MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 340/2012

Registro Nº 295/2012

Bs. As., 15/3/2012

VISTO el Expediente Nº 172.635/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1 y a fojas 3/4, respectivamente, del Expediente Nº 172.635/11, obra el Acuerdo y las Escalas Salariales, suscriptos entre el SINDICATO DE PRENSA DE BAHIA BLANCA por la parte sindical y las empresas DIARIO LA NUEVA PROVINCIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y RADIO BAHIA BLANCA SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, PUBLICITARIA DE RADIO Y TELEVISION, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho Acuerdo las partes convienen nuevas condiciones salariales para los trabajadores que prestan servicios en las empresas signatarias comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 403/75, con demás lineamientos que surgen del texto al cual se remite.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal desarrollada por las empresas firmantes y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se han cumplimentado los recaudos exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas del instrumento traído a consideración, cumplimentando el recaudo que establece el artículo 17º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que en atención al ámbito de aplicación personal del Acuerdo a homologar, es menester dejar expresamente aclarado que no corresponde calcular y fijar base promedio de remuneraciones y tope indemnizatorio respecto de los convenios colectivos de trabajo y acuerdos salariales aplicables a los trabajadores que se desempeñen en la actividad regulada por la Ley Nº 12.908 “Estatuto del Periodista Profesional” y el Decreto Ley Nº 13.839/46 “Estatuto del Empleado Administrativo de Empresas Periodísticas”, en virtud de lo dispuesto por el artículo 1º de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 305 de fecha 4 de abril de 2007.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Decláranse homologados el Acuerdo y las Escalas Salariales obrantes a fojas 1 y 3/4, respectivamente, del Expediente Nº 172.635/11, suscriptas entre el SINDICATO DE PRENSA DE BAHIA BLANCA por la parte sindical y las empresas DIARIO LA NUEVA PROVINCIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y RADIO BAHIA BLANCA SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, PUBLICITARIA DE RADIO Y TELEVISION, obrantes conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 1 juntamente con las Escalas Salariales, obrantes a fojas 3/4, ambos del Expediente Nº 172.635/11.

ARTICULO 3º — Remítase copla debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 403/75.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo y Escalas Salariales homologados, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 172.635/11

Buenos Aires, 16 de marzo de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 340/12 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1 y 3/4 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 295/12. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 172.635/11

Delegación Regional Bahía Blanca

En la ciudad de Bahía Blanca, partido del mismo nombre, de la provincia de Buenos Aires, a los veinte (20) días del mes de diciembre de 2011, siendo las diez (10.00) horas, comparecen espontáneamente, por ante mí, Heriberto Oscar Gigena, Coordinador de la Delegación Regional Bahía Blanca del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, por una parte, los señores JUAN PABLO MURGA, (DNI 17.837.681) y DANIEL ALFREDO CORREA (DNI 22.537.451) en carácter de SECRETARIO GENERAL y SECRETARIO GREMIAL respectivamente, en representación del SINDICATO DE PRENSA DE BAHIA BLANCA, circunstancia que acreditan con copia que se acompaña de constancia emitida por el Director Nacional de Asociaciones Sindicales del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social con fecha 29 de noviembre de 2011; PABLO ANDRES PASCUAL (DNI 23.776.043) y PABLO FERNANDO PRESTI, (DNI 22.049.882), en carácter de delegados gremiales de la Empresa “DIARIO LA NUEVA PROVINCIA S.R.L.” y el Sr. OSCAR RUBEN BALTIAN (DNI 12.378.052), en carácter de delegado gremial de “RADIO BAHIA BLANCA S.A.” todos los nombrados precedentemente tienen la personería acreditada en el EXPEDIENTE Nº 166.109/06 y agregado Nº 167717/08; y por la representación empresaria, en carácter de gerente administrador del DIARIO LA NUEVA PROVINCIA S.R.L. (CUIT Nº 30-50009286-2) Contador DOMINGO MARIO MARRA (L.E. 7.650.805) y RADIO BAHIA BLANCA S.A. (CUIT 30-54951330-8) también representada por el Contador DOMINGO MARIO MARRA, en su carácter de apoderado, quien tiene acreditada la personería invocada en el EXPEDIENTE 166.109/06, quien asiste patrocinado por el Doctor GABRIEL PERI.

