ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

Resolución N° 260/2012

Bs. As., 2/5/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0021376/2012, el Decreto Nº 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007 y las Resoluciones Nros. 222 y 223, ambas de fecha 2 de diciembre de 2009 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 4º del Decreto Nº 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que por el artículo 1° de la Resolución Nº 222 de fecha 2 de diciembre de 2009 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL se aprobaron las unidades de segundo y tercer nivel operativo correspondientes a la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA y a la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO, de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.

Que por el artículo 1° de la Resolución Nº 223 de fecha 2 de diciembre de 2009 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL se aprobó la estructura organizativa de la Unidad de Planificación y Control de Gestión y de la Unidad de Relaciones Institucionales, de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.

Que resulta necesario modificar la dependencia funcional del Departamento de Relaciones Internacionales actualmente dependiente de la Unidad de Relaciones Institucionales a fin de fortalecer la gestión de las normas internacionales y los acuerdos bilaterales y multilaterales sobre transporte aéreo, que lleva adelante la Dirección de Normas Aeronáuticas y Acuerdos Internacionales, dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del artículo 17 del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Transfiérese el Departamento de Relaciones Internacionales dependiente de la Unidad de Relaciones Institucionales de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, con sus correspondientes acciones y dotación de personal, a la Dirección de Normas Aeronáuticas y Acuerdos Internacionales, dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.

ARTICULO 2° — Sustitúyese el Anexo Ib aprobado por el artículo 1° de la Resolución Nº 222 de fecha 2 de diciembre de 2009 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, conforme al detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3º —  Sustitúyese el Anexo Ib aprobado por el artículo 1° de la Resolución Nº 223 de fecha 2 de diciembre de 2009 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, conforme al detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 4º — La presente transferencia no demanda erogación presupuestaria.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Dr. ALEJANDRO A. GRANADOS, Administrador Nacional de Aviación Civil, ANAC.

Planilla Anexa al Artículo 2°



Planilla Anexa al Artículo 3°



e. 08/05/2012 N° 47603/12 v. 08/05/2012