JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución Nº 85/2012

Bs. As., 5/3/2012

Ver Antecedentes Normativos


VISTO el Expediente Nº 0003027/2012 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto Nº 14 de fecha 5 de enero de 2012, la Decisión Administrativa Nº 19 de fecha 2 de febrero de 2012 y la Resolución Nº 20 de fecha 22 de enero de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa Nº 19/12, se procedió, entre otros, a aprobar la estructura organizativa de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por artículo 1º del Decreto Nº 14/12, se procedió a sustituir el Régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública Nacional que presta servicios en los organismos y entidades incluidas en el artículo 8º de la Ley Nº 24.156, establecido por el Decreto Nº 691/00, y se creó el Registro de Entidades Participantes en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por la Resolución JGM Nº 20/04, se procedió a aprobar los segundos niveles operativos de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que resulta imprescindible realizar un profundo rediseño en los niveles organizacionales inferiores, emprendiéndose un proceso de reingeniería en la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA, en la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA, en la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL, en la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE y en la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA, todas dependientes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, tendiendo a la búsqueda de la optimización de la gestión en función de las competencias establecidas para la Jurisdicción.

Que por la dinámica adquirida por la Administración Pública Nacional con motivo de la transformación y modernización de sus organizaciones acaecida en estos últimos años, resulta pertinente reformular procesos en los niveles antes mencionados de la citada cartera.

Que ha tomado la intervención de su competencia la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS expidiéndose favorablemente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 17 del Decreto Nº 1545/94 y por el artículo 16, inciso 12, de la Ley de Ministerios (t.o. por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios.

Por ello.

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébase la estructura organizativa de la DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de acuerdo con el Organigrama y Acciones que como Anexos I y forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º — Transfiérese de la órbita de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, al ámbito de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Coordinación de Cooperación Internacional. Dicha transferencia se efectúa con sus competencias, los bienes que integran su patrimonio, el personal con niveles y grados de revista vigentes y el correspondiente nivel de función ejecutiva.

ARTICULO 3º — Incorpórase al ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Dirección de Extensión Académica, cuyas Acciones se detallan en Planilla Anexa al presente artículo.

ARTICULO 4º — Apruébanse, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO y de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION, ambas dependientes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Coordinaciones que se detallan de acuerdo con el Listado y Acciones que, como Anexos III y IV, forman parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 5º — Apruébanse, en el ámbito de SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Coordinaciones que se detallan de acuerdo con el Listado y Acciones que, como Anexos V y VI, forman parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 6º — Apruébanse, en el ámbito de la DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA y de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS, ambas dependientes de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Coordinaciones que se detallan de acuerdo con el Listado y Acciones que, como Anexos VII y VIII, forman parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 7º — Apruébanse las aperturas inferiores de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de acuerdo con el Organigrama y Acciones que, como Anexos IX y X, forman parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 8º — Apruébase, en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE ARTICULACION REGIONAL, dependiente de la SUBSECRETARIA DE EJECUCION OPERATIVA de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Coordinación de Agencias Regionales, cuyas Acciones se detallan en Planilla Anexa al presente artículo.

ARTICULO 9º — (Artículo derogado por art. 1° de la Resolución N° 1411/2015 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2015)

ARTICULO 10. — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas por la presente medida, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista previstas en el Decreto Nº 2098/08.

ARTICULO 11. — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTICULO 12. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JUAN M. ABAL MEDINA, Jefe de Gabinete de Ministros.

ANEXO I




ANEXO II

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA

DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y CONTABILIDAD

ACCIONES:

1. Proveer en tiempo y forma el suministro de materiales e insumos necesarios para el desarrollo y desenvolvimiento de las áreas.

2. Elaborar los informes de cierre de ejercicio, tanto en la parte financiera como en la ejecución física de metas y volúmenes de tareas.

3. Realizar las operaciones contables de las dependencias que componen el Servicio Administrativo Financiero.

4. Confeccionar los estados contables, Cargo Fiscal, Estados de Cierre de Ejercicio para la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y los órganos de control que correspondan.

5. Efectuar todas las registraciones contables emergentes de los hechos económicos y financieros realizados.

6. Confeccionar las liquidaciones de gastos, bienes y servicios originados en relaciones y operaciones de diverso tipo contractual.

7. Realizar la liquidación de anticipos de viáticos, eventuales y pasajes por comisiones de servicios y la liquidación de los reintegros por los mismos conceptos.

8. Calcular y/o efectuar las retenciones impositivas que reglamentariamente correspondan.

9. Aplicar los mecanismos de control interno establecidos por los organismos de aplicación y control que correspondan, y establecer aquellos que se estimen necesarios para el correcto desenvolvimiento del servicio.

10. Confeccionar las órdenes de pago y autorizaciones de pago para la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION.

11. Emitir los Formularios de Registro Presupuestario Contable de las distintas etapas de Gastos y Recursos.

12. Registrar y controlar los Recursos en forma concordante con Presupuesto y Tesorería.

13. Realizar, supervisar y controlar las rendiciones de cuentas de todas las erogaciones efectuadas, a excepción de las relacionadas con Recursos Humanos.

