Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Resolución 90/2012

Apruébanse el Documento Ejecutivo y los Formularios que regirán la presentación de Proyectos de Desarrollo Empresarial en el marco del Programa de Acceso al Crédito y Competitividad. Derógase la Resolución Nº 311/11.

Bs. As., 24/5/2012

Ver Antecedentes Normativos.

VISTO el Expediente N° S01:0533982/2009 del Registro del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO y el Contrato de Préstamo BID N° 1884/OC-AR suscripto con el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), los Decretos Nros. 1521 de fecha 6 de noviembre de 2007, 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, las Resoluciones Nros. 148 de fecha 16 de diciembre de 2010, 173 de fecha 30 de diciembre de 2010 y 311 de fecha 2 de noviembre de 2011, todas de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y las Disposiciones Nros. 201 de fecha 12 de junio de 2008 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, 8 de fecha 25 de febrero de 2009 y 212 de fecha 9 de junio de 2009, ambas de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1521 de fecha 6 de noviembre de 2007 se aprobó el Modelo de Contrato BID N° 1884/OC-AR a ser suscripto entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), con destino al PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).

Que, por el artículo 4° del decreto citado en el considerando precedente, la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL dependiente de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION fue designada como Organismo Ejecutor del PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).

Que por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.

Que asimismo, por el citado decreto y sus modificaciones, se establecieron los objetivos para la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, asignándole competencia en todo lo relativo a las Pequeñas y Medianas Empresas, entendiendo en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, sus modificatorias y complementarias, y de las normas dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

Que también, por dicho decreto, se establecieron las competencias para la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DEL DESARROLLO REGIONAL y para la SUBSECRETARIA DE PROMOCION AL FINANCIAMIENTO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, ambas dependientes de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que mediante la Disposición N° 201 de fecha 12 de junio de 2008 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y a fin de implementar la ejecución del PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), se aprobó un modelo de Reglamento Operativo de conformidad con lo establecido en el Capítulo III. Desembolsos, Cláusula 3.02. Condiciones previas al primer desembolso, apartado a) del Contrato BID N° 1884/OC-AR, el cual fue modificado posteriormente por las Disposiciones Nros. 8 de fecha 25 de febrero de 2009 y 212 de fecha 9 de junio de 2009 ambas de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y por la Resolución N° 148 de fecha 16 de diciembre de 2010 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que conforme con lo expuesto y las modificaciones introducidas por los Decretos Nros. 919 de fecha 28 de junio de 2010 y 964 de fecha 1 de julio de 2010 el Organismo Ejecutor del PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME) se encuentra a cargo de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

Que el Reglamento Operativo del Programa establece las pautas y procedimientos centrales a ser observados por las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas interesadas en participar del Programa.

Que a fin de optimizar dicho procedimiento, se dictaron diversas normativas por medio de las cuales se aprobaron los Documentos Ejecutivos para el Subcomponente 1.3 Apoyo a la Actividad Emprendedora en el marco del Programa citado anteriormente.

Que la Resolución N° 173 de fecha 30 de diciembre de 2010 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA modificó dicho Documento Ejecutivo.

Que en busca de la mejora continua en las actividades que se llevaron a cabo mediante el PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), se dictó la Resolución N° 311 de fecha 2 de noviembre de 2011 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, que derogó la mencionada Resolución N° 173/10 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA y aprobó el Documento Ejecutivo que hoy rige para la presentación y ejecución de proyectos para el Subcomponente 1.3 Apoyo a la Actividad Emprendedora.

Que, producto de la experiencia y de los resultados obtenidos a la fecha, el área sustantiva entiende que resulta conveniente introducir modificaciones al Documento Ejecutivo Subcomponente 1.3 Apoyo a la Actividad Emprendedora, a fin de optimizar al máximo los mecanismos de acceso de las empresas al PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).

Que por ello, es necesario aprobar un nuevo Documento Ejecutivo Subcomponente 1.3 Apoyo a la Actividad Emprendedora y, en consecuencia, dejar sin efecto el documento vigente hasta la fecha de la presente medida.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se adopta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 357/02 y sus modificaciones y el artículo 4° del Decreto N° 1521/07.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
RESUELVE:

Artículo 1° — Derógase la Resolución N° 311 de fecha 2 de noviembre 2011 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Art. 2° — Apruébase el nuevo Documento Ejecutivo que regirá la presentación y ejecución de Proyectos en el marco del PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME) de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, para el Subcomponente 1.3 Apoyo a la Actividad Emprendedora que, como Anexo I, con TREINTA Y NUEVE (39) hojas, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3° — Apruébanse el Modelo de Primer Testimonio de Escritura Pública para Personas Físicas y/o Sociedades de Hecho y el Modelo de Primer Testimonio de Escritura Pública para Empresa/s Solicitante/s y Unidad/es Capacitadora/s (Persona/s Jurídica/s) que, como Anexo II, con CINCO (5) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 4° — Apruébase el Modelo de Certificación Contable para la Solicitud de Desembolso de Aportes No Reembolsables/Rendición de cuentas que, como Anexo III, con TRES (3) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 5° — Apruébase el Modelo de Certificación Contable para la Solicitud de Desembolso de Aportes No Reembolsables/Detalle de Imputación de Facturas del PSAT/Adquisiciones que, como Anexo IV, con UNA (1) hoja, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 6° — Apruébase la Tabla de Calificación de Proyectos Promisorios que, como Anexo V, con CUATRO (4) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 7° — La presente medida comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Horacio G. Roura.

ANEXO I

DOCUMENTO EJECUTIVO SUBCOMPONENTE 1.3 APOYO A LA ACTIVIDAD EMPRENDEDORA

ARTICULO 1º.- OBJETO

El objetivo del PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME) de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, en su Subcomponente 1.3 de apoyo a la Actividad Emprendedora (en adelante, el PROGRAMA), es promover la creación y desarrollo de nuevas empresas, facilitando el acceso a los Emprendedores y Empresas Jóvenes (en adelante, los EMPRENDEDORES), para la realización de gastos e inversiones asociados a la puesta en marcha y desarrollo inicial de la empresa y para la contratación de servicios profesionales de asistencia técnica, mediante el anticipo y/o reintegro de hasta PESOS CIENTO DIEZ MIL ($ 110.000) en Aportes No Reembolsables (en adelante, ANR), no pudiendo superar el OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) del monto total del Proyecto Promisorio presentado y aprobado, con los límites establecidos en el presente documento.

La SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DEL DESARROLLO REGIONAL, de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, será la encargada de desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial en materia de su competencia.

ARTICULO 2º.- MODALIDAD. PERIODO DE VIGENCIA DEL LLAMADO A PRESENTACION DE PROYECTOS. APLICACION NORMATIVA

Se realizará bajo la modalidad de ventanilla abierta. Esto significa que los EMPRENDEDORES podrán presentar Proyectos Promisorios, desde la publicación del presente Documento Ejecutivo en el Boletín Oficial, y en todo momento, hasta la completa utilización de los recursos del PROGRAMA. Todos los proyectos presentados en el marco del Subcomponente 1.3 Apoyo a la Actividad Emprendedora del PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), con sujeción a la Resolución Nº 311 de fecha 2 de noviembre de 2011 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, desde la apertura del llamado estipulado en dicha resolución y hasta la entrada en vigencia de la presente resolución, se regirán por la Resolución Nº 311/11 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

(Artículo sustituido por art. 1° de la
Resolución N° 231/2012 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional B.O. 31/10/2012)

ARTICULO 3º.- EMPRENDEDORES Y EMPRESAS JOVENES ELEGIBLES.

Podrán presentar Proyectos Promisorios (en adelante PROYECTOS) los EMPRENDEDORES, personas físicas y/o jurídicas con menos de DOS (2) años de inicio de actividades y/o cuya primera venta, en caso de existir, haya sido realizada no más de DOS (2) años antes de la fecha de presentación del PROYECTO, que tengan un Plan de Negocios y que estén registrados en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Los EMPRENDEDORES deberán estar categorizados como Micro, Pequeñas o Medianas Empresas (en adelante, MiPyMEs), de conformidad con lo establecido por la Resolución Nº 24 de fecha 15 de febrero de 2001 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y sus modificatorias y complementarias.

ARTICULO 4º.- EXCLUSIONES AL REGIMEN.

No estarán habilitados a presentar PROYECTOS los EMPRENDEDORES que registren deudas fiscales y/o previsionales exigibles con la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

No se admitirán PROYECTOS de EMPRENDEDORES con mayor antigüedad comprobable, con igual o diferente razón social en la misma actividad o sector económico o continuadoras de marca.

No se admitirán PROYECTOS que no acrediten la disponibilidad de un lugar apto para el emprendimiento. Deberán presentar copia certificada de la escritura, contrato de alquiler o comodato, según corresponda, del bien inmueble donde se desarrollará el emprendimiento. Asimismo, deberán presentar las respectivas certificaciones y/o habilitaciones emitidas por las autoridades competentes de acuerdo con la normativa vigente nacional y/o provincial y/o municipal.

Sólo se admitirán PROYECTOS de los sectores cuyos códigos de actividad principal, según el Nomenclador de Actividades de la Administración Federal de Ingresos Públicos, estén incluidos en el Anexo I “Nómina de Actividades Elegibles” que forma parte y se aprueba con el presente documento.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, también se admitirán PROYECTOS de los sectores cuyos códigos de actividad principal, según el Nomenclador de Actividades de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, corresponda a servicios de consultores en informática y suministros de programas de informática, conforme la codificación 722000 de dicho Nomenclador. (Párrafo incorporado por art. 2° de la Resolución N° 231/2012 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional B.O. 31/10/2012)


ARTICULO 5°.- PRESTADORES DE SERVICIOS (en adelante, los PSAT) Y PROVEEDORES DE BIENES.

Todos los PSAT y los Proveedores de Bienes que estén involucrados en un PROYECTO, no podrán estar vinculados laboral, societaria o patrimonialmente con los EMPRENDEDORES de ese PROYECTO, ni con sus controlantes o controladas, ni ocupar cargos en la misma, en caso de corresponder.

