MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 458/2012
Dase por aprobada la designación del Director Nacional de Dictámenes de la Procuración del Tesoro de la Nación.
Bs. As., 26/3/2012
VISTO el Expediente Nº S04:0077482/2011 del registro de la PROCURACION
DEL TESORO DE LA NACION, la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos
del Decreto Nº 2053 y complementada por el Decreto Nº 2054, ambos de
fecha 22 de diciembre de 2010 y la Ley Nº 26.728, los Decretos Nros.
491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3
de diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7º de la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos
del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10 y
asimismo por el artículo 7º de la Ley Nº 26.728, se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán
cubrir los
cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los
que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión
fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO
NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de las
leyes mencionadas.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a
propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION solicita la cobertura
transitoria del cargo vacante de Director Nacional de Dictámenes.
Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria
resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de
excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.546,
prorrogada en los términos, del Decreto Nº 2053/10 y complementada por
el Decreto Nº 2054/10 y asimismo por el artículo 7º de la Ley Nº 26.728.
Que la cobertura del cargo involucrado resulta indispensable para el
debido cumplimiento de los objetivos asignados a la DIRECCION NACIONAL
DE DICTAMENES de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION.
Que la persona propuesta reúne los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir el cargo en cuestión.
Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6º del Decreto Nº 601/02.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la
medida que se aprueba por el presente.
Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del citado Ministerio.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, de
los artículos 7º y 10 de la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos
del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, de
los artículos 7º y 10 de la Ley Nº 26.728 y del artículo 1º del Decreto
Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Desígnase
transitoriamente, a partir del 16 de diciembre de 2011 y por el término
de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al doctor Cristián Leopoldo
DELLEPIANE (D.N.I. Nº 17.873.805), en el cargo de Director Nacional de
Dictámenes de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION, Nivel A - Grado
0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de
Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto
Nº 2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º
de la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10
y complementada por el Decreto Nº 2054/10 y asimismo por el artículo 7º
de la Ley Nº 26.728.
Art. 2º — El cargo involucrado
en este acto deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección
vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el
artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII, del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098/08,
dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir
del 16 de diciembre de 2011.
Art. 3º — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos
asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS.
Art. 4º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Julio C.
Alak.