MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 250/2012
Registro Nº 252/2012
Bs. As., 5/3/2012
VISTO el Expediente Nº 85.439/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del Acuerdo, Acta Complementaria y
Escala Salarial, celebrados entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES
DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector
sindical y la empresa COMPAÑIA REGIONAL DE ACEROS FORJADOS MERCEDES
SOCIEDAD ANONIMA (CRAFMSA), los que lucen, respectivamente, a fojas 1,
54 y 55 del Expediente Nº 85.439/11 y han sido ratificados a fojas 34 y
63, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
Que mediante dicho Acuerdo las partes crean la categoría laboral “Líder
de Grupo de Equipos / Célula o Team Líder, indican las tareas
correspondientes a la misma y adjuntan la nueva escala salarial.
Que entre las partes se encuentra vigente el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1081/09 “E”.
Que el ámbito personal y territorial de aplicación de los instrumentos
de marras se corresponde con la actividad principal de la entidad
empleadora signataria y la representatividad de la parte sindical
firmante, emergente de su personería gremial.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que con posterioridad al dictado del presente acto administrativo
deberán remitirse las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo para que evalúe la procedencia de efectuar el
proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo
establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias
y peticione los elementos necesarios para ello.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo, su Acta Complementaria y
su Escala Salarial, celebrados entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES
DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA) por la parte
sindical y la empresa COMPAÑIA REGIONAL DE ACEROS FORJADOS MERCEDES
SOCIEDAD ANONIMA (CRAFMSA), los que lucen, respectivamente, a fojas 1,
54 y 55 del Expediente Nº 85.439/11, ratificados mediante Actas
agregadas a fojas 34 y 63 del mismo Expediente, conforme lo dispuesto
en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento
Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 1 juntamente con el
Acta Complementaria obrante a fojas 54, con la Escala Salarial obrante
a fojas 55 y con las Actas de Ratificación obrantes a fojas 34 y 63,
todos del Expediente Nº 85.439/11.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la
procedencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de
la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias. Posteriormente, procédase a la
guarda del presente legajo juntamente con el correspondiente al
Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1081/09 “E”.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
de los instrumentos homologados, resultará aplicable lo dispuesto en el
tercer párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 85.439/11
Buenos Aires, 7 de marzo de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 250/12 se ha
tomado razón del acuerdo, su acta complementaria y su escala salarial
obrantes a fojas 1, 54, 55, 34 y 63 del expediente de referencia,
quedando registrados bajo el número 252/12. — JORGE A. INSUA, Registro
de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
En la Ciudad, de San Luis, Capital de la Provincia del mismo nombre, a
los veintiún días del mes de junio del año dos mil once, siendo las
10:30 horas, ante mí, Jefa de la Delegación Regional San Luis del
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Lic. Patricia B.
PICCA y el Señor Miguel Agustín LUCERO, comparecen los Señores, Carlos
Jalid ISMAEL, DNI 13.435.679 en su calidad de apoderado de la empresa
COMPAÑIA REGIONAL DE ACEROS FORJADOS MERCEDES SOCIEDAD ANONIMA conforme
lo acredita con Poder General de Administración protocolizado por la
escribana Graciela Beatriz RODRIGUEZ que en este acto exhibe y agrega a
estas actuaciones, constituyendo domicilio en Ruta Nacional Número 7 Km
698,5 de la localidad de VILLA MERCEDES provincia de San Luis; el Señor
Boaventura PIRES DA SILVEIRA FILHO DNI 14.308.222X expedido por la
República Federativa do Brasil en su carácter de Director Industrial de
la empresa, el Señor Yamil MONCALERO DNI 27.798.221 en su carácter de
analista de Recursos Humanos. Acompañan asimismo, Reordenamiento de
Estatutos de la empresa protocolizados por la escribana antes
mencionada. Por parte del Sindicato de Mecánicos y Afines del
Transporte Automotor de la República Argentina (SMATA) lo hacen el
Señor Sergio Cancio HERRERA DNI 16.133.262 en su carácter de Secretario
General de SMATA Seccional Villa Mercedes (San Luis) con domicilio en
Pedernera 991 (5730) Villa Mercedes (San Luis) quien lo hace juntamente
con los Delegados de Personal de la empresa los Señores Oscar E. ROMERO
DNI 17.352.904, Yamil ALIS DNI 29.181.589, Oscar Alfredo FRIAS DNI
22.422.614, Néstor Javier PERALTA DNI 17.807.880, Sergio S. AGUILERA
DNI 27.074.358, Jorge Reynaldo RODRIGUEZ DNI 11.914.510 y Fabricio
Andrés PASTRAN DNI 20.747.055, acreditando todos las representaciones
invocadas las que se acompañan a la presente.
Abierto el acto las partes manifiestan que concurren ante esta
autoridad solicitando se homologue acuerdo al que han arribado
consistente en la inclusión de una categoría actualmente no establecida
en el Convenio Colectivo vigente. Asimismo solicitan que la misma sea
incluida en la próxima paritaria de apertura de convenio.
