Secretaría de Hacienda
y
Secretaría de Finanzas
DEUDA PUBLICA
Resolución Conjunta 6/2012 y 10/2012
Dispónese la colocación del Bono de la Nación Argentina en Dólares Estadounidenses 9% 2018.
Bs. As., 19/1/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0015684/2012 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley de Administración Financiera y de
los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificaciones, la Ley Nº 26.728 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2012, el Decreto Nº 1344 de
fecha 4 de octubre de 2007, y las Resoluciones Conjuntas Nros. 205 de
la SECRETARIA DE HACIENDA y 34 de la SECRETARIA DE FINANZAS de fecha 5
de junio de 2007, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, 424
de la SECRETARIA DE HACIENDA y 132 de la SECRETARIA DE FINANZAS de
fecha 25 de noviembre de 2011, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones reguló en su
Título III el Sistema de Crédito Público, estableciéndose en el
artículo 60 que las entidades de la Administración Nacional no podrán
formalizar ninguna operación de crédito público que no esté contemplada
en la ley de presupuesto general del año respectivo o en una ley
específica.
Que la Ley Nº 26.728 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2012 en su artículo 42 autoriza, de
conformidad con lo dispuesto por el artículo citado en el considerando
anterior, a los entes que se mencionan en la Planilla Anexa al mismo, a
realizar operaciones de crédito público por los montos,
especificaciones y destino del financiamiento indicados en la referida
planilla, y autoriza al Organo Responsable de la Coordinación de los
Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional a
realizar las operaciones de crédito público correspondientes a la
Administración Central.
Que por el artículo 6º del Anexo del Decreto Nº 1344 de fecha 4 de
octubre de 2007 se establece que las funciones de Organo Responsable de
la Coordinación de los Sistemas que integran la Administración
Financiera del Sector Público Nacional serán ejercidas conjuntamente
por la SECRETARIA DE HACIENDA y la SECRETARIA DE FINANZAS, ambas
pertenecientes al actualmente denominado MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS.
Que mediante Resolución Conjunta Nº 424 de la SECRETARIA DE HACIENDA y
Nº 132 de la SECRETARIA DE FINANZAS de fecha 25 de noviembre de 2011,
ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, se dispuso la
emisión del “BONO DE LA NACION ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES 9%
2018” por un monto de hasta VALOR NOMINAL ORIGINAL DOLARES
ESTADOUNIDENSES TRES MIL QUINIENTOS MILLONES (V.N.O. U$S 3.500.000.000).
Que, en relación con este título, del total oportunamente emitido ha
quedado un remanente no colocado que asciende a VALOR NOMINAL ORIGINAL
DOLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES
SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NUEVE (V.N.O. U$S
534.749.609), los que deberán afectarse a las autorizaciones
presupuestarias del corriente año previo a su colocación.
Que la Oficina Nacional de Crédito Público, dependiente de la
SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO de la SECRETARIA DE FINANZAS del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha informado que esta
operación se encuentra dentro de los límites establecidos en la
Planilla Anexa al artículo 42 de la Ley Nº 26.728.
Que por el artículo 3º de la Resolución Conjunta Nº 205 de la
SECRETARIA DE HACIENDA y Nº 34 de la SECRETARIA DE FINANZAS de fecha 5
de junio de 2007, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se
aprobaron las normas de procedimiento para la colocación y liquidación
de los títulos de la deuda pública a realizarse en el mercado local,
que obran como Anexo a la misma.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Decreto Nº 1344/07 y por el artículo 42 de la Ley Nº 26.728.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
Y
EL SECRETARIO DE FINANZAS
RESUELVEN:
Artículo 1º — Dispónese la
colocación del “BONO DE LA NACION ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES
9% 2018”, por hasta un VALOR NOMINAL ORIGINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES
QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL
SEISCIENTOS NUEVE (V.N.O. U$S 534.749.609) emitido originalmente a
través del artículo 1º de la Resolución Conjunta Nº 424 de la
SECRETARIA DE HACIENDA y Nº 132 de la SECRETARIA DE FINANZAS de fecha
25 de noviembre de 2011, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, afectando la Planilla Anexa al artículo 42 de la Ley Nº
26.728, conforme las normas de procedimiento aprobadas por el artículo
3º de la Resolución Conjunta Nº 205 de la SECRETARIA DE HACIENDA y Nº
34 de la SECRETARIA DE FINANZAS de fecha 5 de junio de 2007, ambas del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Art. 2º — Autorízase al
Secretario de Finanzas, o al Subsecretario de Financiamiento, o al
Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público o al
Director de Administración de la Deuda Pública o al Director de
Financiación Externa o al Coordinador de la Unidad de Registro de la
Deuda Pública, a suscribir en forma indistinta la documentación
necesaria para la implementación de la operación dispuesta por el
artículo 1º de la presente medida.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan C. Pezoa. — Adrián Cosentino.