Instituto Nacional de Vitivinicultura
VITIVINICULTURA
Resolución C. 18/2012
Apruébase la ampliación del Padrón
Básico de las Areas Geográficas y Areas de Producción Preliminares para
la producción de uvas.
Mendoza, 27/4/2012
VISTO el Expediente N° S93:0005926/2011, la Ley N° 25.163, su Decreto
Reglamentario N° 57 de fecha 14 de enero de 2004, las Resoluciones
Nros. C.23 de fecha 22 de diciembre de 1999 y C.12 de fecha 15 de mayo
de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto se tramita la ampliación del
Padrón Básico de las Areas Geográficas y Areas de Producción
Preliminares de la REPUBLICA ARGENTINA previsto en la Ley N° 25.163.
Que conforme a la Ley N° 25.163 y su Decreto Reglamentario N° 57 de
fecha 14 de enero de 2004, se establecieron las Normas Generales para
la Designación y Presentación de Vinos y Bebidas Espirituosas de Origen
Vínico de la Argentina, siendo el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
el órgano de aplicación de dicha norma.
Que en virtud de la Resolución N° C.23 de fecha 22 de diciembre de
1999, se procedió a aprobar el padrón básico de las áreas geográficas y
áreas de producción preliminares que por sus aptitudes para la
producción de uvas puedan pretender acceder a una Denominación de
Origen Controlada (D.O.C.) o a una Indicación Geográfica (I.G.).
Que la Resolución N° C.12 de fecha 15 de mayo de 2002 sustituye el
título del Anexo I de la resolución citada en el considerando
precedente, quedando redactado de la siguiente manera: “Padrón Básico
de las Areas Geográficas y Areas de Producción Preliminares de la
República Argentina Ley N° 25.163”.
Que en los últimos años se han incorporado al mapa de regiones
vitivinícolas argentinas nuevas áreas de producción de reciente
desarrollo, con características y cualidades de gran potencial, fuera
del ámbito de las tradicionales.
Que en virtud de lo expuesto es necesario ampliar el precitado Padrón
con los nombres geográficos correspondientes, incluyendo los nombres de
las localidades y áreas geográficas, incluso interregionales y/o
interdepartamentales, donde se ha desarrollado recientemente la
vitivinicultura o tenga potencial de crecimiento.
Que de esta manera, las nuevas áreas podrían ser reconocidas,
registradas y protegidas como una Indicación Geográfica (I.G.) o a una
Denominación de Origen Controlada (D.O.C.) y otorgar a los nuevos
productores de esas zonas, el derecho a uso del nombre respectivo.
Que asimismo, se protegerían tales nombres ante posibles solicitudes de
marcas comerciales ante el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL (I.N.P.I.), salvaguardando los intereses de los productores,
quienes, en caso contrario, se verían imposibilitados de utilizarlos
como mención del origen de sus productos y abstenerse de mencionarlos
en los marbetes que los identifiquen.
Que las áreas competentes de este Instituto han tomado la debida intervención.
Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 24.566 y 25.163 y el Decreto N° 1306/08,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
1° — Aprúebase la ampliación del “Padrón Básico de las Area Geográficas
y Areas de Producción Preliminares de la República Argentina Ley N°
25.163”, con las nuevas áreas que se detallan en el Anexo que forma
parte integrante de la presente resolución.
2° — Una vez publicada en el Boletín Oficial, comuníquese a los
organismos con ingerencia en la materia, tanto en el orden nacional
como internacional.
3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación, notifíquese y cumplido,
archívese. — Guillermo D. García.
ANEXO A LA RESOLUCION N° C. 18/2012
AMPLIACION PADRON BASICO DE LAS AREAS GEOGRAFICAS Y AREAS DE PRODUCCION PRELIMINARES DE LA REPUBLICA ARGENTINA LEY N° 25.163.