MERCOSUR/GMC/RES, Nº 23/11

MECANISMO DE INTERCAMBIO DE INFORMACION SOBRE EVENTOS ADVERSOS GRAVES CAUSADOS POR PRODUCTOS MEDICOS UTILIZADOS EN EL MERCOSUR
(DEROGACION DE LA RES. GMC N° 46/08)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones Nos 79/96, 13/07 y 46/08 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la notificación de eventos adversos graves, su investigación y su difusión constituyen un Mecanismo internacionalmente aplicado pata la gestión del riesgo asociado a los productos médicos.

Que el intercambio de información entre los Estados Partes sobre eventos adversos graves causados por productos médicos amplía el campo de observación, información y vigilancia postcomercialización.

Que un determinado evento adverso grave causado por un producto médico, detectado en un Estado Parte puede repetirse en otros Estados Partes.

Que cada Estado Parte tiene principios y legislaciones específicas sobre la vigilancia de los eventos adversos graves relacionados con productos médicos, considerando las particularidades de su población, de los sistemas de salud y de la utilización de productos médicos.

Que se hace necesario armonizar la información que precisa ser divulgada, sobre eventos adversos graves ocurridos en los diferentes Estados Partes.

EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el “Mecanismo de intercambio de información sobre eventos adversos graves causados por productos médicos utilizados en el MERCOSUR”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Derogar la Resolución GMC Nº 46/08.

Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

LXXXVI GMC - Montevideo, 18/XI/11.