Los PSAT deberán estar inscriptos en el directorio de Unidades Capacitadoras y Consultoras, disponible en la página web de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL y deberán estar inscriptos en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, al momento de la prestación efectiva del servicio y de la emisión de sus respectivos comprobantes (facturas, recibos). Asimismo deberán acreditar experiencia suficiente en la actividad que desarrollarán en el PROYECTO.

Los Proveedores de Bienes deberán estar inscriptos en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, al momento de la venta efectiva del bien y de la emisión de los respectivos comprobantes (facturas, recibos, remitos).

ARTICULO 6°.- PLATAFORMA INSTITUCIONAL - VENTANILLAS ESPECIALIZADAS EN APOYO AL EMPRENDEDOR.

La SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL (en adelante, SPyMEyDR) pone a disposición de los EMPRENDEDORES una red de Ventanillas Especializadas en apoyo al Emprendedor (en adelante, las VENTANILLAS) y a la actividad emprendedora, las cuales operarán como facilitadores de los EMPRENDEDORES en el proceso de difusión, formulación, ejecución y seguimiento de los PROYECTOS. En la página web de la SPyMEyDR está disponible el listado actualizado de las VENTANILLAS habilitadas.

Los EMPRENDEDORES deberán, al momento de presentar sus PROYECTOS, de acuerdo con el procedimiento explicado en este documento, seleccionar la VENTANILLA más cercana al domicilio donde se desarrollará el emprendimiento o la VENTANILLA cuya especialidad sea más afín a la actividad del mismo. En caso excepcional, cuando no hubiera una VENTANILLA en un radio de CIEN KILOMETROS (100 km) del emplazamiento productivo del EMPRENDEDOR, deberán comunicarlo al PROGRAMA a fin de que éste los autorice a efectuar las presentaciones respectivas en la Avenida Paseo Colón N° 189, 1° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, domicilio del PROGRAMA.

En caso de ser preaprobado el PROYECTO por parte del PROGRAMA, el EMPRENDEDOR deberá presentar la documentación solicitada ante la VENTANILLA seleccionada.

Los EMPRENDEDORES podrán reemplazar la VENTANILLA originalmente seleccionada, comunicando al PROGRAMA los motivos de la modificación y la nueva VENTANILLA propuesta.

Asimismo, las VENTANILLAS podrán rechazar los PROYECTOS en los cuales hayan sido seleccionadas, comunicando al PROGRAMA los motivos del mismo. En este caso, el PROGRAMA, le comunicará al EMPRENDEDOR para que seleccione una nueva VENTANILLA.

ARTICULO 7°.- RESPONSABILIDAD SOBRE LOS PROYECTOS.

a) Los EMPRENDEDORES que presenten PROYECTOS son responsables de:

i- La veracidad de toda la información consignada, sus características económicas, societarias, contables y fiscales.

ii- La validez y autenticidad de toda la documentación presentada.

iii- Ejecutar todas las actividades incluidas en el PROYECTO, con la diligencia necesaria de un buen hombre de negocios, a los fines de obtener los resultados previstos en el mismo.

iv- Cumplimentar los requerimientos formulados por el PROGRAMA de acuerdo con lo que se establece en este reglamento.

v- Garantizar las condiciones de salud, higiene y seguridad, conforme la legislación vigente, tanto en las instalaciones como en las actividades relacionadas con la gestión del PROYECTO.

vi- Llevar a cabo todas las acciones necesarias para que los proveedores de bienes cumplan con sus obligaciones en tiempo y forma según lo estipulado en el PROYECTO.

vii- Ejercer los controles necesarios para que los PSAT lleven adelante la ejecución de las actividades pautadas, atender a su cumplimiento en lo relacionado con la función técnico-profesional, en un todo de conformidad con el PROYECTO aprobado.

b) Las VENTANILLAS son responsables de:

i- Brindar información y asesoramiento a los EMPRENDEDORES sobre los instrumentos del Programa.

ii- Recibir y remitir al Programa proyectos y/u otra documentación que presenten los EMPRENDEDORES.

iii- Controlar los proyectos y solicitudes de desembolso en cuanto a aspectos formales e información complementaria requerida; con capacidad de rechazar proyectos por cuestiones formales.

iv- Verificar la validez y autenticidad de toda la documentación presentada por los EMPRENDEDORES.

v- Verificar que la documentación presentada por los EMPRENDEDORES se ajuste a los requerimientos formales del Programa.

vi- Efectuar el seguimiento y gestión de todos los proyectos presentados, en todas las etapas del proceso.

ARTICULO 8°.- PROYECTOS PROMISORIOS ELEGIBLES - CRITERIOS DE EVALUACION.

Un PROYECTO, a los efectos del presente PROGRAMA, comprende los datos del EMPRENDEDOR, sus antecedentes y objetivos, una descripción de la actividad económica que desarrolla o desarrollará en el futuro y un detalle de inversiones, gastos y contrataciones que se realizarán a fin de lograr la puesta en marcha o desarrollo de la nueva empresa.

El PROYECTO podrá incluir una o más actividades. Cada actividad puede incluir la compra de bienes y/o la contratación de servicios profesionales necesarios para la creación, puesta en marcha o el desarrollo de la empresa, de acuerdo con lo estipulado en el presente documento.

ARTICULO 9°.- ACTIVIDADES ELEGIBLES.

El PROYECTO podrá incluir un máximo de hasta SEIS (6) actividades, incluyendo la formulación del PROYECTO. Cada actividad se detallará en el formulario del PROYECTO a nivel de tareas y de adquisiciones y/o inversiones.

Las actividades de asistencia técnica podrán incluir hasta CINCO (5) tareas. Cada una describirá la metodología, el PSAT, el contenido, el costo y el producto verificable que servirá como demostración de la realización de dicha tarea y actividad.

Serán elegibles las siguientes actividades: a) Formulación de Proyecto; b) Servicios tecnológicos dirigidos a diseñar o rediseñar los procesos de gestión, productivos, operativos, administrativos y/o comerciales; c) Servicios de consultoría para la realización de las actividades orientadas a lanzar o consolidar el emprendimiento d) Gastos e inversiones asociados a los objetivos del Proyectos, tales como adquisición de maquinaria, herramientas, insumos, equipos, mobiliario, participación en ferias, diseño y armado de stands, folletería impresa, magnética o virtual con el fin de dar a conocer la empresa. La presente actividad podrá incluir la cantidad de tareas necesarias conforme el plan de inversión estipulado en el PROYECTO.

El PROGRAMA podrá solicitar al EMPRENDEDOR la incorporación de una actividad adicional, la Certificación Técnica de Viabilidad en el PROYECTO presentado. Las entidades para extender dicha certificación serán las establecidas por el PROGRAMA o las sugeridas por el EMPRENDEDOR, con previa aprobación del PROGRAMA.

ARTICULO 10.- MONTOS Y PORCENTAJES DE REINTEGRO.

El PROGRAMA podrá anticipar y/o reintegrar las actividades, gastos y adquisiciones de conformidad con los montos, porcentajes de reintegro, máximos y mínimos establecidos en el presente documento.

Los EMPRENDEDORES deberán aportar, como mínimo, el QUINCE POR CIENTO (15%) del monto total del PROYECTO aprobado por cada actividad ejecutada, pudiendo hacerlo en especies o en efectivo.

El PROGRAMA reconocerá como máximo los siguientes montos y porcentajes para cada tipo de actividad o gasto:

Actividad % de Financiación del Programa Máximos/Mínimos
Aportes No Reembolsables para Proyectos Promisorios 85% $ 110.000,00
Formulación y Acompañamiento del PP 100% $ 3.000, no computables dentro del ANR- PP aprobado, pagado 50% con la primera rendición y 50% a la finalización del PP
Gastos de Certificaciones y Legalizaciones Contables y Jurídicas 100% $ 1.000,00

Un EMPRENDEDOR podrá presentar hasta DOS (2) PROYECTOS mientras mantenga su calidad de tal, conforme requisitos del Artículo 3º del presente Documento Ejecutivo. Para que ello ocurra y previa evaluación del PROGRAMA, ninguno de los PROYECTOS podrán superar la suma de PESOS CIENTO DIEZ MIL ($ 110.000) de ANR y como máximo la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTE MIL ($ 220.000) por EMPRENDEDOR; además, sólo podrá ser aprobado el segundo PROYECTO, una vez que se haya ejecutado y rendido, el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del ANR del primer PROYECTO aprobado, y así sucesivamente.

En el caso de adquisiciones, sólo se podrán reconocer compras de bienes provenientes de países elegibles para el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, en moneda nacional de la REPUBLICA ARGENTINA, y sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA) debiendo ser convertidos los presupuestos extendidos en moneda extranjera a moneda nacional de la REPUBLICA ARGENTINA utilizando el tipo de cambio de referencia, Comunicación ‘A’ 3500 (Mayorista) del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (BCRA), del día de expedición del presupuesto. En todos los casos, sólo se reconocerán los pagos realizados por los EMPRENDEDORES a través de transferencias interbancarias o mediante cheques de su cuenta bancaria, en moneda nacional de la REPUBLICA ARGENTINA, excluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

No se reconocerán mayores costos, ni variaciones de precios y/o variaciones del tipo de cambio, ni por incrementos de cualquier naturaleza que pudieran derivarse por cualquier causa.

(Artículo sustituido por art. 3° de la Resolución N° 231/2012 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional B.O. 31/10/2012)

ARTICULO 11.- PROCEDIMIENTO DE PRESENTACION DE PROYECTOS.

Los interesados deberán completar un resumen ejecutivo del Formulario de Presentación de Proyecto disponible en la página web de la SPyMEyDR (www.sepyme.gob.ar) en el apartado del PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y COMPETITIVIDAD, EMPRENDEDORES.

