicación de la gestión por
resultados, en la definición de los objetivos y apuestas estratégicas,
en la formulación de planes operativos.
3. Asistir a la Dirección en la promoción de programas tendientes a
perfeccionar la gestión en los organismos de la Administración Pública
Nacional, sobre la base de compromisos de resultados y brindar
asistencia técnica en la materia.
4. Asesorar a la Dirección en la propuesta de programas de
fortalecimiento de las capacidades institucionales para los organismos
de la Administración Pública Nacional.
5. Asistir a la Dirección en la elaboración de propuestas sobre el
mejoramiento de los procesos identificados como prioritarios.
INSTITUTO
NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
COORDINACION
DE ENLACE INSTITUCIONAL
ACCIONES:
(Coordinación y Acciones incorporadas
por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
1.
Colaborar con el Director Nacional en la articulación institucional con
los organismos alcanzados por las políticas trasversales implementadas
por el Instituto.
2.
Coordinar el enlace institucional con los organismos alcanzados por el
sistema Nacional de Capacitación.
3.
Coordinar las Investigaciones con Universidades Nacionales y centros de
estudios en lo concerniente a la temática vinculada a la Administración
Pública Nacional.
4.
Coordinar en conjunto con las áreas competentes en la materia, las
redes de documentación e información.
INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACION PUBLICA
DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION
COORDINACION DE ACTIVIDADES DE CAPACITACION
ACCIONES:
1. Coordinar con las unidades de capacitación de los organismos
públicos. el proceso de acreditación de sus planes institucionales y
operativos de capacitación, así como las actividades de capacitación
formales y no formales que se desarrollen en su marco según lo previsto
por la normativa vigente.
2. Coordinar la gestión de los procesos administrativos de apoyo a la
acreditación, desarrollo, monitoreo y certificación de las actividades
de capacitación.
3. Coordinar el Sistema de Información Integral sobre las actividades
acreditadas en el marco de los Planes Institucionales y Operativos de
las jurisdicciones integrantes del Sistema Nacional de Capacitación
proveyendo los datos requeridos por la Red Institucional de
Capacitación.
4. Coordinar la gestión de los procesos vinculados al funcionamiento
del Registro de Prestadores del Sistema Nacional de Capacitación, así
como las actividades de acreditación de competencias técnicas y
docentes y de la Comisión de Evaluación.
5. Coordinar el desarrollo de actividades de capacitación no presencial
y a distancia mediante recursos telemáticos, y asistir a las unidades
de capacitación de la administración pública para su utilización.
6. Asesorar en la preparación de la normativa y elaboración de los
procedimientos para el desarrollo y ejecución de los distintos planes
de capacitación de los organismos a los efectos de su acreditación,
asegurando la satisfacción de estándares en el diseño, la calidad y la
pertinencia.
INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION
COORDINACION DE ASISTENCIA TECNICA Y ACREDITACION
ACCIONES:
(Coordinación y Acciones incorporadas
por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
1. Asistir técnicamente a los organismos públicos en los procesos de
detección de necesidades y en la elaboración de planes de capacitación.
2. Asesorar a las organizaciones públicas en el diseño y desarrollo de
actividades de capacitación.
3. Desarrollar instrumentos para asegurar la obtención de estándares de
calidad en los procesos de planificación, diseño, ejecución y
evaluación de la capacitación realizada por los organismos públicos y
asistirlos en su aplicación.
4. Gestionar la constitución y mantenimiento de una Red Institucional
de Capacitación para hacer más eficiente el empleo de recursos y el
acceso a la información al conjunto de actores concernidos en el
Sistema Nacional de Capacitación.
5. Intervenir en los procesos evaluación y aprobación de los planes de
capacitación de los organismos públicos y en la acreditación de las
actividades de capacitación que se desarrollen en el marco del Sistema
Nacional de Capacitación.
DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION
COORDINACION DE GESTION DE LA CAPACITACION
ACCIONES:
(Coordinación y Acciones incorporadas
por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
1. Diseñar y ejecutar actividades de capacitación y formación
orientadas al desarrollo de competencias para funciones profesionales,
técnicas y operativas en organizaciones públicas.
2. Diseñar y realizar programas de formación de instructores,
facilitadores y formadores orientados al desarrollo de competencias
para la capacitación.
