MERCOSUR/GMC/RES. N° 16/11
ADDENDUM N° 1 AL
CONVENIO DE FINANCIACION ENTRE LA UNION EUROPEA Y EL MERCOSUR PARA EL
PROYECTO “APOYO AL PROGRAMA DE MOVILIDAD MERCOSUR EN EDUCACION
SUPERIOR”- DCI-ALA/2006/18-586
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las
Decisiones N° 10/91 y 12/04 del Consejo del Mercado Común y las
Resoluciones N° 26/92, 57/05, 04/08 y 63/08 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el Convenio de Financiación entre la Unión Europea y el MERCOSUR
para el Proyecto “Apoyo al Programa de Movilidad MERCOSUR en Educación
Superior” DCI- ALA/2006/18-586 fue suscripto el 16 de abril de 2008.
Que se identificó la necesidad de prorrogar el período de ejecución del
Proyecto para hacer posible la implementación de todas las actividades
previstas.
Que es competencia del Grupo Mercado Común aprobar los programas de
cooperación técnica internacional de apoyo al MERCOSUR.
EL GRUPO MERCADO
COMUN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el Addendum N° 1 al Convenio de Financiación entre la
Unión Europea y el MERCOSUR para el Proyecto “Apoyo al Programa de
Movilidad MERCOSUR en Educación Superior” DCI- ALA/2006/18-586, que
consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - El Anexo a la presente Resolución se encuentra únicamente en
idioma español.
Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento
jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la
organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LXXXV GMC - Montevideo, 16/IX/11.