ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Decreto 527/2012
Modifícase el Decreto Nº 357/02 en el apartado XIX correspondiente al Ministerio de Desarrollo Social.
Bs. As., 13/4/2012
VISTO el Expediente Nº E-123598-2011 del Registro del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL, los Decretos Nº 357 del 21 de febrero de 2002, sus
modificatorios y complementarios, y Nº 20 del 10 de diciembre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Nº 357/02 y sus modificaciones, se aprobó el
organigrama de aplicación de la Administración Pública centralizada
hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las Unidades
Organizativas determinadas en dicho organigrama.
Que, oportunamente, mediante el Decreto Nº 20/07, se aprobó la
estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL.
Que resulta necesario reordenar el flujo de responsabilidades en el
ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de optimizar
la administración de los recursos del Estado aplicados a la política
social, potenciando asimismo criterios de efectividad y trabajo en
equipo.
Que para ello, resulta menester readecuar la conformación organizativa
del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en función de los criterios
enunciados, particularmente en el ámbito de la SECRETARIA DE
COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL, de la SECRETARIA DE
ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA y de la SECRETARIA DE GESTION Y
ARTICULACION INSTITUCIONAL.
Que, a fin de optimizar el aprovechamiento de los recursos públicos con
miras a la producción de resultados que sean colectivamente compartidos
y socialmente valorados, resulta conveniente readecuar y redefinir
diversos Objetivos a través de la integración de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION, MONITOREO Y LOGISTICA, dependiente de la SECRETARIA DE
COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL, y de la SUBSECRETARIA DE
ORGANIZACION COMUNITARIA, dependiente de la SECRETARIA DE ORGANIZACION
Y COMUNICACION COMUNITARIA, sin que tales medidas impliquen incrementar
el presupuesto asignado y/o el total de las partidas de los cargos,
para la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le
compete.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha intervenido conforme su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y por los
artículos 6º y 10 de la Ley Nº 26.728.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Sustitúyese del
Anexo I al artículo 1º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y
sus modificatorios —Organigrama de aplicación de la Administración
Pública Nacional— el apartado XIX correspondiente al MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL, el que quedará conformado de acuerdo con el detalle
que, en planilla anexa al presente artículo, forma parte integrante del
presente Decreto.
Art. 2º — Sustitúyese del Anexo
II al artículo 2º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus
modificatorios, apartado XIX, la parte correspondiente a los Objetivos
de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL, de la
SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL, y de la
SUBSECRETARIA DE ABORDAJE TERRITORIAL de la SECRETARIA DE GESTION Y
ARTICULACION INSTITUCIONAL, todas ellas dependientes del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL, de conformidad con el detalle que, en planilla anexa
al presente artículo, forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 3º — Incorpóranse al Anexo
II, al artículo 2º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus
modificatorios, apartado XIX, los Objetivos de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION, MONITOREO Y LOGISTICA, dependiente de la SECRETARIA DE
COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL, y de la SUBSECRETARIA DE
ORGANIZACION COMUNITARIA, dependiente de la SECRETARIA DE ORGANIZACION
Y COMUNICACION COMUNITARIA, todas dependientes del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL de conformidad con el detalle que, en planilla anexa
al presente artículo, forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 4º — Suprímese, del Anexo
II al artículo 3º del Decreto Nº 20 del 10 de diciembre de 2007, la
Responsabilidad Primaria y Acciones de la Dirección Nacional de Apoyo
Logístico, dependiente de la SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION
INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Art. 5º — Transfiérense la
Dirección General de Administración, la Dirección General de Asuntos
Jurídicos, la Dirección de Gestión y Monitoreo y la Dirección de
Servicios Digitales, Informáticos y de Telecomunicaciones, todas
dependientes de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO
INSTITUCIONAL, y la Dirección de Coordinación de Logística, dependiente
de la ex Dirección Nacional de Apoyo Logístico de la SECRETARIA DE
GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL, a la órbita de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION, MONITOREO Y LOGISTICA, dependiente de la SECRETARIA DE
COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL. Dicha transferencia se efectúa con sus competencias, sus
unidades dependientes, los bienes que integran su patrimonio, el
personal con niveles y grados de revista vigentes y los
correspondientes niveles de función ejecutiva.