Abierto que fuera el acto por el funcionario actuante, el mismo procede a ceder el uso de la palabra a las partes, quienes de común acuerdo, MANIFIESTAN: Que concurren ante este Organismo a efectos de acompañar y ratificar íntegramente el acuerdo salarial adjuntando las Escalas que rigen a partir del 01/04/2011 y las que regían hasta esa fecha en dos fojas o sea una de la Radio y otra del Diario con respecto al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 403/75, con vigencia hasta el día 31/03/2012, asimismo las partes solicitan que los presentes actuados se agreguen al EXPEDIENTE Nº 166.109/06, SOLICITANDO LA homologación DEL ACUERDO ANTE LA Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo. Que no tienen nada más que agregar.

Con lo que se dio por terminado el acto, previa lectura y ratificación íntegra de lo expuesto precedentemente, firmando los comparecientes de conformidad, por ante mí, funcionario actuante que certifica.

SINDICATO DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BAHIA BLANCA

ESCALA SALARIAL DIARIO 2011/2012

BASICOSBASICOSBASICOS
CATEGORIAShasta 31/03/11desde el 01/04/11desde el 01/10/11
Nº ORDENREDACCION GRAFICAGRAFICA ADMINSTRACIONGRAFICA INTENDENCIAGRAFICA EXPEDICIONIMPORTEIMPORTEIMPORTE
1
Cadete (Mayor de 18 años)



2.800,00
2AspiranteAyudanteOrdenanzaAyudante2.700,003.100,003.500,00
3ArchiveroAuxiliar 3ºAuxiliar Intenden.Auxiliar2.835,003.261,003.751,00
4ReporteroAuxiliar 2ºPortero Telefonista
2.977,003.424,003.938,00
5Cronista CorrectorAuxiliar 1º Cobrador y/o Gestor de CobranzaAuxiliares y Observ. Calificados de Intendencia Personal Técnico y EspecializadoAuxiliar 1º3.126,003.595,004.134,00
6RedactorAuxiliar CalificadoEncargado de Turno
3.282,003.775,004.341,00
72º JefeEncargadoSubjefe de Secc. CapatazEncargado3.446,003.963,004.557,00
8Jefe de SecciónJefe de SecciónJefe de SecciónJefe de Sección3.618,004.161,004.785,00
9Editorialista Editor Fotográfico ProsecretarioJefe de Personal Jefe de Departamento Sub-Contador

3.799,004.369,005.024,00
10SecretarioContador

3.989,004.588,005.276,00
11Prosecretario General


4.188,004.817,005.540,00
12Secretario General de Redacción


4.397,005.057,005.816,00
13Jefe de RedacciónGerente

4.617,005.310,006.107,00


Antigüedad

27,0031,0035,00

SINDICATO DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BARIA BLANCA

ESCALA SALARIAL RADIO 2011/2012


BASICOSBASICOSBASICOS

hasta el 31/03/2010desde el 01/04/11desde el 01/10/11
Nº ORDENRADIOIMPORTEIMPORTEIMPORTE
1Aspirante2.250,002.586,002.974,00
2Reportero2.351,002.704,003.110,00
3Cronista2.457,002.826,003.250,00
4Redactor Productor Period.2.700,003.100,003.500,00
5Redactor/Lector2.983,003.430,003.945,00
6Encargado de Turno3.191,003.670,004.221,00
7Conductor de Programas Periodísticos3.287,003.780,004.347,00
8Segundo Jefe de Informativo3.403,003.914,004.501,00
9Jefe de Informativo3.718,004.276,004.917,00

Antigüedad27,0031,0035,00