Todas las notificaciones del PROGRAMA al EMPRENDEDOR serán efectuadas a través del Sistema DNA2 y/o por vía electrónica y consideradas válidas a todos sus efectos.

Una vez completado el mismo, el EMPRENDEDOR deberá enviarlo al PROGRAMA para su evaluación. El PROGRAMA le comunicará por vía electrónica al EMPRENDEDOR la elegibilidad técnica inicial o el rechazo.

Una vez comunicada la viabilidad inicial, el EMPRENDEDOR deberá completar el resto del formulario dentro de los DIEZ (10) días hábiles. En el mismo deberá incluir una descripción de las necesidades y objetivos del emprendimiento, las actividades y gastos e inversiones propuestas y los productos verificables con los que comprobará la realización de los mismos.

Completado el mismo, deberá remitirse nuevamente al PROGRAMA para su evaluación, quien comunicará su preaprobación técnica, el rechazo o requerimiento/observación técnica del PROYECTO.

Las respuestas a los requerimientos mencionados deberán presentarse dentro de los QUINCE (15) días hábiles de recibida la comunicación electrónica de la observación técnica.

El PROGRAMA podrá solicitar al EMPRENDEDOR una entrevista (ya sea presencial o virtual) a los fines de profundizar los contenidos del PROYECTO y/o una Certificación de Viabilidad emitido por las Instituciones aprobadas por el PROGRAMA a tales efectos y cuya nómina se publicará en la página web de la SPyMEyDR.

Si el PROYECTO fuera preaprobado técnicamente, el PROGRAMA comunicará vía electrónica las condiciones de la preaprobación. Una vez comunicada la misma y dentro de los VEINTE (20) días hábiles, el EMPRENDEDOR deberá presentar la documentación respaldatoria que se detalla en el presente documento. La no presentación de la misma en tiempo y forma, provocará que se tenga por desistido el PROYECTO, sin necesidad de intimación previa.

La última etapa de la evaluación técnica del PROYECTO PROMISORIO consistirá en una entrevista entre el EMPRENDEDOR y el evaluador del PROGRAMA o quien éste designe.

Una vez aprobado definitivamente el PROYECTO, el EMPRENDEDOR podrá solicitar los anticipos y/o reintegros de acuerdo con lo establecido en el presente Documento Ejecutivo.

ARTICULO 12.- EVALUACION DE PROYECTOS.

Los PROYECTOS PROMISORIOS serán calificados en base al Anexo II “Tabla de Calificación de Proyectos Promisorios” que forma parte y se aprueba con el presente documento. Los PROYECTOS PROMISORIOS que no alcanzaran un total de SESENTA Y CINCO (65) PUNTOS o los puntajes mínimos establecidos en el mencionado Anexo II serán rechazados.

La evaluación comprende los siguientes aspectos:

a) La experiencia y capacidades del EMPRENDEDOR o equipo de EMPRENDEDORES.

b) La calidad, consistencia y viabilidad del plan de negocios, la adquisición de bienes de capital, el grado de innovación/diferenciación del producto/servicio, la consistencia de la formulación del plan de actividades, el grado de contribución a los objetivos de la empresa y el cumplimiento de la sustentabilidad medio ambiental.

c) La elegibilidad de las actividades, montos, topes y porcentajes de acuerdo con lo establecido en el artículo 9º del presente Documento Ejecutivo.

ARTICULO 13.- CUPOS POR PROVINCIA.

(Artículo derogado por art. 4° de la Resolución N° 231/2012 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional B.O. 31/10/2012)

ARTICULO 14.- PRESENTACION DE DOCUMENTACION RESPALDATORIA.

Los EMPRENDEDORES con PROYECTOS preaprobados técnicamente por el PROGRAMA, deberán presentar la documentación que se detalla a continuación, dentro de los VEINTE (20) días hábiles de recibida la comunicación de preaprobación técnica, por intermedio de la ventanilla seleccionada. En caso excepcional, cuando no hubiera una VENTANILLA en un radio de CIEN KILOMETROS (100 km) del emplazamiento productivo del EMPRENDEDOR, podrá, previa notificación al PROGRAMA, enviar la documentación directamente a las oficinas del mismo, sitas en Avenida Paseo Colón N° 189, 1° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El EMPRENDEDOR deberá presentar la siguiente documentación:

a) Formulario de Presentación de Proyecto Promisorio (Formulario PP), firmado en todas sus hojas por el EMPRENDEDOR o el representante legal o apoderado de la Empresa Joven;

b) Declaración Jurada de adhesión a la normativa del PROGRAMA;

c) Declaración Jurada firmada por Representante legal o titular del emprendimiento con el listado de PSAT y Proveedores involucrados en el PROYECTO, declarando la no vinculación laboral, societaria y/o patrimonial;

d) Adicionalmente, deberá presentar:

En caso de una Persona física o Sociedad de Hecho:

i- Copia del D.N.I. de la primera y segunda hoja, así como también la que conste el último domicilio, certificada por Juez de Paz o Escribano Público con su firma legalizada en el Colegio de Escribanos Correspondiente.

ii- Certificación Contable: UN (1) original, emitido por Contador Público Nacional (Independiente, con su firma debidamente certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda), de acuerdo con el modelo disponible en la página web de la SPyMEyDR.

iii- Constancia de la cuenta bancaria de titularidad del EMPRENDEDOR, acreditando el nombre de la entidad bancaria, Sucursal, Tipo y Número de cuenta y Número de CBU (Clave Bancaria Uniforme).

En caso de ser una Persona Jurídica:

i- UN (1) original de la Primera Copia de la Escritura Pública, la cual deberá contener la acreditación de la existencia de la persona jurídica y de su vigencia actual, con indicación de la razón social, fecha de constitución, domicilio legal, objeto social, datos de inscripción y sus modificaciones en los registros públicos correspondientes. Asimismo deberá acreditar la personería de su/s representante/s legal/es o apoderado/s con mandato vigente.

ii- Certificación Contable: UN (1) original, emitido por Contador Público Nacional (Independiente, con su firma debidamente certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda), de acuerdo con el modelo disponible en la página web de la SPyMEyDR.

iii- Constancia de la cuenta bancaria de titularidad del EMPRENDEDOR, acreditando el nombre del entidad bancaria, Sucursal, Tipo y Número de cuenta y Número de CBU (Clave Bancaria Uniforme). La documentación no será requerida nuevamente al momento de presentar un nuevo PROYECTO, excepto que su contenido tenga modificaciones sustanciales en los parámetros certificados y/o que supere el año de la fecha de su emisión.

Los modelos de Escritura y de Certificaciones Contables están disponibles en la página web de la SPyMEyDR. El EMPRENDEDOR debe ajustarse a los indicados modelos, adecuándolo al tipo societario de que se trate.

La no presentación de documentación en tiempo y en forma podrá derivar en la desestimación del PROYECTO.

ARTICULO 15.- PRESENTACION DE DOCUMENTACION COMPLEMENTARIA.

El PROGRAMA podrá realizar requerimientos específicos en caso de considerarlo necesario y en particular en los casos que a continuación se detallan, el EMPRENDEDOR deberá presentar la siguiente documentación:

1- Si los PROYECTOS incluyeran algún tipo de adquisiciones, la empresa deberá adjuntar UN (1) presupuesto por cada bien a adquirir, con el detalle de las características y especificaciones técnicas, emitido a nombre del EMPRENDEDOR solicitante del PROYECTO. El presupuesto original debe ser firmado por su emisor.

2- En caso que el PROYECTO incluya una adquisición de bien de capital para ser utilizado como contrapartida en especie, deberá presentar:

a) En caso de proponer un bien ya adquirido como contraparte en especie, deberá adjuntar la factura de compra del bien que no supere los SEIS (6) meses de la fecha de presentación del PROYECTO.

b) En caso de proponer un bien a adquirir deberá adjuntar un presupuesto actualizado por cada bien a adquirir, con el detalle de las características y especificaciones técnicas, emitido a nombre del EMPRENDEDOR, firmado en el original por la firma emisora.

3- En caso de Prestaciones de Servicios Profesionales, adjuntar un presupuesto con la propuesta de servicios, que contenga metodología, alcance, contenido y resultados esperados emitido por la entidad que realizará las tareas mencionadas a nombre del EMPRENDEDOR, firmado en original por la firma emisora.

4- Deberá presentar el Cronograma de Ejecución de Actividades.

ARTICULO 16.- EJECUCION DE PROYECTOS.

A partir de la presentación de la documentación de PROYECTOS preaprobados, el PROGRAMA realizará la evaluación de la misma, la cual puede resultar aprobada, observada o rechazada.

Si el PROYECTO resultase aprobado definitivamente, el PROGRAMA notificará los términos de la aprobación al EMPRENDEDOR por medio fehaciente, quien podrá comenzar a ejecutar una vez notificado y de acuerdo con lo establecido en el presente Documento Ejecutivo.

En caso de resultar observado, el PROGRAMA comunicará en forma electrónica los requerimientos formales que deberán ser subsanados en el término de DIEZ (10) días hábiles de recibida la notificación.

Los PROYECTOS deben ser ejecutados dentro de un plazo máximo de DOCE (12) meses desde la aprobación del PROYECTO. El mencionado plazo sólo podrá ser prorrogado a solicitud y fundamento del EMPRENDEDOR y previa autorización del PROGRAMA.

ARTICULO 17.- MODIFICACIONES RELATIVAS A LA EJECUCION.

Los PROYECTOS aprobados no podrán ser modificados durante su ejecución.

En casos excepcionales, el EMPRENDEDOR podrá requerir modificaciones relativas a la ejecución, en tanto y en cuanto los cambios propuestos no alteren la esencia del PROYECTO aprobado. A tal fin el EMPRENDEDOR deberá comunicar al PROGRAMA las modificaciones a realizar, quien analizará la viabilidad de lo solicitado y comunicará —por vía de correo electrónico— su aprobación, su rechazo, o el requerimiento de adecuaciones a los cambios solicitados.

ARTICULO 18.- VERIFICACION Y AUDITORIA.

El PROGRAMA podrá, en cualquier instancia de la ejecución del PROYECTO, verificar in situ las actividades realizadas en el mismo, con el objeto de constatar el cumplimiento y ejecución de las mismas.

El EMPRENDEDOR deberá disponer de todos los medios necesarios para facilitarle al PROGRAMA o a quien éste designe, el desarrollo de las tareas de verificación y auditoría y proveerle toda la información que solicite.

ARTICULO 19.- SOLICITUDES DE DESEMBOLSOS (en adelante, SDE). ANTICIPOS Y RENDICION DE CUENTAS.

El PROGRAMA prevé que los EMPRENDEDORES puedan obtener el ANR a través de reintegros a los gastos ya realizados o bien por anticipos o por un sistema mixto de reintegros y anticipos.

Si el EMPRENDEDOR optase por el sistema de reintegros, podrá presentar rendiciones parciales al finalizar cada una de las actividades o grupos de actividades a través del Formulario de SDE, y el PROGRAMA, luego de evaluar y aprobar dicha SDE, realizará el reintegro.

O en caso de necesitarlo, el EMPRENDEDOR podrá solicitar hasta TRES (3) anticipos máximos, de hasta un TREINTA POR CIENTO (30%) del ANR total aprobado en cada uno de ellos, a través de la Solicitud de Anticipos o caución, de acuerdo con el siguiente procedimiento:

PRIMER ANTICIPO/DESEMBOLSO.

Si optase por la solicitud de anticipo, y sólo a partir de la aprobación del PROYECTO, el EMPRENDEDOR podrá solicitar el primer tramo de anticipo, presentando una solicitud de anticipo de ANR, de acuerdo con lo aprobado en el PROYECTO, no pudiendo superar el TREINTA POR CIENTO (30%) del total del ANR aprobado. Dicho importe deberá corresponder con lo declarado en el Cronograma de Actividades (excluyendo los gastos de formulación y certificación) y las actividades incluidas en el Formulario del PROYECTO. Dentro de los QUINCE (15) días hábiles de acreditados los fondos en la cuenta del EMPRENDEDOR, deberá presentar el recibo original oficial que corresponda con la situación que revista ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, firmado por el EMPRENDEDOR o el Representante legal de la Empresa Joven. SIGUIENTES DESEMBOLSOS.

Podrán presentarse las siguientes solicitudes de anticipos siempre y cuando se presente la rendición de cuentas del anticipo anterior mediante el Formulario de SDE y el PROGRAMA apruebe la misma.

Excepcionalmente, podrá solicitarse un anticipo mayor al TREINTA POR CIENTO (30%) y hasta el NOVENTA POR CIENTO (90%) del total del ANR aprobado, para lo cual, el EMPRENDEDOR deberá constituir y presentar al PROGRAMA un seguro de caución.

El saldo entre el ANR aprobado y la suma de los anticipos será reintegrado al final mínimo DIEZ POR CIENTO (10%), con todas las actividades concluidas y contra presentación y aprobación de la rendición de cuentas final. El plazo máximo para presentar la solicitud de reintegro final es de QUINCE (15) días hábiles de finalizada la última actividad.

Las rendiciones de cuentas deberán presentarse mediante el Formulario de SDE ante la VENTANILLA seleccionada en el PROYECTO acompañando los comprobantes de los gastos e inversiones realizados y los Productos Verificables de las actividades realizadas.

ARTICULO 20.- DOCUMENTACION A PRESENTAR EN LA RENDICION DE GASTOS.

La documentación a presentar en las SDE será la siguiente:

i) Certificación contable para SDE en original, certificada por Contador Público Nacional (Independiente, con su firma debidamente certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda), de acuerdo con el modelo con su respectivo Anexo, que se presenta en el Anexo VIII de la Resolución N° 148 de fecha 1 de junio de 2011 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

ii) Copias de las facturas, remitos y recibos rendidos en la SDE.

iii) El producto verificable en una carpeta identificada, con una carátula para cada Actividad.

El mismo deberá estar íntegramente numerado de forma consecutiva, en el margen superior derecho de cada una de las páginas. La no presentación de éste, atendiendo las formalidades descritas, podrá generar la observación y/o rechazo del Producto Verificable.

ARTICULO 21.- EVALUACION DE LAS SDE.

Si la documentación presentada no se ajustara a lo establecido en el presente Documento Ejecutivo o los productos verificables no fueran aceptables, el PROGRAMA podrá requerir lo que corresponda, dando al EMPRENDEDOR, un plazo de QUINCE (15) días hábiles para cumplimentarlo. Ante la falta de respuesta o su presentación extemporánea o incompleta, el PROGRAMA podrá: i) rechazar parcialmente la SDE, reembolsando únicamente aquellas tareas que cumplieran con la normativa aplicable, y perdiendo el EMPRENDEDOR todo derecho a percibir los ANR estipulados en las tareas restantes; o ii) rechazar totalmente la SDE, perdiendo el EMPRENDEDOR todo derecho a percibir los ANR estipulados en la Actividad cuestionada; o iii) rechazar totalmente la SDE y dar de baja el PROYECTO, perdiendo el EMPRENDEDOR todo derecho a percibir los ANR estipulados en el PROYECTO aprobado, pudiendo exigirse el reembolso de los ANR anticipados.

ARTICULO 22.- DESEMBOLSO DE LOS ANR.

En caso de aprobar la SDE recibida, se abonará mediante transferencia de fondos a la cuenta bancaria informada por el EMPRENDEDOR o la empresa, los fondos del ANR correspondiente.

ARTICULO 23.- INCUMPLIMIENTOS.

En caso de verificarse algún incumplimiento, el PROGRAMA podrá disponer la pérdida parcial o total del beneficio.

En particular los siguientes incumplimientos ameritarán descuentos:

a) Reticencia en brindar al auditor información y/o falta de exhibición de documentación.

b) Inejecución verificada de la actividad, excepto que se trate de una reprogramación comunicada con antelación y debidamente aprobada por el PROGRAMA.

c) La actividad en ejecución difiere sustancialmente de la informada/rendida.

d) El EMPRENDEDOR se niega a firmar el Acta de Auditoría.

e) Difiere el PSAT incluido en la SDE respecto del aprobado en el PROYECTO y no conste la solicitud y aprobación del mencionado cambio.

Las sanciones que impliquen la pérdida parcial y/o total del beneficio asignado y cuya/s rendición/es o solicitud/es de reintegro no hayan sido aprobada/s o se encontrare pendiente de presentación por el EMPRENDEDOR a la fecha de imposición de la sanción, serán comunicadas por el PROGRAMA por medio de Carta Documento.

En todos los casos en que se determine la pérdida total del beneficio asignado en un PROYECTO o actividad; podrá excluirse a los PSAT y/o al EMPRENDEDOR de volver a participar en el PROGRAMA.

Los PSAT excluidos que participen en otro/s PROYECTO/s deberán ser reemplazados en los mismos inmediatamente.

Si el emprendedor incumpliese en la presentación de la rendición del anticipo otorgado por el PROGRAMA, y el mismo hubiera presentado un seguro de caución según lo estipulado en el artículo 19 del presente Documento Ejecutivo, el PROGRAMA podrá proceder a ejecutar el mencionado seguro.

ARTICULO 24.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES.

La SPyMEyDR no será responsable por los daños y/o perjuicios que tengan su causa o se deriven de la intervención de las VENTANILLAS en el marco del PROGRAMA.

Todos los actos que deba realizar el EMPRENDEDOR, por sí o por apoderado, para llevar adelante las acciones comprometidas en el PROYECTO, serán realizados en su nombre y por cuenta y riesgo, sin que pueda actuar en ningún caso en representación o por mandato de la SPyMEyDR. y/o ESTADO NACIONAL. En virtud de ello, el EMPRENDEDOR, asume en forma única y exclusiva la total responsabilidad sobre las acciones que realice y obligaciones que contraiga con motivo de la contratación de personas, locación de servicios, bienes y/o obras, adquisiciones, y/o cualquier otra, sin excepción alguna, vinculadas directa o indirectamente con las acciones comprometidas en el PROYECTO. El EMPRENDEDOR, indemnizará, defenderá y mantendrá indemne por cuenta propia a la SPyMEyDR y/o al ESTADO NACIONAL de y contra toda acción judicial, reclamación, demanda y responsabilidad de cualquier índole, lo que incluye reclamaciones y responsabilidades relacionadas con las leyes laborales vigentes.

La presentación, recepción y evaluación del PROYECTO no generan de por sí derecho alguno a favor del EMPRENDEDOR.

La presentación del PROYECTO importa la adhesión por parte del EMPRENDEDOR al presente Documento Ejecutivo y a la normativa vigente del PROGRAMA.

ARTICULO 25.- MARCO LEGAL/NORMATIVO.

El marco legal está compuesto por el Contrato de Préstamo BID Nº 1884/OC-AR, el Reglamento Operativo del Programa (en adelante ROP) aprobado por la Disposición Nº 8 de fecha 25 de febrero de 2009 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL dependiente de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y sus modificatorias, la presente medida y demás normas que resultan de aplicación.

