Autorízase al P. E. para invertir de
los diez millones de pesos fuertes que segun la ley de 25 de Setiembre
de 1876 debe entregar al Banco de la Provincia al Tesoro de la Nación,
la suma que sea necesaria para equilibrar este presupuesto.
ARTICULO 9°
Comuníquese
al P. E.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino en Buenos Aires á
veinte y uno de Octubre de mil ochocientos setenta y seis.
DARDO
ROCHA
FELIX FRIAS
Carlos M. Saravia
Miguel
Sorondo
Secretario del Senado.
Secretario de la C. de D. D.
POR TANTO:-
Téngase por Ley de la Nación Argentina, comuníquese, publíquese é
insértese en el Registro Nacional.
AVELLANEDA.
V. DE LA PLAZA.