Art. 1 - Autorizar a la Secretaría del MERCOSUR a utilizar hasta el
monto de US$ 20.000 (veinte mil dólares estadounidenses) procedente del
saldo de recursos excedentes disponibles de la Secretaría del MERCOSUR,
a ser imputado al subrubro “servicios y gastos de funcionamiento”, para
cubrir les requerimientos de la Unidad Técnica de Estadísticas de
Comercio Exterior del MERCOSUR (UTECEM) para el desarrollo y
actualización de la base de datos de Comercio Exterior del MERCOSUR,
conforme a lo establecido en el Anexo que forma parte de la presente
Resolución,
Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento
jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la
organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LXXXVI GMC - Montevideo, 18/XI/11.