Nómina de Actividades Elegibles


Producción y procesamiento de carne, pescado, frutas, legumbres, hortalizas, aceites y grasas
151111 Matanza de ganado bovino
151112 Procesamiento de carne de ganado bovino

(Incluye los mataderos y frigoríficos que sacrifican principalmente ganado bovino)
151113 Saladero y peladero de cueros de ganado bovino
151120 Matanza y procesamiento de carne de aves
151130 Elaboración de fiambres y embutidos
151140 Matanza de ganado excepto el bovino y procesamiento de su carne

(Incluye ganado ovino, porcino, equino, búfalo, etc.)
151191 Fabricación de aceites y grasas de origen animal
151199 Matanza de animales n.c.p. y procesamiento de su carne; elaboración de subproductos cárnicos n.c.p.
151201 Elaboración de pescados de mar, crustáceos y productos marinos n.c.p.
151202 Elaboración de pescados de ríos y lagunas y otros productos fluviales y lacustres
151203 Fabricación de aceites, grasas, harinas y productos a base de pescados n.c.p.
151310 Preparación de conservas de frutas, hortalizas y legumbres
151320 Elaboración de jugos naturales y sus concentrados, de frutas, hortalizas y legumbres
151330 Elaboración y envasado de dulces, mermeladas y jaleas
151340 Elaboración de frutas, hortalizas y legumbres congeladas
151390 Elaboración de frutas, hortalizas y legumbres deshidratadas o desecadas; preparación n.c.p. de frutas, hortalizas y legumbres (Incluye la elaboración de harina y escamas de papa, sémola de hortalizas y legumbres, frutas, hortalizas y legumbres deshidratadas, etc.)
151410 Elaboración de aceites y grasas vegetales sin refinar y sus subproductos; elaboración de aceite virgen
151420 Elaboración de aceites y grasas vegetales refinadas (No incluye aceite de maíz)
151430 Elaboración de margarinas y grasas vegetales comestibles similares

Elaboración de productos lácteos
152010 Elaboración de leches y productos lácteos deshidratados

(Incluye la estandarización, homogeneización, pasteurización y esterilización de leche, la elaboración de leches chocolatadas y otras leches saborizadas, leches condensadas, leche en polvo, dulce de leche, etc.)
152020 Elaboración de quesos (Incluye la producción de suero)
152030 Elaboración industrial de helados (No incluye las heladerías artesanales)
152090 Elaboración de productos lácteos n.c.p.

(Incluye la producción de caseínas, caseinatos lácteos, cremas, manteca, postres, etc.)

Elaboración de productos de molinería, almidones y productos derivados del almidón y de alimentos preparados para animales
153110 Molienda de trigo
153120 Preparación de arroz
153131 Elaboración de alimentos a base de cereales
153139 Preparación y molienda de legumbres y cereales n.c.p. (excepto trigo)
153200 Elaboración de almidones y productos derivados del almidón

(Incluye la elaboración de glucosa, gluten, aceites de maíz)
153300 Elaboración de alimentos preparados para animales

Elaboración de productos alimenticios n.c.p.
154110 Elaboración de galletitas y bizcochos
154120 Elaboración industrial de productos de panadería, excluido galletitas y bizcochos (Incluye la elaboración en establecimientos con más de 10 ocupados)
154191 Elaboración de masas y productos de pastelería
154199 Elaboración de productos de panadería n.c.p.

(Incluye la elaboración de churros, prepizzas, masas fritas, de hojaldre, etc. en establecimientos de hasta 10 ocupados)
154200 Elaboración de azúcar
154301 Elaboración de cacao, chocolate y productos a base de cacao
154309 Elaboración de productos de confitería n.c.p.

(Incluye caramelos, frutas confitadas, pastillas, gomas de mascar, etc.)
154410 Elaboración de pastas alimentarias frescas
154420 Elaboración de pastas alimentarias secas
154911 Tostado, torrado y molienda de café
154912 Elaboración y molienda de hierbas aromáticas y especias
154920 Preparación de hojas de té
154930 Elaboración de yerba mate
154991 Elaboración de extractos, jarabes y concentrados
154992 Elaboración de vinagres
154999 Elaboración de productos alimenticios n.c.p.

(Incluye la elaboración de polvos para preparar postres y gelatinas, levadura, productos para copetín, sopas y concentrados, sal de mesa, mayonesa, mostaza, etc.)

Elaboración de bebidas
155110 Destilación de alcohol etílico
155120 Destilación, rectificación y mezcla de bebidas espiritosas
155210 Elaboración de vinos

(Incluye el fraccionamiento)
155290 Elaboración de sidra y otras bebidas alcohólicas fermentadas a partir de frutas
155300 Elaboración de cerveza, bebidas malteadas y de malta
155411 Embotellado de aguas naturales y minerales
155412 Fabricación de sodas
155420 Elaboración de bebidas gaseosas, excepto soda
155490 Elaboración de hielo, jugos envasados para diluir y otras bebidas no alcohólicas (Incluye los jugos para diluir o en polvo llamados “sintéticos” o de un contenido en jugos naturales inferior al 50%) Elaboración de productos de tabaco
160010 Preparación de hojas de tabaco
160091 Elaboración de cigarrillos
160099 Elaboración de productos de tabaco n.c.p.

Fabricación de hilados y tejidos, acabado de productos textiles
171111 Desmotado de algodón; preparación de fibras de algodón
171112 Preparación de fibras textiles vegetales excepto de algodón (Incluye la preparación de fibras de yute, ramio, cáñamo y lino)
171120 Preparación de fibras animales de uso textil, incluso lavado de lana
171131 Fabricación de hilados de lana y sus mezclas
171132 Fabricación de hilados de algodón y sus mezclas
171139 Fabricación de hilados textiles excepto de lana y de algodón
171141 Fabricación de tejidos (telas) planos de lana y sus mezclas
171142 Fabricación de tejidos (telas) planos de algodón y sus mezclas
171143 Fabricación de tejidos (telas) planos de fibras manufacturadas y seda
171148 Fabricación de tejidos (telas) planos de fibras textiles n.c.p.

(Incluye hilanderías y tejedurías integradas)
171149 Fabricación de productos de tejeduría n.c.p.
171200 Acabado de productos textiles

Fabricación de productos textiles n.c.p.
172101 Fabricación de frazadas, mantas, ponchos, colchas, cobertores, etc.
172102 Fabricación de ropa de cama y mantelería
172103 Fabricación de artículos de lona y sucedáneos de lona
172104 Fabricación de bolsas de materiales textiles para productos a granel
172109 Fabricación de artículos confeccionados de materiales textiles, excepto prendas de vestir n.c.p.
172200 Fabricación de tapices y alfombras
172300 Fabricación de cuerdas, cordeles, bramantes y redes
172900 Fabricación de productos textiles n.c.p.

Fabricación de tejidos de punto y artículos de punto y ganchillo
173010 Fabricación de medias
173020 Fabricación de suéteres y artículos similares de punto
173090 Fabricación de tejidos y artículos de punto n.c.p.

Confección de prendas de vestir, excepto prendas de piel
181110 Confección de ropa interior, prendas para dormir y para la playa
181120 Confección de indumentaria de trabajo, uniformes, guardapolvos y sus accesorios
181130 Confección de indumentaria para bebés y niños
181191 Confección de pilotos e impermeables
181192 Fabricación de accesorios de vestir excepto de cuero
181199 Confección de prendas de vestir n.c.p., excepto las de piel, cuero y sucedáneos, pilotos e impermeables
181201 Fabricación de accesorios de vestir de cuero
181202 Confección de prendas de vestir de cuero

Terminación y teñido de pieles; fabricación de artículos de piel
182001 Confección de prendas de vestir de piel y sucedáneos
182009 Terminación y teñido de pieles; fabricación de artículos de piel n.c.p.

Curtido y terminación de cueros; fabricación de artículos de marroquinería y talabartería
191100 Curtido y terminación de cueros
191200 Fabricación de maletas, bolsos de mano y similares, artículos de talabartería y artículos de cuero n.c.p.

Fabricación de calzado y de sus partes
192010 Fabricación de calzado de cuero, excepto el ortopédico
192020 Fabricación de calzado de tela, plástico, goma, caucho y otros materiales, excepto calzado ortopédico y de asbesto
192030 Fabricación de partes de calzado

Aserrado y cepillado de madera
201000 Aserrado y cepillado de madera

Fabricación de productos de madera, corcho, paja y materiales trenzables
202100 Fabricación de hojas de madera para enchapado; fabricación de tableros contrachapados; tableros laminados; tableros de partículas y tableros y paneles n.c.p. (Incluye la fabricación de madera terciada y machimbre)
202201 Fabricación de aberturas y estructuras de madera para la construcción
202202 Fabricación de viviendas prefabricadas de madera
202300 Fabricación de recipientes de madera
202901 Fabricación de artículos de cestería, caña y mimbre
202902 Fabricación de ataúdes
202903 Fabricación de artículos de madera en tornerías
202904 Fabricación de productos de corcho
202909 Fabricación de productos de madera n.c.p

Fabricación de papel y de productos de papel
210101 Fabricación de pulpa de madera
210102 Fabricación de papel y cartón excepto envases
210201 Fabricación de envases de papel
210202 Fabricación de envases de cartón
210910 Fabricación de artículos de papel y cartón de uso doméstico e higiénico sanitario
210990 Fabricación de artículos de papel y cartón n.c.p.

Fabricación de productos de la refinación del petróleo
232000 Fabricación de productos de la refinación del petróleo

Fabricación de sustancias químicas básicas
241110 Fabricación de gases comprimidos y licuados
241120 Fabricación de curtientes naturales y sintéticos
241130 Fabricación de materias colorantes básicas, excepto pigmentos preparados
241180 Fabricación de materias químicas inorgánicas básicas n.c.p.
241190 Fabricación de materias químicas orgánicas básicas n.c.p.

(Incluye la fabricación de alcoholes excepto el etílico, sustancias químicas para la elaboración de sustancias plásticas, etc.)
241200 Fabricación de abonos y compuestos de nitrógeno
241301 Fabricación de resinas y cauchos sintéticos
241309 Fabricación de materias plásticas en formas primarias n.c.p. Fabricación de productos químicos n.c.p.
242100 Fabricación de plaguicidas y productos químicos de uso agropecuario
242200 Fabricación de pinturas; barnices y productos de revestimiento similares; tintas de imprenta y masillas
242310 Fabricación de medicamentos de uso humano y productos farmacéuticos
242320 Fabricación de medicamentos de uso veterinario
242390 Fabricación de productos de laboratorio, sustancias químicas medicinales y productos botánicos n.c.p.
242411 Fabricación de preparados para limpieza, pulido y saneamiento
242412 Fabricación de jabones y detergentes
242490 Fabricación de cosméticos, perfumes y productos de higiene y tocador
242901 Fabricación de tintas
242902 Fabricación de explosivos, municiones y productos de pirotecnia
242903 Fabricación de colas, adhesivos, aprestos y cementos excepto los odontológicos obtenidos de sustancias minerales y vegetales
242909 Fabricación de productos químicos n.c.p.

