MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 145/2012
Registro Nº 160/2012
Bs. As., 10/2/2012
VISTO el Expediente Nº 1.375.109/10 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 92/93 del Expediente Nº 1.375.109/10, obra el Acuerdo
celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS
QUIMICAS Y PETROQUIMICAS por el sector gremial y la CAMARA DE LA
INDUSTRIA QUIMICA Y PETROQUIMICA por el sector empresario, conforme lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes han convenido corregir los importes consignados en el
punto V - CONTRIBUCION PATRONAL del Acuerdo celebrado el día 22 de
julio de 2010, homologado por Resolución S.T. Nº 1058/10 y registrada
como Acuerdo Nº 1108/10, conforme el texto al cual se remite.
Que las partes han convenido que el referido Acuerdo, forme parte
integrante como Acta Complementaria del Acuerdo registrado bajo el Nº
1108/10.
Que cabe destacar que las partes firmantes son las signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 77/89.
Que de las constancias de autos, informe de foja 119 y Acta de foja
124, surge la personería invocada por las partes y la facultad de
negociar colectivamente.
Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo se corresponde con la
actividad de la cámara empresaria signataria y la representatividad de
la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren
los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo
del derecho del trabajo.
Que se ha acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acuerdo obrante a fojas 92/93
celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS
QUIMICAS Y PETROQUIMICAS y la CAMARA DE LA INDUSTRIA QUIMICA Y
PETROQUIMICA, como Acta Complementaria del Acuerdo registrado bajo el
Nº 1108/10, del Expediente Nº 1.375.109/10, conforme lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento
Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 92/93, del Expediente
Nº 1.375.109/10.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente
procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo Nº 77/89.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder conforme a lo establecido en el artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.375.109/10
Buenos Aires, 13 de febrero de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 145/12 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 92/93 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 160/12. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
Expte. Nº 1.375.109/10
En la Ciudad de Buenos Aires a los 13 días del mes de octubre de 2010,
siendo las 17.30 horas comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, por ante la Señora Jefa del Departamento de
Relaciones Laborales Nº 1, Dra. Mercedes M. GADEA, en representación de
la CAMARA DE LA INDUSTRIA QUIMICA Y PETROQUIMICA los Sres. José María
FUMAGALLI, en su carácter de Director Ejecutivo y apoderado general y
Jorge Ramón BORZONE en su carácter de Presidente de la Comisión de
Asuntos Laborales con la asistencia letrada del Dr. Joaquín E. ZAPPA y
en representación de la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE
INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS los Sres. Fabián Oscar HERMOSO en
su carácter de Secretario General, Sergio Alberto Zapata y Carina
Harmitton, en su caracteres de integrantes del Consejo Directivo.
Abierto el acto por la funcionaria actuante, los comparecientes en los
caracteres invocados conjuntamente denominadas las partes manifiestan
que debido a un involuntario error de tipeo en el acta celebrada el
marco del presente expediente día 22 de julio de 2010, específicamente
en el punto V.- CONTRIBUCION PATRONAL, aclaran que, donde expresa:
Asimismo la representación empresaria se compromete a hacer saber a sus afiliados la presente fe de erratas.
Las partes solicitan la homologación de la presente fe de erratas como
complementaria del acta acuerdo de fecha 22 de julio de 2010,
homologada por Resolución ST Nº 1058/10 registrada como Acuerdo Nº
1108/10.
Con lo que no siendo para más, a las 18.30 hs se cerró el acto,
labrándose la presente, que leída es firmada de conformidad y para
constancia, ante la actuante que certifica.