Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional
MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
Resolución 91/2012
Programa de Acceso al Crédito y
Competitividad para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Apruébase el
Documento Ejecutivo. Derógase la Resolución Nº 310/11.
Bs. As., 24/5/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0520318/2008 del Registro del ex MINISTERIO
DE PRODUCCION, el Contrato de Préstamo BID Nº 1884/OC-AR suscripto con
el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), los Decretos Nros. 1521 de
fecha 6 de noviembre de 2007, 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus
modificaciones, las Resoluciones Nros. 148 de fecha 16 de diciembre de
2010 y 310 de fecha 2 de noviembre de 2011, ambas de la SECRETARIA DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, las Disposiciones Nros. 201 de fecha 12 de junio de 2008 de
la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, 8 de fecha
25 de febrero de 2009 y 212 de fecha 9 de junio de 2009 ambas de la ex
SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de
la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 1521 de fecha 6 de noviembre de 2007 se
aprobó el Modelo de Contrato BID Nº 1884/OC-AR a ser suscripto entre la
NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), con
destino al PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y COMPETITIVIDAD PARA MICRO,
PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).
Que, por el artículo 4º del decreto citado en el considerando
precedente, la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL dependiente de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION fue designada como Organismo Ejecutor del
PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y
MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).
Que por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus
modificaciones, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.
Que asimismo, por el citado decreto y sus modificaciones, se
establecieron los objetivos para la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, asignándole
competencia en todo lo relativo a las Pequeñas y Medianas Empresas,
entendiendo en la aplicación de las normas correspondientes a los
Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, sus modificatorias y
complementarias, y de las normas dictadas en consecuencia, en su
carácter de Autoridad de Aplicación.
Que también por dicho decreto, se establecieron las competencias para
la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Y DEL DESARROLLO REGIONAL y para la SUBSECRETARIA DE PROMOCION AL
FINANCIAMIENTO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, ambas dependientes de
la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Que mediante la Disposición Nº 201 de fecha 12 de junio de 2008 de la
ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y a fin de
implementar la ejecución del PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y
COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), se
aprobó un modelo de Reglamento Operativo de conformidad con lo
establecido en el Capítulo III. Desembolsos, Cláusula 3.02. Condiciones
previas al primer desembolso, apartado a) del Contrato BID Nº
1884/OC-AR, el cual fue modificado posteriormente por las Disposiciones
Nros. 8 de fecha 25 de febrero de 2009 y 212 de fecha 9 de junio de
2009 ambas de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y por la
Resolución Nº 148 de fecha 16 de diciembre de 2010 de la SECRETARIA DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE
INDUSTRIA.
Que el Reglamento Operativo del Programa establece las pautas y
procedimientos centrales a ser observados por las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas interesadas en participar del Programa.
Que a fin de optimizar dicho procedimiento, se dictaron diversas
normativas por medio de las cuales se aprobaron los Documentos
Ejecutivos para el Subcomponente 1.1 Apoyo Directo a Empresas en el
marco del Programa citado anteriormente.
Que en busca de la mejora continua en las actividades que se llevan a
cabo mediante el PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y COMPETITIVIDAD PARA
MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), se dictaron las
Resoluciones Nros. 148 de fecha 16 de diciembre de 2010 y 310 de fecha
2 de noviembre de 2011, ambas de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, por medio de
las cuales se aprobaron sendos Documentos Ejecutivos para la
presentación y ejecución de proyectos del Subcomponente 1.1 Apoyo
Directo a Empresas, del citado programa.
Que producto de la experiencia y de los resultados obtenidos a la
fecha, el área sustantiva entiende que resulta conveniente introducir
modificaciones al Documento Ejecutivo - Subcomponente 1.1 Apoyo Directo
a Empresas, a fin de optimizar al máximo los mecanismos de acceso de
las empresas al PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y COMPETITIVIDAD PARA
MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).
Que por ello, es necesario aprobar un nuevo Documento Ejecutivo -
Subcomponente 1.1 Apoyo Directo a Empresas y, en consecuencia, dejar
sin efecto el documento vigente hasta la fecha de la presente medida.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la
Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que
le compete.
Que la presente medida se adopta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 4º del Decreto Nº 1521/07 y el Decreto Nº
357/02 y sus modificaciones.
Por ello,
EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
RESUELVE:
Artículo 1º — Derógase la
Resolución Nº 310 de fecha 2 de noviembre de 2011 de la SECRETARIA DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE
INDUSTRIA.
Art. 2º — Apruébase el
Documento Ejecutivo - Subcomponente 1.1 Apoyo Directo a Empresas, que
regirá la convocatoria y la presentación y ejecución de Proyectos en el
marco del PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y COMPETITIVIDAD PARA MICRO,
PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME) de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, que
como Anexo I con CINCUENTA Y OCHO (58) hojas forma parte integrante de
la presente medida.
Art. 3º — Apruébanse el Modelo
de Primer Testimonio de Escritura Pública para Personas Físicas y/o
Sociedades de Hecho y el Modelo de Primer Testimonio de Escritura
Pública para Empresa/s Solicitante/s y Unidad/es Capacitadora/s
(Persona/s Jurídica/s), que como Anexo II, con CUATRO (4) hojas, forma
parte integrante de la presente resolución.
Art. 4º — Apruébase el Modelo
de Declaración Jurada del PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y
COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME),
Subcomponente 1.1 Apoyo Directo a Empresas, que como Anexo III, con
SEIS (6) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 5º — Apruébase el Modelo
de Certificación Contable para la Presentación de Proyectos, que como
Anexo IV, con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la presente
resolución.
Art. 6º — Apruébase el Modelo
de Certificación Contable para la Solicitud de Desembolso de Aportes No
Reembolsables/Rendición de Cuentas, que como Anexo V, con TRES (3)
hojas, forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 7º — Apruébase el Modelo
de Certificación Contable para la Solicitud de Desembolso de Aportes No
Reembolsables/Detalle de Imputación de Facturas del PSAT/Adquisiciones
del PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS
Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), Subcomponente 1.1 Apoyo Directo a
Empresas, que como Anexo VI, con DOS (2) hojas, forma parte integrante
de la presente resolución.
Art. 8º — Apruébanse la
Carátula para la Presentación de Productos Verificables y la Lista de
Productos Verificables que como Anexo VII, con DOS (2) hojas, forma
parte integrante de la presente resolución.
Art. 9º — La presente medida comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 10 — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Horacio G. Roura.
ANEXO I
DOCUMENTO EJECUTIVO SUBCOMPONENTE 1.1 APOYO DIRECTO A EMPRESAS
ARTICULO 1º.- OBJETO.
El objetivo del PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y COMPETITIVIDAD PARA
MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, en
su Subcomponente 1.1 de Apoyo Directo a Empresas, (en adelante, el
PROGRAMA) es facilitar el acceso a las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas a servicios profesionales de asistencia técnica y
capacitación, reintegrando en forma parcial la implementación de
Proyectos de Desarrollo Empresarial (en adelante, el PROYECTO),
mediante la entrega de Aportes No Reembolsables (en adelante, ANR).
La SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Y DEL DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, será la
encargada de desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación
institucional, nacional y sectorial en materia de su competencia.
ARTICULO 2º.- PERIODO DE VIGENCIA DEL LLAMADO A PRESENTACION DE PROYECTOS.
Se realizará bajo la modalidad de ventanilla abierta. Esto significa
que las empresas solicitantes podrán presentar Proyectos desde la
publicación del presente Documento Ejecutivo en el Boletín Oficial y en
todo momento, hasta el último día hábil de septiembre del año 2012 o
hasta la completa utilización de los recursos del Programa, lo que
ocurra primero.
ARTICULO 3º.- EMPRESAS ELEGIBLES.
Las empresas elegibles (en adelante, las EMPRESAS) serán las Micro,
Pequeñas y Medianas (en adelante, MiPyMEs) categorizadas de conformidad
con lo establecido por la Resolución Nº 24 de fecha 15 de febrero de
2001 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex
MINISTERIO DE ECONOMIA y sus modificatorias y complementarias, y que
tengan DOS (2) años o más de actividad económica verificable en la
documentación respaldatoria.
ARTICULO 4º.- EXCLUSIONES AL REGIMEN.
No estarán habilitadas a presentar PROYECTOS las EMPRESAS que registren
deudas fiscales y/o previsionales exigibles con la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Tampoco serán elegibles las EMPRESAS pertenecientes a los sectores
cuyos códigos de actividad principal, según el Nomenclador de
Actividades Económicas de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, figuren en el Anexo I.I “Nómina de Actividades Económicas
Excluidas” que forma parte y se aprueba con el presente Documento
Ejecutivo Subcomponente 1.1 Apoyo directo a Empresas.
ARTICULO 5º.- PROVEEDORES DE BIENES Y PRESTADORES DE SERVICIOS.
Los Prestadores de Servicio de Asistencia Técnica (en adelante, PSAT) y
los Proveedores de bienes que estén involucrados en un PROYECTO, no
podrán estar vinculados laboral, societaria o patrimonialmente con la
EMPRESA presentante del PROYECTO, ni con sus vinculadas, controlantes o
controladas, ni ocupar cargos en las mismas, en caso de corresponder.
Los Proveedores de bienes deberán estar inscriptos en la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, al momento de la venta efectiva del bien
y de la emisión de los respectivos comprobantes de venta (facturas,
recibos, remitos).
Los PSAT deberán estar inscriptos en el Directorio de Unidades
Capacitadoras y Consultoras, disponible en la página Web de la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL y en
la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS al momento de la
prestación efectiva del servicio y de la emisión de sus respectivos
comprobantes (facturas y recibos en caso de corresponder). Asimismo,
deberán acreditar experiencia suficiente en la actividad que
desarrollarán en el PROYECTO.
ARTICULO 6º.- PLATAFORMA INSTITUCIONAL - VENTANILLAS PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
La SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
pone a disposición de las EMPRESAS una red de Ventanillas
Especializadas en el apoyo a las EMPRESAS (en adelante, las
VENTANILLAS), las cuales operarán como facilitadoras de las EMPRESAS en
el proceso de difusión, asistencia en la ejecución y seguimiento de los
PROYECTOS. En la página web de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL está disponible el listado actualizado de
las VENTANILLAS habilitadas.
Las EMPRESAS, al momento de presentar sus PROYECTOS y de acuerdo con el
procedimiento explicado en este documento, deberán seleccionar la
VENTANILLA más cercana al domicilio donde se desarrollará el
emprendimiento o aquella cuya especialidad sea más afín a la actividad
de la EMPRESA. Una vez pre-aprobado un PROYECTO por el PROGRAMA, la
EMPRESA deberá presentar la documentación respaldatoria ante la
VENTANILLA seleccionada.
Las EMPRESAS podrán reemplazar la VENTANILLA originalmente
seleccionada, comunicando al PROGRAMA los motivos y la nueva VENTANILLA
propuesta.
Las VENTANILLAS podrán declinar su intervención en un PROYECTO para el
cual hubieran sido seleccionadas, comunicando al PROGRAMA los motivos.
En este caso, el PROGRAMA, se lo comunicará a la EMPRESA para que
seleccione una nueva VENTANILLA.
ARTICULO 7º.- RESPONSABILIDAD SOBRE LOS PROYECTOS.
7.1. La sola presentación de un PROYECTO implica la declaración jurada
de la EMPRESA del conocimiento y aceptación plena de lo previsto en el
presente Documento Ejecutivo y demás normativa aplicable al PROGRAMA,
así como el reconocimiento de su responsabilidad respecto de:
i - La veracidad de toda la información consignada sobre la EMPRESA,
sus características económicas, societarias, contables y fiscales.
ii - La validez y autenticidad de toda la documentación presentada.
iii - Garantizar las condiciones para la realización de las actividades
incluidas en el PROYECTO en lo relativo a organización y ejecución.
iv - Efectuar las notificaciones requeridas para la ejecución de los
PROYECTOS y aceptar y responder los requerimientos formulados por el
PROGRAMA con la antelación prevista en el presente Documento Ejecutivo.
v - Garantizar las condiciones de salud, higiene y seguridad tanto en
las instalaciones como respecto de las actividades relacionadas con la
gestión del PROYECTO.
