MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 121/2012

Tope Nº 101/2012

Bs. As., 3/2/2012

VISTO el Expediente Nº 86.594/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 838 del 6 de julio de 2009 y Nº 1365 del 14 de octubre de 2009 y,

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 del Expediente Nº 86.594/08 obra el Acuerdo pactado entre el SINDICATO DE PETROLEO Y GAS PRIVADO DE RIO NEGRO, NEUQUEN Y LA PAMPA y la empresa NEW AMERICAN OIL SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que dicho Acuerdo fue homologado por la Resolución S.T. Nº 838/09 y registrado bajo el Nº 721/09, conforme surge de fojas 56/58 y 61, respectivamente.

Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1365 de fecha 14 de octubre de 2009, cuya copia fiel obra a fojas 78/81, se emplazó a las partes para que presenten las escalas salariales y las aclaraciones correspondientes al Acuerdo Nº 721/09.

Que en respuesta a ello, a fojas 2 del Expediente Nº 91.416/10, agregado como fojas 103 al principal, obra la presentación de la parte empresarial mediante la cual se cumplimenta lo requerido.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, los topes indemnizatorios que se fijan por la presente se determinaron triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de las escalas salariales y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 111/119 obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de las bases promedio mensuales y de los topes indemnizatorios objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976), y en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Fíjanse los importes promedio de las remuneraciones y los topes indemnizatorios correspondientes al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 838 del 6 de julio de 2009 y registrado bajo el Nº 721/09, suscripto entre el SINDICATO DE PETROLEO Y GAS PRIVADO DE RIO NEGRO, NEUQUEN Y LA PAMPA y la empresa NEW AMERICAN OIL SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre los importes promedio de las remuneraciones y de los topes indemnizatorios fijados por este acto.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias; posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 86.594/08


PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIABASE PROMEDIOTOPE INDEMNIZATORIO
SINDICATO DE PETROLEO Y GAS PRIVADO DE RIO NEGRO, NEUQUEN Y LA PAMPA C/ NEW AMERICAN OIL SOCIEDAD ANONIMA


Acuerdo Nº 721/09
01/07/2008
01/09/2008
01/02/2009
$ 3.461,40
$ 3.621,56
$ 3.773,16
$ 10.384,20
$ 10.864,68
$ 11.319,48

Expediente Nº 86.594/08

Buenos Aires, 6 de febrero de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 121/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 101/12 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.