INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
Resolución General 9/2012
Modifícase la Resolución General Nº
2/12, relacionada con la obligatoriedad de presentación de una
declaración jurada sobre la licitud y origen de los fondos.
Bs. As., 11/5/2012
VISTO lo actuado en el Expediente Nº 5099376/2740748 del Registro de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución IGJ (G) Nº 2 del 27 de enero de 2012, la
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, en su carácter de sujeto obligado y de
conformidad con lo dispuesto por la Resolución UIF Nº 11/2011,
estableció la obligatoriedad de la presentación de una declaración
jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente y otra en
relación con el origen y licitud de los fondos por parte de
asociaciones civiles y/o fundaciones.
Que mediante la Resolución IGJ (G) Nº 7 del 4 de abril de 2012 se
modificó el ANEXO II de la Resolución IGJ (G) Nº 2/2012, adaptándolo a
las modificaciones establecidas por la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
mediante Resolución UIF Nº 52/2012, en relación con la nómina de
funciones de Personas Expuestas Políticamente.
Que atento a las observaciones formuladas por el Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires, se han evaluado diversas alternativas con
miras a simplificar la presentación establecida por Resolución IGJ (G)
Nº 2/2012.
Que del análisis efectuado surge que corresponde modificar la
Resolución General IGJ Nº 2/2012, en el sentido que los sujetos
obligados por la norma puedan optar por el procedimiento oportunamente
establecido suscribiendo las correspondientes declaraciones juradas o
bien manifestarse en relación con el origen y licitud de los fondos y/o
respecto de su condición de Persona Expuesta Políticamente en la
correspondiente escritura pública que instrumenta el acto que se
pretende inscribir.
Que tal modificación no eximirá de la obligación de remitir
digitalmente el aplicativo, conforme a los modelos que por la presente
se establecen, como así tampoco de adjuntar el comprobante de
transacción del aplicativo al momento de presentar el trámite
respectivo, debiendo suscribirlo el mismo profesional que intervino en
la escritura pública.
Que ha tomado intervención la DIRECCION DEL REGISTRO NACIONAL DE SOCIEDADES.
Que la presente se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 21 de la Ley Nº 22.315.
Por ello,
EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA
RESUELVE:
Artículo 1° — Modifícase el
artículo 6° de la Resolución IGJ (G) Nº 2 del 27 de enero de 2012, el
cual quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 6°.- Modalidad de presentación.
Previa presentación de las declaraciones juradas, en los supuestos y
bajo los requisitos previstos en los artículos 1°, 2° y 4°, deberá
completarse el correspondiente aplicativo que estará disponible en la
página web del organismo.
Una vez completada la información solicitada en los aplicativos
correspondientes a los Anexos I y/o II y enviada digitalmente deberá
realizarse la presentación en soporte papel, con firma certificada de
los suscriptores en el comprobante de transacción del aplicativo.
Las obligaciones dispuestas por la presente resolución son susceptibles
de ser incluidas en el texto de la escritura pública. En esos casos,
debe remitirse digitalmente mediante aplicativo, la información
detallada en los Anexos III y/o IV —según corresponda— y adjuntar el
comprobante de transacción, el cual deberá estar suscripto por el mismo
profesional que intervino en la escritura pública.”
Art. 2° — Apruébase el modelo
de declaración jurada de origen y licitud de los fondos
—”DECLARACION NOTARIAL - ORIGEN LICITO DE LOS FONDOS”— que como ANEXO I
forma parte integrante de la presente, el que pasa a integrar la
Resolución General IGJ Nº 2/2012 como ANEXO III de la misma.
Art. 3° — Apruébase el modelo
de declaración jurada sobre la condición de Persona Expuesta
Políticamente —”DECLARACION NOTARIAL - CONDICION DE PERSONA EXPUESTA
POLITICAMENTE”— que como ANEXO II forma parte integrante de la
presente, el que pasa a integrar la Resolución General IGJ Nº 2/2012
como ANEXO IV de la misma.
Art. 4° — La presente resolución entrará en vigencia trascurridos TREINTA (30) días corridos al de su publicación.
Art. 5° — Regístrese como
Resolución General. Publíquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. — Marcelo O. Mamberti.
ANEXO I
ANEXO III
DECLARACION NOTARIAL - ORIGEN LICITO DE LOS FONDOS
En cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución IGJ N°............,
en mi carácter de Escribano Público, Matrícula N°.............;
Tomo......... Folio.........; por la presente DOY FE que los datos aquí
declarados son idénticos a los consignados en la Escritura Pública
N°.................., Folio N°.............. de fecha
......................., en la cual se declara que los fondos y valores
que se utilizan para el desarrollo de la actividad de la
FUNDACION/ASOCIACION CIVIL XXXX, provienen de ACTIVIDADES LICITAS.
ANEXO II
ANEXO IV
DECLARACION NOTARIAL - CONDICION DE PERSONA EXPUESTA POLITICAMENTE
En cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución General IGJ
N°............, en mi carácter de Escribano Público, Matrícula
N°............., Tomo N°........., Folio N°......... por la presente
DOY FE que de acuerdo con la declaración jurada efectuada por (nombre
del interesado) en la Escritura Pública N°.................., al Folio
N°.............. de fecha......................., el mismo SI/NO
(marcar lo que corresponda) se encuentra incluido en los alcances de la
Resolución UIF Nº 11/2011 como Persona Expuesta Políticamente y el
interesado ha declarado que asume el compromiso de informar cualquier
modificación que se produzca, dentro de los treinta (30) días de
ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.
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Firma del Escribano
___________________________
Aclaración
Datos del Interesado:
Documento: Tipo ........... N°.............................
CUIT/CUIL/CDI N°............................................
Cargo en la entidad..........................................
Denominación de la Entidad............................
Número Correlativo..........................................
Inciso de la Resolución UIF Nº 11/11 en el cual se encuentra comprendido:
En caso de estar incluido en los incisos b) o i), adicionalmente deberá completar de las P.E.P. referenciadas en tales incisos:
Nombre y Apellido del PEP: ..............................................
Documento: Tipo ........... N° .............................
CUIT/CUIL/CDI N°............................................