MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 152/2012

Registro Nº 158/2012

Bs. As., 10/2/2012

VISTO el Expediente Nº 1.460.959/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/3 de autos, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que al respecto es dable destacar que el acuerdo traído a estudio incrementa los sueldos básicos mensuales de los Convenios Colectivos de Trabajo de Empresas Nº 567/03 “E”, 822/06 “E”, 820/06 “E”, 917/07 “E”, 821/06 “E” y 728/05 “E”.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.460.959/11, conforme con lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acuerdo, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.460.959/11.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo con lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.460.959/11

Buenos Aires, 13 de febrero de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 152/12 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 158/12. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 12 días del mes de mayo de 2011, se reúnen, por una parte, los Sres. Osvaldo ladarola, Claudio Marín, Alejandro Tagliacozzo, Claudio César y Osvaldo Pagano, en representación de FATEL (Federación Argentina de las Telecomunicaciones), y, por la otra, los Sres. Marcelo Villegas, Mariano Muñoz, Roberto Traficante y Jorge Locatelli, en representación de TELECOM ARGENTINA S.A., quienes en conjunto manifiestan:

Considerando,

Que a la fecha las partes han dado inicio a la negociación paritaria correspondiente al año 2011.

Que resulta de interés para las partes, mantener una paridad respecto de las condiciones salariales que rigen nuestra actividad.

Lo establecido en el Punto OCTAVO del acuerdo de fecha 8 de julio de 2010 al que arribaran las partes.

Las mismas acuerdan,

1 - Modificar las escalas salariales vigentes, con vigencia a abril 2011, incorporando a los salarios básicos un monto que actualmente corresponde al rubro “Adicional Acta 2010” —establecido en acuerdo de fecha 8 de julio de 2010—, de acuerdo con el siguiente detalle:

Cat.Salario BásicoRem. SNR acta 2005Adic. Acta 2010Suma Rem. LCComp. Suma Rem. LC (A)Subtotal Rem. FijosViáticos 9/2003Tarifa telefónicaSubtotal no Rem.
120616638617542,72731400235635
224748047217542,73244400235635
329369062726263,93979400235635
4329110471030979,74494400235635
5363511679833882,44969400235635
6387617887436788,95384400235635

A)    El grossing por la remuneratización de los vales puede variar entre un empleado y otro de la misma categoría en función de los descuentos obligatorios que tenga.

2 - El presente acuerdo resulta de aplicación para el personal de la Empresa, comprendido en los Convenios Colectivos de Trabajo Nº 567/03 E, 822/06 E, 820/06 E, 917/07 E, 821/06 E y 728/05 E.

3 - Las partes acuerdan que las sumas indicadas en el cuadro del Punto 1 del presente acuerdo corresponden a trabajadores de jornada completa, siendo de aplicación proporcional para aquel personal que desarrolla sus tareas con jornada reducida.

Las partes solicitarán, a la Autoridad de Aplicación, la correspondiente homologación del presente acuerdo.

En prueba de conformidad, las partes firman 3 ejemplares del presente, de un mismo tenor y a un mismo efecto.