7.2. Los PSAT y los Proveedores de Bienes serán responsables de llevar
adelante la ejecución de las actividades pautadas, atender a su
cumplimiento en lo relacionado con la función técnico-profesional, en
un todo de conformidad con el PROYECTO aprobado. Los PSAT deberán estar
inscriptos en el Registro de Unidades Capacitadores y Consultores (ex
DIRCON).
7.3. Las VENTANILLAS serán responsables de:
a. Asesorar y orientar a las EMPRESAS en la formulación y presentación de los proyectos ante el PROGRAMA.
b. Controlar los proyectos y solicitudes de desembolso en cuanto a
aspectos formales e información complementaria requerida; con capacidad
de rechazar proyectos por cuestiones formales.
c. Efectuar el seguimiento y gestión de todos los PROYECTOS
presentados, en todas las etapas del proceso, ya sea en la etapa de
evaluación como de ejecución de los mismos.
ARTICULO 8º.- PROYECTOS ELEGIBLES.
8.1. Los PROYECTOS deben ser elaborados y estructurados de manera tal que no superen la cantidad de CINCO (5) actividades.
8.2. Serán considerados elegibles aquellos PROYECTOS que se orienten a
mejorar la competitividad de las EMPRESAS y, en particular, aquellos
que califiquen con un mínimo de SETENTA (70) puntos. La calificación
será realizada en base a la “Tabla de Puntaje para la Calificación de
Proyectos” que forma parte y se aprueba como Anexo I.II del presente
Documento Ejecutivo Subcomponente 1.1.
8.3. En caso que una EMPRESA tuviera un PROYECTO en ejecución, podrá
presentar un nuevo PROYECTO, el cual sólo podrá ser aprobado una vez
que se haya rendido y haya resultado aprobado por el PROGRAMA el
SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del ANR del PROYECTO en ejecución.
ARTICULO 9º.- GASTOS ELEGIBLES.
El PROGRAMA podrá reintegrar las actividades, gastos y adquisiciones de
conformidad con los montos, porcentajes de financiación, máximos y
mínimos establecidos en el presente Documento Ejecutivo y siempre que
el PROGRAMA pueda verificar la realización de los mismos.
El PROGRAMA reconocerá los siguientes montos netos de Impuesto al Valor
Agregado (IVA) y porcentajes para cada tipo de actividad/gasto:
Actividad | % de Financiación del Programa según tipo de Actividad | % Máximo de ANR según Actividad | Montos Máximos de ANR |
Servicios de Asistencia Técnica | De 70 a 79 puntos en Tabla de Calificación: 40% | 40% | $ 130.000,00 |
De 80 a 89 puntos en Tabla de Calificación: 50% | 50% | $ 130.000,00 |
De 90 a 94 puntos en Tabla de Calificación: 60% | 60% | $ 130.000,00 |
De 95 a 100 puntos en Tabla de Calificación: 70% | 70% | $ 130.000,00 |
Actividades calificadas con la letra “D” en Anexo IV |
|
| $ 5.000,00 |
Adquisiciones de equipos y/o instrumentos de medición, ensayos y control. | Hasta el 60% | Hasta el 30% del ANR correspondiente a Servicios de Asistencia Técnica |
|
Gastos de Legalizaciones y/o Certificaciones Jurídicas y Legales | Hasta el 100% |
| $ 1.000,00 |
La EMPRESA podrá presentar la compra de un bien vinculado al PROYECTO
como contraparte en especie. En dicho caso, el PROGRAMA financiará
hasta un QUINCE POR CIENTO (15%) más de lo correspondiente en Servicios
de Asistencia Técnica según la tabla de puntaje precedente.
En el caso de adquisiciones el PROGRAMA sólo podrá reintegrar bienes
provenientes de países elegibles para el BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO, en moneda nacional de la REPUBLICA ARGENTINA, y no incluye
el Impuesto al Valor Agregado (IVA) debiendo ser convertidos los
presupuestos extendidos en moneda extranjera a moneda nacional de la
REPUBLICA ARGENTINA utilizando el tipo de cambio de referencia,
Comunicación “A” 3500 (Mayorista) del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA
ARGENTINA (BCRA), del día de expedición del presupuesto.
En todos los casos, sólo se reconocerán los pagos realizados por las
EMPRESAS a través de transferencias interbancarias efectuadas en forma
electrónica o mediante cheques de su cuenta bancaria, en moneda
nacional de la REPUBLICA ARGENTINA.
No se reconocerán mayores costos, ni variaciones de precios y/o
variaciones del tipo de cambio, ni por incrementos de cualquier
naturaleza que pudieran derivarse por cualquier causa.
Las actividades elegibles se detallan en la “Tabla de Clasificación de
Actividades” que forma parte y se aprueba como Anexo I.III del presente
Documento Ejecutivo Subcomponente 1.1.
ARTICULO 10.- PROCEDIMIENTO DE PRESENTACION DE PROYECTOS.
Las EMPRESAS deberán completar el Formulario de Presentación de
PROYECTOS disponible en el apartado del PROGRAMA en la página web de la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.
El PROYECTO debe incluir los datos de la EMPRESA requeridos en el
citado formulario, una descripción de las necesidades y objetivos de la
misma, las actividades propuestas y los productos verificables con que
se demostrará la concreción de las mismas.
Una vez completado el mismo, la EMPRESA deberá enviarlo a través de la misma página web al PROGRAMA para su evaluación técnica.
El PROGRAMA realizará la evaluación técnica del PROYECTO y le
comunicará a la EMPRESA solicitante, su pre-aprobación técnica, la
necesidad de aclaración o reformulación parcial o total o el rechazo
del PROYECTO.
Si fuera pre-aprobado técnicamente, el PROGRAMA comunicará a la EMPRESA
solicitante las condiciones de pre-aprobación por sistema y vía correo
electrónico. Con la pre-aprobación la EMPRESA podrá comenzar con la
ejecución de las actividades previstas en el PROYECTO a su exclusiva
cuenta y riesgo de que el PROYECTO resulte finalmente aprobado. En este
caso, la EMPRESA no tendrá derecho a reintegro alguno ni a efectuar
reclamos de ninguna naturaleza si el PROYECTO no resulta aprobado por
la razón que fuere.
Una vez comunicada la pre-aprobación la EMPRESA deberá presentar la
documentación respaldatoria conforme lo dispuesto en el artículo 12 del
presente Documento Ejecutivo.
La aprobación o el rechazo definitivo se realizará previa evaluación de
la documentación respaldatoria, dentro de los plazos indicados en el
artículo 12 del presente Documento Ejecutivo, y será comunicado por la
Unidad Ejecutora del PROGRAMA mediante Carta Documento o cualquier otro
medio fehaciente.
ARTICULO 11.- EVALUACION DE PROYECTOS.
Los PROYECTOS serán objeto de una evaluación por parte del PROGRAMA que
comprende los siguientes aspectos: a) La elegibilidad de la EMPRESA
Solicitante; b) La calificación obtenida según la tabla de puntaje del
Anexo III de la presente resolución; c) La adecuación del PROYECTO a
los objetivos de la EMPRESA, a sus problemáticas y necesidades; d) La
elegibilidad de las actividades, montos, topes y porcentajes en función
de lo indicado en el artículo 9º del presente Documento Ejecutivo; e)
La inscripción de los PSAT en el Registro de Unidades Capacitadores y
Consultores (ex DIRCON); f) La razonabilidad económica del PROYECTO en
base a las características de la EMPRESA y los costos de las
actividades solicitados; g) La capacidad económica y operativa de la
EMPRESA para desarrollar las actividades propuestas.
ARTICULO 12.- PRESENTACION DE DOCUMENTACION RESPALDATORIA.
Las EMPRESAS con PROYECTOS pre-aprobados técnicamente por el PROGRAMA
deberán presentar, por intermedio de la VENTANILLA seleccionada, la
siguiente documentación dentro de los VEINTE (20) días hábiles de
recibida la comunicación de pre aprobación técnica.
a) “Formulario de Presentación de Proyectos” firmado en todas sus hojas
por el representante legal o apoderado. La firma inserta en la última
hoja del “Formulario de Presentación de Proyectos” deberá estar
certificada (entiéndase suficiente la certificación de una de las
firmas) por Juez de Paz o Escribano Público, y validada por el Colegio
Profesional correspondiente.
b) Adicionalmente, la siguiente documentación:
En caso de una Persona Física o Sociedad de Hecho (en este caso, la documentación perteneciente a cada uno de los socios):
i- Copia del D.N.I. de la primera y segunda hoja, así como también de
la que conste el último domicilio, certificada por Escribano Público y
con su firma legalizada en el Colegio de Escribanos Correspondiente.
ii- Certificación Contable: UN (1) original, emitida por Contador
Público Nacional (Independiente, con su firma debidamente certificada
por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda), de
acuerdo con el modelo disponible en la web de la SECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.
iii- Declaración Jurada firmada por Representante legal o titular de la
EMPRESA con el listado de PSAT y Proveedores de Bienes involucrados en
el PROYECTO, declarando la no vinculación laboral, societaria y/o
patrimonial.
En caso de ser una Persona Jurídica:
i- UN (1) original de la Primera Copia de la Escritura Pública
(adaptada al tipo societario de que se trate), la cual deberá contener
la acreditación de la existencia de la persona jurídica y de su
vigencia actual, con indicación de la razón social, fecha de
constitución, domicilio legal, objeto social, datos de inscripción y
sus modificaciones en los registros públicos correspondientes. Asimismo
deberá acreditar la personería de su/s representante/s legal/es o
apoderado/s con mandato vigente.
ii- Certificación Contable: UN (1) original, emitida por Contador
Público Nacional (Independiente, con su firma debidamente certificada
por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda).
iii- Declaración Jurada firmada por Representante legal o titular de la
EMPRESA con el listado de PSAT y Proveedores involucrados en el
PROYECTO, declarando la no vinculación laboral, societaria y/o
patrimonial; Los Modelos de Escritura, Certificación Contable y
Declaración Jurada se encuentran disponibles en la página web de la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.
La documentación mencionada en los puntos precedentes (i) y (ii) no
será requerida a la EMPRESA si ya la hubiera presentado al PROGRAMA y
la misma tuviera una antigüedad no mayor a UN (1) año y no se hubieran
producido modificaciones sustanciales en los parámetros certificados.
La no presentación en tiempo y forma de la documentación citada en el
presente artículo faculta al PROGRAMA a dar por desistido el PROYECTO,
sin necesidad de intimación (interpelación) previa.
ARTICULO 13.- PRESENTACION DE DOCUMENTACION ADICIONAL.
Juntamente con la presentación de la documentación prevista en el
artículo anterior, la EMPRESA deberá presentar, en los siguientes
casos, la documentación que a continuación se detalla:
1 - Si el PROYECTO incluyera algún tipo de adquisición vinculada (según
detalle en tabla desarrollada en el artículo 9º del presente Documento
Ejecutivo Subcomponente 1.1 Apoyo Directo a Empresas), deberá adjuntar
al menos UN (1) presupuesto actualizado en original por cada bien a
adquirir, con el detalle de las características, especificaciones
técnicas y costo, emitido a nombre de la EMPRESA presentante del
PROYECTO, firmado en el original por la firma emisora.