3. Promover el desarrollo de competencias del personal al servicio del
Estado por medio de iniciativas que faciliten la terminalidad de la
educación formal.
4. Desarrollar recursos tecnológicos a ser utilizados en los procesos
de capacitación a ser llevados a cabo por el Instituto, en particular
entornos virtuales de aprendizajes.
5. Supervisar la gestión de las plataformas de capacitación utilizadas
en la Dirección del Sistema Nacional de Capacitación.
6. Coordinar la realización de actividades colaborativas
interjurisdiccionales que permitan desarrollar acciones destinadas a
potenciar el capital social de las organizaciones mediante el trabajo
en red.
7. Desarrollar programas de capacitación para el desarrollo de
competencias de las áreas de gestión de la capacitación de los
organismos públicos.
INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
DIRECCION DE ASISTENCIA AL FONDO DE CAPACITACION PERMANENTE Y
RECALIFICACION LABORAL
COORDINACION TECNICA
ACCIONES:
(Dirección, Coordinación y Acciones
incorporadas por art. 8° y 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
1. Asistir a las autoridades en todas las actividades de apoyo
administrativo que requiera la tramitación de los expedientes de los
proyectos aprobados por la Comisión de Administración.
2. Convocar las reuniones de la Comisión de Administración, y demás
Secretarías que integran el Fondo.
3. Promover y tramitar las actuaciones ante las unidades organizativas
correspondientes.
4. Tramitar los expedientes de los proyectos aprobados por la Comisión
de Administración para su acreditación.
5. Elaborar y mantener actualizado un Registro de la Entrada y Salida
de todas las Notas y Proyectos.
6. Actualizar la información de la página Web del Fondo con base en la
información remitida por la misma, así como por las distintas
secretarías.
7. Coordinar la preparación de la Memoria Anual de las Actividades del
Fondo, con base en la información suministrada por las distintas
secretarías, y remitirla para su aprobación por la Comisión de
Administración del Fondo.
8. Realizar el seguimiento de la programación y ejecución de los
proyectos.
9. Diseñar y proponer mecanismos de indicadores de gestión para el
seguimiento de la programación y ejecución de las actividades de
capacitación y recalificación.
10. Asistir a la Dirección en el diseño y administración de un registro
de convenios firmados para las actividades del Fondo.
DIRECCION DE ASISTENCIA AL FONDO DE CAPACITACION PERMANENTE Y
RECALIFICACION LABORAL
COORDINACION FINANCIERA
ACCIONES:
(Dirección, Coordinación y Acciones
incorporadas por art. 8° y 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)
1. Asistir a la Dirección en la ejecución y la administración de los
fondos y recursos del Fondo y supervisar el destino de los mismos.
2. Coordinar el sistema de contralor y seguimiento global de los
proyectos asignados.
3. Verificar la factibilidad presupuestaria para la aplicación de los
recursos financieros que se desprendan de los proyectos y actividades
sometidos a la Comisión y efectuar las recomendaciones que en la
materia permitan la ejecución eficiente de las actividades del Fondo.
4. Colaborar con la preparación de la documentación requerida para
elaborar el presupuesto anual, y la contabilidad de los recursos
financieros del Fondo requerida por el Servicio Administrativo
Financiero de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para que éste
proceda con la materialización oportuna de los pagos y demás aspectos
de su incumbencia derivados de los acuerdos adoptados por la Comisión.
5. Informar mensualmente a la Comisión el estado de los ingresos y
egresos de los recursos financieros del Fondo y recomendar a éste las
acciones consecuentes para asegurar la adecuada gestión de los mismos.
6. Realizar las gestiones y análisis pertinentes con el fin de
contribuir a determinar la correspondencia entre el monto que
corresponde depositar a cada uno de los organismos e instituciones
involucradas con lo efectivamente transferido al Fondo.
7. Elaborar informes que analicen los proyectos de capacitación desde
una perspectiva financiera.
INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
DIRECCION DE EXTENSION ACADEMICA
COORDINACION DE LA ESCUELA SUPERIOR DE GOBIERNO
(Nota Infoleg: por art. 6° del Decreto
N° 841/2014 B.O. 10/6/2014 se
transfiere la
Coordinación de la Escuela Superior de Gobierno del ámbito de la
Dirección de Extensión Académica del INSTITUTO NACIONAL DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y
EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la órbita de
la SUBSECRETARIA DE FORMACION EN POLITICAS PUBLICAS de la SECRETARIA DE
GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS)
ACCIONES:
1. Proponer las actividades de capacitación y formación destinadas a la
Alta Gerencia del Sector Público Nacional, atendiendo las necesidades
actuales en materia de análisis y elaboración de políticas públicas.
2. Desarrollar actividades académicas de investigación y divulgación en
cuestiones de orden político, económico y social, orientadas a la
formación de dirigentes políticos y sociales en el análisis y discusión
de los lineamientos estratégicos de gobierno.
3. Ejecutar programas permanentes de perfeccionamiento y
especialización en materia de elaboración de políticas públicas
destinados a la Alta Gerencia del Sector Público Nacional.
4. Responder las consultas académicas o de estudio o de investigación
que le sean formuladas.
5. Propiciar el reconocimiento de títulos o cursos a dictarse en la
Escuela Superior de Gobierno.
OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
COORDINACION DE INFORMES TECNICOS EN MATERIA DE PERSONAL
ACCIONES:
1. Asesorar al Director de la Oficina Nacional en la realización y
seguimiento de los informes relativos a programas de fortalecimiento y
desarrollo del personal de la Administración Pública Nacional.
2. Asesorar en las cuestiones metodológicas y técnicas para los
realización de los estudios a emprender y en la redacción y divulgación
de los informes técnicos relativos el funcionamiento de los regímenes
estatutarios o escalafonarios vigentes.
3. Confeccionar los informes técnicos relativos a las características,
situaciones y demás aspectos cualitativos del personal de la
Administración Pública Nacional y coordinar las contribuciones de los
demás profesionales en la materia.
4. Asistir en la proyección de líneas de acción consecuentes con los
estudios efectuados en materia de personal estatal.
5. Colaborar en la vinculación con otros actores nacionales o
extranjeros dedicados a estudios de personal público.
6. Asistir al Director de la Oficina Nacional en la obtención y
redacción de la información a ser suministrada a autoridades,
empleados, jubilados o retirados y a la ciudadanía en general, sobre
aspectos vinculados al empleo público y su normativa aplicable.
OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
DIRECCION PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA GESTION DE PERSONAL
COORDINACION DE ASISTENCIA TECNICA A PROCESOS DE SELECCION DE PERSONAL
Y CALIFICACION DEL PERSONAL
ACCIONES:
1. Asistir al Director en el diseño y elaboración de los procedimientos
y tecnologías adecuadas para la gestión integral del desempeño de las
personas al servicio de la Administración Pública Nacional, en materia
de aplicación de los sistemas de selección y calificación del personal.
2. Asesorar al Director en el análisis de los aspectos vinculados a la
implantación y gestión de los procesos de selección y calificación del
personal.
3. Coordinar la recopilación de normas, jurisprudencia, doctrina y
dictámenes, asegurando su adecuada difusión y la mayor transparencia en
temas relacionados con la selección y calificación del personal.
4. Coordinar y asesorar sobre la elaboración de los perfiles de
requisitos a exigir para la cobertura de vacantes de naturaleza
funcional similar o equivalente, y los descriptivos de puestos y
trabajos o funciones, así como las exigencias en materia de
competencias laborales a satisfacer por el personal para cubrirlos.
5. Mantener actualizado el Nomenclador de Puestos y Funciones
transversales de la Administración y los Directorios de Competencias
Laborales que se implementen.
DIRECCION PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA GESTION DE PERSONAL
COORDINACION DEL SISTEMA DE INFORMACION DE EMPLEO PUBLICO
ACCIONES:
1. Mantener actualizado el Digesto del Servicio Civil, la recopilación
de normas, jurisprudencia, doctrina y dictámenes referidos a las
relaciones laborales.
2. Apoyar técnica y documentalmente la realización de los estudios de
antecedentes normativos, nacionales y extranjeros, como insumo de las
actividades de la Oficina Nacional.
3. Confeccionar el Boletín Estadístico del Registro de Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), los informes Periódicos del
Registro Central de Personas Contratadas y el Informe Semestral del
Personal Adscripto del Sector Público Nacional.
4. Efectuar los estudios técnico-estadísticos en materia de Personal
Público.
