MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución Nº 169/2012
Bs. As., 20/3/2012
VISTO el Expediente Nº S02:0004153/2011 del registro de la POLICIA
FEDERAL ARGENTINA, la LEY DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS
SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL Nº 24.156, los Decretos
Nros. 436 del 30 de mayo de 2000, 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1344
del 4 de octubre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita el procedimiento para
la contratación de UN (1) servicio de ambulancias para la atención de
emergencias, urgencias, visitas médicas domiciliarias y traslados
programados para afiliados de la Obra Social de la POLICIA FEDERAL
ARGENTINA.
Que el gasto fue estimado en la suma de PESOS CUARENTA Y UN MILLONES
SETECIENTOS CINCUENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO ($
41.750.358,00), la cual se encuentra afectada preventivamente en las
respectivas partidas presupuestarias de los ejercicios económico
financieros correspondientes.
Que en virtud de dicho monto corresponde efectuar una convocatoria a
Licitación Pública Nacional, de etapa única, sin modalidad, conforme a
lo dispuesto en los artículos 25, inciso a), apartado 1 y 26, inciso
a), apartado 1, e inciso b), apartado 1, del Decreto Nº 1023/01, y en
los artículos 20, inciso a), 21, inciso c), 22, inciso c), 30, 32 y 34
del Anexo al Decreto Nº 436/00.
Que conforme lo establecido en el artículo 11, incisos a) y b) del
Decreto Nº 1023/01 y en el artículo 24, incisos a) y b) del Anexo al
Decreto 436/00, corresponde autorizar el llamado y aprobar el Pliego de
Bases y Condiciones Particulares.
Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL
DE ASUNTOS JURIDICOS de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y de este
Ministerio.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo al artículo 35 del Decreto Nº 1344/07.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Autorízase a la POLICIA FEDERAL ARGENTINA a efectuar el
llamado a Licitación Pública Nacional, de etapa única, sin modalidad,
para la contratación de UN (1) servicio de ambulancias para la atención
de emergencias, urgencias, visitas médicas domiciliarias y traslados
programados para afiliados de la Obra Social de la POLICIA FEDERAL
ARGENTINA, bajo el régimen de los artículos 25, inciso a), apartado 1,
y 26, inciso a), apartado 1, e inciso b), apartado 1, del Decreto Nº
1023/01, y en los artículos 20, inciso a), 21, inciso c), 22, inciso
c), 30, 32 y 34 del Anexo al Decreto Nº 436/00.
ARTICULO 2º — Apruébase para regir el llamado el texto del Pliego de
Bases y Condiciones Particulares agregado de fojas 72 a 98 del
expediente citado en el Visto.
ARTICULO 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto general de gastos de la SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR.
ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NILDA GARRE, Ministra de Seguridad.
e. 29/03/2012 Nº 30915/12 v. 29/03/2012