2 - En caso de que el PROYECTO incluya un bien aportado como contrapartida en especie, deberá presentar:
a) En caso de proponer un bien ya adquirido, deberá adjuntar fotocopia
de la factura de compra del bien y remito y una nota con carácter de
declaración jurada de afectación al PROYECTO presentado certificado por
ante Juez de Paz o Escribano Público y con la legalización ante el
Colegio correspondiente. La fecha de adquisición del bien podrá ser
anterior hasta SEIS (6) meses contados desde la fecha de presentación
del PROYECTO y como máximo al momento de presentar la primera solicitud
de desembolso.
b) En caso de proponer un bien a adquirir deberá adjuntar al menos UN
(1) presupuesto actualizado en original por cada bien a adquirir, con
el detalle de las características, especificaciones técnicas y costo,
emitido a nombre de la EMPRESA presentante del PROYECTO, firmado en el
original por la firma emisora. Al momento de presentar la primera
solicitud de desembolso, el bien deberá haber sido adquirido. A fin de
demostrar ello la EMPRESA presentará factura y/o toda documentación que
respalde la adquisición del bien. Si no se pudiera constatar la
adquisición y el aporte de la EMPRESA, El PROGRAMA evaluará el monto
máximo a reintegrar en los términos de la normativa aplicable.
Para los casos en que la EMPRESA optara por no hacer el aporte en
especie, deberá presentar una nota, y el PROGRAMA evaluará y notificará
las nuevas condiciones de aprobación del PROYECTO.
3 - En caso de certificación de normas, calibración y ensayo de
instrumentos, construcción de prototipos, matrices, moldes o stands: se
incluirá de la misma forma que el punto anterior (2b), al menos UN (1)
presupuesto en original emitido por la entidad que realizará las tareas
mencionadas, con el detalle de las características, especificaciones
técnicas y costo, emitido a nombre de la EMPRESA presentante del
PROYECTO, firmado en el original por la firma emisora.
4 - En caso de Localización y Diseño de Planta: se deberá presentar,
copia del título de propiedad, del contrato de alquiler del predio u
otra documentación que certifique el usufructo sobre el predio.
La mencionada documentación deberá ser adjuntada al Formulario del
PROYECTO al momento de presentar el mismo, para ser evaluado
técnicamente.
ARTICULO 14.- FORMA DE PRESENTACION DE LA DOCUMENTACION.
Las presentaciones en soporte papel deberán efectuarse dentro de los
VEINTE (20) días hábiles de recibida la comunicación de pre-aprobación
técnica y a través de la VENTANILLA seleccionada en el PROYECTO.
ARTICULO 15.- EJECUCION DE PROYECTOS.
Luego de recibir la comunicación del PROGRAMA sobre la pre-aprobación
técnica, la EMPRESA podrá comenzar a ejecutar a su cuenta y riesgo de
acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del presente Documento
Ejecutivo.
Los PROYECTOS deben ser ejecutados dentro de un plazo máximo de DOCE
(12) meses, contados a partir de la recepción de la Carta Documento u
otra comunicación fehaciente de aprobación del PROYECTO. La falta de
ejecución completa del PROYECTO en el plazo previamente mencionado,
podrá importar la pérdida parcial o total del derecho a la percepción
del ANR. El mencionado plazo podrá ser prorrogado a solicitud y
fundamento de la EMPRESA, la cual será sometida a evaluación y decisión
exclusiva del PROGRAMA.
ARTICULO 16.- MODIFICACIONES RELATIVAS A LA EJECUCION.
Los PROYECTOS aprobados podrán ser modificados durante su ejecución, con excepción de las Actividades, Tareas y Montos.
La EMPRESA deberá comunicar los cambios a través del sistema de la
página web de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA y sólo se entenderá que
las mismas han sido aprobadas con una comunicación expresa del PROGRAMA.
En particular, las EMPRESAS podrán reemplazar los PSAT y Proveedores de
Bienes, siempre que no se alteren, a juicio del PROGRAMA, las
características técnico-profesionales del PROYECTO aprobado y cumplan
los requisitos de registro estipulados.
Las EMPRESAS podrán modificar el CRONOGRAMA DE EJECUCION, siempre que
la modificación introducida hubiera sido presentada dentro del plazo de
ejecución aprobado originalmente.
ARTICULO 17.- VERIFICACION Y AUDITORIA.
El PROGRAMA podrá, en cualquier instancia del desarrollo del PROYECTO,
verificar in situ las actividades realizadas en el marco del mismo, con
el objeto de constatar el cumplimiento, ejecución e impacto de las
mismas.
La EMPRESA deberá disponer de todos los medios necesarios para
facilitarle al PROGRAMA el desarrollo de las tareas de verificación y
auditorías y proveerle toda la información que solicite.
ARTICULO 18.- SOLICITUDES DE DESEMBOLSOS (SDE). RENDICION DE CUENTAS.
Una vez aprobado definitivamente el PROYECTO y en la medida que haya
ejecutado y pagado las actividades aprobadas en el PROYECTO, la EMPRESA
podrá solicitar el pago de los ANRs aprobados.
Las EMPRESAS podrán presentar las solicitudes de desembolso de ANR, (en
adelante SDE), por las actividades ejecutadas. Se podrán presentar
hasta TRES (3) SDE durante la ejecución del PROYECTO, conteniendo una,
varias o todas las actividades ejecutadas. El plazo para presentar las
mismas es de VEINTE (20) días hábiles contados a partir de la
finalización de la última actividad ejecutada.
Sólo para el caso de proyectos ingresados en el sistema
www.accionpyme.mecon.gov.ar/dna2, la EMPRESA deberá completar y enviar
el Formulario de SDE disponible en la página web de la SECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.
La documentación a presentar es la siguiente:
i) Formulario de SDE, firmado en carácter de declaración jurada por el
representante legal o apoderado. (Sólo para proyectos presentados por
el sistema www.accionpyme.mecon.gov.ar/dna2);
ii) Certificación contable para SDE en original, certificada por
Contador Público Nacional y legalizada por el Consejo Profesional
correspondiente, de acuerdo con el modelo publicado en la web.
iii) Producto/s Verificable/s aprobado/s en el PROYECTO. Para los casos
que el producto verificable supere las CIEN (100) páginas, el mismo
deberá presentarse en soporte magnético en versión PDF, en una carpeta
identificada, una carátula para cada tarea y con la lista del producto
verificable de acuerdo con el modelo que se presenta en la página web.
El mismo deberá estar íntegramente numerado de forma consecutiva, en el
margen superior derecho de cada una de las páginas. La presentación del
Producto Verificable, sin atender las formalidades descritas, podrá
generar la observación y/o rechazo del mismo.
iv) Copias de las facturas, remitos y recibos rendidos en la SDE, firmadas por el Representante Legal de la empresa.
ARTICULO 19.- EVALUACION DE SDE.
Si la documentación presentada no se ajustara a lo establecido en el
presente Documento Ejecutivo o el producto verificable no fuera
aceptable, el PROGRAMA notificará por correo electrónico las
observaciones a la EMPRESA, la cual dispondrá de un plazo de QUINCE
(15) días hábiles contados a partir del día siguiente a su notificación
para subsanar dichas observaciones. Ante la falta de respuesta o su
presentación extemporánea o incompleta, el PROGRAMA podrá: i) rechazar
parcialmente la SDE, reembolsando únicamente aquellas tareas que
cumplieran con la normativa aplicable, y perdiendo la EMPRESA todo
derecho a percibir los ANR estipulados en las tareas restantes; o ii)
rechazar totalmente la SDE, perdiendo la EMPRESA todo derecho a
percibir los ANR estipulados en la Actividad cuestionada; o iii)
rechazar totalmente la SDE y dar de baja el PROYECTO, perdiendo la
EMPRESA todo derecho a percibir los ANR estipulados en el PROYECTO
aprobado, pudiendo exigirse el reembolso de los ANR desembolsados.
En cualquiera de estos casos, la EMPRESA nada tendrá para reclamar por
ningún concepto al PROGRAMA o la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.
ARTICULO 20.- DESEMBOLSO DE LOS ANR.
En caso de aprobar la SDE, se otorgará el ANR correspondiente mediante
transferencia de fondos a la cuenta bancaria informada por la EMPRESA.
ARTICULO 21.- INCUMPLIMIENTOS AL PRESENTE REGIMEN.
En caso de verificarse algún incumplimiento a lo dispuesto en el
presente Documento Ejecutivo y demás normativa aplicable, el PROGRAMA
podrá disponer la pérdida parcial o total del beneficio.
En particular, los siguientes incumplimientos ameritarán descuentos a aplicar según la evaluación del PROGRAMA.
a) Reticencia en brindar al auditor información y/o falta de exhibición de documentación.
b) Inejecución verificada de la actividad o actividades programadas,
excepto que se trate de una reprogramación comunicada con antelación y
debidamente aprobada por el PROGRAMA.
c) La actividad en ejecución difiere sustancialmente de la informada.
d) La EMPRESA se niega a firmar el Acta de Auditoría.
e) Difiere el PSAT incluido en la SDE respecto del aprobado en el
PROYECTO y no conste la solicitud y aprobación del mencionado cambio.
f) En caso en que las EMPRESAS no ejecuten el PROYECTO en forma
completa en los plazos previstos en el artículo 15 del presente
documento.
g) En caso en que las EMPRESAS no presenten las solicitudes completa de
desembolso de ANR en los plazos previstos en el artículo 18 del
presente documento.
Las sanciones que impliquen la pérdida parcial y/o total del beneficio
asignado y cuya/s rendición/es o solicitudes de reintegro no hayan sido
aprobada/s o se encontrare pendiente de presentación por la EMPRESA
solicitante a la fecha de imposición de la sanción, serán notificadas
por medio fehaciente que remitirá el PROGRAMA.
En todos los casos en que se determine la pérdida total del beneficio
asignado en un PROYECTO o actividad, el PROGRAMA podrá excluir a los
PSAT y/o a la EMPRESA participante del PROYECTO.
Para el caso que el PSAT excluido participe en otro/s PROYECTO/S, el o
los mismo/os deberán ser reemplazados inmediatamente en todos los
PROYECTOS en que se encuentre inscriptos y en ejecución.
ARTICULO 22.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES.
La SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL no
será responsable por los daños y/o perjuicios que tengan su causa o se
deriven de la intervención de las VENTANILLAS en el marco del PROGRAMA.
La presentación, recepción y evaluación del PROYECTO no generan de por sí derecho alguno a favor de la EMPRESA.
La presentación del PROYECTO importa la adhesión por parte de la
EMPRESA al presente Documento Ejecutivo y a la normativa vigente del
PROGRAMA.
ARTICULO 23.- MARCO LEGAL/NORMATIVO.
El marco legal está compuesto por Contrato de Préstamo BID Nº 1884/OC -
AR, el Reglamento Operativo del Programa (en adelante ROP) aprobado por
la Disposición Nº 8 de fecha 25 de febrero de 2009 de la ex
SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
dependiente de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, sus modificatorias,
la presente medida y demás normas que resultan de aplicación.
