MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución N° 187/2012
Tope N° 111/2012
Bs. As., 15/2/2012
VISTO el Expediente N° 1.453.409/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la
SECRETARIA DE TRABAJO N° 844 del 27 de julio de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 del Expediente N° 1.453.409/11 obra el Acuerdo pactado
entre la UNION PERSONAL DE SEGURIDAD DE LA REPUBLICA ARGENTINA
(U.P.S.R.A) por el sector sindical y la empresa PROTECCION MILLENIUM
SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, en el marco del Convenio
Colectivo de Trabajo N° 507/07, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que dicho Acuerdo fue homologado por la Resolución S.T. N° 844/11 y
registrado bajo el N° 1004/11, conforme surge de fojas 29/31 y 34,
respectivamente.
Que a fojas 42, la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo
dependiente de esta Secretaría, requirió a las partes que presenten las
escalas salariales del Acuerdo N° 1004/11.
Que en respuesta a ello, a fojas 5/6 del Expediente N° 1.472.102/11,
agregado como fojas 46 al principal, obra la presentación de la parte
empresarial, mediante la cual se cumplimenta lo requerido.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976)
y sus modificatorias le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las
remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la
indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de
extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que de conformidad con la citada norma legal, los topes indemnizatorios
que se fijan por la presente se determinaron triplicando el importe
promedio mensual de las remuneraciones de las escalas salariales y sus
respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 58/62 obra el informe técnico elaborado por la Dirección
Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría,
por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios
adoptados para el cálculo de las bases promedio mensuales y de los
topes indemnizatorios objeto de la presente, cuyos términos se
comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en
el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N°
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y en el Decreto N° 357 del 21
de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de
fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Fíjanse los importes promedio de las remuneraciones y los
topes indemnizatorios correspondientes al Acuerdo homologado por la
Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 844 del 27 de julio de 2011 y
registrado bajo el N° 1004/11 suscripto entre la UNION PERSONAL DE
SEGURIDAD DE LA REPUBLICA ARGENTINA (U.P.S.R.A) por el sector sindical
y la empresa PROTECCION MILLENIUM SOCIEDAD ANONIMA por la parte
empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante
de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento
Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo
dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a
la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el
Departamento Coordinación registre los importes promedio de las
remuneraciones y de los topes
indemnizatorios fijados por este acto.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la
notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la
guarda del presente legajo.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO
Expediente N° 1.453.409/11
PARTES SIGNATARIAS
|
FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA
|
BASE PROMEDIO
|
TOPE INDEMNIZATORIO
|
UNION PERSONAL DE SEGURIDAD
DE LA REPUBLICA ARGENTINA
(U.P.S.R.A)
C/
PROTECCION MILLENIUM
SOCIEDAD ANONIMA
CCT N° 507/07
|
01/07/2011
01/10/2011
|
$ 3.155,25
$ 3.210,75
|
$ 9.465,75
$ 9.632,25
|
Expediente N° 1.453.409/11
Buenos Aires, 17 de febrero de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 187/12, se ha
tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de
referencia, quedando registrado con el número 111/12 T. — JORGE A.
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación,
D.N.R.T.