Art. 6º — Sustitúyense los
Anexos la, lb, Id y le al artículo 3º del Decreto Nº 20 del 10 de
diciembre de 2007 y modificatorios, por los que, con idéntica
denominación, forman parte integrante del presente Decreto.
Art. 7º — Sustitúyense, del
Anexo II al artículo 3º del Decreto Nº 20 del 10 de diciembre de 2007,
la Responsabilidad Primaria y Acciones de la Dirección General de
Recursos Humanos y Organización y de la Dirección de Coordinación de
Logística, ambas dependientes de la SECRETARIA DE COORDINACION Y
MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de
conformidad con el detalle que, en planilla anexa al presente artículo,
forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 8º — Modifícase la
distribución administrativa del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION
NACIONAL —Recursos Humanos— de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL para el ejercicio 2012 aprobada por la Decisión
Administrativa Nº 1/12, de acuerdo con el detalle obrante en anexo al
presente artículo.
Art. 9º — Hasta tanto se
concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente
medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes
con nivel inferior a las que por el presente se aprueban, las que
transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la
fecha con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones
Ejecutivas previstas en la normativa vigente.
Art. 10. — El gasto que demanda la presente medida será atendido con las partidas presupuestarias de la jurisdicción.
Art. 11. — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Alicia M.
Kirchner.
Planilla Anexa al ARTICULO 1º
XIX - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
- SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
- SUBSECRETARIA DE COORDINACION, MONITOREO Y LOGISTICA
- SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL
- SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL
- SECRETARIA DE ECONOMIA SOCIAL
- SUBSECRETARIA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
- SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES
- SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA
- SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION Y CAPACITACION POPULAR
- SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION COMUNITARIA
- SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL
- SUBSECRETARIA DE ABORDAJE TERRITORIAL
- SUBSECRETARIA DE POLITICAS ALIMENTARIAS
- SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
- SUBSECRETARIA DE DERECHOS PARA LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
- SUBSECRETARIA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL E INTEGRACION FEDERAL
- SECRETARIA DE DEPORTE
- SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y GESTION DEPORTIVA
- SUBSECRETARIA DE RECURSOS DEPORTIVOS
Planilla Anexa al ARTICULO 2º
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
Objetivos:
1. Asistir a la Ministra de Desarrollo Social en el diseño de la
política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su
cumplimiento.
2. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión económica,
financiera, patrimonial, de infraestructura, de mantenimiento y de
servicios y de los demás bienes del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
3. Entender en la aplicación de las políticas de sistemas administrativos y servicios digitales.
4. Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.
5. Entender en el desarrollo de las actividades de apoyo legal,
técnico, administrativo y de despacho de documentación de la
Jurisdicción y fiscalizarlas en sus organismos desconcentrados y
descentralizados.
6. Definir los lineamientos para la evaluación y seguimiento de los
planes, programas y proyectos de la Jurisdicción, estableciendo los
canales necesarios para asegurar un permanente intercambio y evaluación
de impacto en la implementación de las políticas sociales.
7. Realizar el control de cumplimiento de los proyectos, programas, planes y acciones.
8. Entender en el diseño de los lineamientos necesarios para la
disposición de donaciones, productos de Aduana y administración de los
depósitos que dependan del Ministerio de Desarrollo Social, para su
distribución en coordinación con las áreas pertinentes designadas al
efecto.
9. Entender en la gestión estratégica de las personas integrantes de la
Jurisdicción y en el diseño organizacional que permita el mejor logro
de los objetivos, sus políticas de capacitación y asistencia técnica.
10. Entender en la gestión instrumental de las herramientas
estratégicas necesarias para la expansión de capacidades ciudadanas,
con el objeto de fortalecer los procesos de integración social de las
iniciativas productivas solidarias nacidas en el marco de la Economía
Social.