ANEXO I
NOMINA DE ACTIVIDADES ECONOMICAS EXCLUIDAS:
A | Cultivos agrícolas |
011111 | Cultivo de arroz |
011112 | Cultivo de trigo |
011119
| Cultivo de cereales excepto los forrajeros y las semillas n.c.p. |
(Incluye alforfón, cebada cervecera, etc.) |
011121 | Cultivo de maíz |
011122 | Cultivo de sorgo granífero |
011129
| Cultivo de cereales forrajeros n.c.p. |
(Incluye alpiste, avena, cebada forrajera, centeno, mijo, etc.) |
011131 | Cultivo de soja |
011132 | Cultivo de girasol |
011139
| Cultivo de oleaginosas n.c.p. |
(Incluye
los cultivos de oleaginosas para aceites comestibles y/o uso
industrial: cártamo, colza, jojoba, lino oleaginoso, maní, olivo para
aceite, ricino, sésamo, tung, etc.) |
011140
| Cultivo de pastos forrajeros |
(Incluye alfalfa, moha, pastos consociados, sorgo azucarado y forrajero, etc.) |
011210 | Cultivo de papa, batata y mandioca |
011221 | Cultivo de tomate |
011229
| Cultivo de bulbos, brotes, raíces y hortalizas de frutos n.c.p. |
(Incluye
ají, ajo, alcaparra, berenjena, cebolla, calabaza, espárrago, frutilla,
melón, pepino, pimiento, sandía, zanahoria, zapallo, zapallito, etc.) |
011230
| Cultivo de hortalizas de hoja y de otras hortalizas frescas |
(Incluye acelga, apio, cebolla de verdeo, choclo, coles, espinaca, lechuga, perejil, radicheta, repollo, etc.) |
011241
| Cultivo de legumbres frescas |
(Incluye arveja, chaucha, haba, lupino, poroto, etc.) |
011242
| Cultivo de legumbres secas |
(Incluye arveja, garbanzo, haba, lenteja, poroto, etc.) |
011251 | Cultivo de flores |
011252 | Cultivo de plantas ornamentales |
011311 | Cultivo de manzana y pera |
011319
| Cultivo de frutas de pepita n.c.p. |
(Incluye membrillo, níspero, etc.) |
011320
| Cultivo de frutas de carozo |
(Incluye cereza, ciruela, damasco, durazno, pelón, etc.) |
011330
| Cultivo de frutas cítricas |
(Incluye bergamota, lima, limón, mandarina, naranja, pomelo, kinoto, etc.) |
011340
| Cultivo de nueces y frutas secas |
(Incluye almendra, avellana, castaña, nuez, pistacho, etc.) |
011390
| Cultivo de frutas n.c.p. |
(Incluye ananá, banana, higo, kiwi, mamón, palta, uva de mesa, etc.) |
011411 | Cultivo de algodón |
011419
| Cultivo de plantas para la obtención de fibras n.c.p. |
(Incluye abacá, cáñamo, formio, lino textil, maíz de Guinea, ramio, yute, etc.) |
011421 | Cultivo de caña de azúcar |
011429
| Cultivo de plantas sacaríferas n.c.p. |
(Incluye remolacha azucarera, etc.) |
011430 | Cultivo de vid para vinificar |
011440 | Cultivo de té, yerba mate y otras plantas cuyas hojas se utilizan para preparar bebidas (infusiones) |
011450 | Cultivo de tabaco |
011460 | Cultivo de especias (de hoja, de semilla, de flor y de fruto) y de plantas aromáticas y medicinales |
011490
| Cultivos industriales n.c.p. |
(Incluye olivo para conserva, palmitos, etc.) |
011511 | Producción de semillas híbridas de cereales y oleaginosas |
011512 | Producción de semillas varietales o autofecundadas de cereales, oleaginosas, y forrajeras |
011513 | Producción de semillas de hortalizas y legumbres, flores y plantas ornamentales y árboles frutales |
011519 | Producción de semillas de cultivos agrícolas n.c.p. |
011520
| Producción de otras formas de propagación de cultivos agrícolas |
(Incluye gajos, bulbos, estacas enraizadas o no, esquejes, plantines, etc.) |
|
Cría de animales |
012111 | Cría de ganado bovino, excepto en cabañas y para la producción de leche |
012112 | Invernada de ganado bovino, excepto el engorde en corrales (Fed-Lot) |
012113 | Engorde en corrales (Fed-Lot) |
012120 | Cría de ganado ovino, excepto en cabañas y para la producción de lana |
012130 | Cría de ganado porcino, excepto en cabañas |
012140
| Cría de ganado equino, excepto en haras |
(Incluye equinos de trabajo) |
012150 | Cría de ganado caprino, excepto en cabañas y para producción de leche |
012161
| Cría de ganado bovino en cabañas |
(Incluye la producción de semen) |
012162
| Cría de ganado ovino, porcino y caprino en cabañas |
(Incluye la producción de semen) |
012163
| Cría de ganado equino en haras |
(Incluye la producción de semen) |
012169 | Cría en cabañas de ganado n.c.p. |
012171 | Producción de leche de ganado bovino |
012179
| Producción de leche de ganado n.c.p. |
(Incluye la cría de ganado de búfala, cabra, etc. para la producción de leche) |
012181 | Producción de lana |
012182
| Producción de pelos |
(Incluye la cría de caprinos, camélidos, etc., para la obtención de pelos) |
012190
| Cría de ganado n.c.p. |
(Incluye la cría de alpaca, asno, búfalo, guanaco, llama, mula, vicuña, etc.) |
012211 | Cría de aves para producción de carne |
012212
| Cría de aves para producción de huevos |
(Incluye pollitos BB para postura) |
012220 | Producción de huevos |
012230
| Apicultura |
(Incluye la producción de miel, jalea real, polen, propóleo, etc.) |
012241 | Cría de animales para la obtención de pieles y cueros |
012242 | Cría de animales para la obtención de pelos |
012243 | Cría de animales para la obtención de plumas |
012290
| Cría de animales y obtención de productos de origen animal, n.c.p. |
(Incluye
ciervo, conejo —excepto para pelos—, gato, gusano de seda, lombriz,
pájaro, perro, rana, animales para experimentación, caracoles vivos,
frescos, congelados y secos —excepto marinos—, cera de insectos excepto
la de abeja, etc.) |
|
Servicios agrícolas y pecuarios, excepto los veterinarios |
014111 | Servicios de labranza, siembra, transplante y cuidados culturales |
014112 | Servicios de pulverización, desinfección y fumigación aérea y terrestre, excepto la manual |
014119
| Servicios de maquinaria agrícola n.c.p., excepto los de cosecha mecánica |
(Incluye enfardado, enrollado, envasado —silo-pack—, clasificación y secado, etc.) |
014120
| Servicios de cosecha mecánica |
(Incluye la cosecha mecánica de granos, caña de azúcar, algodón, forrajes, el enfardado, enrollado, etc.) |
014130
| Servicios de contratistas de mano de obra agrícola |
(Incluye la poda de árboles, transplante, fumigación y desinfección manual, cosecha manual de citrus, algodón, etc.) |
014190
| Servicios agrícolas n.c.p |
(Incluye
planificación y diseño paisajista, plantación y mantenimiento de
jardines, parques y cementerios, riego, polinización o alquiler de
colmenas, control acústico de plagas, etc.) |
014210 | Inseminación artificial y servicios n.c.p. para mejorar la reproducción de los animales y el rendimiento de sus productos |
014220
| Servicios de contratistas de mano de obra pecuaria |
(Incluye arreo, castración de aves, esquila de ovejas, recolección de estiércol, etc.) |
014291 | Servicios para el control de plagas, baños parasiticidas, etc. |
014292 | Albergue y cuidado de animales de terceros |
014299
| Servicios pecuarios n.c.p., excepto los veterinarios |
|
Caza y captura de animales vivos, repoblación de animales de caza y servicios conexos |
015010
| Caza y captura de animales vivos y repoblación de animales de caza |
(Incluye
la caza de animales para obtener carne, pieles y cueros y la captura de
animales vivos para zoológicos, animales de compañía, para
investigación, etc.) |
015020
| Servicios para la caza |
|
Silvicultura, extracción de madera y servicios conexos |
020110 | Plantación de bosques |
020120 | Repoblación y conservación de bosques nativos y zonas forestadas |
020130
| Explotación de viveros forestales |
(Incluye propagación de especies forestales) |
020210
| Extracción de productos forestales de bosques cultivados |
(Incluye
tala de árboles, desbaste de troncos y producción de madera en bruto,
rollizos, leña, postes, carbón, carbonilla y productos forestales
n.c.p.) |
020220
| Extracción de productos forestales de bosques nativos |
(Incluye
tala de árboles, desbaste de troncos y producción de madera en bruto,
leña, postes, carbón, carbonilla, la extracción de rodrigones, varas,
varillas y la recolección de crines vegetales, gomas naturales,
líquenes, musgos, resinas y de rosa mosqueta |
020310
| Servicios forestales de extracción de madera |
(Incluye tala de árboles, acarreo y transporte en el interior del bosque, servicios realizados de terceros, etc.) |
020390
| Servicios forestales excepto los relacionados con la extracción de madera |
(Incluye protección contra incendios, evaluación de masas forestales en pie, estimación del valor de la madera, etc.) |
|
|
B | PESCA Y SERVICIOS CONEXOS |
|
|
050110
| Pesca y servicios conexos |
Pesca marítima, costera y de altura |
(Incluye peces, crustáceos, moluscos y otros animales acuáticos) |
050120 | Pesca continental, fluvial y lacustre |
050130
| Recolección de productos marinos |
(Incluye la recolección de algas marinas y otras plantas acuáticas, corales, esponjas) |
050200 | Explotación de criaderos de peces, granjas piscícolas y otros frutos acuáticos (acuicultura) |
050300 | Servicios para la pesca |
|
|
C | EXPLOTACION DE MINAS Y CANTERAS |
|
|
101000
| Extracción y aglomeración de carbón |
Extracción y aglomeración de carbón |
(Incluye
la producción de hulla no aglomerada, antracita, carbón bituminoso no
aglomerado, briquetas, ovoides y combustibles sólidos análogos a base
de hulla, etc.) |
|
|
102000
| Extracción y aglomeración de lignito |
Extracción y aglomeración de lignito |
(Incluye la producción de lignito aglomerado y no aglomerado) |
|
|
| Extracción y aglomeración de turba |
103000 | Extracción y aglomeración de turba |
| (Incluye la producción de turba utilizada como corrector de suelos) |
|
|
111000
| Extracción de petróleo crudo y gas natural |
Extracción de petróleo crudo y gas natural |
(Incluye
gas natural licuado y gaseoso, arenas alquitraníferas, esquistos
bituminosos o lutitas, aceites de petróleo y de minerales bituminosos,
petróleo, coque de petróleo, etc.) |
|
|
112000 | Actividades de servicios relacionadas con la extracción de petróleo y gas, excepto las actividades de prospección |
Actividades de servicios relacionadas con la extracción de petróleo y gas, excepto las actividades de prospección |
|
|
120000 | Extracción de minerales y concentrados de uranio y torio |
Extracción de minerales y concentrados de uranio y torio |
|
|
131000
| Extracción de minerales de hierro |
Extracción de minerales de hierro |
(Incluye hematitas, limonitas, magnetitas, siderita, etc.) |
|
|
132000
| Extracción de minerales metalíferos no ferrosos, excepto minerales de uranio y torio |
Extracción de minerales metalíferos no ferrosos, excepto minerales de uranio y torio |
(Incluye
aluminio, cobre, estaño, manganeso, níquel, oro, plata, plomo,
volframio, antimonio, bismuto, cinc, molibdeno, titanio, circonio,
niobio, tántalo, vanadio, cromo, cobalto) |
|
|
141100
| Extracción de piedra, arena y arcillas |
Extracción de rocas ornamentales |
(Incluye areniscas, cuarcita, dolomita, granito, mármol, piedra laja, pizarra, pórfido, serpentina, etc.) |
141200
| Extracción de piedra caliza y yeso |
(Incluye caliza, castina, conchilla, riolita, yeso natural, anhidrita, etc.) |
141300
| Extracción de arenas, canto rodado y triturados pétreos |
(Incluye
arena para construcción, arena silícea, otras arenas naturales, canto
rodado, dolomita triturada, granito triturado, piedra partida y otros
triturados pétreos, etc.) |
141400
| Extracción de arcilla y caolín |
(Incluye andalucita, arcillas, bentonita, caolín, pirofilita, silimanita, mullita, tierra de chamota o de dinas, etc.) |
|
|
142110
| Explotación de minas y canteras n.c.p. |
Extracción de minerales para la fabricación de abonos excepto turba |
(Incluye guano, silvita, silvinita y otras sales de potasio natural, etc.) |
142120
| Extracción de minerales para la fabricación de productos químicos |
(Incluye
azufre, boracita e hidroboracita, calcita, celestina, colemanita,
fluorita, litio y sales de litio naturales, sulfato de aluminio,
sulfato de hierro, sulfato de magnesio, sulfato de sodio, ocres,
tinkal, ulexita, asfaltita, laterita, etc.) |
142200 | Extracción de sal en salinas y de roca |
