MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 105/2012
Modifícase la Decisión Administrativa
Nº 1205/2011, relacionada con la Adjudicación de la Licitación Pública
Nº 45/11, para la adquisición de una vacuna.
Bs. As., 14/3/2012
VISTO el Expediente Nº 2002-2920/12-5 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que por Decisión Administrativa Nº 1205 de fecha 10 de noviembre de
2011 se aprobó la Licitación Pública Nº 45/2011 del MINISTERIO DE
SALUD, llevada a cabo para la adquisición de la vacuna pediátrica
antineumocócica conjugada, en jeringa prellenada y/o vial monodosis y/o
multidosis con jeringa correspondiente, adjudicándose la misma a las
firmas PFIZER S.R.L., LABORATORIO ELEA S.A.C.I.F. y A. y WYETH S.A.,
que conforman PFIZER - ELEA - CONSORCIO DE COOPERACION, extendiéndose
la vigencia del contrato por el término de CINCO (5) años contados a
partir de la notificación de la Orden de Compra o hasta agotar la
cantidad máxima de DIEZ MILLONES OCHOCIENTAS CINCUENTA MIL (10.850.000)
dosis, lo que suceda primero.
Que por Decisión Administrativa Nº 1252 de fecha 22 de noviembre de
2011 se sustituyó el artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº
1205/11 estableciéndose que el gasto resultante de la provisión de la
vacuna conjugada para neumococo en el ejercicio 2012 se imputará con
cargo al presupuesto del MINISTERIO DE SALUD, Jurisdicción 80, Servicio
Administrativo Financiero 310, Programa 20, IPP 252, por hasta la suma
de PESOS DOSCIENTOS OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 208.500.000) y el
gasto a incurrir en los ejercicios subsiguientes será previsto
oportunamente en los presupuestos anuales que se autoricen al
MINISTERIO DE SALUD.
Que la suma mencionada, prevista para el presente ejercicio, se
estableció en base a un precio estimado toda vez que el precio se
determina en oportunidad de cada solicitud de provisión anual.
Que adjudicada la Licitación Pública Nº 45/2011 y suscripto el
correspondiente contrato, se estableció el precio del suministro, de
acuerdo con el procedimiento fijado en el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares de la citada licitación, ascendiendo el gasto para el
ejercicio 2012 a la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES
CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTE CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($
242.042.220,35).
Que el MINISTERIO DE SALUD ha afectado la suma citada en el
considerando anterior a las partidas específicas del presupuesto de su
jurisdicción.
Que procede en consecuencia modificar la Decisión Administrativa Nº
1205/11, modificada por su similar Nº 1252/11, a fin de contemplar el
mayor valor correspondiente al presente ejercicio fiscal.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Sustitúyese el
artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 1205 de fecha 10 de
noviembre de 2011, sustituido por el artículo 2º de la Decisión
Administrativa Nº 1252 de fecha 22 de noviembre de 2011, por el
siguiente:
“ARTICULO 3º.- El gasto que resulte de la provisión de la vacuna
conjugada para neumococo en el ejercicio 2012, en función de la
adjudicación dispuesta en el artículo anterior, se imputará con cargo
al presupuesto del MINISTERIO DE SALUD, Jurisdicción 80, Servicio
Administrativo Financiero 310, Programa 20, IPP 252, por hasta la suma
de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y DOS MIL
DOSCIENTOS VEINTE CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($ 242.042.220,35). El
gasto a incurrir en los ejercicios subsiguientes será previsto
oportunamente en los presupuestos anuales que se autoricen al
MINISTERIO DE SALUD”.
Art. 2º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Juan M. Abal Medina. — Juan L. Manzur.