Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

PRESUPUESTO

Resolución 113/2012

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 de una empresa.

Bs. As., 10/4/2012

VISTO el Expediente N° S01:0443651/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 formulado por EMPRENDIMIENTOS ENERGETICOS BINACIONALES SOCIEDAD ANONIMA (EBISA), actuante en el área de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de las Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente mencionado en el Visto, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 de EMPRENDIMIENTOS ENERGETICOS BINACIONALES SOCIEDAD ANONIMA (EBISA), actuante en el área de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II, adjuntos a la presente resolución, respectivamente.

Art. 2° — Estímanse en la suma de PESOS QUINCE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL ($ 15.960.000) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE ($ 44.995.729) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS VEINTINUEVE MILLONES TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE ($ 29.035.729), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

Art. 3° — Estímanse en la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS OCHO ($ 47.133.308) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES OCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE ($ 47.089.849) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE ($ 43.459), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

Art. 4° — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE ($ 43.459) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (EQUILIBRADO) en la suma de PESOS CERO (0), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Hernán G. Lorenzino.
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NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar