MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 497/2012

Registro Nº 398/2012

Bs. As., 13/4/2012

VISTO el Expediente Nº 1.453.068/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/5 del Expediente Nº 1.453.068/11, obran el Acuerdo y Anexos celebrados entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, por la parte sindical y la empresa INDUSTRIAS JUAN F. SECCO SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del texto convencional alcanzado, se establece un incremento salarial para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1115/10 “E”, cuyas partes signatarias coinciden con los actores intervinientes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad de la empresa firmante y la representatividad de la asociación sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que los agentes negociales han ratificado a fojas 13 y 18, el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos (fojas 11/12 y 20/23).

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Qua por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del Acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope indemnizatorio, previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Decláranse homologados el Acuerdo con sus Anexos obrantes a fojas 2/5 del Expediente Nº 1.453.068/11, celebrados entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA y la empresa INDUSTRIAS JUAN F. SECCO SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo con sus Anexos, obrantes a fojas 2/5 del Expediente Nº 1.453.068/11.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1115/10 “E”.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.453.068/11

Buenos Aires, 18 de abril de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 497/12 se ha tomado razón del acuerdo con sus anexos obrantes a fojas 2/5 del expediente de referencia, quedando registrados bajo el número 398/12. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil once, se reúnen por una parte la Empresa INDUSTRIAS JUAN F. SECOO SOCIEDAD ANONIMA en adelante LA EMPRESA, representado en este acto por los Señores Diegos Sebastián RUIZ y Darío Alejandro BALANGUERO en su carácter de Apoderados; y por la otra parte la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA representado en este acto por los Señores Julio César IERACI, Rubén Darío BETTINOTTI, Gustavo Ariel VAL y Juan Carlos MENENDEZ en su carácter de Secretario General, Secretario Gremial e Integrantes del Departamento Tribunal Paritario respectivamente, en adelante LA ENTIDAD SINDICAL; quienes convienen en celebrar el siguiente Acta Acuerdo que se regirá por las cláusulas y condiciones que a continuación se detallan:

ARTICULO PRIMERO: Las partes, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo 1115/10 “E” acuerdan incrementar los Salarios Básicos del personal convencionados vigentes al mes de marzo de 2011, en un 30,33 % acumulativo retroactivo a partir de los haberes del mes de abril de 2011 y hasta el mes de marzo de 2012 inclusive de acuerdo con el siguiente cronograma:

Un 16% a los Básicos desde abril 2011 y hasta septiembre 2011 inclusive.

Un 6% acumulativo a los Básicos desde octubre 2011 hasta diciembre inclusive, con más un incremento en la Compensación Luz de $ 100,00.

Un 6% acumulativo a los Básicos desde enero 2012 hasta marzo 2012 inclusive, manteniendo el incremento de la Compensación Luz mencionado en el párrafo anterior.

ARTICULO SEGUNDO: Las Escalas salariales quedarán conformadas tal cual se adjuntan al presente Acta Acuerdo como Anexo I, Anexo II y Anexo III del presente.

En prueba de conformidad y previa lectura, se firman cinco (5) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto; en la ciudad y fechas indicadas en el exordio de la presente; pudiendo cualquiera de las partes intervinientes solicitar la homologación ante la Autoridad Laboral correspondiente.

ANEXO I

ESCALA INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A. - F.A.T.L.Y.F. VALORES Abril 2011 / Setiembre 2011


AY. ESP. DE MANTENIMIENTOOF. ESP. DE MANTENIMIENTOAY. ESP. OPERACIONOF. ESP. OPERACION

CATEGORIA5779

Básico de la Categoría1.740,001.919,601.919,602.089,39

Valor de Referencia2.092,562.092,562.092,562.092,56

Antigüedad1,001,001,001,00

TítuloEsc. Educ. TécnicaEsc. Educ. TécnicaEsc. Educ. TécnicaEsc. Educ. Técnica






CONCEPTO C.C.T. 36/75BASE DE CALCULOHABER CATEGORIA 5HABER CATEGORIA 7HABER CATEGORIA 7HABER CATEGORIA 9
CATEGORIAEscala1.740,001.919,601.919,602.089,39
SUMA FIJA REMUNERATIVAArt. 12415,66415,66415,66415,66
ANTIGÜEDAD2,67%