142900
| Explotación de minas y canteras n.c.p. |
(Incluye
amianto, baritina, cuarzo, diatomita, piedra pómez, ágata, agua marina,
amatista, cristal de roca, rodocrosita, topacio, corindón, feldespato,
mica, zeolita, perlita, granulado volcánico, puzolana, toba, talco,
vermiculita, tosca, grafito, etc.) |
|
|
D | COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; REPARACION DE VEHICULOS AUTOMOTORES, MOTOCICLETAS, EFECTOS PERSONALES Y ENSERES DOMESTICOS |
|
|
501110
| Venta de vehículos automotores, excepto motocicletas |
Venta de autos, camionetas y utilitarios, nuevos |
(Incluye taxis, jeeps, 4x4 y vehículos similares) |
501190
| Venta de vehículos automotores, nuevos n.c.p. |
(Incluye casas rodantes, trailers, camiones, remolques, ambulancias, ómnibus, microbuses y similares, cabezas tractoras, etc.) |
501210
| Venta de autos, camionetas y utilitarios, usados |
(Incluye taxis, jeeps, 4x4 y vehículos similares) |
501290
| Venta de vehículos automotores, usados n.c.p. |
(Incluye, casas rodantes, trailers, camiones, remolques, ambulancias, ómnibus, microbuses y similares, cabezas tractoras, etc.) |
Mantenimiento y reparación de vehículos automotores, excepto motocicletas |
502100 | Lavado automático y manual |
502210
| Reparación de cámaras y cubiertas |
(Incluye reparación de llantas) |
502220 | Reparación de amortiguadores, alineación de dirección y balanceo de ruedas |
502300
| Instalación
y reparación de lunetas y ventanillas, alarmas, cerraduras, radios,
sistemas de climatización automotor y grabado de cristales |
(Incluye
instalación y reparación de parabrisas, aletas, burletes, colisas,
levantavidrios, parlantes y autoestéreos, aire acondicionado, alarmas y
sirenas, etc.) |
502400 | Tapizado y retapizado |
502500 | Reparaciones eléctricas, del tablero e instrumental; reparación y recarga de baterías |
502600 | Reparación y pintura de carrocerías; colocación de guardabarros y protecciones exteriores |
502910 | Instalación y reparación de caños de escape |
502920 | Mantenimiento y reparación de frenos |
502990
| Mantenimiento y reparación del motor n.c.p.; mecánica integral |
(Incluye auxilio y servicios de grúa para automotores; instalación y reparación de equipos de GNC) |
Venta de partes, piezas y accesorios de vehículos automotores |
503100 | Venta al por mayor de partes, piezas y accesorios de vehículos automotores |
503210 | Venta al por menor de cámaras y cubiertas |
503220 | Venta al por menor de baterías |
503290
| Venta al por menor de partes, piezas y accesorios excepto cámaras, cubiertas y baterías |
Venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus partes, piezas y accesorios |
504010 | Venta de motocicletas y de sus partes, piezas y accesorios |
504020
| Mantenimiento y reparación de motocicletas |
|
Venta al por menor de combustible para vehículos automotores y motocicletas |
505000
| Venta al por menor de combustible para vehículos automotores y motocicletas |
(Incluye
estaciones de servicios y la venta al por menor de productos
lubricantes y refrigerantes para automotores y motocicletas) |
|
Venta al por mayor en comisión o consignación |
511111 | Venta al por mayor en comisión o consignación de cereales (incluye arroz), oleaginosas y forrajeras excepto semillas |
511112 | Venta al por mayor en comisión o consignación de semillas |
511119 | Venta al por mayor en comisión o consignación de productos agrícolas n.c.p. |
511121
| Operaciones de intermediación de ganado en pie. |
(Incluye consignatarios de hacienda y ferieros) |
511122 | Operaciones de intermediación de lanas, cueros y productos afines de terceros |
511911 | Operaciones de intermediación de carne —consignatario directo— |
511912
| Operaciones de intermediación de carne excepto consignatario directo |
(Incluye matarifes abastecedores de carne, etc.) |
511919 | Venta al por mayor en comisión o consignación de alimentos, bebidas y tabaco n.c.p. |
511920 | Venta
al por mayor en comisión o consignación de productos textiles, prendas
de vestir, calzado excepto el ortopédico, artículos de marroquinería,
paraguas y similares y productos de cuero n.c.p. |
511930 | Venta al por mayor en comisión o consignación de madera y materiales para la construcción |
511940 | Venta al por mayor en comisión o consignación de energía eléctrica, gas y combustibles |
511950 | Venta al por mayor en comisión o consignación de minerales, metales y productos químicos industriales |
511960 | Venta
al por mayor en comisión o consignación de maquinaria, equipo
profesional industrial y comercial, embarcaciones y aeronaves |
511970 | Venta
al por mayor en comisión o consignación de papel, cartón, libros,
revistas, diarios, materiales de embalaje y artículos de librería |
511990
| Venta al por mayor en comisión o consignación de mercaderías n.c.p. |
(Incluye galerías de arte) |
|
Venta
al por mayor de materias primas agropecuarias, de animales vivos,
alimentos, bebidas y tabaco, excepto en comisión o consignación |
512111 | Venta al por mayor de cereales (incluye arroz), oleaginosas y forrajeras, excepto semillas |
512112 | Venta al por mayor de semillas |
512119
| Venta al por mayor de materias primas agrícolas y de la silvicultura n.c.p. |
(Incluye el acopio y venta al por mayor de frutas, flores y plantas, etc.) |
512121 | Venta al por mayor de lanas, cueros en bruto y productos afines |
512129 | Venta al por mayor de materias primas pecuarias incluso animales vivos n.c.p. |
512211 | Venta al por mayor de productos lácteos |
512212 | Venta al por mayor de fiambres y quesos |
512221 | Venta al por mayor de carnes y derivados excepto las de aves. |
512229 | Venta al por mayor de aves, huevos y productos de granja y de la caza n.c.p. |
512230 | Venta al por mayor de pescado |
512240
| Venta al por mayor y empaque de frutas, de legumbres y hortalizas frescas |
(Incluye la conservación en cámaras frigoríficas por parte de los empaquetadores) |
512250 | Venta al por mayor de pan, productos de confitería y pastas frescas |
512260 | Venta al por mayor de chocolates, golosinas y productos para kioscos y polirrubros n.c.p., excepto cigarrillos |
512271 | Venta al por mayor de azúcar |
512272 | Venta al por mayor de aceites y grasas |
512273
| Venta al por mayor de café, té, yerba mate y otras infusiones y especias y condimentos |
(Incluye la venta de sal, etc.) |
512279 | Venta al por mayor de productos y subproductos de molinería n.c.p. |
512291 | Venta al por mayor de frutas, legumbres y cereales secos y en conserva |
512292 | Venta al por mayor de alimentos para animales |
512299
| Venta al por mayor de productos alimenticios n.c.p. |
(Incluye la venta de miel y derivados, productos congelados, etc.) |
512311 | Venta al por mayor de vino |
512312 | Venta al por mayor de bebidas espirituosas |
512319
| Venta al por mayor de bebidas alcohólicas n.c.p. |
(Incluye la venta de aperitivos con alcohol, cerveza, sidra, el fraccionamiento de alcohol, etc.) |
512320
| Venta al por mayor de bebidas no alcohólicas |
(Incluye la venta de aguas, sodas, bebidas refrescantes, jarabes, extractos, concentrados, gaseosas, jugos, etc.) |
512400
| Venta al por mayor de cigarrillos y productos de tabaco |
|
Venta al por mayor de artículos de uso doméstico y/o personal |
513111
| Venta al por mayor de productos textiles excepto telas, tejidos, prendas y accesorios de vestir |
(Incluye fibras vegetales, animales, minerales y manufacturadas) |
513112 | Venta al por mayor de tejidos (telas) |
513113
| Venta al por mayor de artículos de mercería |
(Incluye la venta de puntillas, galones, hombreras, agujas, botones, etc.) |
513114 | Venta al por mayor de mantelería, ropa de cama y artículos textiles para el hogar |
513115 | Venta al por mayor de tapices y alfombras de materiales textiles |
513121 | Venta al por mayor de prendas de vestir de cuero |
513122 | Venta al por mayor de medias y prendas de punto |
513129 | Venta al por mayor de prendas de vestir n.c.p. |
513130
| Venta al por mayor de calzado excepto el ortopédico |
(Incluye venta de calzado de cuero, tela, plástico, goma, etc.) |
513141 | Venta al por mayor de pieles y cueros curtidos y salados |
513142
| Venta al por mayor de suelas y afines |
(Incluye talabarterías, artículos regionales de cuero, almacenes de suelas, etc.) |
513149 | Venta al por mayor de artículos de marroquinería, paraguas y productos similares n.c.p. |
513211 | Venta al por mayor de libros y publicaciones |
513212 | Venta al por mayor de diarios y revistas |
513221 | Venta al por mayor de papel y productos de papel y cartón excepto envases |
513222 | Venta al por mayor de envases de papel y cartón |
513223 | Venta al por mayor de artículos de librería y papelería |
513310
| Venta al por mayor de productos farmacéuticos y veterinarios |
(Incluye venta de medicamentos y kits de diagnóstico como test de embarazo, hemoglucotest, vacunas, etc.) |
513320 | Venta al por mayor de productos cosméticos, de tocador y de perfumería |
513330
| Venta al por mayor de instrumental médico y odontológico y artículos ortopédicos |
(Incluye
venta de vaporizadores, nebulizadores, masajeadores, termómetros,
prótesis, muletas, plantillas, calzado ortopédico y otros artículos
similares de uso personal o doméstico) |
513410
| Venta al por mayor de artículos de óptica y de fotografía |
(Incluye
venta de lentes de contacto, líquidos oftalmológicos, armazones,
cristales ópticos, películas fotográficas, cámaras y accesorios para
fotografía, etc.) |
513420 | Venta al por mayor de artículos de relojería, joyería y fantasías |
513511 | Venta al por mayor de muebles metálicos excepto de oficina |
513519 | Venta al por mayor de muebles n.c.p. excepto de oficina; artículos de mimbre y corcho; colchones y sommiers |
513520 | Venta al por mayor de artículos de iluminación |
513531 | Venta al por mayor de artículos de vidrio |
513532 | Venta al por mayor de artículos de bazar y menaje excepto de vidrio |
513540
| Venta al por mayor de artefactos para el hogar eléctricos, a gas, kerosene u otros combustibles |
(Incluye electrodomésticos, cocinas, estufas y salamandras, hornos, etc., excepto equipos de sonido, televisión y video) |
513551 | Venta al por mayor de instrumentos musicales, discos y casetes de audio y video, etc. |
513552 | Venta al por mayor de equipos de sonido, radio y televisión, comunicaciones y sus componentes, repuestos y accesorios |
513910 | Venta al por mayor de materiales y productos de limpieza |
513920
| Venta al por mayor de juguetes |
(Incluye artículos de cotillón) |
513930
| Venta al por mayor de bicicletas y rodados similares |
(Incluye cochecitos y sillas de paseo para bebés, andadores, triciclos, etc.) |
513940
| Venta al por mayor de artículos de esparcimiento y deportes |
(Incluye embarcaciones deportivas, armas y municiones, equipos de pesca, piletas de natación de lona o plástico, etc.) |
513950 | Venta
al por mayor de papeles para pared, revestimiento para pisos de goma,
plástico y textiles, y artículos similares para la decoración |
513991 | Venta al por mayor de flores y plantas naturales y artificiales |
513992 | Venta al por mayor de productos en general en almacenes y supermercados mayoristas, con predominio de alimentos y bebidas |
513999
| Venta al por mayor de artículos de uso doméstico y/o personal n.c.p |
(Incluye
artículos de platería excepto los incluidos en talabartería, cuadros y
marcos que no sean obra de arte o de colección, sahumerios y artículos
de santería, parrillas y hogares, etc.) |
|
Venta al por mayor de productos intermedios, desperdicios y desechos no agropecuarios |
514110 | Venta al por mayor de combustibles y lubricantes para automotores |
514191 | Fraccionamiento y distribución de gas licuado |
514199 | Venta al por mayor de combustibles y lubricantes, excepto para automotores, leña y carbón |
514200 | Venta al por mayor de metales y minerales metalíferos |
514310
| Venta al por mayor de aberturas |
(Incluye puertas, ventanas, cortinas de enrollar de PVC, madera, aluminio, puertas corredizas, frentes de placares, etc.) |
514320
| Venta al por mayor de productos de madera excepto muebles |
(Incluye placas, varillas, parqué, machimbre, etc.) |
514330 | Venta al por mayor de artículos de ferretería |
514340 | Venta al por mayor de pinturas y productos conexos |
514350 | Venta al por mayor de vidrios planos y templados |
514391 | Venta al por mayor de artículos de plomería, electricidad, calefacción, obras sanitarias, etc. |
514392 | Venta al por mayor de artículos de loza, cerámica y porcelana de uso en construcción |
514399 | Venta al por mayor de ladrillos, cemento, cal, arena, piedra, mármol y materiales para la construcción n.c.p. |
514910 | Venta al por mayor de productos intermedios n.c.p., desperdicios y desechos textiles |
514920 | Venta al por mayor de productos intermedios n.c.p., desperdicios y desechos de papel y cartón |
514931 | Venta al por mayor de abonos, fertilizantes y plaguicidas |
514932 | Venta al por mayor de caucho y productos de caucho excepto calzado y autopartes |
514933 | Venta al por mayor de artículos de plástico |
514940
| Venta al por mayor de productos intermedios n.c.p., desperdicios y desechos metálicos |
(Incluye chatarra, viruta de metales diversos, etc.) |
514990
| Venta al por mayor de productos intermedios, desperdicios y desechos n.c.p. |
(Incluye venta al por mayor de petróleo, minerales no metalíferos, etc.) |
|
Venta al por mayor de máquinas, equipo y materiales conexos |
515110
| Venta
al por mayor de máquinas, equipos e implementos de uso en los sectores
agropecuario, jardinería, silvicultura, pesca y caza |
(Incluye
venta de tractores, cosechadoras, enfardadoras, remolques de carga y
descarga automática, motosierras, cortadoras de césped autopropulsadas,
etc.) |
515120
| Venta al por mayor de máquinas, equipos e implementos de uso en la elaboración de alimentos, bebidas y tabacos |
(Incluye
máquinas para moler, picar y cocer alimentos, fabricadora de pastas,
bateas, enfriadoras y envasadoras de bebidas, etc.) |
515130
| Venta
al por mayor de máquinas, equipos e implementos de uso en la
fabricación de textiles, prendas y accesorios de vestir, calzado,
artículos de cuero y marroquinería |
(Incluye
venta de máquinas de coser, de cortar tejidos, de tejer, extender
telas, robots de corte y otros equipos dirigidos por computadora para
la industria textil y confeccionista, etc.) |
515140
| Venta al por mayor de máquinas, equipos e implementos de uso en imprentas, artes gráficas y actividades conexas |
(Incluye
venta de máquinas fotocopiadoras —excepto las de uso personal—,
copiadoras de planos, máquinas para imprimir, guillotinar, troquelar,
encuadernar, etc.) |
515150
| Venta al por mayor de máquinas, equipos e implementos de uso médico y paramédico |
(Incluye
venta de equipos de diagnóstico y tratamiento, camillas, cajas de
cirugía, jeringas y otros implementos de material descartable, etc.) |
515160
| Venta al por mayor de máquinas, equipos e implementos de uso en la industria del plástico y del caucho |
(Incluye sopladora de envases, laminadora de plásticos, máquinas extrusoras y moldeadoras, etc.) |
515190
| Venta al por mayor de máquinas, equipos e implementos de uso especial n.c.p. |
(Incluye motoniveladoras, excavadoras, palas mecánicas, perforadoras - percutoras, etc.) |
515200 | Venta al por mayor de máquinas - herramienta de uso general |
515300 | Venta al por mayor de vehículos, equipos y máquinas para el transporte ferroviario, aéreo y de navegación |
515410 | Venta al por mayor de muebles e instalaciones para oficinas |
515420 | Venta al por mayor de muebles e instalaciones para la industria, el comercio y los servicios n.c.p. |
515910 | Venta al por mayor de equipo profesional y científico e instrumentos de medida y de control |
515921
| Venta al por mayor de equipos informáticos y máquinas electrónicas de escribir y calcular |
(Incluye
la venta de computadoras incluso las portátiles y sus periféricos,
impresoras, suministros para computación, software, máquinas de
escribir y calcular electrónicas, incluso las de bolsillo, cajas
registradoras y de contabilidad electrónicas, etc. |
515922
| Venta al por mayor de máquinas y equipos de comunicaciones, control y seguridad |
(Incluye
venta de productos de telefonía, equipos de circuito cerrado, sistemas
de alarmas y sirenas contra incendios, robos y otros sistemas de
seguridad, equipos de facsímil, etc.) |
515990
| Venta al por mayor de máquinas, equipo y materiales conexos n.c.p. |
(Incluye máquinas registradoras de escribir y de calcular mecánicas, equipos para destruir documentos, etc.) |
|
Venta al por mayor de mercancías n.c.p. |
519000
| Venta al por mayor de mercancías n.c.p. |
|
Venta al por menor excepto la especializada |
521110 | Venta al por menor en hipermercados con predominio de productos alimentarios y bebidas |
521120 | Venta al por menor en supermercados con predominio de productos alimentarios y bebidas |
521130 | Venta al por menor en minimercados con predominio de productos alimentarios y bebidas |
521190 | Venta al por menor en kioscos, polirrubros y comercios no especializados n.c.p. |
521200
| Venta al por menor excepto la especializada, sin predominio de productos alimentarios y bebidas |
|
Venta al por menor de productos alimentarios, bebidas y tabaco en comercios especializados |
522111 | Venta al por menor de productos lácteos |
522112 | Venta al por menor de fiambres y embutidos |
522120 | Venta al por menor de productos de almacén y dietética |
522210 | Venta al por menor de carnes rojas, menudencias y chacinados frescos |
522220 | Venta al por menor de huevos, carne de aves y productos de granja y de la caza n.c.p. |
522300 | Venta al por menor de frutas, legumbres y hortalizas frescas |
522410 | Venta al por menor de pan y productos de panadería |
522420 | Venta al por menor de bombones, golosinas y demás productos de confitería |
522500 | Venta al por menor de bebidas |
522910 | Venta al por menor de pescados y productos de la pesca |
522991 | Venta al por menor de tabaco y sus productos |
522999
| Venta al por menor de productos alimentarios n.c.p., en comercios especializados |
|
Venta al por menor de productos n.c.p. excepto los usados, en comercios especializados |
523110 | Venta al por menor de productos farmacéuticos y de herboristería |
523120 | Venta al por menor de productos cosméticos, de tocador y de perfumería |
523130
| Venta al por menor de instrumental médico y odontológico y artículos ortopédicos |
(Incluye
venta de vaporizadores, nebulizadores, masajeadores, termómetros,
prótesis, muletas, plantillas, calzado ortopédico y otros artículos
similares de uso personal o doméstico) |
523210
| Venta al por menor de hilados, tejidos y artículos de mercería |
(Incluye mercerías, sederías, comercios de venta de lanas y otros hilados, etc.) |
523220
| Venta al por menor de confecciones para el hogar |
(Incluye la venta al por menor de sábanas, toallas, mantelería, cortinas confeccionadas, colchas, cubrecamas, etc.) |
523290
| Venta al por menor de artículos textiles n.c.p. excepto prendas de vestir |
(Incluye la venta al por menor de tapices, alfombras, etc.) |
523310
| Venta al por menor de ropa interior, medias, prendas para dormir y para la playa |
(Incluye
corsetería, lencería, camisetas, medias excepto ortopédicas, pijamas,
camisones y saltos de cama, salidas de baño, trajes de baño, etc.) |
523320 | Venta al por menor de indumentaria de trabajo, uniformes y guardapolvos |
523330 | Venta al por menor de indumentaria para bebés y niños |
523391 | Venta al por menor de prendas de vestir de cuero y sucedáneos excepto calzado |
523399 | Venta al por menor de prendas y accesorios de vestir n.c.p. excepto calzado, artículos de marroquinería, paraguas y similares |
523410
| Venta al por menor de artículos regionales y de talabartería |
(Incluye venta de artículos de talabartería y regionales de cuero, plata, alpaca y similares) |
523420 | Venta al por menor de calzado excepto el ortopédico |
523490 | Venta al por menor de artículos de marroquinería, paraguas y similares n.c.p. |
523510 | Venta al por menor de muebles excepto de oficina, la industria, el comercio y los servicios; artículos de mimbre y corcho |
523520 | Venta al por menor de colchones y sommiers |
523530 | Venta al por menor de artículos de iluminación |
523540 | Venta al por menor de artículos de bazar y menaje |
523550
| Venta al por menor de artefactos para el hogar eléctricos, a gas, a kerosene u otros combustibles |
(Incluye electrodomésticos —excepto equipos de sonido—, televisión y video, cocinas, estufas, hornos, etc.) |
523560 | Venta al por menor de instrumentos musicales, equipos de sonido, casetes de audio y video, discos de audio y video |
523590 | Venta al por menor de artículos para el hogar n.c.p. |
523610
| Venta al por menor de aberturas |
(Incluye puertas, ventanas, cortinas de enrollar de PVC, madera, aluminio, puertas corredizas, frentes de placards, etc.) |
523620 | Venta al por menor de maderas y artículos de madera y corcho, excepto muebles |
523630 | Venta al por menor de artículos de ferretería |
523640 | Venta al por menor de pinturas y productos conexos |
523650 | Venta al por menor de artículos para plomería e instalación de gas |
523660 | Venta al por menor de cristales, espejos, mamparas y cerramientos |
523670 | Venta al por menor de papeles para pared, revestimientos para pisos y artículos similares para la decoración |
523690 | Venta al por menor de materiales de construcción n.c.p. |
523710 | Venta al por menor de artículos de óptica y fotografía |
523720 | Venta al por menor de artículos de relojería, joyería y fantasía |
523810 | Venta al por menor de libros y publicaciones |
523820 | Venta al por menor de diarios y revistas |
523830 | Venta al por menor de papel, cartón, materiales de embalaje y artículos de librería |
523911 | Venta al por menor de flores y plantas naturales y artificiales |
523912 | Venta al por menor de semillas, abonos, fertilizantes y otros productos de vivero |
523920 | Venta al por menor de materiales y productos de limpieza |
523930 | Venta al por menor de juguetes y artículos de cotillón |
523941 | Venta al por menor de artículos de deporte, equipos e indumentaria deportiva |
523942 | Venta al por menor de armas y artículos de cuchillería, artículos para la caza y pesca |
523950 | Venta al por menor de máquinas y equipos para oficina y sus componentes y repuestos |
523960
| Venta al por menor de fuel oil, gas en garrafas, carbón y leña |
(No incluye las estaciones de servicios que se clasifican en 505000) |
523970 | Venta al por menor de productos veterinarios y animales domésticos |
523991 | Venta al por menor de artículos de caucho, excepto cámaras y cubiertas |
523992 | Venta al por menor de máquinas y motores y sus repuestos |
523993 | Venta al por menor de equipo profesional y científico e instrumentos de medida y de control |
523994 | Venta al por menor de artículos de colección y objetos de arte |
523999
| Venta al por menor de artículos nuevos n.c.p. |
(Incluye
casas de regalos, de artesanías y artículos regionales excepto de
talabartería, de artículos religiosos, de monedas y sellos, etc.) |
|
Venta al por menor de artículos usados excluidos automotores y motocicletas |
524100 | Venta al por menor de muebles usados |
524200 | Venta al por menor de libros, revistas y similares usados |
524910
| Venta al por menor de antigüedades |
(Incluye venta de antigüedades en remates) |
524990
| Venta al por menor de artículos usados n.c.p. excluidos automotores y motocicletas |
|
Venta al por menor no realizada en establecimientos |
525100 | Venta al por menor por correo, televisión, internet y otros medios de comunicación |
525200 | Venta al por menor en puestos móviles |
525900
| Venta al por menor no realizada en establecimientos n.c.p. |
(Incluye venta mediante máquinas expendedoras, vendedores ambulantes y vendedores a domicilio) |
|
Reparación de efectos personales y enseres domésticos |
526100 | Reparación de calzado y artículos de marroquinería |
526200 | Reparación de artículos eléctricos de uso doméstico |
526901 | Reparación de relojes y joyas |
526909 | Reparación de artículos n.c.p. |
|
|
E | INTERMEDIACION FINANCIERA Y OTROS SERVICIOS FINANCIEROS |
|
|
651100
| Intermediación monetaria y financiera de la banca central |
Servicios de la banca central |
(Incluye las actividades del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA) |
|
Intermediación monetaria y financiera de las entidades financieras bancarias y no bancarias |
652110 | Servicios de la banca mayorista |
652120 | Servicios de la banca de inversión |
652130 | Servicios de la banca minorista |
652201 | Servicios de intermediación financiera realizada por las compañías financieras |
652202 | Servicios de intermediación financiera realizada por sociedades de ahorro y préstamo para la vivienda y otros inmuebles |
652203 | Servicios de intermediación financiera realizada por cajas de crédito |
|
|
659810
| Servicios financieros excepto los de la banca central y las entidades financieras |
Actividades de crédito para financiar otras actividades económicas |
(Incluye las empresas de factoring y otras formas de adelanto, etc.) |
659890
| Servicios de crédito n.c.p. |
(Incluye
el otorgamiento de préstamos por entidades que no reciben depósitos y
que están fuera del sistema bancario y cuyo destino es financiar el
consumo, la vivienda u otros bienes) |
659910
| Servicios de agentes de mercado abierto “puros” |
(Incluye las transacciones extrabursátiles —por cuenta propia—) |
659920 | Servicios de entidades de tarjeta de compra y/o crédito |
659990
| Servicios de financiación y actividades financieras n.c.p. |
(Incluye
actividades de inversión en acciones, títulos, fondos comunes de
inversión, la actividad de corredores de bolsa, las sociedades de
inversión inmobiliaria y sociedades de cartera, arrendamiento
financiero o leasing, securitización, etc.) |
(No incluye actividades financieras relacionadas con el otorgamiento de créditos) |
|
Servicios de seguros |
661110
| Servicios de seguros de salud |
(Incluye medicina prepaga) |
661120
| Servicios de seguros de vida |
(Incluye los seguros de vida, retiro y sepelio) |
661130
| Servicios de seguros a las personas excepto los de salud y de vida |
(Incluye los seguros de accidentes) |
661210 | Servicios de aseguradoras de riesgo de trabajo (A.R.T.) |
661220 | Servicios de seguros patrimoniales excepto los de las aseguradoras de riesgo de trabajo |
661300
| Reaseguros |
|
Servicios de administración de fondos de jubilaciones y pensiones |
662000
| Administración de fondos de jubilaciones y pensiones (A.F.J.P.) |
|
Servicios
auxiliares a la actividad financiera, excepto a los servicios de
seguros y de administración de fondos de jubilaciones y pensiones |
671110 | Servicios de mercados y cajas de valores |
671120 | Servicios de mercados a término |
671130 | Servicios de bolsas de comercio |
671200
| Servicios bursátiles de mediación o por cuenta de terceros |
(Incluye la actividad de agentes y sociedades de bolsa) |
671910 | Servicios de casas y agencias de cambio |
671920 | Servicios de sociedades calificadoras de riesgos |
671990
| Servicios
auxiliares a la intermediación financiera n.c.p., excepto a los
servicios de seguros y de administración de fondos de jubilaciones y
pensiones |
|
Servicios auxiliares a los servicios de seguros y de administración de fondos de jubilaciones y pensiones (A. F. J. P.) |
672110 | Servicios de productores y asesores de seguros |
672190 | Servicios auxiliares a los servicios de seguros n.c.p. |
672200
| Servicios auxiliares a la administración de fondos de jubilaciones y pensiones (A.F.J.P.) |
|
Servicios
jurídicos y de contabilidad, teneduría de libros y auditoría;
asesoramiento en materia de impuestos; estudios de mercados y
realización de encuestas de opinión pública; asesoramiento empresarial
y en materia de gestión (A. F. I. P.) |
741101 | Servicios jurídicos |
741102 | Servicios notariales |
741200 | Servicios de contabilidad y teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal |
741300 | Estudio de mercado, realización de encuestas de opinión pública |
741401 | Servicios
de asesoramiento, dirección y gestión empresarial realizados por
integrantes de los órganos de administración y/o fiscalización en
sociedades anónimas |
741402 | Servicios
de asesoramiento, dirección y gestión empresarial realizados por
integrantes de cuerpos de dirección en sociedades excepto las anónimas |
741409 | Servicios de asesoramiento, dirección y gestión empresarial n.c.p. |
ANEXO II
TABLA DE PUNTAJE PARA LA CALIFICACION DE PROYECTOS.
VARIABLES Y PONDERACION | PUNTAJE |
| |
SECTOR ECONOMICO - 25 puntos | |
INDUSTRIAL / CADENAS PRODUCTIVAS PLAN 2020 | 25 puntos |
INDUSTRIAL / OTRAS CADENAS PRODUCTIVAS | 20 puntos |
SERVICIOS INDUSTRIALES | 20 puntos |
SERVICIOS NO INDUSTRIALES | 10 puntos |
| |
REGION - 20 puntos | |
NORTE GRANDE | 20 puntos |
PATAGONIA + LA PAMPA | 20 puntos |
CENTRO Y CUYO | 15 puntos |
RESTO DEL PAIS | 10 puntos |
| |
TAMAÑO - 25 puntos | |
MICRO EMPRESAS | 25 puntos |
PEQUEÑAS EMPRESAS | 20 puntos |
MEDIANAS EMPRESAS | 15 puntos |
| |
ACTIVIDAD - 30 puntos | |
CALIFICACION A | 30 puntos |
CALIFICACION B | 20 puntos |
CALIFICACION C | 15 puntos |
CALIFICACION D | 5 puntos |
ANEXO III
TABLA DE CLASIFICACION DE ACTIVIDADES
SERVICIO | ACTIVIDAD | CLASIFICACION |
Calidad | Implantación de Sistemas de Calidad | A |
Calidad | Calidad de Producto | A |
Calidad | Certificación | A |
Calidad | Capacitación en Calidad | A |
Calidad | Buenas Prácticas de manufactura | A |
Calidad | Mejora continua | A |
Calidad | Gestión de Calidad | A |
Calidad | Implantación de Sistemas de Calidad II | A |
Estrategia | Localización y Diseño de Planta | A |
Marketing | Publicidad y Promoción (incluye diseño y producción de Stands) | A |
Producción | Testeo y Prototipos | A |
Producción | Estudios Ambientales | A |
Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) | Sistemas de información y comunicaciones II | A |
Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) | Sistemas de información y comunicaciones | A |
Estrategia | Gestión del Medioambiente | A |
Marketing | Packaging y presentaciones | B |
Producción | Incorporación de tecnología | B |
Producción | Investigación y desarrollo | B |
Producción | Reingeniería de procesos industriales | B |
Producción | Diseño Industrial | B |
Producción | Seguridad | B |
Producción | Producción | B |
Producción | Procesos | B |
Producción | Mantenimiento | B |
Producción | Organización y Métodos | B |
Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) | Desarrollo de software | B |
Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) | Internet | B |
Comercio Exterior | Estudios de mercado | B |
Marketing | Investigación de Mercado | B |
Administración, Finanzas y Presupuestos | Capacitación en Organización y Sistemas | C |
Administración, Finanzas y Presupuestos | Evaluación de Proyectos | C |
Administración, Finanzas y Presupuestos | Legales, fiscales y previsionales | C |
Administración, Finanzas y Presupuestos | Gestión de compras | C |
Administración, Finanzas y Presupuestos | Costos | C |
Administración, Finanzas y Presupuestos | Logística | C |
Administración, Finanzas y Presupuestos | Contabilidad | C |
Administración, Finanzas y Presupuestos | Presupuesto | C |
Administración, Finanzas y Presupuestos | Finanzas | C |
Administración, Finanzas y Presupuestos | Administración | C |
Dirección de Empresas | Gestión de empresas - Avanzado | C |
Dirección de Empresas | Gestión de empresas - Introducción | C |
Comercio Exterior | Introducción al Comercio Exterior | C |
Marketing | Posicionamiento e Imagen Corporativa | C |
Marketing | Marketing Directo | C |
Marketing | Marketing | C |
Ventas y Comercialización | Comercialización | C |
Ventas y Comercialización | Ventas | C |
Estrategia | Negociación | D |
Estrategia | Planeamiento Estratégico y Operativo | D |
Estrategia | Gestión del Cambio | D |
Estrategia | Gestión de RRHH | D |
Estrategia | Control de Gestión | D |
Estrategia | Conducción y Liderazgo | D |
Idiomas | Ruso | D |
Idiomas | Japonés | D |
Idiomas | Ucraniano | D |
Idiomas | Portugués | D |
Idiomas | Italiano | D |
Idiomas | Francés | D |
Idiomas | Inglés | D |
Idiomas | Español | D |
Idiomas | Coreano | D |
Idiomas | Chino | D |
Idiomas | Arabe | D |
Idiomas | Cantonés | D |
Idiomas | Alemán | D |
Marketing | Capacitación en productos y servicios | D |
Marketing | Capacitación en Mercado | D |
Marketing | Comunicación | D |
Marketing | Pricing | D |
Marketing | Motivación | D |
Marketing | Atención y Retención (incluido Call Centers) | D |
Producción | Capacitación en Infraestructura productiva | D |
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ANEXO II
MODELO DE PRIMER TESTIMONIO DE ESCRITURA PUBLICA PARA PERSONAS FISICAS Y/O SOCIEDADES DE HECHO
FOLIO Nº____.- PRIMERA COPIA.- ESCRITURA NUMERO
______________________________. En la Ciudad de ________, a ________
días del mes de _______ del año dos mil ________, ante mí, Escribano
Público Autorizante, comparece _________________, de nacionalidad
______________ (argentina), nacido el ___de _____de ____,
________________(estado civil), titular del Documento Nacional de
Identidad número _______________, domiciliado legalmente en la calle
________________ de ___________, (en caso de tratarse de una sociedad
de hecho indicar nombre de los socios) persona capaz, de mi
conocimiento, doy fe, así como de que interviene en su carácter de
titular de la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.)
Nº_____________, con domicilio fiscal en ____________ en la calle
________________, y MANIFIESTA que requiere mi intervención a los fines
de poder cumplimentar lo establecido por la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, solicitándome que: justifique
sus datos personales, datos de su inscripción y modificaciones en la
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, domicilio y actividad
principal.
YO EL ESCRIBANO AUTORIZANTE EN CUMPLIMIENTO DE LO REQUERIDO HAGO
CONSTAR: Que la compareciente acredita lo que me solicita que
justifique, con la siguiente documentación: a) Del D.N.I.
Nº____________ surge que el/los compareciente/s es/son:
__________________, fecha de nacimiento: __/__/____, con domicilio real
en la calle_______________________________ b) De la constancia de
inscripción en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS surge que
la fecha de inscripción es __/__/___, que se encuentra inscripto en
____________(indicar si es monotributo o régimen general indicando en
qué tributos se encuentra inscripto), que su actividad principal
registrada en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
es:________________________ (Si tiene actividades secundarias
inscriptas indicar cuáles son__________) y que el domicilio fiscal es
________________________.
La documentación relacionada en su primera copia y original la tengo a la vista.
LEIDA Y RATIFICADA firma la requirente de conformidad por ante mí, doy fe.
_______ — Hay un sello.- Ante mí: ______________— PARA ________ expido
esta Primera Copia en un Sellado de Actuación Notarial número que sello
y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento. (En caso de tratarse de
una Escritura otorgada fuera de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, deberá contener la legalización del Colegio de
Escribanos correspondiente).
MODELO DE PRIMER TESTIMONIO DE ESCRITURA PUBLICA PARA EMPRESA/S SOLICITANTE/S Y UNIDAD/ES CAPACITADORA/S (PERSONA/S JURIDICA/S).
