Dirección Nacional de Vialidad

CORREDORES VIALES

Resolución 656/2012

Apruébanse los nuevos Cuadros Tarifarios a aplicarse a los Contratos de Concesión del Acceso Ricchieri y Autopista Buenos Aires-La Plata.

Bs. As., 10/4/2012

VISTO el Expediente Nº 1421/2012 del Registro del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, órgano desconcentrado dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado bajo la órbita de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 2582 de fecha 29 de noviembre de 2011 del Registro de esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, se aprobó el cálculo de la incidencia que las variaciones de precios operadas desde el 1º de diciembre de 2008 hasta el 31 de julio de 2011 en el caso del Acceso Ricchieri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y desde el 1º de mayo de 2008 hasta el 30 de abril de 2011 en el caso de la Autopista BUENOS AIRES-LA PLATA, han tenido en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones incluidas en el PLAN ECONOMICO FINANCIERO (PEF) de cada una de las mencionadas concesiones.

Que por el artículo 2º de la mencionada Resolución, se autorizó la aplicación de un aumento tarifario del VEINTE (20%) POR CIENTO para todas las categorías de los Cuadros Tarifarios vigentes al público usuario de las Concesiones del Acceso Ricchieri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y de la Autopista BUENOS AIRES-LA PLATA.

Que actualmente el Estado Nacional, a través de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, en su carácter de Autoridad de Aplicación de las Concesiones Viales vigentes, considera oportuno y conveniente aprobar los cuadros tarifados que como ANEXOS I y II forman parte de la presente medida, correspondientes a las Concesiones del Acceso Ricchieri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y de la Autopista BUENOS AIRES-LA PLATA, aplicando el cálculo de incidencia aprobado por la ya mencionada Resolución AG Nº 2582/2011.

Que ha tomado la intervención de su competencia el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo desconcentrado dependiente de esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD.

Que asimismo, ha tomado intervención la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por las Leyes Nº 17.520 y Nº 23.696, el Decreto Ley Nº 505/58, ratificado por Ley Nº 14.467, y los Decretos Nº 1020 de fecha 30 de julio de 2009, Nº 42 de fecha 25 de enero de 2007 y Nº 1057 de fecha 21 de julio de 2010.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébanse los nuevos Cuadros Tarifarios a aplicarse a los Contratos de Concesión del Acceso Ricchieri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y Autopista BUENOS AIRES-LA PLATA que, como ANEXOS I y II, forman parte integrante de la presente medida.

Art. 2º — Los Cuadros Tarifarios que, como ANEXOS I y II, se aprueban en el artículo precedente, deberán darse a conocer a los usuarios por las empresas AEC SOCIEDAD ANONIMA y COVIARES SOCIEDAD ANONIMA respectivamente, a través de su publicación durante DOS (2) días corridos, en por lo menos DOS (2) de los principales medios periodísticos de la zona de influencia, de manera previa a su aplicación.

Art. 3º — Notifíquese a las empresas Concesionarias AEC SOCIEDAD ANONIMA y COVIARES SOCIEDAD ANONIMA, por alguno de los medios previstos en el artículo 41 del Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos - Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991).

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Nelson G. Periotti.

ANEXO I

ACCESO RICCHIERI
AEC S.A.
CUADRO TARIFARIO

ESTACIONES AGÜERO y TRISTAN SUAREZ

Horario Normal

CategoríaTarifaIVATarifa c/IVARedondeoRed. NetoIVA s/Red.Tarifa al Público
10,8260,1741,0000,0000,0000,0001,00
22,0660,4342,5000,0000,0000,0002,50
32,0660,4342,5000,0000,0000,0002,50
42,0660,4342,5000,0000,0000,0002,50
52,4790,5213,0000,0000,0000,0003,00
62,8920,6083,5000,0000,0000,0003,50
74,1320,8685,0000,0000,0000,0005,00

Horario Pico (*)

CategoríaTarifaIVATarifa c/IVARedondeoRed. NetoIVA s/Red.Tarifa al Público
22,4790,5213,0000,0000,0000,0003,00

(*) Horario pico: lunes a viernes habiles de 7:00 a 10:00 hs., para sentido descendente (ingreso a la ciudad de Buenos Aires) y de 17:00 a 20:00 hs., para sentido ascendente (salida de la ciudad de Buenos Aires).

ANEXO II

AUTOPISTA BUENOS AIRES-LA PLATA
Coviares S.A.
CUADRO TARIFARIO

ESTACIONES DOCK SUD y HUDSON

Horario Normal

CategoríaTarifaIVATarifa c/IVARedondeoRed. NetoIVA s/Red.Tarifa al Público
11,6530,3472,0000,0000,0000,0002,00
22,8920,6083,5000,0000,0000,0003,50
35,3721,1286,5000,0000,0000,0006,50
45,3721,1286,5000,000.0,0000,0006,50
57,8511,6499,5000,0000,0000,0009,50
610,7432,25713,0000,0000,0000,00013,00
713,2232,77716,0000,0000,0000,00016,00

Horario Pico (*)

CategoríaTarifaIVATarifa c/IVARedondeoRed. NetoIVA s/Red.Tarifa al Público
24,1320,8685,0000,0000,0000,0005,00

ESTACIONES QUILMES - BERAZATEGUI y BERNAL

Horario Normal

CategoríaTarifaIVATarifa c/IVARedondeoRed. NetoIVA s/Red.Tarifa al Público
11,2390,2611,5000,0000,0000,0001,50
22,0660,4342,5000,0000,0000,0002,50
33,7190,7814,5000,0000,0000,0004,50
43,7190,7814,5000,0000,0000,0004,50
54,9591,0416,0000,0000,0000,0006,00
66,1981,3027,5000,0000,0000,0007,50
77,8511,6499,5000,0000,0000,0009,50

Horario Pico (*)

CategoríaTarifaIVATarifa c/IVARedondeoRed. NetoIVA s/Red.Tarifa al Público
22,4790,5213,0000,0000,0000,0003,00

(*) Horario pico: lunes a viernes habiles de 7:00 a 10:00 hs., para sentido descendente (ingreso a la ciudad de Buenos Aires) y de 17:00 a 20:00 hs. para sentido ascendente (salida de la ciudad de Buenos Aires).