BONIFICACION GASSuma Fija76,5676,5676,5676,56
BONIFICACION ART. 14 2a (CAT. 5)5,76%120,53


BONIFICACION ART. 14 2a (CAT. 7)12,48%
261,15261,15
BONIFICACION ART. 14 2a (CAT. 9)14,56%


304,68
TITULO20,40%
426,88426,88426,88
SEMANA NO CALENDARIA28,00%

867,96927,69
ASIST. PERFECTA TURNO13,00%

515,82551,31
TAREA RIESGOSA10,00%235,28309,99448,36479,22






HS. EXTRAS 50%Sumatoria de Items / 156* 1,5



HS. EXTRAS 100%Sumatoria de Items / 156* 2









Total Remunerativo Operador de Usina
2.588,033.409,844.932,005.271,39






COMPENSACION LUZ
100,00100,00100,00100,00






Total Bruto Operador de Usina
2.688,033.509,845.032,005.371,39

ANEXO II

ESCALA INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A. - FA.T.L.Y.F. VALORES. Octubre 2011 / Diciembre 2011


AY. ESP. DE MANTENIMIENTOOF. ESP. DE MANTENIMIENTOAY. ESP. OPERACIONOF. ESP. OPERACION

CATEGORIA5779

Básico de la Categoría1.844,402.034,782.034,782.214,76

Valor de Referencia2.218,112.218,112.218,112.218,11

Antigüedad1,001,001,001,00

TítuloEsc. Educ. TécnicaEsc. Educ. TécnicaEsc. Educ. TécnicaEsc. Educ. Técnica






CONCEPTO C.C.T. 36/75BASE DE CALCULOHABER CATEGORIA 5HABER CATEGORIA 7HABER CATEGORIA 7HABER CATEGORIA 9






CATEGORIAEscala1.844,402.034,782.034,782.214,76
SUMA FIJA REMUNERATIVAArt. 12440,60440,60440,60440,60
ANTIGÜEDAD2,67%



BONIFICACION GASSuma Fija81,1581,1581,1581,15
BONIFICACION ART. 14 2a (CAT. 5)5,76%127,76


BONIFICACION ART. 14 2a (CAT. 7)12,48%
276,82276,82
BONIFICACION ART. 14 2a (CAT. 9)14,56%


322,96
TITULO20,40%
452,49452,49452,49
SEMANA NO CALENDARIA28,00%

920,04983,35
ASIST. PERFECTA TURNO13,00%

546,77584,39
TAREA RIESGOSA10,00%249,39328,59475,27507,97






HS. EXTRAS 50%Sumatoria de Items / 156* 1,5



HS. EXTRAS 100%Sumatoria de Items / 156* 2









Total Remunerativo Operador de Usina
2.743,313.614,445.227,925.587,67






COMPENSACION LUZ
200,00200,00200,00200,00






Total Bruto Operador de Usina
2.943,313.814,445.427,925.787,67

Anexo III

ESCALA INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A. - F.A.T.L.Y.F. VALORES Enero 2012 / Marzo 2012


AY. ESP. DE MANTENIMIENTOOF. ESP. DE MANTENIMIENTOAY. ESP. OPERACIONOF. ESP. OPERACION

CATEGORIA5779

Básico de la Categoría1.955,062.156,872.156,872.347,64

Valor de Referencia2.351,202.351,202.351,202.351,20

Antigüedad1,001,001,001,00

TítuloEsc. Educ. TécnicaEsc. Educ. TécnicaEsc. Educ. TécnicaEsc. Educ. Técnica






CONCEPTO CCT. 36/75BASE DE CALCULOHABER CATEGORIA 5HABER CATEGORIA 7HABER CATEGORIA 7HABER CATEGORIA 9
CATEGORIAEscala1.955,062.156,872.156,872.347,64
SUMA FIJA REMUNERATIVAArt. 12467,04467,04467,04467,04
ANTIGÜEDAD2,67%



BONIFICACION GASSuma Fija86,0286,0286,0286,02
BONIFICACION ART 14 2º (CAT 5)5,76%135,43


BONIFICACION ART 14 2º (CAT 7)12,48%
293,43293,43
BONIFICACION ART 14 2º (CAT 9)14,56%


342,33
TITULO20,40%
479,64479,64479,64
SEMANA NO CALENDARIA28,00%

975,241.042,35
ASIST. PERFECTA TURNO13,00%

579,57619,45
TAREA RIESGOSA10,00%264,36348,30503,78538,45






HS. EXTRAS 50%Sumatoria de Items / 156* 1,5



HS. EXTRAS 100%Sumatoria de Items / 156* 2









Total Remunerativo Operador de Usina
2.907,913.831,305.541,595.922,94






COMPENSACION LUZ
200,00200,00200,00200,00






Total Bruto Operador de Usina
3.107,914.031,305.741,596.122,94