(Incluye la producción de aceites esenciales, etc.)

Fabricación de fibras manufacturadas
243000 Fabricación de fibras manufacturadas

Fabricación de productos de caucho
251110 Fabricación de cubiertas y cámaras
251120 Recauchutado y renovación de cubiertas
251901 Fabricación de autopartes de caucho excepto cámaras y cubiertas
251909 Fabricación de productos de caucho n.c.p.

Fabricación de productos de plástico
252010 Fabricación de envases plásticos
252090 Fabricación de productos plásticos en formas básicas y artículos de plástico n.c.p., excepto muebles

Fabricación de vidrio y productos de vidrio
261010 Fabricación de envases de vidrio
261020 Fabricación y elaboración de vidrio plano
261091 Fabricación de espejos y vitrales
261099 Fabricación de productos de vidrio n.c.p.

Fabricación de productos minerales no metálicos n.c.p.
269110 Fabricación de artículos sanitarios de cerámica
269191 Fabricación de objetos cerámicos para uso industrial y de laboratorio
269192 Fabricación de objetos cerámicos para uso doméstico excepto artefactos sanitarios
269193 Fabricación de objetos cerámicos excepto revestimientos de pisos y paredes n.c.p.
269200 Fabricación de productos de cerámica refractaria
269301 Fabricación de ladrillos
269302 Fabricación de revestimientos cerámicos
269309 Fabricación de productos de arcilla y cerámica no refractaria para uso estructural n.c.p.
269410 Elaboración de cemento
269421 Elaboración de yeso
269422 Elaboración de cal
269510 Fabricación de mosaicos
269591 Fabricación de artículos de cemento y fibrocemento
269592 Fabricación de premoldeadas para la construcción
269600 Corte, tallado y acabado de la piedra

(Incluye mármoles y granitos, etc.)
269910 Elaboración primaria n.c.p. de minerales no metálicos
269990 Fabricación de productos minerales no metálicos n.c.p.

Industrias básicas de hierro y acero
271001 Fundición en altos hornos y acerías. Producción de lingotes, planchas o barras
271002 Laminación y estirado
271009 Fabricación en industrias básicas de productos de hierro y acero n.c.p.

Fabricación de productos primarios de metales preciosos y metales no ferrosos
272010 Elaboración de aluminio primario y semielaborados de aluminio
272090 Producción de metales no ferrosos n.c.p. y sus semielaborados

Fundición de metales
273100 Fundición de hierro y acero
273200 Fundición de metales no ferrosos

Fabricación de productos metálicos para uso estructural, tanques, depósitos y generadores de vapor
281101 Fabricación de carpintería metálica
281102 Fabricación de estructuras metálicas para la construcción
281200 Fabricación de tanques, depósitos y recipientes de metal
281300 Fabricación de generadores de vapor

Fabricación de productos elaborados de metal n.c.p.; servicios de trabajo de metales
289100 Forjado, prensado, estampado y laminado de metales; pulvimetalurgia
289200 Tratamiento y revestimiento de metales; obras de ingeniería mecánica en general realizadas a cambio de una retribución o por contrata
289301 Fabricación de herramientas manuales y sus accesorios
289302 Fabricación de artículos de cuchillería y utensillos de mesa y de cocina
289309 Fabricación de cerraduras, herrajes y artículos de ferretería n.c.p.

(No incluye clavos, productos de bulonería, vajilla de mesa y de cocina, etc.)
289910 Fabricación de envases metálicos
289991 Fabricación de tejidos de alambre
289992 Fabricación de cajas de seguridad
289993 Fabricación de productos metálicos de tornería y/o matricería
289999 Fabricación de productos metálicos n.c.p.

(Incluye clavos, productos de bulonería, vajilla de mesa y de cocina, etc.)

Fabricación de maquinaria de uso general
291100 Fabricación de motores y turbinas, excepto motores para aeronaves, vehículos automotores y motocicletas
291200 Fabricación de bombas; compresores; grifos y válvulas
291300 Fabricación de cojinetes; engranajes; trenes de engranaje y piezas de transmisión
291400 Fabricación de hornos; hogares y quemadores
291500 Fabricación de equipo de elevación y manipulación

(Incluye la fabricación de ascensores, escaleras mecánicas, montacargas, etc.)
291900 Fabricación de maquinaria de uso general n.c.p.

Fabricación de maquinaria de uso especial
292110 Fabricación de tractores
292190 Fabricación de maquinaria agropecuaria y forestal, excepto tractores
292200 Fabricación de máquinas herramienta
292300 Fabricación de maquinaria metalúrgica
292400 Fabricación de maquinaria para la explotación de minas y canteras y para obras de construcción

(Incluye la fabricación de máquinas y equipos viales)
292500 Fabricación de maquinaria para la elaboración de alimentos, bebidas y tabaco
292600 Fabricación de maquinaria para la elaboración de productos textiles, prendas de vestir y cueros
292700 Fabricación de armas y municiones
292901 Fabricación de maquinaria para la industria del papel y las artes gráficas
292909 Fabricación de maquinaria de uso especial n.c.p.

Fabricación de aparatos de uso doméstico n.c.p.
293010 Fabricación de cocinas, calefones, estufas y calefactores de uso doméstico no eléctricos
293020 Fabricación de heladeras, “freezers”, lavarropas y secarropas
293091 Fabricación de máquinas de coser y tejer
293092 Fabricación de ventiladores, extractores y acondicionadores de aire, aspiradoras y similares
293093 Fabricación de enceradoras, pulidoras, batidoras, licuadoras y similares
293094 Fabricación de planchas, calefactores, hornos eléctricos, tostadoras y otros aparatos generadores de calor
293095 Fabricación de artefactos para iluminación excepto los eléctricos
293099 Fabricación de aparatos y accesorios eléctricos n.c.p.

Fabricación de maquinaria de oficina, contabilidad e informática
300000 Fabricación de maquinaria de oficina, contabilidad e informática

Fabricación de motores, generadores y transformadores eléctricos
311000 Fabricación de motores, generadores y transformadores eléctricos

Fabricación de aparatos de distribución y control de la energía eléctrica
312000 Fabricación de aparatos de distribución y control de la energía eléctrica

Fabricación de hilos y cables aislados
313000 Fabricación de hilos y cables aislados

Fabricación de acumuladores y de pilas y baterías primarias
314000 Fabricación de acumuladores y de pilas y baterías primarias

Fabricación de lámparas eléctricas y equipo de iluminación
315000 Fabricación de lámparas eléctricas y equipo de iluminación

(Incluye la fabricación de letreros luminosos)

Fabricación de equipo eléctrico n.c.p.
319000 Fabricación de equipo eléctrico n.c.p.

Fabricación de tubos, válvulas y otros componentes electrónicos
321000 Fabricación de tubos, válvulas y otros componentes electrónicos

Fabricación de transmisores de radio y televisión y de aparatos para telefonía y telegrafía con hilos
322000 Fabricación de transmisores de radio y televisión y de aparatos para telefonía y telegrafía con hilos

Fabricación de receptores de radio y televisión, aparatos de grabación y reproducción de sonido y video, y productos conexos
323000 Fabricación de receptores de radio y televisión, aparatos de grabación y reproducción de sonido y video, y productos conexos

Fabricación de aparatos e instrumentos médicos y de aparatos para medir, verificar, ensayar, navegar y otros fines, excepto instrumentos de óptica
331100 Fabricación de equipo médico y quirúrgico y de aparatos ortopédicos
331200 Fabricación de instrumentos y aparatos para medir, verificar, ensayar, navegar y otros fines, excepto el equipo de control de procesos industriales
331300 Fabricación de equipo de control de procesos industriales

Fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico
332001 Fabricación de aparatos y accesorios para fotografía excepto películas, placas y papeles sensibles
332002 Fabricación de lentes y otros artículos oftálmicos
332003 Fabricación de instrumentos de óptica

Fabricación de relojes
333000 Fabricación de relojes

Fabricación de vehículos automotores
341000 Fabricación de vehículos automotores

(Incluye la fabricación de motores para automotores)

Fabricación de carrocerías para vehículos automotores; fabricación de remolques y semirremolques
342000 Fabricación de carrocerías para vehículos automotores; fabricación de remolques y semirremolques

Fabricación de partes; piezas y accesorios para vehículos automotores y sus motores
343000 Fabricación de partes; piezas y accesorios para vehículos automotores y sus motores

Construcción y reparación de buques y embarcaciones n.c.p.
351100 Construcción y reparación de buques

(Incluye construcción de motores y piezas para navíos, etc.)
351200 Construcción y reparación de embarcaciones de recreo y deporte

Fabricación de locomotoras y de material rodante para ferrocarriles y tranvías
352000 Fabricación de locomotoras y de material rodante para ferrocarriles y tranvías

Fabricación y reparación de aeronaves
353000 Fabricación y reparación de aeronaves

Fabricación de equipo de transporte n.c.p.
359100 Fabricación de motocicletas
359200 Fabricación de bicicletas y de sillones de ruedas para inválidos
359900 Fabricación de equipo de transporte n.c.p.

Fabricación de muebles y colchones
361010 Fabricación de muebles y partes de muebles, principalmente de madera
361020 Fabricación de muebles y partes de muebles, principalmente de otros materiales (metal, plástico, etc.)
361030 Fabricación de somieres y colchones

Industrias manufactureras n.c.p.
369101 Fabricación de joyas y artículos conexos
369102 Fabricación de objetos de platería y artículos enchapados
369200 Fabricación de instrumentos de música
369300 Fabricación de artículos de deporte

(Incluye equipos de deporte, para gimnasios y campos de juegos, equipos de pesca y camping, etc., excepto indumentaria deportiva)
369400 Fabricación de juegos y juguetes
369910 Fabricación de lápices, lapiceras, bolígrafos, sellos y artículos similares para oficinas y artistas
369920 Fabricación de cepillos y pinceles
369991 Fabricación de fósforos
369992 Fabricación de paraguas
369999 Industrias manufactureras n.c.p.