11. Entender en el aprovechamiento y maximización de las
potencialidades de las acciones de coordinación intrajurisdiccional y
el monitoreo institucional con el objeto de impulsar la inserción
económica de los procesos productivos solidarios.
12. Entender en el diseño de las políticas de Responsabilidad Social
que resulten adecuadas para el ámbito de interés de la Jurisdicción.
13. Entender en la administración y control del funcionamiento técnico
administrativo de las unidades ejecutoras de los programas de índole
social con financiamiento internacional y controlar el cumplimiento de
los compromisos financieros adquiridos, en lo relativo a proyectos
internacionales en el área de competencia del Ministerio.
Planilla Anexa al ARTICULO 2º
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL
Objetivos:
1. Asistir a la Ministra de Desarrollo Social en el diseño de la red
federal de políticas nacionales en las áreas de su incumbencia y en su
vinculación con el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas
Sociales.
2. Entender en la coordinación, en la faz de su competencia, de las
acciones tendientes a asistir socialmente a la población ante
situaciones extraordinarias o emergencias que se produzcan en el
territorio nacional.
3. Entender en la definición, diseño y coordinación de políticas y
acciones destinadas a brindar asistencia directa frente a situaciones
de riesgo o necesidad manifiesta, orientada a individuos, comunidades o
instituciones.
4. Entender en la ejecución de proyectos especiales intersectoriales,
interjurisdiccionales, e interdisciplinarios, a fin de viabilizar la
ejecución de las políticas post-emergencia en el ámbito de su
competencia, que se programen para resolver las situaciones críticas
articulando acciones para su solución con las SECRETARIAS DE DEPORTE,
DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA, DE COORDINACION Y MONITOREO
INSTITUCIONAL, y NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA.
5. Supervisar y coordinar el organismo desconcentrado COMISION NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES.
6. Asistir a la Ministra de Desarrollo Social en el diseño de la
política alimentaria que asegure el derecho a una alimentación adecuada
y suficiente de toda la población y en especial la atención de las
necesidades básicas nutricionales de la población en condiciones de
vulnerabilidad y riesgo de subsistencia.
Planilla Anexa al ARTICULO 2º
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL
SUBSECRETARIA DE ABORDAJE TERRITORIAL
Objetivos:
1. Acompañar a la SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL en
la coordinación de las acciones tendientes a asistir socialmente a la
población ante situaciones de carencias sociales críticas
extraordinarias o emergentes que se produzcan en el territorio nacional.
2. Intervenir en el apoyo a situaciones especiales originadas por temas de salud o sociales.
3. Articular con las áreas del Ministerio o del Consejo Nacional de
Coordinación de Políticas Sociales que correspondan a proyectos
especiales que hagan a las funciones específicas de esta Subsecretaría.
4. Definir programas o proyectos integrales de ayuda social a grupos
poblacionales en situación de riesgo inmediato, en función de los
factores críticos a los que están expuestos y los daños que son
pasibles de sufrir, coordinando y articulando la oferta socio
institucional de carácter público o privado, a través de acciones
integradas, desarrollando programas de asistencia y recuperación,
organizando recursos y estableciendo prioridades.
5. Elaborar, definir y testear planes de acción rápida, priorizando los
procesos de recuperación y contención de las demandas que se originen y
la rehabilitación y reconstrucción de la estructura social dañada.
6. Elaborar diagnósticos básicos, investigaciones aplicadas y estudios
que faciliten la focalización e implementación de programas o acciones
preventivas.
7. Diseñar estudios e investigaciones en gabinete o terreno que, con
orientación epidemiológica, permitan detectar alertas tempranas e
identificar y cuantificar indicadores de situaciones de alta
vulnerabilidad social.
8. Diseñar procedimientos para el accionar conjunto entre provincias,
municipios y organizaciones sociales o empresariales en la línea que
permitan respuestas inmediatas a las necesidades urgentes o emergentes
que se presenten no superponiendo redes desde la institucionalidad
ministerial.
