ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL
Resolución N° 260/2012
Bs. As., 2/5/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0021376/2012, el Decreto Nº 1770 de fecha 29
de noviembre de 2007 y las Resoluciones Nros. 222 y 223, ambas de fecha
2 de diciembre de 2009 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL,
y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 4º del Decreto Nº 1770 de fecha 29 de noviembre de
2007 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de
la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, organismo descentralizado
dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que por el artículo 1° de la Resolución Nº 222 de fecha 2 de diciembre
de 2009 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL se aprobaron
las unidades de segundo y tercer nivel operativo correspondientes a la
DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA y a la DIRECCION
NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO, de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION
CIVIL.
Que por el artículo 1° de la Resolución Nº 223 de fecha 2 de diciembre
de 2009 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL se aprobó la
estructura organizativa de la Unidad de Planificación y Control de
Gestión y de la Unidad de Relaciones Institucionales, de la
ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.
Que resulta necesario modificar la dependencia funcional del
Departamento de Relaciones Internacionales actualmente dependiente de
la Unidad de Relaciones Institucionales a fin de fortalecer la gestión
de las normas internacionales y los acuerdos bilaterales y
multilaterales sobre transporte aéreo, que lleva adelante la Dirección
de Normas Aeronáuticas y Acuerdos Internacionales, dependiente de la
DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO de la ADMINISTRACION NACIONAL DE
AVIACION CIVIL.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCION
GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACION NACIONAL
DE AVIACION CIVIL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes
del artículo 17 del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Transfiérese el Departamento de Relaciones
Internacionales dependiente de la Unidad de Relaciones Institucionales
de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, con sus
correspondientes acciones y dotación de personal, a la Dirección de
Normas Aeronáuticas y Acuerdos Internacionales, dependiente de la
DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO de la ADMINISTRACION NACIONAL DE
AVIACION CIVIL.
ARTICULO 2° — Sustitúyese el Anexo Ib aprobado por el artículo 1° de la
Resolución Nº 222 de fecha 2 de diciembre de 2009 de la ADMINISTRACION
NACIONAL DE AVIACION CIVIL, conforme al detalle obrante en la Planilla
Anexa al presente artículo que forma parte integrante de la presente
resolución.
ARTICULO 3º — Sustitúyese el Anexo Ib aprobado por el artículo 1°
de la Resolución Nº 223 de fecha 2 de diciembre de 2009 de la
ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, conforme al detalle obrante
en la Planilla Anexa al presente artículo que forma parte integrante de
la presente resolución.
ARTICULO 4º — La presente transferencia no demanda erogación presupuestaria.
ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de
Registro Oficial y archívese. — Dr. ALEJANDRO A. GRANADOS,
Administrador Nacional de Aviación Civil, ANAC.
Planilla Anexa al Artículo 2°
Planilla Anexa al Artículo 3°
e. 08/05/2012 N° 47603/12 v. 08/05/2012