(Incluye fabricación de cochecitos de bebé, termos, velas, pelucas, etc.)

Reciclamiento de desperdicios y desechos metálicos
371000 Reciclamiento de desperdicios y desechos metálicos

Reciclamiento de desperdicios y desechos no metálicos
372000 Reciclamiento de desperdicios y desechos no metálicos

Captación, depuración y distribución de agua
410010 Captación, depuración y distribución de agua de fuentes subterráneas
410020 Captación, depuración y distribución de agua de fuentes superficiales

ANEXO II

MODELO DE PRIMER TESTIMONIO DE ESCRITURA PUBLICA PARA PERSONAS FISICAS Y/O SOCIEDADES DE HECHO.

FOLIO Nº____.- PRIMERA COPIA.- ESCRITURA NUMERO ____________________________.
En la Ciudad de ________, a ________ días del mes de _______ del año dos mil doce, ante mí, Escribano Público Autorizante, comparece _________________, de nacionalidad ______________, nacido el ___de _____de ____, ________________(estado civil), titular del Documento Nacional de Identidad número _______________, domiciliado legalmente en la calle ________________ de ___________, (en caso de tratarse de una sociedad de hecho indicar nombre de los socios) persona capaz, de mi conocimiento, doy fe, así como de que interviene en su carácter de titular de la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) N°_____________, con domicilio fiscal en la calle ________________, y MANIFIESTA que requiere mi intervención a los fines de poder cumplimentar lo establecido por la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, solicitándome que: justifique sus datos personales, datos de su inscripción y modificaciones en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, domicilio y actividad principal.

YO, EL ESCRIBANO AUTORIZANTE EN CUMPLIMIENTO DE LO REQUERIDO HAGO CONSTAR: Que la compareciente acredita lo que me solicita que justifique, con la siguiente documentación: a) Del D.N.I. N°____________ surge que el/los compareciente/s es/son: __________________, fecha de nacimiento: __/__/____, con domicilio real en la calle_______________________________ b) De la constancia de inscripción en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS surge que la fecha de inscripción es __/__/___, que se encuentra inscripto en ____________(indicar si es monotributo o régimen general indicando en que tributos se encuentra inscripto), que su actividad principal registrada en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS es:_____________ (Si tiene actividades secundarias inscriptas indicar cuáles son__________) y que el domicilio fiscal es ________________________.

La documentación relacionada en su primera copia y original la tengo a la vista.

LEIDA Y RATIFICADA firma la requirente de conformidad por ante mí, doy fe.

_______ - Hay un sello.- Ante mí: ______________- PARA ________ expido esta Primera Copia en un Sellado de Actuación Notarial número que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.

(En caso de tratarse de una Escritura otorgada fuera de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá contener la legalización del Colegio de Escribanos correspondiente).

MODELO DE PRIMER TESTIMONIO DE ESCRITURA PUBLICA PARA EMPRESA/S SOLICITANTE/S Y UNIDAD/ES CAPACITADORA/S (PERSONA/S JURIDICA/S).

FOLIO Nº____.- PRIMERA COPIA.- ESCRITURA NUMERO ____________________________.

En la Ciudad de ________, a ________ días del mes de _______ del año dos mil doce, ante mí, Escribano Público Autorizante, comparece _________________, de nacionalidad ______________ nacido el ___de _____de ____, ________________(estado civil), titular del Documento Nacional de Identidad número _______________, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) N°______________, domiciliado legalmente en la calle ________________ de ___________, persona capaz, de mi conocimiento, doy fe, así como de que interviene en su carácter de __________________(Representante legal de acuerdo con el tipo social que corresponda y/o apoderado con facultades suficientes) de la sociedad que gira bajo la denominación de “__________________”, C.U.I.T. N° ________________, con domicilio en ____________ y sede social en la calle ________________, objeto _____________________ (designación del objeto principal únicamente), lo que se justificará más adelante, y MANIFIESTA que requiere mi intervención a los fines de poder cumplimentar lo establecido por la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, solicitándome que: justifique la existencia de la persona jurídica y de su vigencia actual, denominación o razón social, fecha de constitución, datos de su inscripción y modificaciones en el registro público correspondiente, domicilio y sede social, objeto social, acreditar la justificación de la personería de su/s representante/s legal/es con mandato vigente y la fecha en que vence su mandato.

YO, EL ESCRIBANO AUTORIZANTE EN CUMPLIMIENTO DE LO REQUERIDO HAGO CONSTAR: Que la compareciente acredita lo que me solicita que justifique, con la siguiente documentación: a) La constitución de la sociedad y su existencia legal con la escritura de constitución de la sociedad de fecha _____________, que pasó ante ______, al folio ____ del  Registro Notarial ____ a cargo de ___________, la que en su primera copia se inscribió el _____________ bajo el número _____del Libro ___ de _______ (y reformas si las hubiera). b) Que según surge de la documentación citada en el punto anterior la sociedad tiene una vigencia de ____ años contados a partir del __/__/____ (fecha que comienza a correr el plazo), por lo cual la misma se encuentra vigente.- c) Que su Objeto social es:__________________ y su domicilio legal es _____________________d) El carácter de representante legal de la misma con________________(indicar las actas de asamblea de elección de autoridades y de directorio de distribución de cargo si fuera una Sociedad Anónima o actas o instrumento correspondiente si fuera otro tipo societario), que se encuentran inscriptas en ___________. De dicha documentación surge que los representantes estatutarios de la sociedad son ______________________________ (completar lo que corresponda según el tipo de sociedad), que ejercen su mandato por el término de _____ contados a partir del día __/__/____, y hasta el día __/__/___, por lo cual se encuentra vigente.

La documentación relacionada en su primera copia y original la tengo a la vista.

LEIDA Y RATIFICADA firma la requirente de conformidad por ante mí, doy fe.

_______ - Hay un sello.- Ante mí: ______________- PARA ________ expido esta Primera Copia en un Sellado de Actuación Notarial número que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.

(En caso de tratarse de una Escritura otorgada fuera de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá contener la legalización del Colegio de Escribanos correspondiente).

ANEXO III

MODELO DE CERTIFICACION CONTABLE PARA LA SOLICITUD DE DESEMBOLSO DE APORTES NO REEMBOLSABLES/RENDICION DE CUENTAS

Señores

[Apellido y Nombre o Razón Social de la empresa Solicitante/Beneficiaria]

[C.U.I.T.]

[Domicilio real]

[Localidad]

CERTIFICACION CONTABLE - RENDICION DE CUENTAS

En mi carácter de Contador Público independiente, a su pedido y para su presentación ante el Programa de Acceso al Crédito y Competitividad para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyME) - Préstamo BID 1884/OC-AR, certifico la información detallada en el apartado siguiente:

1. INFORMACION OBJETO DE LA CERTIFICACION

Solicitud  de  Desembolso  N°  (*)  correspondiente  al  Proyecto  Promisorio  N° (*) del Subcomponente 1.3  Apoyo a la Actividad Emprendedora  del Programa de Acceso al Crédito y Competitividad para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyME) - Préstamo BID 1884/OC-AR, integrada por la documentación que a continuación se detalla:

1.- Detalle de Imputación de Facturas del/los Prestador/es de Servicio/s de Asistencia Técnica y/o Adquisiciones y Gastos, que integra la presente certificación, y consta de (*) cantidad de hojas.

2.- Copias de los remitos, facturas, recibos y todo comprobante de gasto, que respalde el monto de reembolso solicitado, de acuerdo con la normativa vigente.

3.- Original de la certificación de origen emitido por el proveedor (si correspondiere).

2. TAREA PROFESIONAL REALIZADA

La emisión de una certificación consiste únicamente en constatar determinados hechos y circunstancias con registros contables y/o documentación de respaldo. Por lo expuesto, mi tarea profesional se limitó a cotejar los comprobantes de respaldo de la Solicitud de Desembolso citada en el párrafo anterior (ítem 1) con los registros contables, según se detalla a continuación:

Tipo de Comprobante y N° Fecha Consultor/ Proveedor Actividad Importe Neto de IVA ANR Solicitado
(Factura/Recibo, etcétera)





























3. CERTIFICACION PROFESIONAL

Sobre la base de las tareas descriptas, certifico:

1) Que las facturas, remitos, recibos y todos los comprobantes citados en el cuadro precedente y detallados en el Anexo I de la presente certificación, corresponden a servicios/bienes efectivamente recibidos en el marco del PP aprobado N° (*).

2) Que el pago de los servicios y/o bienes correspondientes se efectuó por depósito/cheque/transferencia bancaria, de acuerdo con lo estipulado por las normas.

3) Que no se han efectuado pagos parciales y/o totales en efectivo.

4) Que las retenciones de impuestos nacionales y locales se han realizado y depositado en los organismos recaudadores respectivos de acuerdo con lo estipulado por las normas pertinentes. 5) Que los bienes adquiridos provienen de países elegibles para el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

6) Que la documentación respaldatoria de las operaciones (remitos, facturas, recibos y todo comprobante respaldatorio de gastos) son válidos en los términos de la normativa aplicable vigente.

7) Que la titularidad de la cuenta bancaria N° (*), C.B.U. N° (*) del BANCO (*), a la cual se transferirá el reembolso de la Solicitud de Desembolso N° xxx, corresponde a la Empresa (*)

Lugar y Fecha

Dr. (*)

Contador Público (Universidad)

C.P.C.E.C.A.B.A. T° (*) F° (*)

LEGALIZADO  POR  EL  CONSEJO   PROFESIONAL   DE   CIENCIAS   ECONOMICAS

 (Este anexo es de carácter obligatorio para las presentaciones de las rendiciones de desembolsos de Proyectos aprobados con anterioridad a la implementación del sistema de presentación y aprobación por página WEB - DNA. Los proyectos aprobados a partir de la vigencia del sistema precitado deberán presentar la impresión de la carga en el sistema de las rendiciones de desembolsos.)

