Dirección Nacional de Migraciones
MIGRACIONES
Disposición 845/2012
Apruébase el incremento del importe
establecido en el Instructivo para la aplicación de la Tasa de
Solicitud de Ingreso al País con motivo de turismo o negocios.
Bs. As., 16/4/2012
VISTO el Expediente Nº S02:0008061/2008 del registro de la DIRECCION
NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº 25.871, los Decretos Nº
1654 de fecha 9 de octubre de 2008 y Nº 231 de fecha 26 de marzo de
2009, la Disposición DNM Nº 2761 de fecha 22 de diciembre de 2009, la
Disposición DNM Nº 858 del 28 de mayo de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1654/08, se creó la tasa de solicitud de ingreso al
país que deberán abonar los extranjeros de determinadas nacionalidades,
que pretendan ingresar a la REPUBLICA ARGENTINA, por turismo o negocios.
Que el monto de dicha tasa es equivalente al que deben abonar los
ciudadanos argentinos por la solicitud y/o tramitación de visa a esos
países, con lo cual se reestablece la reciprocidad de trato entre los
nacionales de los Estados involucrados.
Que el artículo 2º del decreto citado precedentemente establece que el
monto de la tasa ascenderá a una suma en pesos equivalente al valor de
la tasa que exigen a los ciudadanos argentinos cada uno de los países
alcanzados por la medida y que, por ello, resulta necesario mantener
actualizadas las mismas de conformidad a las variaciones que se
produzcan en los costos de las solicitudes de tramitación de visas de
cada uno de dichos países, conforme el principio de reciprocidad.
Que de acuerdo con la información brindada por la EMBAJADA DE ESTADOS
UNIDOS EN ARGENTINA al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
mediante Nota Nº 382, el arancel de solicitud para obtener la visa de
turista (B1/B2) para viajar a ese país aumenta, a partir del 13 de
abril de 2012, de CIENTO CUARENTA DOLARES (USD 140) a CIENTO SESENTA
DOLARES (USD 160).
Que es necesario modificar el monto establecido en el INSTRUCTIVO PARA
LA APLICACION DE LA TASA DE SOLICITUD DE INGRESO AL PAIS, CON MOTIVO DE
TURISMO O NEGOCIOS que fija el Anexo I, en el artículo 10, inciso c),
del Capítulo V correspondiente a la Disposición DNM Nº 2761/09,
sustituido por el artículo 1º de la Disposición DNM Nº 858/10.
Que la DIRECCION GENERAL TECNICA - JURIDICA de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 29 de la Ley Nº 25.565 y el Decreto Nº 1654
de fecha 9 de octubre de 2008.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES
DISPONE:
Artículo 1º — Apruébase el
incremento del importe establecido en el INSTRUCTIVO PARA LA APLICACION
DE LA TASA DE SOLICITUD DE INGRESO AL PAIS, CON MOTIVO DE TURISMO O
NEGOCIOS que fija el Anexo I, en el artículo 10, inciso c), del
Capítulo V correspondiente a la Disposición DNM Nº 2761 del 22 de
diciembre de 2009, sustituido por el artículo 1º de la Disposición DNM
Nº 858 del 28 de mayo de 2010, el cual quedará redactado de la
siguiente manera:
“c) Nacionales Estadounidenses: DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO SESENTA (USD 160).”
Art. 2º — La presente medida comenzará a regir a partir de su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Martín A. Arias Duval.