14. Resguardar toda la documentación respaldatoria de los pagos efectuados.

15. Realizar todas las operaciones, registro y emisión de documentación e informes relacionados con el Sistema Integrado de Información Financiera y movimientos de la Cuenta única del Tesoro, en el ámbito de su competencia.

16. Efectuar la liquidación de los haberes del personal dependiente de la Jurisdicción y las retenciones de rigor.

17. Asesorar a la Superioridad en lo relativo a la interpretación y aplicación de las normas técnicas para la formulación, programación, modificación y evaluación del presupuesto de la Jurisdicción.

18. Asistir a la superioridad en la determinación de las políticas presupuestarias.

19. Analizar la información de la ejecución física de los distintos programas y de la evaluación presupuestaria de la Jurisdicción, elevándola para su consideración por parte de la Dirección General.

20. Atender la vigilancia y seguridad del inmueble que es sede de esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de los restantes inmuebles donde realizan actividades otras dependencias de la misma.

DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE PRESUPUESTO, COMPRAS Y CONTRATACIONES

ACCIONES:

1. Coordinar la formulación del anteproyecto de presupuesto.

2. Efectuar la elaboración y formulación del proyecto de presupuesto anual, calculando las previsiones presupuestarias del Servicio Administrativo Financiero.

3. Realizar el análisis, fiscalización y registro del movimiento mensual del Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos y Recursos del Servicio Administrativo, a fin de detectar desvíos de las asignaciones originales y/o necesidad de modificaciones relacionando estas acciones con la planificación, presupuestación y control de ejecución de las metas físicas.

4. Confeccionar los pliegos de bases y condiciones que rijan los llamados a concursos de precios y realizar todas las operaciones administrativas relacionadas con recepción y análisis de las ofertas que se presenten en ocasión de licitaciones, concursos y/o compulsas de precios, y todo lo relacionado con los distintos procedimientos de contratación a excepción de los relacionados con los Recursos Humanos.

5. Participar en la elaboración del Plan Anual de Contrataciones y prestar apoyo administrativo a las comisiones Evaluadora y de Recepción de Bienes.

6. Realizar el control y registro de bienes patrimoniales, sus altas y bajas y efectuar la verificación, clasificación e identificación de los mismos, así como también, su rendición anual.

7. Supervisar los procesos de adquisición de bienes y servicios de conformidad al Plan Anual de Adquisiciones.

8. Dictaminar respecto de la urgencia, necesidad y/u oportunidad de realizar contrataciones no previstas en el Pian Anual de Adquisiciones.

DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE OPERACIONES Y SERVICIOS GENERALES

ACCIONES:

1. Entender en la planificación global destinada a la conservación de los bienes muebles de la jurisdicción y de los inmuebles e instalaciones afectados a su uso.

2. Supervisar la ejecución de las tareas de mantenimiento de esos bienes, tanto con carácter preventivo como correctivo.

3. Supervisar desde el punto de vista técnico el estricto cumplimiento de los servicios contratados que se relacionen con las actividades del área.

4. Suministrar a las distintas áreas los bienes que hubieran sido objeto de contratación de acuerdo a las necesidades de cada sector.

5. Entender en la instalación y mantenimiento de los servicios de electricidad, gas, aguas, etcétera.

6. Entender en las acciones de conservación de los espacios comunes de desplazamiento del edificio (ascensores, escaleras, áreas comunes de circulación).

7. Atender los sistemas preventivos de control de averías e incendios.

8. Supervisar todas las acciones implicadas en el normal funcionamiento del transporte automotor.

DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS

ACCIONES:

1. Organizar y supervisar la recepción, registro, trámite, seguimiento y archivo de la correspondencia, expedientes y documentación ingresada, en movimiento y egresada de la Jurisdicción.

2. Tramitar la documentación, elaborando los informes, providencias y notas correspondientes.

3. Protocolizar los actos administrativos —individuales o conjuntos— emanados del Jefe de Gabinete de Ministros que no requieran refrendo ministerial y los emanados de los Secretarios, Subsecretarios y funcionarios de la Jurisdicción Jefe de Gabinete de Ministros con facultades para resolver.

4. Reproducir, autenticar, distribuir, archivar y custodiar los ejemplares originales de los actos protocolizados.

5. Tramitar, ante los distintos organismos de la Administración Pública, la documentación que corresponda.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 3º

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

DIRECCION DE EXTENSION ACADEMICA

ACCIONES:

1. Asistir al Director Nacional en la vinculación con centros académicos y de investigación abocados al estudio del Estado y la Administración Pública, tanto nacionales como internacionales.

2. Planificar y coordinar iniciativas de cooperación entre el Instituto Nacional de la Administración Público (INAP) y Universidades, Centros Académicos y de Investigación y Organizaciones de !a Sociedad Civil con interés en la temática.

3. Prestar apoyo metodológico y asistencia técnica a investigaciones desarrolladas por centros académicos y organizaciones de la sociedad civil.

4. Coordinar la elaboración y actualización de una base de datos de estudios realizados por instituciones del país y del exterior sobre Estado y Administración Pública, juntamente con la Coordinación de Cooperación Internacional.

5. Proponer y coordinar la organización de concursos de premios que estimulen el desarrollo de investigaciones sobre administración y políticas públicas en conjunto con otras organizaciones públicas y de la sociedad civil.

