MERCOSUR/GMC/RES. N° 16/11

ADDENDUM N° 1 AL CONVENIO DE FINANCIACION ENTRE LA UNION EUROPEA Y EL MERCOSUR PARA EL PROYECTO “APOYO AL PROGRAMA DE MOVILIDAD MERCOSUR EN EDUCACION SUPERIOR”- DCI-ALA/2006/18-586

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 10/91 y 12/04 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 26/92, 57/05, 04/08 y 63/08 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que el Convenio de Financiación entre la Unión Europea y el MERCOSUR para el Proyecto “Apoyo al Programa de Movilidad MERCOSUR en Educación Superior” DCI- ALA/2006/18-586 fue suscripto el 16 de abril de 2008.

Que se identificó la necesidad de prorrogar el período de ejecución del Proyecto para hacer posible la implementación de todas las actividades previstas.

Que es competencia del Grupo Mercado Común aprobar los programas de cooperación técnica internacional de apoyo al MERCOSUR.

EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el Addendum N° 1 al Convenio de Financiación entre la Unión Europea y el MERCOSUR para el Proyecto “Apoyo al Programa de Movilidad MERCOSUR en Educación Superior” DCI- ALA/2006/18-586, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - El Anexo a la presente Resolución se encuentra únicamente en idioma español.

Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

LXXXV GMC - Montevideo, 16/IX/11.