ADMINISTRACION
PUBLICA NACIONAL
Decreto 673/2012
Modifícase el Decreto Nº 357/02,
relacionado con la estructura organizativa del Ministerio de Economía y
Finanzas Públicas.
Bs. As., 4/5/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0192149/2010 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº 26.728, el Decreto Nº 357 de
fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, el Decreto Nº 1359 de
fecha 5 de octubre de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus
modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que por el Decreto Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004 se aprobó la
estructura organizativa del primer nivel operativo del entonces
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION actual MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS.
Que en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS se
encuentra la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA que tiene como
objetivos, entre otros, el de dirigir y coordinar el desarrollo de las
actividades de apoyo técnico de la Jurisdicción como así también el de
coordinar la aplicación de la política de sistemas informáticos de la
Cartera.
Que resulta necesario que la Secretaría en cuestión cuente con una
estructura adecuada para cumplir con las competencias que le fueron
asignadas en materia informática y de comunicaciones debiendo
reformular a tal fin el esquema organizativo del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y FINANZAS PUBLICAS, incorporando UNA (1) Dirección General de
Tecnologías Informáticas y Comunicaciones que dirija y optimice
eficientemente el uso de tecnologías de la información y de las
comunicaciones.
Que por la Resolución Nº 339 de fecha 7 de junio de 2010 del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS (texto ordenado agosto 2010) se creó el
Comité de Seguridad de la Información como único canal para realizar
propuestas al titular de esa Cartera, relativas a la política de
seguridad, los procedimientos internos y los sistemas de prevención a
fin de asegurar la homogeneidad y unicidad de criterios y objetivos en
la materia.
Que la creación de la Dirección General que se propone tiene como uno
de sus objetivos el de encomendar a un área específica de la
Organización las funciones relativas a la seguridad de los sistemas
informáticos, a fin de cumplimentar lo que disponga el Comité de
Seguridad de la Información mencionado precedentemente.
Que, en ese sentido, la Oficina Nacional de Tecnologías de Información
dependiente de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS ha aprobado por Disposición Nº 6 de fecha 3 de
agosto de 2005 la Política de Seguridad de la Información Modelo como
compendio de mejores prácticas en materia de la seguridad de la
información para las entidades públicas, adaptada a la realidad y
recursos de cada organismo.
Que la dependencia de la Dirección General de Tecnologías Informáticas
y Comunicaciones de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS pretende garantizar su independencia
respecto de las áreas usuarias, tal como exige la Resolución Nº 48 de
fecha 5 de mayo de 2005 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
Que, por otra parte, se requiere adoptar disposiciones complementarias
para la inmediata puesta en marcha de la estructura organizativa
propiciada con el objeto de dotar a la Dirección General, que por la
presente medida se crea, de las herramientas mínimas que permitan
optimizar la utilización de sus recursos.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado debida intervención.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y los
artículos 6º y 10 de la Ley Nº 26.728.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Sustitúyese del
apartado XV - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, del Anexo II
al artículo 2º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus
modificatorios el Objetivo 5 de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y
NORMALIZACION PATRIMONIAL dependiente de la SECRETARIA LEGAL Y
ADMINISTRATIVA de dicha jurisdicción, el que quedará redactado del
siguiente modo:
“5. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos,
organización y sistemas administrativos”.
Art. 2º — Sustitúyese del Anexo
II, Responsabilidad Primaria y Acciones del Decreto Nº 1359 de fecha 5
de octubre de 2004, la parte correspondiente a la Dirección General de
Administración de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION
PATRIMONIAL dependiente de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la que quedará redactada de
conformidad con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente
artículo.
Art. 3º — Sustitúyese el Anexo
lk —Organigrama— del Decreto Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004, en
la parte correspondiente a la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, por la planilla que, con
igual denominación, forma parte integrante de la presente medida.
Art. 4º — Incorpórase al Anexo
II, Responsabilidad Primaria y Acciones del Decreto Nº 1359 de fecha 5
de octubre de 2004, la parte correspondiente a la Dirección General de
Tecnologías Informáticas y Comunicaciones, dependiente de la SECRETARIA
LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,
la que quedará redactada de conformidad con el detalle obrante en las
planillas que, con idéntica denominación, se acompañan.
Art. 5º — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2012 - Recursos Humanos, en la parte correspondiente al
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo con el detalle
obrante en la Planilla Anexa al presente artículo que forma parte
integrante del mismo.
Art. 6º — Incorpórase al Anexo
IIIa, Dotación del Decreto Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004, la
parte correspondiente a la Dirección General de Tecnologías
Informáticas y Comunicaciones dependiente de la SECRETARIA LEGAL Y
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, conforme
el detalle obrante en la planilla que, con esa denominación, forma
parte integrante de la presente medida.