6. (Acción derogada por art. 9° del Decreto N° 841/2014 B.O. 10/6/2014)

7. Asistir al Director Nacional en el desarrollo de programas para la formación estratégico política de dirigentes políticos y sociales, que aspiren a ejercer en el Estado o concurrir desde la sociedad con el Estado en la ejecución de políticas públicas.

ANEXO III

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO

- COORDINACION DE COOPERACION INTERNACIONAL

- COORDINACION DEL REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES

(Nota Infoleg: por art. 8° de la Resolución N° 279/2015 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 5/5/2015 se transfiere la Coordinación de Evaluación y Monitoreo de la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS al ámbito de la OFICINA NACIONAL DE INNOVACIÓN DE GESTIÓN dependiente de la citada Subsecretaría)

DIRECCION DEL PROGRAMA BEC.AR (Dirección incorporada por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

- COORDINACION TECNICA (Coordinación incorporada por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

-
COORDINACION FINANCIERA (Coordinación incorporada por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION

- COORDINACION DE EVALUACION Y MONITOREO (Nota Infoleg: por art. 8° de la Resolución N° 279/2015 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 5/5/2015 se transfiere la Coordinación de Evaluación y Monitoreo de la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS al ámbito de la OFICINA NACIONAL DE INNOVACIÓN DE GESTIÓN dependiente de la citada Subsecretaría)

- COORDINACION DE DESARROLLO Y PRODUCCION DE PROCESOS DE INNOVACION Y GESTION EN LAS VENTANAS DIGITALES (Coordinación incorporada por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

DIRECCION DE ANALISIS Y DISEÑO ORGANIZACIONAL

- COORDINACION DE ANALISIS DE AREAS POLITICAS, ECONOMICAS Y PRODUCTIVAS

- COORDINACION DE ANALISIS DE AREAS SOCIALES, EDUCATIVAS Y DE SEGURIDAD

DIRECCION DE CALIDAD DE SERVICIOS Y EVALUACION DE GESTION (Dirección incorporada por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

- COORDINACION DE SISTEMAS DE GESTION (Coordinación incorporada por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

DIRECCION DE PLANEAMIENTO Y REINGENIERIA ORGANIZACIONAL (Dirección incorporada por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

- COORDINACION DE PLANEAMIENTO (Coordinación incorporada por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

- COORDINACION DE ENLACE INSTITUCIONAL (Coordinación incorporada por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION

- COORDINACION DE ACTIVIDADES DE CAPACITACION

- COORDINACION DE ASISTENCIA TECNICA Y ACREDITACION (Coordinación incorporada por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

-
COORDINACION DE GESTION DE LA CAPACITACION (Coordinación incorporada por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

DIRECCION DE ASISTENCIA AL FONDO DE CAPACITACION PERMANENTE Y RECALIFICACION LABORAL (Dirección incorporada por art. 8° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

- COORDINACION TECNICA (Coordinación incorporada por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

- COORDINACION FINANCIERA (Coordinación incorporada por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

DIRECCION DE EXTENSION ACADEMICA

COORDINACION DE LA ESCUELA SUPERIOR DE GOBIERNO (Nota Infoleg: por art. 6° del Decreto N° 841/2014 B.O. 10/6/2014 se transfiere la Coordinación de la Escuela Superior de Gobierno del ámbito de la Dirección de Extensión Académica del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la órbita de la SUBSECRETARIA DE FORMACION EN POLITICAS PUBLICAS de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS)

OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

- COORDINACION DE INFORMES TECNICOS EN MATERIA DE PERSONAL

DIRECCION PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA GESTION DE PERSONAL

- COORDINACION DE ASISTENCIA TECNICA A PROCESOS DE SELECCION DE PERSONAL Y CALIFICACION DEL PERSONAL

- COORDINACION DEL SISTEMA DE INFORMACION DE EMPLEO PUBLICO

SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION

- COORDINACION DE SISTEMAS DE INFORMACION

ANEXO IV

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO

COORDINACION DE COOPERACION INTERNACIONAL

ACCIONES:

1. Coordinar todos los asuntos inherentes a la asistencia y cooperación internacional en el campo de la capacitación, investigación y gestión en Administración Pública.

2. Coordinar las relaciones de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO como interlocutor y contraparte de las instituciones extranjeras —gubernamentales o no— vinculadas a la cooperación técnica internacional en el campo de la capacitación de funcionarios y de la investigación sobre temas de Estado y Administración Pública.

3. Colaborar en la organización de seminarios con las distintas agencias de cooperación internacional.

4. Asistir en la formulación de proyectos de estudio, investigación y cooperación técnica acordados en el marco bilateral o multilateral, como así también en la gestión de los recursos internos y externos que resulten necesarios para su concreción.

5. Difundir la oferta de capacitación en el extranjero y de los programas de becas de las agencias de cooperación extranjeras y de los organismos multilaterales.

COORDINACION DEL REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES

ACCIONES:

1. Confeccionar, desarrollar y administrar el registro de entidades participantes en el régimen de deducción de haberes.

2. Coordinar las acciones tendientes a la optimización del registro de entidades participantes en el régimen de deducción de haberes.

3. Asistir al Subsecretario en todas las temáticas relativas al funcionamiento del citado registro.

(Nota Infoleg: por art. 8° de la Resolución N° 279/2015 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 5/5/2015 se transfiere la Coordinación de Evaluación y Monitoreo de la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS al ámbito de la OFICINA NACIONAL DE INNOVACIÓN DE GESTIÓN dependiente de la citada Subsecretaría)

SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO

DIRECCION DEL PROGRAMA BEC.AR

COORDINACION TECNICA

ACCIONES:

(Dirección, Coordinación y Acciones incorporadas por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

1. Asistir a la Dirección en el seguimiento de los becarios a fin de evaluar la renovación o cesación de las becas otorgadas.

2. Asistir en la coordinación de tareas operativas con autoridades nacionales, provinciales, e instituciones educativas, tanto nacionales como extranjeras, a fin de cumplir con los objetivos del Programa.

3. Coordinar los estudios, evaluaciones y diagnósticos realizados en la Dirección, como insumo para la propuesta de modificaciones normativas o administrativas que se requieran para un mejor desarrollo del Programa.

4. Asistir a la Dirección en la elaboración del cronograma de actividades, de las bases y condiciones y del perfil de los potenciales beneficiarios.

5. Asistir a la Dirección en las Convocatorias Públicas y Abiertas que se realicen en el marco del Programa.

DIRECCION DEL PROGRAMA BEC.AR

COORDINACION FINANCIERA

ACCIONES:

(Dirección, Coordinación y Acciones incorporadas por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

1. Asistir a la Dirección en la ejecución y la administración de los fondos y recursos del Programa y supervisar el destino de los mismos.

2. Coordinar el sistema de contralor y seguimiento global de los proyectos asignados.

3. Asistir a la Dirección en su participación en las negociaciones con distintos organismos de financiamiento para la obtención de nuevos recursos en el área de su competencia.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

(Nota Infoleg: por art. 8° de la Resolución N° 279/2015 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 5/5/2015 se transfiere la Coordinación de Evaluación y Monitoreo de la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS al ámbito de la OFICINA NACIONAL DE INNOVACIÓN DE GESTIÓN dependiente de la citada Subsecretaría)

OFICINA NACIONAL DE INNOVACIÓN DE GESTIÓN

COORDINACIÓN DE EVALUACIÓN Y MONITOREO

(Acciones sustituidas por art. 9° de la Resolución N° 279/2015 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 5/5/2015)

ACCIONES:

1. Actuar como nexo en el Programa de Evaluación de Políticas Públicas, como así también, en el desarrollo de las actividades de evaluación y monitoreo de las políticas públicas en el ámbito de la Administración Pública Nacional.

2. Asistir a las autoridades superiores en la promoción de las actividades de coordinación intra e inter jurisdiccional en materia de evaluación y seguimiento de la gestión pública.

3. Desarrollar herramientas de gestión que permitan gestionar y sistematizar la información de evaluación y monitoreo para asistir a las funciones competentes a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

4. Coordinar con las áreas competentes en la materia de planificación estratégica y operativa, las acciones correspondientes a la implementación de los sistemas de información y monitoreo.

OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION

COORDINACION DE DESARROLLO Y PRODUCCION DE PROCESOS DE INNOVACION Y GESTION EN LAS VENTANAS DIGITALES

ACCIONES:

(Coordinación y Acciones incorporadas por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

1. Asesorar a la Dirección Nacional en referencia a la modernización de las ventanas digitales y contenidos interactivos de la Dirección.

2. Proponer nuevos productos digitales y homologar los procesos de gestión bajo diversas plataformas digitales.

3. Participar en el diseño de una política integradora que posibilite un puente dinámico, ágil, eficiente y efectivo entre el Estado Nacional y la Ciudadanía.

4. Recomendar estrategias y acciones de modernización para el impulso de las políticas públicas vinculadas a las ventanas digitales.

5. Asistir a la Dirección Nacional en la puesta en marcha de normas y pautas procedimentales para el funcionamiento de las ventanas digitales bajo los objetivos de Innovación y Gestión Pública.

6. Coordinar la producción de las publicaciones y materiales de difusión pertenecientes a la Dirección Nacional, con el objeto de establecer criterios gráficos unificados.

OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION

DIRECCION DE ANALISIS Y DISEÑO ORGANIZACIONAL

COORDINACION DE ANALISIS DE AREAS POLITICAS, ECONOMICAS Y PRODUCTIVAS

ACCIONES:

1. Coordinar el análisis y evaluación de las propuestas de modificación o aprobación de estructuras organizativas que presenten los Organismos dependientes de las áreas temáticas de Apoyo Presidencial, Medio Ambiente, Relaciones Parlamentarias, Asuntos Provinciales y Municipales, Electorales, Migraciones, Documentación de las Personas. Industria, Energía, Transporte, Comunicaciones, Obras Públicas. Relaciones Exteriores y Económico-Productivas.

2. Evaluar técnicamente las propuestas de cambios organizacionales que impliquen creaciones, transferencias o fusión de organismos, modificación de sus órganos de conducción y/o de sus facultades y atribuciones, como así también toda otra adecuación que afecte a la organización y la estructura organizativa correspondientes a los organismos de la Administración Pública Nacional de las áreas temáticas precitadas.

3. Coordinar la evaluación técnica de los requerimientos de ampliación de planta permanente realizadas por los organismos pertenecientes a su ámbito de actuación.

4. Asesorar en la aplicación de la normativa referida a !a administración y gestión de estructuras, como así también, asistir a los organismos que componen las áreas temáticas de su competencia, en la elaboración de las propuestas para la aprobación de los diferentes niveles que componen la organización.

5. Verificar la aplicación de la normativa vigente en relación con las cuestiones estructurales involucradas en la asignación y otorgamiento de adicionales previstas en el Sistema Nacional de Empleo Público que impliquen la conformación de unidad organizativa.

6. Coordinar la evaluación técnica de las propuestas realizadas por los organismos de las áreas temáticas de su competencia para la asignación de función ejecutiva y/o aplicación de todo otro cambio que en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas genere una nueva estructura proyectando la norma que formalizará las respectivas modificaciones.

7. Verificar y comprobar la actualización de los contenidos correspondientes a las áreas temáticas de su competencia, en los diferentes componentes del Sistema de Información sobre la Organización del Estado.

OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION

DIRECCION DE ANALISIS Y DISEÑO ORGANIZACIONAL

COORDINACION DE ANALISIS DE AREAS SOCIALES, EDUCATIVAS Y DE SEGURIDAD

ACCIONES:

1. Coordinar el análisis y evaluación de las propuestas de modificación o aprobación de estructuras organizativas que presenten los Organismos dependientes de las áreas temáticas de Turismo. Educación, Cultura, Ciencia, Seguridad Social, Trabajo, Empleo. Justicia, Seguridad. Desarrollo Social, Salud, Defensa, Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico.

2. Evaluar técnicamente las propuestas de cambios organizacionales que impliquen creaciones, transferencias o fusión de organismos, modificación de sus órganos de conducción y/o de sus facultades y atribuciones, como así también toda otra adecuación que afecte a la organización y la estructura organizativa correspondientes a los organismos de la Administración Pública Nacional de las áreas temáticas precitadas.

3. Coordinar la evaluación técnica de los requerimientos de ampliación de planta permanente realizadas por los organismos pertenecientes a su ámbito de actuación.

4. Asesorar en la aplicación de la normativa referida a la administración y gestión de estructuras, como así también, asistir a los organismos que componen las áreas temáticas de su competencia, en la elaboración de las propuestas para la aprobación de los diferentes niveles que componen la organización.

5. Verificar la aplicación de la normativa vigente en relación a las cuestiones estructurales involucradas en la asignación y otorgamiento de adicionales previstas en el Sistema Nacional de Empleo Público que impliquen la conformación de unidad organizativa.

6. Coordinar la evaluación técnica de las propuestas realizadas por los organismos de las áreas temáticas de su competencia para la asignación de función ejecutiva y/o aplicación de todo otro cambio que en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas genere una nueva estructura proyectando la norma que formalizará las respectivas modificaciones.

7. Verificar y comprobar la actualización de los contenidos correspondientes a las áreas temáticas de su competencia, en los diferentes componentes del Sistema de Información sobre la Organización del Estado.

OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION

DIRECCION DE CALIDAD DE SERVICIOS Y EVALUACION DE GESTION

COORDINACION DE SISTEMAS DE GESTION

ACCIONES:

(Dirección, Coordinación y Acciones incorporadas por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

1. Coordinar las políticas y programas que forman parte de la Dirección, proponiendo acciones integradoras.

2. Asistir a la Dirección en el desarrollo y mejoramiento de sistemas de información al ciudadano de los programas que tenga a cargo la Dirección.

3. Asistir a la Dirección en las propuestas de mejora de los sistemas de gestión del Programa Carta Compromiso con el Ciudadano y la fijación de estándares de calidad.

4. Asistir a la Dirección en las propuestas de mejora de los sistemas de gestión de la Guía de Trámites.

5. Asesorar a la Dirección en el diseño e implementación de mecanismos de participación ciudadana con el objeto de transparentar la acción de gobierno y generar una instancia de participación de la Sociedad Civil.

OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION

DIRECCION DE PLANEAMIENTO Y REINGENIERIA ORGANIZACIONAL

COORDINACION DE PLANEAMIENTO

ACCIONES:

(Dirección, Coordinación y Acciones incorporadas por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

1. Coordinar el desarrollo y establecimiento de las pautas e instrumentos metodológicos para la implementación de planes estratégicos y operativos.

2. Asistir a la Dirección en la aplicación de la gestión por resultados, en la definición de los objetivos y apuestas estratégicas, en la formulación de planes operativos.

3. Asistir a la Dirección en la promoción de programas tendientes a perfeccionar la gestión en los organismos de la Administración Pública Nacional, sobre la base de compromisos de resultados y brindar asistencia técnica en la materia.

4. Asesorar a la Dirección en la propuesta de programas de fortalecimiento de las capacidades institucionales para los organismos de la Administración Pública Nacional.

5. Asistir a la Dirección en la elaboración de propuestas sobre el mejoramiento de los procesos identificados como prioritarios.

