MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Decisión Administrativa 181/2012

Incorpórase la Dirección de Ceremonial al ámbito de la Unidad Ministro.

Bs. As., 17/4/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0047464/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Decreto Nº 168 de fecha 3 de febrero de 2012, las Decisiones Administrativas Nros. 628 de fecha 30 de diciembre de 2009, 175 de fecha 9 de abril de 2010 y 202 de fecha 20 de abril de 2010, sus normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1365/09 se creó el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que por la Decisión Administrativa Nº 202/10 se aprobó la estructura organizativa de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que por las Decisiones Administrativas Nros. 628/09 y 175/10, sus normas modificatorias y complementarias, se aprobaron las estructuras organizativas del primer nivel operativo de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA, de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR y de la ex SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES.

Que por el Decreto Nº 168/12 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada de dicho Ministerio, estableciéndose los objetivos de los niveles políticos del mismo, y se determinó un plazo de SESENTA (60) días para la elevación de la estructura organizativa.

Que, en tal sentido, resulta menester modificar la estructura organizativa de primer nivel operativo de la UNIDAD MINISTRO de la Jurisdicción, mediante la incorporación de la Dirección de Ceremonial.

Que, asimismo, es necesario autorizar al titular del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA a incorporar SIETE (7) cargos de conducción para la aprobación de unidades de nivel inferior al primer nivel operativo en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA de esa cartera ministerial.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, 16, inciso 12, de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios y 7º del Decreto Nº 21 de fecha 10 de diciembre de 2007.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Incorpórase la Dirección de Ceremonial al ámbito de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, conforme el Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente medida.

Art. 2º — Facúltase al titular del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, previa intervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación correspondiente a la estructura organizativa de la Jurisdicción Ministerial, de conformidad con los respectivos presupuestos vigentes.

Art. 3º — Facúltase al titular del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA a aprobar SIETE (7) cargos de conducción en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA de dicha Jurisdicción Ministerial.

Art. 4º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Art. 5º — Comüníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.

ANEXO I


ANEXO II

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

DIRECCION DE CEREMONIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca en todo lo concerniente a ceremonial y protocolo, requiriendo de las dependencias del Ministerio, o si correspondiera de otros organismos, la colaboración necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

ACCIONES

1. Coordinar con la Unidad Ministro la actualización de la agenda del señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.

2. Organizar y mantener un sistema de información y archivo de documentación relativo a las solicitudes de audiencias recibidas y trámites administrativos que se originen en la correspondencia enviada al señor Ministro.

3. Entender en la organización y desarrollo de todo acto, ceremonia o reunión a la que asista el señor Ministro.

4. Entender en temas propios a las actividades protocolares de concertación, preparación y atención que involucre la recepción de visitas extranjeras, ya sea delegaciones oficiales o privadas.

5. Coordinar con las distintas áreas con competencia en la materia, la participación del señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca en actos y ceremonias oficiales o públicas.

6. Efectuar lo vinculado a los aspectos de su competencia en los viajes que realice el señor Ministro al interior o exterior del país.

7. Asistir, en los casos que le sea requerido, a los funcionarios del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, en temas relativos al ceremonial y protocolo.

8. Intervenir, según lo determine la Superioridad, en toda reunión, simposio, congreso, acontecimiento internacional, nacional o provincial, al cual asista el señor Ministro o delegue su representación.