Art. 7º — En un plazo de
SESENTA (60) días, el titular del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS deberá aprobar las aperturas inferiores de la Dirección
General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones dependiente de la
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, la que podrá prever hasta SEIS (6)
cargos de conducción.
Art. 8º — Facúltase al titular
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, previa intervención de
la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación,
correspondiente a la estructura organizativa de la Jurisdicción
Ministerial, de conformidad con los respectivos presupuestos vigentes.
Art. 9º — El gasto que demande
la aplicación de la presente medida será atendido con los créditos
asignados a la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS.
Art. 10. — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G.
Lorenzino.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2º
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Dirigir las actividades relativas a los servicios contables,
económicos, financieros, de administración, de mantenimiento y
suministros.
ACCIONES
1.- Supervisar y coordinar todo lo relacionado con registraciones
contables y presupuestarias, preparación de balances, estados de
ejecución, rendiciones de cuentas y liquidaciones de gastos.
2.- Supervisar y coordinar el manejo y custodia de fondos y valores
puestos a su cargo.
3.- Entender en las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se
efectúe por el régimen de contrataciones del ESTADO NACIONAL y por la
Ley de Obras Públicas, así como también en la elaboración, modificación
y rescisión de los contratos de cualquier naturaleza celebrados o a
celebrarse.
4.- Supervisar y coordinar las acciones relacionadas con el registro y
control de los bienes patrimoniales de la jurisdicción.
5.- Supervisar y coordinar todo lo relacionado con los servicios
generales, de maestranza, de vigilancia y seguridad, de automotores y
el mantenimiento de los edificios y bienes de la jurisdicción
ministerial. Intervenir en la definición de los lineamientos para la
ejecución del Programa de Racionalización de Espacios Físicos,
desarrollado a través de la Comisión de Coordinación Operativa.
6.- Supervisar el cumplimiento de los servicios contratados a terceros
en materia de infraestructura.
7.- Coordinar lo relacionado con el almacenamiento y distribución de
suministros.
ANEXO Ik
ANEXO II
DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS
INFORMATICAS Y COMUNICACIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Dirigir y optimizar el uso de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,
asegurando la eficiente utilización de la infraestructura, los sistemas
y herramientas informáticas de la jurisdicción, coordinando su accionar
con la SECRETARIA DE HACIENDA, en lo relativo a la Administración
Financiera Gubernamental, de competencia de esta última, así como con
las distintas áreas de la jurisdicción ministerial, en lo concerniente
a desarrollos específicos propios de su competencia.
Proponer programas de actualización permanente de los recursos de
tecnología informática y comunicaciones.
Ejecutar y controlar las políticas relativas a las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones, incluyendo la informática, las
telecomunicaciones, la telefonía, las redes, los sistemas de
información y las tecnologías asociadas, fijadas por el Poder Ejecutivo
Nacional y la jurisdicción en la materia.
ACCIONES
1. Coordinar la elaboración del Plan Estratégico de corto, mediano y
largo plazo, así como el Plan Anual de Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones de la Jurisdicción ministerial.
2. Ejecutar los planes operativos cumpliendo con los objetivos y planes
de gestión de servicios asignados, en el marco de un proceso permanente
de mejora continua.
3. Determinar y proporcionar los recursos para planificar, implementar,
realizar el seguimiento, controlar, revisar y mejorar la prestación y
gestión de los servicios de competencia de la Dirección.
4. Verificar el cumplimiento de las normas legales y de las políticas y
estándares establecidos por la Administración Pública Nacional en el
organismo.
5. Entender en todos los aspectos relativos a la seguridad de los
Sistemas Informáticos y de Comunicaciones del organismo, incluyendo el
establecimiento de planes de contingencia para los sistemas críticos,
controlando periódicamente su funcionamiento.
6. Entender en todos los procesos de incorporación, modificación o
eliminación de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el
organismo.
7. Coordinar y promover el desarrollo y la administración de los
sistemas informáticos del Ministerio y el establecimiento de un sistema
integral de información.
8. Conducir todas las actividades vinculadas al uso de las Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones de la jurisdicción.
9. Articular las relaciones con la SECRETARIA DE HACIENDA y los
organismos descentralizados de la Jurisdicción en los temas de su
competencia.
10. Participar en las actividades del Foro de Responsables de
Informática de las Jurisdicciones de la Administración Pública
Nacional, coordinado por la Oficina Nacional de Tecnologías de
Información de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, con el fin de coordinar y potenciar los
distintos esfuerzos tendientes a optimizar un mejor aprovechamiento de
las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones aplicadas
a la gestión pública.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 5º
PRESUPUESTO 2012
JURISDICCION 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
PROGRAMA 01 - ACTIVIDADES CENTRALES
ACTIVIDAD 02 - COORDINACION
RECURSOS HUMANOS