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

COORDINACION DE ENLACE INSTITUCIONAL

ACCIONES:

(Coordinación y Acciones incorporadas por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

1. Colaborar con el Director Nacional en la articulación institucional con los organismos alcanzados por las políticas trasversales implementadas por el Instituto.

2. Coordinar el enlace institucional con los organismos alcanzados por el sistema Nacional de Capacitación.

3. Coordinar las Investigaciones con Universidades Nacionales y centros de estudios en lo concerniente a la temática vinculada a la Administración Pública Nacional.

4. Coordinar en conjunto con las áreas competentes en la materia, las redes de documentación e información.

INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACION PUBLICA

DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION

COORDINACION DE ACTIVIDADES DE CAPACITACION

ACCIONES:

1. Coordinar con las unidades de capacitación de los organismos públicos. el proceso de acreditación de sus planes institucionales y operativos de capacitación, así como las actividades de capacitación formales y no formales que se desarrollen en su marco según lo previsto por la normativa vigente.

2. Coordinar la gestión de los procesos administrativos de apoyo a la acreditación, desarrollo, monitoreo y certificación de las actividades de capacitación.

3. Coordinar el Sistema de Información Integral sobre las actividades acreditadas en el marco de los Planes Institucionales y Operativos de las jurisdicciones integrantes del Sistema Nacional de Capacitación proveyendo los datos requeridos por la Red Institucional de Capacitación.

4. Coordinar la gestión de los procesos vinculados al funcionamiento del Registro de Prestadores del Sistema Nacional de Capacitación, así como las actividades de acreditación de competencias técnicas y docentes y de la Comisión de Evaluación.

5. Coordinar el desarrollo de actividades de capacitación no presencial y a distancia mediante recursos telemáticos, y asistir a las unidades de capacitación de la administración pública para su utilización.

6. Asesorar en la preparación de la normativa y elaboración de los procedimientos para el desarrollo y ejecución de los distintos planes de capacitación de los organismos a los efectos de su acreditación, asegurando la satisfacción de estándares en el diseño, la calidad y la pertinencia.

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION

COORDINACION DE ASISTENCIA TECNICA Y ACREDITACION

ACCIONES:

(Coordinación y Acciones incorporadas por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

1. Asistir técnicamente a los organismos públicos en los procesos de detección de necesidades y en la elaboración de planes de capacitación.

2. Asesorar a las organizaciones públicas en el diseño y desarrollo de actividades de capacitación.

3. Desarrollar instrumentos para asegurar la obtención de estándares de calidad en los procesos de planificación, diseño, ejecución y evaluación de la capacitación realizada por los organismos públicos y asistirlos en su aplicación.

4. Gestionar la constitución y mantenimiento de una Red Institucional de Capacitación para hacer más eficiente el empleo de recursos y el acceso a la información al conjunto de actores concernidos en el Sistema Nacional de Capacitación.

5. Intervenir en los procesos evaluación y aprobación de los planes de capacitación de los organismos públicos y en la acreditación de las actividades de capacitación que se desarrollen en el marco del Sistema Nacional de Capacitación.

DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE CAPACITACION

COORDINACION DE GESTION DE LA CAPACITACION

ACCIONES:

(Coordinación y Acciones incorporadas por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

1. Diseñar y ejecutar actividades de capacitación y formación orientadas al desarrollo de competencias para funciones profesionales, técnicas y operativas en organizaciones públicas.

2. Diseñar y realizar programas de formación de instructores, facilitadores y formadores orientados al desarrollo de competencias para la capacitación.

3. Promover el desarrollo de competencias del personal al servicio del Estado por medio de iniciativas que faciliten la terminalidad de la educación formal.

4. Desarrollar recursos tecnológicos a ser utilizados en los procesos de capacitación a ser llevados a cabo por el Instituto, en particular entornos virtuales de aprendizajes.

5. Supervisar la gestión de las plataformas de capacitación utilizadas en la Dirección del Sistema Nacional de Capacitación.

6. Coordinar la realización de actividades colaborativas interjurisdiccionales que permitan desarrollar acciones destinadas a potenciar el capital social de las organizaciones mediante el trabajo en red.

7. Desarrollar programas de capacitación para el desarrollo de competencias de las áreas de gestión de la capacitación de los organismos públicos.

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

DIRECCION DE ASISTENCIA AL FONDO DE CAPACITACION PERMANENTE Y RECALIFICACION LABORAL

COORDINACION TECNICA

ACCIONES:

(Dirección, Coordinación y Acciones incorporadas por art. 8° y 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

1. Asistir a las autoridades en todas las actividades de apoyo administrativo que requiera la tramitación de los expedientes de los proyectos aprobados por la Comisión de Administración.

2. Convocar las reuniones de la Comisión de Administración, y demás Secretarías que integran el Fondo.

3. Promover y tramitar las actuaciones ante las unidades organizativas correspondientes.

4. Tramitar los expedientes de los proyectos aprobados por la Comisión de Administración para su acreditación.

5. Elaborar y mantener actualizado un Registro de la Entrada y Salida de todas las Notas y Proyectos.

6. Actualizar la información de la página Web del Fondo con base en la información remitida por la misma, así como por las distintas secretarías.

7. Coordinar la preparación de la Memoria Anual de las Actividades del Fondo, con base en la información suministrada por las distintas secretarías, y remitirla para su aprobación por la Comisión de Administración del Fondo.