ANEXO IV

MODELO  DE  CERTIFICACION CONTABLE   PARA   LA   SOLICITUD   DE   DESEMBOLSO  DE APORTES   NO  REEMBOLSABLES/DETALLE  DE    IMPUTACION     DE    FACTURAS  DEL PSAT/ADQUISICIONES

Actividad N°:

Nombre de la Actividad:

Monto total de la Actividad (en $ neto de IVA):

ANR de la Actividad:

DATOS DE FATURA N° 1

Nombre del PSAT/Proveedor:

 

Nº de UCAP : (si corresponde)

Factura (Tipo y Nº):

Fecha:

FORMA DE PAGO

Cheque Nº

Fecha de débito

Banco

Monto

Transferencia Nº

Fecha de débito

Banco emisor

Monto

 

DESCRIPCION

N° de Tarea

Denominación de la Tarea

Neto de IVA

ANR Solicitado

 

TOTAL

RETENCIONES

Concepto

Período DDJJ

Monto

 

Firma y Aclaración Representante legal de la Empresa.

Firma del Contador Certificante con la leyenda “Firmada por mí a solo efecto de su identificación”.





ANEXO V


TABLA DE CALIFICACION DE PROYECTOS PROMISORIOS

Experiencia y capacidades del emprendedor o equipo de emprendedores

Puntuación Máxima: 15 PUNTOS. Suma inferior a 10 puntos: desestima PP

7

Competencias personales del emprendedor (empresariales, técnicas, de gestión, comerciales)

Nivel de la formación académica o la capacitación relacionada con la materia específica del PP u otros antecedentes laborales en materias que proporcionen aceptables competencias generales y específicas requeridas para emprender (0 a 7)

Antecedentes profesionales del emprendedor

Experiencia empresarial suficiente en el mismo sector de actividad:

3

• Hasta 2 años: 1punto

• Más de 2 años: 2 puntos

Experiencia empresarial suficiente en un diferente sector de actividad:

• 3 años o más: 1 punto

• Ninguna experiencia empresarial: 0 puntos

Contactos del emprendedor con la industria y/o el mercado que se busca abordar

Cantidad y relevancia de los contactos alta en función de la ocupación, el vínculo y la frecuencia: 2 puntos

2

Cantidad y relevancia de los contactos baja o nula en función de la ocupación, el vínculo y la frecuencia: 0 puntos

Disponibilidad del emprendedor para dedicarse al PP

100 % de dedicación: 3 puntos

3

70 % de dedicación: 2 puntos

50 % de dedicación: 1 punto

Menos del 50% de dedicación: 0 puntos

Calidad, consistencia y viabilidad del Plan de Negocios

Puntuación Máxima: 30 PUNTOS. Suma inferior a 20 puntos: desestima PP

Mercado (tamaño del mercado; grado de competencia en el mercado objetivo; grado de sustitución del producto ofrecido; análisis de proveedores y existencia de estrategia de distribución)

1) Tamaño del mercado y segmento de clientes conocidos y suficientemente atractivos; 2) Competencia conocida y que no atenta contra la viabilidad del negocio; 3) Posibilidad/Grado de sustitución del producto o servicio que favorece la viabilidad del negocio:

13

• Si: 5 puntos

• No: 0 puntos

Conocimiento de proveedores de insumos necesarios y utilización de adecuados criterios para su análisis y selección conforme a sus necesidades: 2 puntos

Conocimiento y/o adecuación nulos: 0 punto

Existencia de una estrategia de distribución: 2 puntos

Inexistencia de una estrategia de distribución: 0 puntos

Existencia de una estrategia de precios: 2 puntos

Inexistencia de una estrategia de Precios: 0 puntos

Existencia de una estrategia de promoción: 2 puntos

Inexistencia de una estrategia de promoción acorde al proyecto: 0 puntos

Viabilidad y grado de dominio del proceso productivo

Definición de procesos adecuada y producción con viabilidad: 2 puntos

7

No define, o lo hace erróneamente y/o la producción no es viable: 0 puntos

Adecuación y viabilidad de las inversiones previstas

El financiamiento de las inversiones necesarias está claramente explicado a partir de los aportes que recibe el proyecto: 2 puntos

Las inversiones no están financiadas o se las omite en la proyección o no se revela la sustentación de las inversiones que se realizan: 0 a 1 punto

Calificación y disponibilidad de la mano de obra requerida

Plantea bien las funciones a cubrir (y/o diferencia adecuadamente roles entre socios), requiere RRHH calificados y existen en el entorno fuentes de provisión de RRHH: 3 puntos

No plantea, lo hace erróneamente o no es viable: 0 puntos

Proyecciones Económicas: posibilidad de recuperación de la inversión inicial total requerida

No completa el cuadro o lo hace erróneamente o no demuestra rentabilidad: 0 puntos. El PP es desestimado

3

Define adecuadamente la inversión requerida y ésta es recuperable en el plazo de la proyección formulada: 3 puntos

No establece inversión o lo hace erróneamente y/ o no es recuperable: 0 punto

Proyecciones Económicas: potencial de crecimiento del negocio

El incremento de las ventas estimadas es coherente con los demás aspectos del proyecto y las mismas en el año 2 superan al año 1 en 20% o más: 2 puntos

2

El incremento de las ventas estimadas no se fundamenta en el proyecto o las mismas no crecen en el año 2 el 20%: 0 puntos

Proyecciones Económicas: potencial de crecimiento de la rentabilidad

En el año 2 la rentabilidad proyectada supera el 25%, su valor absoluto es atractivo a juicio del evaluador y alcanza el punto de equilibrio operativo antes de los 12 meses de operación: 3 puntos

3

En el año 2 la rentabilidad proyectada está entre el 10 y el 25% anual, su valor absoluto es atractivo a juicio del evaluador y alcanza el punto de equilibrio operativo antes de los 12 meses de operación: 2 puntos

En el año 2 la rentabilidad proyectada es inferior al 10% anual o su valor absoluto es insignificante a juicio del evaluador o con rentabilidad superior alcanza el punto de equilibrio operativo a partir de los 12 meses de operación: 0 a 1 punto

En caso de no registrar ganancias o no alcanzar el punto de equilibrio operativo dentro de los 24 meses de operación corresponderá la desestimación del PP

Evaluación de los riesgos

Los principales obstáculos/riesgos están claramente identificados y las estrategias para superarlos son consistentes y efectivas: 2 puntos

2

Identifica al menos los riesgos comerciales, tecnológicos y financieros: 1 punto

No se identifican riesgos irrazonablemente, se lo hace erróneamente o las estrategias superadoras no tienen efectos que lleven a superar los obstáculos/riesgos identificados: 0 puntos

Adquisición de bienes de capital

Puntuación Máxima: 10 PUNTOS. Suma inferior a 5 puntos: desestima PP

Adquisición de bienes de capital

Origen Nacional: 10 puntos

10

Origen importado por inexistencia en el mercado local: 10 puntos

Origen importado por elección del emprendedor: 5 puntos

No adquiere bienes de Capital: 0 puntos

Grado de innovación / diferenciación

Puntuación Máxima: 20 PUNTOS. Suma inferior a 8 puntos: desestima PP

Innovación en el producto

Existe en el mercado local un producto de similares características: 4 puntos

10

En caso de NO existir, 5 puntos más lo que represente la diferencia:

• Si está en los materiales: 2 puntos

• En el diseño: 1 punto

• En el uso: 1 punto

• En la tecnología de los insumos: 1 punto

Innovación en el proceso

Ya existe el proceso productivo a implementar: 4 puntos

10

No existe el proceso productivo propuesto: 5 puntos

Mejora la rentabilidad en términos de menores costos de producción: 2 puntos

Mejora la sustentabilidad medioambiental: 2 punto

La innovación es sustentable en el tiempo y no meramente circunstancial: 1 punto

Consistencia de la formulación del Plan de Actividades y adecuación a las necesidades de la instalación de la empresa

Puntuación Máxima: 20 PUNTOS. Suma inferior a 14 puntos: desestima PP

Coherencia entre las necesidades de inicio del emprendimiento y los objetivos y resultados esperados del Plan de Actividades

Las actividades propuestas y su formulación técnica están explicitados con claridad, permiten cumplir los objetivos y resuelven las debilidades/necesidades del proyecto: 10 puntos

10

Las actividades propuestas y su formulación técnica NO están explicitados con claridad, pero permiten cumplir los objetivos y resuelven las debilidades/necesidades del proyecto: 7 puntos

Las actividades están mal definidas o son inadecuadas o inconsistentes respecto de los objetivos y necesidades/debilidades del proyecto: 0 punto

Correspondencia entre actividades propuestas, productos requeridos y valorización presupuestaria

El valor de las actividades es el de mercado y el ANR no constituye el único aporte del proyecto 10 puntos

10

El valor de las actividades es el de mercado pero el ANR constituye el único aporte del proyecto 7 puntos

Los presupuestos están mal formulados, no respetan las actividades propuestas y la valorización no concuerda con los precios de mercado o los requisitos de la normativa: 0 puntos

Cumplimiento de la sustentabilidad medio ambiental

Puntuación Máxima: 5 PUNTOS

Posible impacto ambiental del proceso productivo y conocimiento del mismo

Tiene o tendrá un impacto positivo en el medioambiente: 5 puntos

5

Impacto Neutro:3 puntos

No conoce suficientemente si existe o va a existir impacto ambiental: 3 puntos

Ignora toda información sobre el impacto ambiental de los procesos productivos o estos tienen o tendrán impactos en el medio ambiente: 0 puntos

TOTAL PUNTAJE

100


Antecedentes Normativos:

- Anexo I, Artículo 2° sustituido por art. 1° de la Resolución N° 158/2012 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional B.O. 8/8/2012. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.