9. Identificar áreas de la sociedad civil que, habiendo quedado
aisladas del crecimiento y desarrollo, requieren una asistencia
integral prioritaria por parte del Estado, desarrollando las
estrategias de intervención Jurisdiccional, a través del Programa Mi
Pueblo.
Planilla Anexa al ARTICULO 3º
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
SUBSECRETARIA DE COORDINACION, MONITOREO Y LOGISTICA
Objetivos:
1. Asistir al Secretario de Coordinación y Monitoreo Institucional en
la aplicación de la política presupuestaria de la jurisdicción y en el
seguimiento de su cumplimiento.
2. Asistir en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero, efectuando los trámites administrativos
necesarios para la obtención de los recursos materiales, equipamientos
tecnológicos y de todo otro insumo imprescindible para el cumplimiento
de los objetivos y metas de la jurisdicción.
3. Coordinar la aplicación de la política de sistemas administrativos y de servicios digitales.
4. Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de
leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas
vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar
el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a los organismos
descentralizados.
5. Efectuar la planificación, coordinación y asistencia a las
actividades administrativas de las áreas integrantes de la jurisdicción
y de las entidades descentralizadas y desconcentradas dependientes.
6. Supervisar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa determinando para cada trámite las unidades de la
jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema
respectivo.
7. Diseñar los procedimientos de evaluación y seguimiento de los
planes, programas y proyectos de la Jurisdicción y proponer las medidas
tendientes a optimizar la gestión de los mismos, estableciendo un
permanente intercambio y evaluación de impacto en la implementación de
las políticas sociales.
8. Diseñar los lineamientos generales que orientan el apoyo logístico
administrativo necesario para la ejecución de las acciones priorizadas
por las distintas Secretarías con el objeto de eficientizar la
operatoria de las demás unidades orgánicas de la Jurisdicción.
9. Organizar y controlar en forma eficiente y efectiva los
procedimientos logísticos necesarios para asegurar el flujo directo e
inverso de bienes de carácter no alimentario provenientes de donaciones
y/o de Aduana, así como su recepción, contabilización, distribución,
registro y rendición de cuentas, en cumplimiento de la normativa
vigente en la materia.
10. Administrar los depósitos que dependan del Ministerio de Desarrollo
Social articulando acciones con las áreas pertinentes designadas al
efecto.
Planilla Anexa al ARTICULO 3º
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA
SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION COMUNITARIA
Objetivos:
1. Asistir a la SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA
en el desarrollo desde lo comunicacional de las Políticas Sociales,
ayudando al desarrollo de las capacidades de grupos y comunidades.
2. Participar del diseño de políticas que fomenten la creación e
instalación de capacidades institucionales, integrando los recursos
disponibles y respetando las identidades territoriales a través de la
gestión de Centros Integradores Comunitarios, redes de transmisión que
tiendan a crear o aumentar el patrimonio comunitario y el capital
social.
3. Fomentar el intercambio de experiencias en el campo social entre
actores y organizaciones públicas y comunitarias a través del diseño de
los instrumentos necesarios que lo potencien.
4. Entender en el diseño de las estrategias de gestión que faciliten la
mayor participación y organización comunitaria de los actores
institucionales involucrados en la implementación de las Políticas
Sociales en todo el ámbito del territorio nacional.
5. Diseñar los lineamientos orientadores para la creación de redes
comunicacionales que permitan efectivizar las tareas de investigación,
difusión, docencia, organización y sistematización de actividades en
conjunto con las organizaciones sociales.
6. Orientar la gestión de los Centros de Referencia, dirigiendo su
interrelación con otras áreas del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y con
los distintos organismos nacionales, provinciales, municipales y
comunales.
ANEXO Ia
ANEXO Ib
ANEXO Id
ANEXO Ie
Planilla Anexa al ARTICULO 7º
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
Dirección General de Recursos Humanos y Organización
Responsabilidad Primaria:
Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al
personal, su carrera administrativa, su capacitación, desarrollo y sus
relaciones laborales, en procura de mejores niveles de productividad,
satisfacción laboral y calidad en la prestación de los servicios a
cargo de la jurisdicción.