8. Realizar el seguimiento de la programación y ejecución de los proyectos.

9. Diseñar y proponer mecanismos de indicadores de gestión para el seguimiento de la programación y ejecución de las actividades de capacitación y recalificación.

10. Asistir a la Dirección en el diseño y administración de un registro de convenios firmados para las actividades del Fondo.

DIRECCION DE ASISTENCIA AL FONDO DE CAPACITACION PERMANENTE Y RECALIFICACION LABORAL

COORDINACION FINANCIERA

ACCIONES:

(Dirección, Coordinación y Acciones incorporadas por art. 8° y 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014)

1. Asistir a la Dirección en la ejecución y la administración de los fondos y recursos del Fondo y supervisar el destino de los mismos.

2. Coordinar el sistema de contralor y seguimiento global de los proyectos asignados.

3. Verificar la factibilidad presupuestaria para la aplicación de los recursos financieros que se desprendan de los proyectos y actividades sometidos a la Comisión y efectuar las recomendaciones que en la materia permitan la ejecución eficiente de las actividades del Fondo.

4. Colaborar con la preparación de la documentación requerida para elaborar el presupuesto anual, y la contabilidad de los recursos financieros del Fondo requerida por el Servicio Administrativo Financiero de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para que éste proceda con la materialización oportuna de los pagos y demás aspectos de su incumbencia derivados de los acuerdos adoptados por la Comisión.

5. Informar mensualmente a la Comisión el estado de los ingresos y egresos de los recursos financieros del Fondo y recomendar a éste las acciones consecuentes para asegurar la adecuada gestión de los mismos.

6. Realizar las gestiones y análisis pertinentes con el fin de contribuir a determinar la correspondencia entre el monto que corresponde depositar a cada uno de los organismos e instituciones involucradas con lo efectivamente transferido al Fondo.

7. Elaborar informes que analicen los proyectos de capacitación desde una perspectiva financiera.

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

DIRECCION DE EXTENSION ACADEMICA

COORDINACION DE LA ESCUELA SUPERIOR DE GOBIERNO

(Nota Infoleg: por art. 6° del Decreto N° 841/2014 B.O. 10/6/2014 se transfiere la Coordinación de la Escuela Superior de Gobierno del ámbito de la Dirección de Extensión Académica del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la órbita de la SUBSECRETARIA DE FORMACION EN POLITICAS PUBLICAS de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS)

ACCIONES:

1. Proponer las actividades de capacitación y formación destinadas a la Alta Gerencia del Sector Público Nacional, atendiendo las necesidades actuales en materia de análisis y elaboración de políticas públicas.

2. Desarrollar actividades académicas de investigación y divulgación en cuestiones de orden político, económico y social, orientadas a la formación de dirigentes políticos y sociales en el análisis y discusión de los lineamientos estratégicos de gobierno.

3. Ejecutar programas permanentes de perfeccionamiento y especialización en materia de elaboración de políticas públicas destinados a la Alta Gerencia del Sector Público Nacional.

4. Responder las consultas académicas o de estudio o de investigación que le sean formuladas.

5. Propiciar el reconocimiento de títulos o cursos a dictarse en la Escuela Superior de Gobierno.

OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

COORDINACION DE INFORMES TECNICOS EN MATERIA DE PERSONAL

ACCIONES:

1. Asesorar al Director de la Oficina Nacional en la realización y seguimiento de los informes relativos a programas de fortalecimiento y desarrollo del personal de la Administración Pública Nacional.

2. Asesorar en las cuestiones metodológicas y técnicas para los realización de los estudios a emprender y en la redacción y divulgación de los informes técnicos relativos el funcionamiento de los regímenes estatutarios o escalafonarios vigentes.

3. Confeccionar los informes técnicos relativos a las características, situaciones y demás aspectos cualitativos del personal de la Administración Pública Nacional y coordinar las contribuciones de los demás profesionales en la materia.

4. Asistir en la proyección de líneas de acción consecuentes con los estudios efectuados en materia de personal estatal.

5. Colaborar en la vinculación con otros actores nacionales o extranjeros dedicados a estudios de personal público.

6. Asistir al Director de la Oficina Nacional en la obtención y redacción de la información a ser suministrada a autoridades, empleados, jubilados o retirados y a la ciudadanía en general, sobre aspectos vinculados al empleo público y su normativa aplicable.

OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

DIRECCION PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA GESTION DE PERSONAL

COORDINACION DE ASISTENCIA TECNICA A PROCESOS DE SELECCION DE PERSONAL Y CALIFICACION DEL PERSONAL

ACCIONES:

1. Asistir al Director en el diseño y elaboración de los procedimientos y tecnologías adecuadas para la gestión integral del desempeño de las personas al servicio de la Administración Pública Nacional, en materia de aplicación de los sistemas de selección y calificación del personal.

2. Asesorar al Director en el análisis de los aspectos vinculados a la implantación y gestión de los procesos de selección y calificación del personal.

3. Coordinar la recopilación de normas, jurisprudencia, doctrina y dictámenes, asegurando su adecuada difusión y la mayor transparencia en temas relacionados con la selección y calificación del personal.

