JUSTICIA

LEY N° 22.088

Créase una Sala en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal.

Buenos Aires, 17 de octubre de 1979.

EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1º — Créase una (1) Sala en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, que se individualizará con el número VII.

ARTICULO 2º — Créanse para integrar la sala que se menciona en el artículo anterior los cargos de magistrados y empleados que se detallan en el anexo A de la presente ley. El resto de su dotación se integrará con los funcionarios y empleados de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal que determine la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

ARTICULO 3º — Créanse en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional y en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico de la Capital Federal, los cargos que se detallan en el Anexo A de la presente ley.

ARTICULO 4º — Las disposiciones de los artículos anteriores se harán efectivas en las oportunidades en que así lo determine la Corte Suprema de Justicia de la Nación, una vez que el Poder Ejecutivo Nacional incorpore los créditos necesarios a la jurisdicción 05 — Poder Judicial de la Nación.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

VIDELA.
Alberto Rodríguez Varela.
José A. Martínez de Hoz.

ANEXO A

CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL DE LA CAPITAL FEDERAL

Magistrados y funcionarios

3 Juez de Cámara

Personal Administrativo y Técnico

3 Auxiliar Superior de 6ª (Relator)

10 Jefe de Despacho de 1ª

CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO PENAL ECONOMICO DE LA CAPITAL FEDERAL

Magistrados y funcionarios

2 Perito Contador

Personal Administrativo y Técnico

4 Jefe de Despacho de 2ª

4 Auxiliar Superior de 6ª (Relator)

6 Auxiliar Superior de 6ª

Personal de Servicio

4 Auxiliar de 5ª