Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo

PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS

Resolución 28/2012

Fíjase el monto máximo del programa o proyecto de inversión que podrá aprobar directamente el organismo o ente iniciador para su inclusión en el Plan Nacional de Inversiones Públicas.

Bs. As., 21/3/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0044311/2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº 24.354, el Decreto Reglamentario Nº 720 de fecha 22 de mayo de 1995 y la Resolución Nº 175 de fecha 15 de octubre de 2004 de la ex SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 720 de fecha 22 de mayo de 1995 designó a la ex SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actual SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, como la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 24.354.

Que en virtud de ello, esta SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO se encuentra facultada para dictar las normas de instrumentación, complementarias y/o aclaratorias para la debida implementación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas (SNIP).

Que la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS por el artículo 11 de la Ley Nº 24.354 y el artículo 12 del Decreto Nº 720/95 está facultada para fijar el monto máximo del programa o proyecto de inversión que podrá aprobar directamente el organismo o ente iniciador para su inclusión en el Plan Nacional de Inversiones Públicas (PNIP).

Que por las Resoluciones Nros. 175 de fecha 15 de octubre de 2004, 108 de fecha 27 de mayo de 2005, 21 de fecha 25 de enero de 2007, 171 de fecha 8 de octubre de 2008 y 72 de fecha de 8 de junio de 2010, todas ellas de la ex SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA, actual SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO, se actualizó sucesivamente los montos referidos para los sucesivos Planes Nacionales de Inversiones Públicas, siendo el monto actual de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000), el cual resulta ser un valor
sustancialmente inferior al tope permitido por la normativa.

Que es necesario fijar un nuevo monto en concordancia con el incremento verificado en la inversión pública nacional, a fin de agilizar la operatoria del Sistema Nacional de Inversiones Públicas (SNIP).

Que el artículo 11 de la Ley Nº 24.354 establece que el monto máximo no podrá superar en ningún caso el UNO POR MIL (1‰) del prepuesto anual de inversión pública nacional correspondiente al ejercicio anual inmediato anterior.

Que el monto de crédito inicial por inversión pública nacional para el año 2011 fue de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 54.703.600.000), monto que se obtiene de consolidar el crédito inicial de Inversión Real Directa, de Transferencias de Capital y de Inversión de Organismos no presupuestarios, Empresas Públicas y Fondos Fiduciarios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 1º y 12 del Decreto Nº 720/95.

Por ello,

EL SECRETARIO DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO

RESUELVE:

Artículo 1º — Fíjase el monto máximo de PESOS CINCUENTA MILLONES ($ 50.000.000) del programa o proyecto de inversión que podrá a probar directamente el organismo o ente iniciador para su inclusión en el Plan Nacional de Inversiones Públicas (PNIP) a partir del 2 de enero de 2012.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Axel Kicillof.