Dicha CATEGORIA será denominada LIDER DE GRUPO DE EQUIPOS / CELULA O
TEAM LIDER. Considerando en la misma a aquel empleado polivalente o
polivalente especializado que deberá estar entrenado y capacitado para
tener total conocimiento para desempeñar y/o asistir en cualquiera de
las funciones antes mencionadas. Tendrá las actividades de coordinar y
capacitar en todas y cada una de las tareas / funciones a los miembros
de su equipo de trabajo. Asimismo reemplazará temporariamente en todos
los casos que se necesario y cuando las necesidades operativas y de
producción así lo requiera, a los empleados polivalentes en ausencia de
éstos.
Los líderes de grupo de equipos / célula o sector (TEAM LIDER), que la
empresa designe, serán seleccionados y evaluados en base a criterios
objetivos, según las capacidades exigidas para el desempeño de dichas
funciones, así mismo dicho empleado no tendrá la facultad de sancionar
o realizar aperturas de actos disciplinarios.
Las partes manifiestan que el presente acuerdo será ratificado por la
representación del CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL del SMATA en la sede de
este Ministerio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Con lo que se dio por terminado el acto, previa lectura y ratificación
de lo expuesto, firman para constancia los comparecientes por ante mí,
funcionario actuante que certifica.
En la Ciudad de San Luis, Capital de la Provincia del mismo nombre, a
los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil once, siendo las
12:00 horas, ante mí, Miguel Agustín LUCERO, comparecen los Señores,
Carlos Jalid ISMAEL, DNI 13.435.679 en su calidad de apoderado de la
empresa COMPAÑIA REGIONAL DE ACEROS FORJADOS MERCEDES SOCIEDAD ANONIMA,
conforme lo tiene acreditado en autos, constituyendo domicilio en Ruta
Nacional Número 7 Km 698,5, de la localidad de VILLA MERCEDES provincia
de San Luis, el Sr. Gustavo Leonardo GATICA, DNI 20.414.644 como Jefe
de RRHH de la Empresa. Por parte del Sindicato de Mecánicos y Afines
del Transporte Automotor de la República Argentina (SMATA) los Señores
Oscar E. ROMERO, DNI 17.352.904, el Sr. Yamil ALIS, DNI 29.181.589, el
Sr. Sergio S. AGUILERA, DNI 27.074.358, en calidad de Delegados de
Fábrica y el Sr. Ariel ROSENDO, DNI 25.290.134 en Representación del
Consejo Directivo Nacional del SMATA, según lo acredita con la
constancia que adjunta.
Abierto el acto las partes manifiestan que concurren ante esta
autoridad a efectos de ratificar en todos sus términos el acta de fecha
21 de junio de 2011 y anexar la nueva escala salarial con su respectiva
categorías, siendo la categoría nueve, la nueva a incorporar, cuyo
valor será en porcentaje un ocho por ciento (8%) más respecto de la
categoría ocho y el equivalente en pesos veinte con veinte centavos ($
20,20.-).
Con lo que se dio por terminado el acto, previa lectura y ratificación
de lo expuesto, firman para constancia los comparecientes por ante mí,
funcionario actuante que certifica.
Categorías | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 |
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Escala salarial | 12,99 | 13,6 | 14,66 | 15,68 | 16,6 | 17,4 | 18,71 | 20,2 |
Expediente Nº 85.439/11
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 12 días de julio de 2011,
siendo las 16:05 horas, comparece en forma espontánea en el MINISTERIO
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de
Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2, Lic. Bibiana
M. RODRIGUEZ; en representación del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL
TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en Avda. Belgrano 665,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires: el Sr. Ricardo PIGNANELLI (DNI:
10.872.297), en calidad de Secretario Gremial.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de
todo lo actuado, y cedida la palabra al representante sindical,
manifiesta que: toma vista del estado actual de las actuaciones y
ratifica, de conformidad con todo su contenido, el acuerdo obrante a
fojas 1 del expediente de referencia; solicitando la homologación del
mismo.
No siendo para más a las 16:10 horas, se da por finalizado el acto
firmando el compareciente al pie de la presente, previa lectura, para
constancia y ratificación de su manifestación, ante mí que CERTIFICO.
Expediente Nº 85.439/11
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 22 días de diciembre de
2011, siendo las 13:00 horas, comparece en forma espontánea en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de
Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la
Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2,
Lic. Bibiana M. RODRIGUEZ; en representación del SINDICATO DE MECANICOS
Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en Avda.
Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires: el Sr. Ricardo
PIGNANELLI (DNI: 10.872.297), en calidad de Secretario Gremial.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de
todo lo actuado, y cedida la palabra al representante sindical,
manifiesta que: toma vista del estado actual de las actuaciones y
ratifica, de conformidad con todo su contenido, el acta complementaria
y escala salarial que lucen a fojas 54/55 del expediente de referencia
solicitando la homologación.
No siendo para más a las 13:05 horas, se da por finalizado el acto
firmando el compareciente al pie de la presente, previa lectura, para
constancia y ratificación de su manifestación, ante mí que CERTIFICO.