4. Coordinar y asesorar sobre la elaboración de los perfiles de requisitos a exigir para la cobertura de vacantes de naturaleza funcional similar o equivalente, y los descriptivos de puestos y trabajos o funciones, así como las exigencias en materia de competencias laborales a satisfacer por el personal para cubrirlos.

5. Mantener actualizado el Nomenclador de Puestos y Funciones transversales de la Administración y los Directorios de Competencias Laborales que se implementen.

DIRECCION PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA GESTION DE PERSONAL

COORDINACION DEL SISTEMA DE INFORMACION DE EMPLEO PUBLICO

ACCIONES:

1. Mantener actualizado el Digesto del Servicio Civil, la recopilación de normas, jurisprudencia, doctrina y dictámenes referidos a las relaciones laborales.

2. Apoyar técnica y documentalmente la realización de los estudios de antecedentes normativos, nacionales y extranjeros, como insumo de las actividades de la Oficina Nacional.

3. Confeccionar el Boletín Estadístico del Registro de Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), los informes Periódicos del Registro Central de Personas Contratadas y el Informe Semestral del Personal Adscripto del Sector Público Nacional.

4. Efectuar los estudios técnico-estadísticos en materia de Personal Público.

5. Entender en la materialización del Registro Central de Personal Ley Nº 25.164 con la asistencia técnica e informática de la Oficina Nacional de Tecnologías de Información.

6. Asegurar las acciones pertinentes al Sistema Estadístico de Información de la Administración Nacional y del Plan General de Estadística para la Administración Nacional.

7. Asistir en la elaboración de la información estadística en materia de personal requerida por las autoridades superiores e intervenir o colaborar en el diseño, ejecución y/o análisis de encuestas, relevamientos censales o estudios pertinentes.

8. Asegurar la adecuada difusión de la información producida por la Oficina Nacional contribuyendo a la mayor transparencia de los temas vinculados con el empleo público así como al asesoramiento del público en estas materias.

9. Supervisar el adecuado cumplimiento de las acciones técnico-administrativas de la Oficina Nacional.

SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION

COORDINACION DE SISTEMAS DE INFORMACION

ACCIONES:

1. Coordinar las acciones tendientes a la optimización y articulación de los sistemas transversales de la Administración Pública Nacional.

2. Relevar los sistemas con el fin de registrar los que se desplieguen de forma transversal en la Administración Pública Nacional.

3. Diseñar las políticas y estándares necesarios para la implementación de procesos de calidad en los desarrollos transversales de la Administración Pública Nacional.

4. Fomentar la articulación de comunidades de desarrollo y uso de los sistemas transversales de la Administración Pública Nacional.

ANEXO V

(Anexo derogado por art. 2° de la Resolución N° 4/2017 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 10/1/2017).

ANEXO VI

(Anexo derogado por art. 2° de la Resolución N° 4/2017 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 10/1/2017).

ANEXO VII

(Anexo derogado por art. 2° de la Resolución N° 4/2017 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 10/1/2017).

ANEXO VIII

(Anexo derogado por art. 2° de la Resolución N° 4/2017 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 10/1/2017).


ANEXO IX

(Anexo derogado por art. 2° de la Resolución N° 4/2017 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 10/1/2017).

ANEXO X

(Anexo derogado por art. 2° de la Resolución N° 4/2017 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 10/1/2017).


PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 8º

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL

SUBSECRETARIA DE EJECUCION OPERATIVA

DIRECCION NACIONAL DE ARTICULACION REGIONAL

COORDINACION DE AGENCIAS REGIONALES

ACCIONES:

1. Supervisar y monitorear la implementación, por las Agencias Regionales, de las acciones, programas, planes e iniciativas surgidas en la Secretaría.

2. Elevar pedidos e informes provenientes de las Agencias Regionales al Director Nacional de Articulación Regional sobre la implementación de las acciones, programas e iniciativas surgidas en la Secretaría, así como las propuestas, demandas y necesidades de la región que representa.

3. Asistir al Director Nacional en todo lo relativo a las temáticas propias de las distintas Agencias Regionales.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 9º

(Planilla derogada por art. 1° de la Resolución N° 1411/2015 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2015)

e. 09/03/2012 N° 23774/12 v. 09/03/2012

Antecedentes Normativos

- Anexo IV, SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE, Coordinación de Evaluación y Monitoreo; Coordinación y Acciones incorporadas por art. 9° de la Resolución N° 918/2014 de Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/10/2014;

- Anexo IX sustituido por art. 1° de la Resolución N° 409/2014 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 12/8/2014;

- Anexo X sustituido por art. 1° de la
Resolución N° 409/2014 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 12/8/2014;

- Anexo V, Dirección de Fotografía, incorporada por art. 1° de la
Resolución N° 48/2015 de la Jefatura de Gabinete de Ministeros B.O. 24/4/2015;

- Anexo V,
Coordinación de Fotografía, incorporada por art. 1° de la Resolución N° 48/2015 de la Jefatura de Gabinete de Ministeros B.O. 24/4/2015;

- Anexo V, Dirección de Fotografía, Coordinación de Fotografía, Acciones incorporadas por art. 2° de la Resolución N° 48/2015 de la Jefatura de Gabinete de Ministeros B.O. 24/4/2015.