MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
Resolución Nº 251/2012
Bs. As., 6/3/2012
VISTO el Expediente Nº 11.945/2008 del Registro de la COMISION NACIONAL
DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito de
la SECRETARIA DE COMUNICACIONES de este MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 15.930 y los Decretos
Nros. 232 del 29 de enero de 1979 y 1571 del 9 de octubre de 1981, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 15.930 establece la supervisión del ARCHIVO GENERAL DE LA
NACION dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR sobre todos los archivos
administrativos de la Nación.
Que el Decreto Nº 232 del 29 de enero de 1979 establece la intervención
en todo proyecto de medidas a proponer o dictar sobre sus respectivos
archivos y que se relacionen con el descarte de documentos, su
microfilmación, conservación o traslado, de la ex SUBSECRETARIA DE LA
FUNCION PUBLICA de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA
NACION, que requerirá el dictamen de la DIRECCION GENERAL DEL ARCHIVO
GENERAL DE LA NACION.
Que el Artículo 2º del Decreto Nº 1571 del 9 de octubre de 1981 faculta
a los señores Ministros y Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACION
para designar a los integrantes de las Comisiones de Selección de
Documentos para ordenar por resolución la eliminación de los documentos.
Que en el mismo artículo se establece que tales funcionarios podrán
delegar las mencionadas facultades en las autoridades superiores de los
Organismos Descentralizados, Servicios de Cuentas Especiales y Obras
Sociales de su dependencia, cuando el volumen, la importancia del fondo
documental y la operatividad así lo justifiquen.
Que la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado
actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES de este
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
recibe, genera y procesa importantes volúmenes de información derivada
del control, fiscalización y verificación en materia de
telecomunicaciones y postal, control y administración del espectro
radioeléctrico inclusive el de radiodifusión, homologación de equipos y
materiales de uso específico en telecomunicaciones, resolución en
instancia administrativa de los reclamos de los usuarios u otras partes
interesadas en relación con los servicios bajo su control, percepción
de las tasas, derechos y aranceles en materia de telecomunicaciones y
postal, aplicación de las sanciones previstas en las licencias,
autorizaciones o permisos y en la normativa aplicable en el ámbito
postal y de las telecomunicaciones y en el cumplimiento de las demás
funciones que tiene atribuidas por el Decreto Nº 1185 de fecha 22 de
junio de 1990 y sus modificatorios.
Que estos volúmenes de documentación derivan de las tareas de control
sobre los operadores de los mercados de las telecomunicaciones y
postal, que alcanzan a aproximadamente UN MIL (1.000) de licenciatarios
de servicios de telecomunicaciones con CUATRO MIL DOSCIENTOS (4.200)
servicios registrados, CIENTO TREINTA (130) empresas inscriptas en el
Registro de Prestadores de Servicios Postales, SIETE MIL (7.000)
usuarios del espectro radioeléctrico que en su conjunto poseen cerca de
VEINTE MIL (20.000) autorizaciones, VEINTITRES MIL SEISCIENTOS (23.600)
radioaficionados, CINCO MIL (5.000) operadores de radiocomunicaciones y
el ejercicio del poder de policía sobre todos los servicios controlados.
Que es indispensable poner orden en todo lo referente a la situación del archivo de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que en este contexto se considera necesario y conveniente delegar las
facultades determinadas por el Artículo 2º del Decreto Nº 1571 del 9 de
octubre de 1981 en la Autoridad Superior de la COMISION NACIONAL DE
COMUNICACIONES.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, dependiente de la
SUBSECRETARIA LEGAL DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Decreto Nº 1571 del 9 de octubre de 1981.
Por ello,
EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Deléganse en la Autoridad Superior de la COMISION
NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado actuante en el
ámbito de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES de este MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, las facultades
determinadas en el Artículo 2º del Decreto Nº 1571 del 9 de octubre de
1981 para designar a los integrantes de las Comisiones de Selección
Documental y para ordenar por resolución la eliminación de los
documentos desafectados.
ARTICULO 2º — Una vez constituida la Comisión de Selección Documental,
la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES deberá dar cumplimiento al
Artículo 2º del Decreto Nº 232 de fecha 29 de enero de 1979.
ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Arq. JULIO M. DE VIDO, Ministro de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
e. 12/03/2012 N° 22764/12 v. 12/03/2012