MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 550/2012
Dase por prorrogada la designación del
Director Nacional del Programa Nacional de Protección a Testigos e
Imputados de la Subsecretaría de Política Criminal de la Secretaría de
Justicia.
Bs. As., 17/4/2012
VISTO el Expediente Nº S04:0014695/2011 del registro del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de
2002, 334 del 28 de febrero de 2008, 2076 del 1º de diciembre de 2008,
2098 del 3 de diciembre de 2008, 842 del 2 de julio de 2009, 693 del 14
de mayo de 2010 y 885 del 30 de junio de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 334/08, prorrogado por sus similares Nros.
2076/08, 842/09, 693/10 y 885/11, se efectuó la designación transitoria
del señor Darío Ricardo DIAZ (D.N.I. Nº 10.084.427), en un cargo Nivel
A, Grado 0, de la planta permanente de la DIRECCION NACIONAL DEL
PROGRAMA NACIONAL DE PROTECCION A TESTIGOS E IMPUTADOS de la
SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL de la SECRETARIA DE JUSTICIA del
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS para cumplir funciones de
Director Nacional - Función Ejecutiva de Nivel I.
Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso
de selección para la cobertura del cargo en cuestión, razón por la cual
el citado Ministerio solicita una nueva prórroga de la designación
transitoria aludida.
Que a los efectos de implementar la prórroga de la designación
transitoria del señor Darío Ricardo DIAZ (D.N.I. Nº 10.084.427),
resulta necesario disponer la cobertura del cargo en cuestión con
autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso
al Nivel A establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la
medida que se aprueba por el presente.
Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del citado Ministerio.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y del
artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Dase por
prorrogada, a partir del 4 de agosto de 2011 —fecha de su vencimiento—
y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a partir de la
fecha del presente decreto, la designación transitoria dispuesta por
conducto del Decreto Nº 334/08, prorrogado por sus similares Nros.
2076/08, 842/09, 693/10 y 885/11; del señor Darío Ricardo DIAZ (D.N.I.
Nº 10.084.427), en un cargo Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, para cumplir funciones
de Director Nacional en la DIRECCION NACIONAL DEL PROGRAMA NACIONAL DE
PROTECCION A TESTIGOS E IMPUTADOS de la SUBSECRETARIA DE POLITICA
CRIMINAL de la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS, autorizándose el correspondiente pago de la Función
Ejecutiva de Nivel I y con autorización excepcional por no reunir los
requisitos mínimos de acceso al Nivel A establecidos en el artículo 14
del citado Convenio.
Art. 2º — El cargo involucrado
en la presente medida deberá ser cubierto conforme los sistemas de
selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente,
en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII, del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº
2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
a partir de la fecha del presente decreto.
Art. 3º — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos
asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS.
Art. 4º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Julio C.
Alak.