Acciones:
1. Coordinar y asistir técnicamente en los procesos vinculados con la
aplicación del Sistema Nacional de Empleo Público en materia de
selección, evaluación, desempeño y capacitación; monitoreando el estado
de avance de la carrera administrativa del personal y proponiendo las
medidas correctivas pertinentes.
2. Dirigir y articular el diseño y desarrollo de estrategias proactivas
para la Gestión de las Personas, a través de herramientas que acompañen
el crecimiento de sus habilidades, afiancen las actitudes de compromiso
con los objetivos del Ministerio y favorezcan el desarrollo y
aprovechamiento compartido de sus conocimientos.
3. Administrar los sistemas de información relacionados con la
aplicación de las herramientas del sistema de administración de
recursos humanos y aplicar los controles que permitan la correcta
liquidación de haberes del personal.
4. Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y diseño
organizacional; elaborando y proponiendo las modificaciones de las
estructuras organizativas que correspondan.
5. Coordinar y mantener actualizado un sistema de relevamiento y
evaluación de los puestos de trabajo, como así también los procesos,
flujos y procedimientos de trabajo.
6. Asegurar una adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos, de higiene y seguridad laboral.
7. Supervisar la prestación del servicio médico de la Jurisdicción.
8. Proponer y establecer canales de comunicación institucional en los temas de su competencia.
9. Asistir técnicamente a la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera de la Jurisdicción.
Planilla Anexa al ARTICULO 7º
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
SUBSECRETARIA DE COORDINACION, MONITOREO Y LOGISTICA
Dirección de Coordinación de Logística
Acciones:
1. Ejecutar las directivas emanadas por la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION, MONITOREO Y LOGISTICA a fin de brindar las acciones de
asistencia pertinentes.
2. Gestionar las acciones priorizadas por cada Subsecretaría proveyendo
el apoyo logístico administrativo necesario para hacer más eficiente la
operatoria de las demás unidades orgánicas de la jurisdicción con
competencia directa en el manejo de situaciones sociales de emergencia,
de prevención y asistencia social, desastre o catástrofe.
3. Organizar y ejecutar en forma eficiente y efectiva los
procedimientos logísticos necesarios para asegurar el flujo directo e
inverso de bienes de carácter no alimentario provenientes de donaciones
y/o de Aduana, ejerciendo el control sobre los aspectos relativos a su
recepción, asignación y distribución.
4. Realizar el seguimiento logístico de los apoyos asignados, evaluando
sus resultados, detectando los desvíos de las metas propuestas, e
instrumentando las medidas correctivas necesarias para el logro del
cumplimiento de los objetivos planteados.
5. Elaborar y operar un sistema de información gerencial para apoyar la
gestión logística de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION, MONITOREO Y
LOGISTICA de acuerdo con las necesidades que se establezcan
oportunamente, manteniendo la permanente actualización del mismo.
6. Dirigir y controlar el accionar de la Coordinación del Programa de
Ayudas Urgentes y Aduana, asegurando que la entrega de apoyos y
asistencias urgentes se realicen en los tiempos y formas indispensables
para la obtención de resultados adecuados.
Planilla Anexa al ARTICULO 8º
PRESUPUESTO 2012
RECURSOS HUMANOS
JURISDICCION: 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
PROGRAMA: 01 - Actividades Centrales
ACTIVIDAD: 02 - Planeamiento y Coordinación Administrativa y Legal
CARGO O CATEGORIA | CANTIDAD DE CARGOS |
ESCALAFON 303 |
A | +1 |
B | +3 |
E | -4 |
SUBTOTAL ESCALAFON | 0 |
TOTAL PROGRAMA | 0 |
PROGRAMA: 01 - Actividades Centrales
ACTIVIDAD: 01 - Conducción Superior
CARGO O CATEGORIA | CANTIDAD DE CARGOS |
ESCALAFON 303 |
B | +2 |
C | -2 |
SUBTOTAL ESCALAFON | 0 |
TOTAL PROGRAMA | 0 |