Ente Nacional Regulador de la Electricidad
ENERGIA ELECTRICA
Resolución 103/2012
Apruébanse, con carácter provisorio,
los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir
los usuarios de las empresas distribuidoras “Edenor S.A.” y “Edesur
S.A.”.
Bs. As., 16/5/2012
VISTO el Expediente ENRE Nº 15.852/2004, la Resolución S.E. Nº
745/2005, la Resolución SE Nº 1063/2005, la Resolución S.E. Nº
942/2006, la Resolución SE Nº 797/2008, la Resolución S.E. Nº
1170/2008, la Resolución S.E. Nº 45/2010, la Resolución ENRE Nº
355/2005, la Resolución ENRE Nº 479/2005, la Resolución ENRE Nº
537/2005, la Resolución ENRE Nº 602/2005, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 10 de mayo de 2005, la SECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACION
dictó la Resolución S.E. Nº 745/2005 que en su ANEXO I aprobó un nuevo
“PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA” (en adelante
“Versión 2005 del PUREE”), sustituyendo así el normado mediante
Resolución S.E. Nº 552/2004, (en adelante “Versión 2004 del PUREE”).
Que, por su parte, el artículo 14 del ANEXO I de la Resolución S.E. Nº
745/2005 estableció que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
(en adelante ENRE) es quien dispondrá todas las medidas complementarias
que sea menester adoptar para contribuir a la mejor aplicación de este
Programa, modulando el tratamiento y plazos de presentación de la
información requerida; aceptando la acreditación de la misma en
carácter de declaración jurada; realizando de forma periódica, por sí o
por terceros, las auditorías necesarias para verificar la exactitud,
integridad y consistencia de los datos contenidos en las declaraciones
juradas y la correspondencia entre lo previsto y lo ejecutado;
decidiendo los procedimientos a seguir en la Resolución de situaciones
de carácter excepcional y toda otra medida que considere pertinente.
Que, en virtud de lo establecido en la Resolución ENRE Nº 479/2005 y su
modificatoria la Resolución ENRE Nº 537/2005, las empresas
Distribuidoras de jurisdicción nacional presentaron ante este Ente la
información referida a los ahorros de energía eléctrica (en kWh) y los
consumos en exceso (en pesos) al objetivo de ahorro del DIEZ POR CIENTO
(10%) estipulado por la SECRETARIA DE ENERGIA, correspondientes a los
ciclos de facturación con fechas de cierre entre los días 10/03/2012 y
el 9/04/2012, de los usuarios de las diferentes categorías tarifarias
ubicados en las respectivas áreas de concesión.
Que “EDESUR S.A.”, mediante Nota de Entrada Nº 191.120, informó que los
ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión
correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre
los días 10/3/2012 y el 9/4/2012 ascendieron a SESENTA Y UN MILLONES
CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS KILOVATIOS HORA
(61.134.762 kWh) en tanto el consumo en exceso de la pauta del DIEZ POR
CIENTO (10%) en esta categoría para los usuarios con consumos
bimestrales menores a MIL KILOVATIOS HORA (1.000 kWh) ascendió a
NOVENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y
OCHO KILOVATIOS HORA (91.326.838 kWh) lo que implicó la aplicación de
cargos por excesos con primer vencimiento en el período considerado por
PESOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y
OCHO CON 64/100 ($ 6.428.348,64) como así también ajustes por diversos
conceptos relacionados con la facturación por PESOS DOSCIENTOS
VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS SETENTA CON 78/100 ($ 225.270,78); en el
caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los VEINTISIETE MILLONES
CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE KILOVATIOS HORA (27.005.337 kWh)
en tanto el consumo en exceso fue de VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS
SESENTA MIL TRES KILOVATIOS HORA (28.760.003 kWh) lo que implicó cargos
en exceso con primer vencimiento en el período considerado por PESOS
CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y
CINCO CON 33/100 ($ 4.839.355,33) y ajustes por PESOS CINCO MILLONES
NOVECIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 66/100 ($
5.960.757,66); los usuarios T3 BT ahorraron VEINTE MILLONES CINCUENTA Y
OCHO MIL VEINTITRES KILOVATIOS HORA (20.058.023 kWh), consumieron en
exceso TREINTA Y CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS
CUARENTA Y SIETE KILOVATIOS HORA (34.183.347 kWh) y se les aplicaron
cargos en exceso por PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTIOCHO MIL
SEISCIENTOS SESENTA Y UNO CON 24/100 ($ 4.628.661,24) y ajustes por
PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y
TRES ($ 2.156.383,00); los T3 MT ahorraron DIECIOCHO MILLONES
OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS KILOVATIOS
HORA (18.847.652 kWh), consumieron en exceso TREINTA Y UN MILLONES
VEINTE MIL CINCUENTA Y CINCO KILOVATIOS HORA (31.020.055 kWh) y
afrontaron cargos en exceso por PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS
NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 84/100 ($
5.696.753,84) como así también ajustes por el valor de PESOS QUINIENTOS
SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 30/100 ($
564.996,30); en el caso de los usuarios de peaje BT los ahorros
alcanzaron QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y
CINCO KILOVATIOS HORA (589.455 kWh), los consumos en exceso OCHOCIENTOS
DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS ONCE KILOVATIOS HORA (819.411 kWh), los
cargos adicionales con fecha de primer vencimiento anterior al
9/03/2012 ascendieron a PESOS DOSCIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS TREINTA
Y SEIS CON 79/100 ($ 220.536,79), mientras los ajustes ascendieron a
PESOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 74/100 ($
28.999,74); en el caso del peaje en MT los ahorros fueron de DOS
MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA KILOVATIOS HORA
(2.938.140 kWh), los consumos en exceso TRECE MILLONES TRESCIENTOS
NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO DOS KILOVATIOS HORA (13.394.102 kWh), los
cargos abonados de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL
CIENTO SESENTA Y NUEVE CON 19/100 ($ 3.947.169,19) y los ajustes
ascendieron a PESOS NOVENTA Y CUATRO MIL ($ 94.000,00).
