Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo
PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS
Resolución 28/2012
Fíjase el monto máximo del programa o proyecto de inversión que podrá
aprobar directamente el organismo o ente iniciador para su inclusión en
el Plan Nacional de Inversiones Públicas.
Bs. As., 21/3/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0044311/2012 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº 24.354, el Decreto
Reglamentario Nº 720 de fecha 22 de mayo de 1995 y la Resolución Nº 175
de fecha 15 de octubre de 2004 de la ex SECRETARIA DE POLITICA
ECONOMICA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 720 de fecha 22 de mayo de 1995 designó a la ex
SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actual SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y
PLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, como la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 24.354.
Que en virtud de ello, esta SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y
PLANIFICACION DEL DESARROLLO se encuentra facultada para dictar las
normas de instrumentación, complementarias y/o aclaratorias para la
debida implementación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas
(SNIP).
Que la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS por el artículo 11 de la
Ley Nº 24.354 y el artículo 12 del Decreto Nº 720/95 está facultada
para fijar el monto máximo del programa o proyecto de inversión que
podrá aprobar directamente el organismo o ente iniciador para su
inclusión en el Plan Nacional de Inversiones Públicas (PNIP).
Que por las Resoluciones Nros. 175 de fecha 15 de octubre de 2004, 108
de fecha 27 de mayo de 2005, 21 de fecha 25 de enero de 2007, 171 de
fecha 8 de octubre de 2008 y 72 de fecha de 8 de junio de 2010, todas
ellas de la ex SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA, actual SECRETARIA DE
POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO, se actualizó
sucesivamente los montos referidos para los sucesivos Planes Nacionales
de Inversiones Públicas, siendo el monto actual de PESOS TREINTA
MILLONES ($ 30.000.000), el cual resulta ser un valor
sustancialmente inferior al tope permitido por la normativa.
Que es necesario fijar un nuevo monto en concordancia con el incremento
verificado en la inversión pública nacional, a fin de agilizar la
operatoria del Sistema Nacional de Inversiones Públicas (SNIP).
Que el artículo 11 de la Ley Nº 24.354 establece que el monto máximo no
podrá superar en ningún caso el UNO POR MIL (1‰) del prepuesto anual de
inversión pública nacional correspondiente al ejercicio anual inmediato
anterior.
Que el monto de crédito inicial por inversión pública nacional para el
año 2011 fue de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TRES MILLONES
SEISCIENTOS MIL ($ 54.703.600.000), monto que se obtiene de consolidar
el crédito inicial de Inversión Real Directa, de Transferencias de
Capital y de Inversión de Organismos no presupuestarios, Empresas
Públicas y Fondos Fiduciarios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 1º y 12 del Decreto Nº 720/95.
Por ello,
EL SECRETARIO DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO
RESUELVE:
Artículo 1º — Fíjase el monto
máximo de PESOS CINCUENTA MILLONES ($ 50.000.000) del programa o
proyecto de inversión que podrá a probar directamente el organismo o
ente iniciador para su inclusión en el Plan Nacional de Inversiones
Públicas (PNIP) a partir del 2 de enero de 2012.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Axel Kicillof.