MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 181/2012
Incorpórase la Dirección de Ceremonial al ámbito de la Unidad Ministro.
Bs. As., 17/4/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0047464/2012 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Decreto Nº 168 de fecha 3 de febrero
de 2012, las Decisiones Administrativas Nros. 628 de fecha 30 de
diciembre de 2009, 175 de fecha 9 de abril de 2010 y 202 de fecha 20 de
abril de 2010, sus normas modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1365/09 se creó el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que por la Decisión Administrativa Nº 202/10 se aprobó la estructura
organizativa de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que por las Decisiones Administrativas Nros. 628/09 y 175/10, sus
normas modificatorias y complementarias, se aprobaron las estructuras
organizativas del primer nivel operativo de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA, de la SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA, de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA
FAMILIAR y de la ex SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES.
Que por el Decreto Nº 168/12 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Centralizada de dicho Ministerio, estableciéndose los
objetivos de los niveles políticos del mismo, y se determinó un plazo
de SESENTA (60) días para la elevación de la estructura organizativa.
Que, en tal sentido, resulta menester modificar la estructura
organizativa de primer nivel operativo de la UNIDAD MINISTRO de la
Jurisdicción, mediante la incorporación de la Dirección de Ceremonial.
Que, asimismo, es necesario autorizar al titular del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA a incorporar SIETE (7) cargos de
conducción para la aprobación de unidades de nivel inferior al primer
nivel operativo en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION
TECNICA Y ADMINISTRATIVA de esa cartera ministerial.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por los artículos 100, inciso 1, de la CONSTITUCION
NACIONAL, 16, inciso 12, de la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios y 7º del Decreto Nº 21 de fecha
10 de diciembre de 2007.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Incorpórase la
Dirección de Ceremonial al ámbito de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, conforme el Organigrama y
Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos I y II, forman
parte integrante de la presente medida.
Art. 2º — Facúltase al titular
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, previa intervención
de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar y/o modificar el Anexo de
Dotación correspondiente a la estructura organizativa de la
Jurisdicción Ministerial, de conformidad con los respectivos
presupuestos vigentes.
Art. 3º — Facúltase al titular
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA a aprobar SIETE (7)
cargos de conducción en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION
TECNICA Y ADMINISTRATIVA de dicha Jurisdicción Ministerial.
Art. 4º — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA.
Art. 5º — Comüníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.
ANEXO I
ANEXO II
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
DIRECCION DE CEREMONIAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir al señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca en todo lo
concerniente a ceremonial y protocolo, requiriendo de las dependencias
del Ministerio, o si correspondiera de otros organismos, la
colaboración necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
ACCIONES
1. Coordinar con la Unidad Ministro la actualización de la agenda del señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.
2. Organizar y mantener un sistema de información y archivo de
documentación relativo a las solicitudes de audiencias recibidas y
trámites administrativos que se originen en la correspondencia enviada
al señor Ministro.
3. Entender en la organización y desarrollo de todo acto, ceremonia o reunión a la que asista el señor Ministro.
4. Entender en temas propios a las actividades protocolares de
concertación, preparación y atención que involucre la recepción de
visitas extranjeras, ya sea delegaciones oficiales o privadas.
5. Coordinar con las distintas áreas con competencia en la materia, la
participación del señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca en
actos y ceremonias oficiales o públicas.
6. Efectuar lo vinculado a los aspectos de su competencia en los viajes
que realice el señor Ministro al interior o exterior del país.
7. Asistir, en los casos que le sea requerido, a los funcionarios del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, en temas relativos al
ceremonial y protocolo.
8. Intervenir, según lo determine la Superioridad, en toda reunión,
simposio, congreso, acontecimiento internacional, nacional o
provincial, al cual asista el señor Ministro o delegue su
representación.