Que a su vez, “EDENOR S.A.” por medio de Nota de Entrada Nº 191.371
informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de
concesión correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de
cierre entre los días 10/3/2012 y el 9/4/2012 ascendieron a SESENTA Y
SIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS SESENTA Y
CUATRO KILOVATIOS HORA (67.371.764 kWh) en tanto el consumo en exceso
de la pauta del DIEZ POR CIENTO (10%) en esta categoría para los
usuarios con consumos bimestrales menores a MIL KILOVATIOS HORA (1000
kWh) ascendió a CIENTO NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL
CIENTO OCHENTA Y SEIS KILOVATIOS HORA (109.631.186 kWh) lo que implicó
la aplicación de cargos por excesos por PESOS SEIS MILLONES
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO CON 70/100
($ 6.459.134,70), siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS
VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 08/100 ($ 23.881,08); en
el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los DIECINUEVE
MILLONES CIENTO SESENTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO KILOVATIOS HORA
(19.160.535 kWh), los consumos en exceso de la pauta del DIEZ POR
CIENTO (10%) fueron de VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y
OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO KILOVATIOS HORA (27.758.598 kWh),
los cargos en exceso sumaron PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS SETENTA
Y CUATRO MIL CUARENTA CON 09/100 ($ 4.774.040,09), y los ajustes fueron
de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA CON 32/100 ($ 1.490,32); los
usuarios T3 BT ahorraron TRECE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL
SETECIENTOS SESENTA Y SEIS KILOVATIOS HORA (13.567.766 kWh),
consumieron en exceso TREINTA Y MILLONES NOVECIENTOS DIECISEIS MIL
SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO KILOVATIOS HORA (30.916.651 kWh) y se les
aplicó cargos en exceso por PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y
SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 54/100 ($ 3.587.638,54) y
ajustes de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y CINCO CON 63/100 ($ 1.384.995,63); los T3 MT ahorraron ONCE
MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO
KILOVATIOS HORA (11.145.348 Kwh) consumieron en exceso TREINTA Y CINCO
MILLONES CIENTO TREINTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS KILOVATIOS HORA
(35.130.746 kWh), afrontaron cargos en exceso por PESOS CUATRO MILLONES
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 75/100 ($
4.993.691,75) y ajustes por PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CUARENTA MIL
CIENTO TREINTA Y SEIS CON 95/100 ($ 1.940.136,95); en cuanto a los
usuarios de peaje, en BT los ahorros fueron de QUINIENTOS CINCO MIL
DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE KILOVATIOS HORA (505.299 kWh), el consumo en
exceso fue de UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO
CUARENTA Y UNO KILOVATIOS HORA (1.463.141 kWh) y la penalización
alcanzó la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTE
CON 79/100 ($ 232.220,79), mientras que los usuarios en MT ahorraron
CUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO
KILOVATIOS HORA (4.530.578 kWh), consumieron en exceso CUARENTA Y SEIS
MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS NUEVE KILOVATIOS HORA
(46.517.509 kWh), se les aplicó cargos en exceso por PESOS CINCO
MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO CON
35/100 ($ 5.863.174,35) y ajustes de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS
SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SEIS CON 50/100 ($ 4.764.706,50).
Que mediante MEMORANDUM AAREE Nº 300/2012 se ha realizado la
verificación de los valores unitarios de las bonificaciones (Kp)
correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre
los días 10/3/2012 y el 9/4/2012.
Que se ha emitido el Dictamen Legal exigido por el artículo 7, inciso d), de la Ley Nº 19.549.
Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se
encuentra facultado para el dictado del presente acto, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 6 de la Resolución SE Nº 745/2005 y el inciso
s) del artículo 56 de la Ley Nº 24.065.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:
Artículo 1º — Aprobar con
carácter provisorio los valores unitarios de las bonificaciones (Kp)
que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras
“EDENOR S.A.” y “EDESUR S.A.” durante el período comprendido entre los
días 10/5/2012 y 9/6/2012, que figuran como ANEXO I de la presente
Resolución, conforme la información presentada con carácter de
declaración jurada por las Distribuidoras.
Art. 2º — Informar la evolución del PUREE versión 2005, que figura como Anexo II de la presente Resolución.
Art. 3º — Notifíquese a “EDENOR S.A.”, “EDESUR S.A.” y a la “SECRETARIA DE ENERGIA”.
Art. 4º — Regístrese,
comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. — Mario H. de Casas. — Luis Barletta. — Enrique G.
Cardesa. — Juan M. Abud.
ANEXO I DE LA RESOLUCION ENRE Nº 103/2012
PERIODO DE APLICACION | CATEGORIA TARIFARIA | EDENOR | EDESUR |
DESDE | HASTA |
10/05/2012 | 09/06/2012 | R | 0,096 | 0,109 |
10/05/2012 | 09/06/2012 | T2 | 0,249 | 0,400 |
10/05/2012 | 09/06/2012 | T3BT | 0,162 | 0,338 |
10/05/2012 | 09/06/2012 | T3MT | 0,274 | 0,332 |
10/05/2012 | 09/06/2012 | T3AT | 0,000 | 0,000 |
10/05/2012 | 09/06/2012 | PEAJE T2 | 0,000 | 0,000 |
10/05/2012 | 09/06/2012 | PEAJE BT | 0,460 | 0,423 |
10/05/2012 | 09/06/2012 | PEAJE MT | 0,242 | 1,375 |
10/05/2012 | 09/06/2012 | PEAJE AT | 0,000 | 0,000 |
NOTA: De acuerdo con lo establecido en la Resolución S.E. Nº 797/08, el
valor para la categoría Residencial es aplicable para los consumos
menores o iguales a 1000 kwh/bimestre.
En el caso de los usuarios T2, T3 y peaje, los valores son aplicables
en los términos del artículo 2º de la Resolución S.E. Nº 1170/08.
ANEXO II DE LA RESOLUCION ENRE Nº 103/2012
ENERGIA TOTAL FACTURADA ENTRE EL 10/3/2012 Y EL 9/4/2012
AHORRO CONSUMO EN EXCESO Y RESULTADO NETO TOTAL
Distribuidora | Energía Total facturada período actual (en MWh) (*) | Ahorro (en MWh) | Consumos en exceso (por sobre pauta del 90% del período base) (en MWh) (**) | Ahorro Neto (en MWh) | Usuarios con Ahorros | Usuarios con Consumos en Exceso |
Total General | 2.076.042 | 299.305 | 675.351 | -376.046 | 571.114 | 1.284.009 |
Edenor S.A. | 1.005.254 | 140.945 | 371.503 | -230.558 | 258.810 | 694.660 |
Edesur S.A. | 1.070.789 | 158.360 | 303.849 | -145.488 | 312.304 | 589.349 |
EDENOR S.A.
Distribuidora | Energía Total facturada período actual (en MWh) (*) | Ahorro (en MWh) | Consumo en exceso (por sobre pauta del 90% del período base) (en MWh) (**) | Ahorro Neto (en MWh) |
Totales | 1.005.254 | 140.945 | 371.503 | -230.558 |
Residencial | 563.839 | 67.372 | 194.220 | -126.848 |
Generales G1 | 28.030 | 20.319 | 11.243 | 9.077 |
Generales G2 | 30.708 | 3.732 | 13.067 | -9.335 |
Generales G3 | 23.104 | 613 | 11.187 | -10.574 |
T2 | 89.239 | 19.161 | 27.759 | -8.598 |
T3B | 80.685 | 13.568 | 30.917 | -17.349 |
T3M | 91.073 | 11.145 | 35.131 | -23.985 |
PB | 4.307 | 505 | 1.463 | -958 |
PM | 94.270 | 4.531 | 46.518 | -41.987 |
EDESUR S.A.
Distribuidora | Energía Total facturada período actual (en MWh) (*) | Ahorro (en MWh) | Consumo en exceso (por sobre pauta del 90% del período base) en MWh) (**) | Ahorro Neto (en MWh) |
Totales | 1.070.789 | 158.360 | 303.849 | -145.488 |
Residencial | 475.348 | 61.135 | 154.733 | -93.598 |
Generales G1 | 38.006 | 20.477 | 9.169 | 11.308 |
Generales G2 | 44.032 | 5.459 | 13.722 | -8.263 |
Generales G3 | 43.445 | 1.851 | 18.047 | -16.196 |
T2 | 134.184 | 27.005 | 28.760 | -1.755 |
T3B | 146.856 | 20.058 | 34.183 | -14.125 |
T3M | 131.875 | 18.848 | 31.020 | -12.172 |
T3A | 0 | 0 | 0 |
|
PB | 4.427 | 589 | 819 | -230 |
PM | 52.615 | 2.938 | 13.394 | -10.456 |
Referencia:
(*): neta de usuarios excluidos
(**): del período base TR y TG año 2003 - T2 y T3 año 2004.