5. Entender en la materialización del Registro Central de Personal Ley
Nº 25.164 con la asistencia técnica e informática de la Oficina
Nacional de Tecnologías de Información.
6. Asegurar las acciones pertinentes al Sistema Estadístico de
Información de la Administración Nacional y del Plan General de
Estadística para la Administración Nacional.
7. Asistir en la elaboración de la información estadística en materia
de personal requerida por las autoridades superiores e intervenir o
colaborar en el diseño, ejecución y/o análisis de encuestas,
relevamientos censales o estudios pertinentes.
8. Asegurar la adecuada difusión de la información producida por la
Oficina Nacional contribuyendo a la mayor transparencia de los temas
vinculados con el empleo público así como al asesoramiento del público
en estas materias.
9. Supervisar el adecuado cumplimiento de las acciones
técnico-administrativas de la Oficina Nacional.
SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION
COORDINACION DE SISTEMAS DE INFORMACION
ACCIONES:
1. Coordinar las acciones tendientes a la optimización y articulación
de los sistemas transversales de la Administración Pública Nacional.
2. Relevar los sistemas con el fin de registrar los que se desplieguen
de forma transversal en la Administración Pública Nacional.
3. Diseñar las políticas y estándares necesarios para la implementación
de procesos de calidad en los desarrollos transversales de la
Administración Pública Nacional.
4. Fomentar la articulación de comunidades de desarrollo y uso de los
sistemas transversales de la Administración Pública Nacional.
ANEXO V
(Anexo derogado por art. 2° de la Resolución N° 4/2017 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 10/1/2017).
ANEXO VI
(Anexo derogado por art. 2° de la Resolución N° 4/2017 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 10/1/2017).
ANEXO VII
(Anexo derogado por art. 2° de la Resolución N° 4/2017 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 10/1/2017).
ANEXO VIII
(Anexo derogado por art. 2° de la Resolución N° 4/2017 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 10/1/2017).
ANEXO IX
(Anexo derogado por art. 2° de la Resolución N° 4/2017 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 10/1/2017).
ANEXO X
(Anexo derogado por art. 2° de la Resolución N° 4/2017 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 10/1/2017).
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 8º
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL
SUBSECRETARIA DE EJECUCION OPERATIVA
DIRECCION NACIONAL DE ARTICULACION REGIONAL
COORDINACION DE AGENCIAS REGIONALES
ACCIONES:
1. Supervisar y monitorear la implementación, por las Agencias
Regionales, de las acciones, programas, planes e iniciativas surgidas
en la Secretaría.
2. Elevar pedidos e informes provenientes de las Agencias Regionales al
Director Nacional de Articulación Regional sobre la implementación de
las acciones, programas e iniciativas surgidas en la Secretaría, así
como las propuestas, demandas y necesidades de la región que representa.
3. Asistir al Director Nacional en todo lo relativo a las temáticas
propias de las distintas Agencias Regionales.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 9º
(Planilla derogada por art. 1° de la Resolución N° 1411/2015 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2015)
e. 09/03/2012 N° 23774/12 v. 09/03/2012
Antecedentes Normativos
- Anexo IV, SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente
de la SECRETARÍA DE GABINETE,
Coordinación de Evaluación y Monitoreo; Coordinación y Acciones
incorporadas por art. 9° de la Resolución
N° 918/2014 de Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014;
- Anexo IX
sustituido por art. 1° de la Resolución
N° 409/2014 de la Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 12/8/2014;
- Anexo X
sustituido por art. 1° de la Resolución
N° 409/2014 de la Jefatura de
Gabinete de Ministros B.O. 12/8/2014;
- Anexo V, Dirección de Fotografía,
incorporada por art. 1° de la Resolución
N° 48/2015 de la Jefatura de
Gabinete de Ministeros B.O. 24/4/2015;
- Anexo V, Coordinación de Fotografía,
incorporada por art. 1° de la Resolución
N° 48/2015 de la Jefatura de
Gabinete de Ministeros B.O. 24/4/2015;
-
Anexo V, Dirección de Fotografía, Coordinación de Fotografía, Acciones
incorporadas por art. 2° de la Resolución
N° 48/2015 de la Jefatura de
Gabinete de Ministeros B.O. 24/4/2015.