MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 145/2012

Registro Nº 160/2012

Bs. As., 10/2/2012

VISTO el Expediente Nº 1.375.109/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 92/93 del Expediente Nº 1.375.109/10, obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS por el sector gremial y la CAMARA DE LA INDUSTRIA QUIMICA Y PETROQUIMICA por el sector empresario, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han convenido corregir los importes consignados en el punto V - CONTRIBUCION PATRONAL del Acuerdo celebrado el día 22 de julio de 2010, homologado por Resolución S.T. Nº 1058/10 y registrada como Acuerdo Nº 1108/10, conforme el texto al cual se remite.

Que las partes han convenido que el referido Acuerdo, forme parte integrante como Acta Complementaria del Acuerdo registrado bajo el Nº 1108/10.

Que cabe destacar que las partes firmantes son las signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 77/89.

Que de las constancias de autos, informe de foja 119 y Acta de foja 124, surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.

Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo se corresponde con la actividad de la cámara empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo del derecho del trabajo.

Que se ha acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acuerdo obrante a fojas 92/93 celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS y la CAMARA DE LA INDUSTRIA QUIMICA Y PETROQUIMICA, como Acta Complementaria del Acuerdo registrado bajo el Nº 1108/10, del Expediente Nº 1.375.109/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 92/93, del Expediente Nº 1.375.109/10.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 77/89.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.375.109/10

Buenos Aires, 13 de febrero de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 145/12 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 92/93 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 160/12. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expte. Nº 1.375.109/10

En la Ciudad de Buenos Aires a los 13 días del mes de octubre de 2010, siendo las 17.30 horas comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante la Señora Jefa del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, Dra. Mercedes M. GADEA, en representación de la CAMARA DE LA INDUSTRIA QUIMICA Y PETROQUIMICA los Sres. José María FUMAGALLI, en su carácter de Director Ejecutivo y apoderado general y Jorge Ramón BORZONE en su carácter de Presidente de la Comisión de Asuntos Laborales con la asistencia letrada del Dr. Joaquín E. ZAPPA y en representación de la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS los Sres. Fabián Oscar HERMOSO en su carácter de Secretario General, Sergio Alberto Zapata y Carina Harmitton, en su caracteres de integrantes del Consejo Directivo.

Abierto el acto por la funcionaria actuante, los comparecientes en los caracteres invocados conjuntamente denominadas las partes manifiestan que debido a un involuntario error de tipeo en el acta celebrada el marco del presente expediente día 22 de julio de 2010, específicamente en el punto V.- CONTRIBUCION PATRONAL, aclaran que, donde expresa:

De mayo a julio de 2010 inclusive$ 18,59
De agosto a diciembre de 2010 inclusive$ 11,25
De enero de 2011 a abril de 2011 inclusive$ 4,50

Debe leerse como:

“De mayo a julio de 2010 inclusive$ 28,59
De agosto a diciembre de 2010 inclusive$ 21,25
De enero de 2011 a abril de 2011 inclusive$ 14,50

Asimismo la representación empresaria se compromete a hacer saber a sus afiliados la presente fe de erratas.

Las partes solicitan la homologación de la presente fe de erratas como complementaria del acta acuerdo de fecha 22 de julio de 2010, homologada por Resolución ST Nº 1058/10 registrada como Acuerdo Nº 1108/10.

Con lo que no siendo para más, a las 18.30 hs se cerró el acto, labrándose la presente, que leída es firmada de conformidad y para constancia, ante la actuante que certifica.