FOLIO Nº____.- PRIMERA COPIA.- ESCRITURA NUMERO
______________________________. En la Ciudad de ________, a ________
días del mes de _______ del año dos mil ________, ante mí, Escribano
Público Autorizante, comparece _________________, de nacionalidad
______________ (argentina), nacido el ___de _____de ____,
________________(estado civil), titular del Documento Nacional de
Identidad número _______________, Clave Unica de Identificación
Tributaria (C.U.I.T.) Nº______________, domiciliado legalmente en la
calle ________________ de ___________, persona capaz, de mi
conocimiento, doy fe, así como de que interviene en su carácter de
__________________(Representante legal de acuerdo con el tipo social
que corresponda y/o apoderado con facultades suficientes) de la
sociedad que gira bajo la denominación de “__________________”,
C.U.I.T. Nº ________________, con domicilio en ____________ y sede
social en la calle ________________, objeto _____________________
(designación del objeto principal únicamente), lo que se justificará
más adelante, y MANIFIESTA que requiere mi intervención a los fines de
poder cumplimentar lo establecido por la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, solicitándome que: justifique la
existencia de la persona jurídica y de su vigencia actual, denominación
o razón social, fecha de constitución, datos de su inscripción y
modificaciones en el registro público correspondiente, domicilio y sede
social, objeto social, acreditar la justificación de la personería de
su/s representante/s legal/es con mandato vigente y la fecha en que
vence su mandato.
YO EL ESCRIBANO AUTORIZANTE EN CUMPLIMIENTO DE LO REQUERIDO HAGO
CONSTAR: Que la compareciente acredita lo que me solicita que
justifique, con la siguiente documentación: a) La constitución de la
sociedad y su existencia legal con la escritura de constitución de la
sociedad de fecha _____________, que pasó ante ______, al folio ____
del Registro Notarial ____ a cargo de ___________, la que en su primera
copia se inscribió el _____________ bajo el número _____del Libro ___
de _______ (y reformas si las hubiera). b) Que según surge de la
documentación citada en el punto anterior la sociedad tiene una
vigencia de ____ años contados a partir del __/__/____ (fecha que
comienza a correr el plazo), por lo cual la misma se encuentra
vigente.- c) Que su Objeto social es:__________________ y su domicilio
legal es _____________________d) El carácter de representante legal de
la misma con________________(indicar las actas de asamblea de elección
de autoridades y de directorio de distribución de cargo si fuera una
Sociedad Anónima o actas o instrumento correspondiente si fuera otro
tipo societario), que se encuentran inscriptas en ___________. De dicha
documentación surge que los representantes estatutarios de la sociedad
son ______________________________ (completar lo que corresponda según
el tipo de sociedad), que ejercen su mandato por el término de _____
contados a partir del día __/__/____, y hasta el día __/__/___, por lo
cual se encuentra vigente.
La documentación relacionada en su primera copia y original la tengo a la vista.
LEIDA Y RATIFICADA firma la requirente de conformidad por ante mí, doy fe.
_______ — Hay un sello.- Ante mí: ______________— PARA ________ expido
esta Primera Copia en un Sellado de Actuación Notarial número que sello
y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento. (En caso de tratarse de
una Escritura otorgada fuera de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, deberá contener la legalización del Colegio de
Escribanos correspondiente).
ANEXO III
MODELO DE DECLARACION JURADA
Lugar y fecha
Sr. Coordinador General del PROGRAMA DE ACCESO AL CREDITO Y COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME)
REF: Proyecto PACC Nº xxxx/año
En mi carácter de representante legal de la firma xxx, declaro bajo
juramento que ni el Formulador (en caso de corresponder), ni los
Prestadores de Servicios de Asistencia Técnica y ni los Proveedores de
bienes (en caso de corresponder) incluidos en las actividades descritas
en el Proyecto PACC Nº xxx/año, están vinculados laboral, societaria o
patrimonialmente con nuestra Empresa, ni (en caso de corresponder) con
sus controlantes o controladas, ni ocupan cargos en la misma (conforme
el artículo 5º del Documento Ejecutivo Subcomponente 1.1 Apoyo Directo
a Empresas).
Saludo a Ud atte.
Firma y sello del Representante Legal
ANEXO DECLARACION JURADA SOBRE “BASE DE DATOS DE LA EMPRESA” |
Razón Social / Nombre: |
|
C.U.I.T. Nº: |
|
Tipo de empresa (S.A., S.R.L., Sociedad de Hecho, Unipersonal, etcétera): |
|
Domicilio legal: |
|
Calle / Ruta: |
|
Nº/Km: |
|
Piso: |
|
Depto. / Oficina: |
|
Código Postal: |
|
Provincia: |
|
Partido: |
|
Localidad: |
|
Teléfonos: |
|
E – mail: |
|
Página Web: |
|
A) Patrimonio Neto (al MM/AA): |
|
Origen del capital: |
|
% Argentino: |
|
% Extranjero: |
|
B) Fecha de inicio de actividades: (Entendiéndose por tal el registro de ingresos por ventas) (1) |
|
Código de actividad principal (según CLANAE): |
|
Código de actividad secundaria (según CLANAE): |
|
Actividad principal que desarrolla Descripción detallada: |
|
Detalle de Bienes/Servicios que ofrece: |
|
Ventas anuales de los últimos DOS (2) años (2) |
|
C): Monto Ventas anuales - año 20__ : |
|
Monto Ventas anuales - año 20__: |
|
Promedio de las Ventas de los DOS (2) últimos años (2): |
|
D)
Tamaño de la empresa: Según Resolución Nº 24 de fecha 15 de
febrero de 2001 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA y sus modificatorias y complementarias. |
|
Si
la empresa integra un grupo económico en carácter de controlante o
controlada en los términos del artículo 33 de la Ley Nº 19.550 de
Sociedades Comerciales (t. o. 1984) y sus modificaciones. | SI/NO |
Ventas Consolidadas del grupo económico (2) |
|
Monto Ventas anuales - año 20__: |
|
Monto Ventas anuales - año 20__: |
|
Promedio de ventas del grupo económico: |
|
Si
la Empresa está vinculada con otras sociedades en los términos del
artículo 33 de la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales (t. o.
1984) y sus modificaciones. | SI/NO |
Entre las empresas vinculadas ¿Cuál es el mayor promedio de ventas (2) de los últimos DOS (2) años ¿Cuál es el monto promedio |
|
E) Destino de Ventas: (% de venta según su mercado de destino) |
|
Argentina: |
|
Exportación: |
|
¿La Empresa es importadora de productos finales destinados a la reventa | SI/NO |
Si
corresponde, ¿El % de importación de productos finales destinados a la
reventa respecto de las ventas totales supera el VEINTICINCO POR CIENTO
(25%) | SI/NO |
F) ¿La Empresa posee deuda impositiva exigible | SI/NO |
¿La Empresa posee deuda previsional exigible | SI/NO |
G)
¿La Empresa posee la capacidad operativa necesaria para realizar las
actividades incluidas en el proyecto dentro de los plazos determinados | SI/NO |
H) ¿La Empresa tiene la capacidad económica financiera para afrontar las erogaciones que requiera la implementación del proyecto | SI/NO |
1)
Si la EMPRESA es una sociedad regularmente constituida que es
continuadora de otra sociedad regular o de hecho o de una empresa
unipersonal, en tanto la actividad principal de ambas sea la misma y la
sociedad antecesora haya sido dada de baja en los registros
impositivos, puede consignarse la fecha de inicio de actividades de la
antecesora |
|
2)
Se entenderá por ventas totales anuales, el valor de las ventas que
surja del balance o información contable equivalente adecuadamente
documentada, excluidos el impuesto al Valor Agregado, el impuesto
interno que pudiera corresponder y deducidas las exportaciones hasta un
máximo del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de dichas ventas en caso de
corresponder. |
|
Lugar y Fecha: | Representante de la empresa:
|
Contador Independiente: | Firma:
|
Firma: | Aclaración:
|
Aclaración:
|
|
C.P.C.E.----------. Tº Fº
|
|
Firmado a los efectos de su identificación con la Certificación adjunta de fecha dd/mm/aaaa. |
ANEXO IV
MODELOS DE CERTIFICACION CONTABLE PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS
Señores
Razón Social/Nombre
Domicilio Legal
C.U.I.T.
En mi carácter de Contador Público independiente, a solicitud del
interesado y para su presentación ante la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA,
certifico la información detallada en el apartado siguiente:
1. INFORMACION OBJETO DE LA CERTIFICACION.
Declaración efectuada por la Sociedad/Empresa XXXXXX respecto de la
inscripción en ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad
autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,
la actividad principal de la empresa, las ventas de los últimos TRES
(3) ejercicios, su composición del último año, las importaciones
realizadas y las relaciones de vinculación y/o control con otras
sociedades, y demás información incluida en hoja adjunta en los
términos de la reglamentación de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL para su Programa de Acceso al Crédito y
Competitividad para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (P.A.C.C.),
firmada por mí al solo efecto de su identificación.
A) TAREA PROFESIONAL REALIZADA.
La emisión de una certificación consiste en constatar determinados
hechos y circunstancias con registros contables y documentación de
respaldo. Por lo expuesto, mi tarea profesional se limitó a cotejar los
conceptos contenidos en la Declaración señalada en el punto 1 con los
comprobantes respaldatorios correspondientes y que detallo a
continuación, referenciados para cada uno de los puntos indicados en la
planilla de datos que se adjunta:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
Etc.
B) MANIFESTACION
En función de la tarea realizada, certifico que los datos A) a H) de la
Declaración Jurada adjunta surgen de la documentación detallada en el
punto anterior.
En la Ciudad de ..........................., a los ....... del mes de ............................ de 201 .
Cdor.xxxxxxxxxxxx
Contador Público Nacional
C.P.C.E.----. Tº xxx Fº xxx
ANEXO V
MODELO DE CERTIFICACION CONTABLE PARA LA SOLICITUD DE DESEMBOLSO DE APORTES NO REEMBOLSABLES / RENDICION DE CUENTAS
Señores
[Apellido y Nombre o Razón Social de la empresa Solicitante/Beneficiaria]
[C.U.I.T.]
[Domicilio real]
[Localidad]
CERTIFICACION CONTABLE – RENDICION DE CUENTAS
En mi carácter de Contador Público independiente, a su pedido y para su
presentación ante el Programa de Acceso al Crédito y la Competitividad
para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas – Préstamo BID 1884-OC-AR,
certifico la información detallada en el apartado siguiente:
1. INFORMACION OBJETO DE LA CERTIFICACION
Solicitud de Desembolso Nº XXX correspondiente al Proyecto de
Desarrollo Empresarial Nº XX del Subcomponente 1.1 Apoyo Directo a
Empresas - del Programa de Acceso al Crédito y Competitividad para
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas – Préstamo BID 1884-OC-AR,
integrada por la documentación que a continuación se detalla:
1.- Detalle de Imputación de Facturas del/los Prestador/es de
Servicio/s de Asistencia Técnica y/o Adquisiciones y Gastos, que
integra la presente certificación, y consta de XXX cantidad de hojas.
2.- Copias de las remitos, facturas, recibos y todo comprobante de
gasto, que respalde el monto de reembolso solicitado, de acuerdo con la
normativa vigente.
3.- Original de la certificación de origen emitido por el proveedor (si correspondiere).
2. TAREA PROFESIONAL REALIZADA
La emisión de una certificación consiste únicamente en constatar
determinados hechos y circunstancias con registros contables y/o
documentación de respaldo. Por lo expuesto, mi tarea profesional se
limitó a cotejar los comprobantes de respaldo de la Solicitud de
Desembolso citada en el párrafo anterior (ítem 1) con los registros
contables, según se detalla a continuación:
|
Tipo de Comprobante (factura/recibo, etcétera) | Fecha | Consultor / Proveedor | Actividad | Importe Neto de IVA | ANR Solicitado |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
3. CERTIFICACION PROFESIONAL
Sobre la base de las tareas descriptas, certifico:
1) Que las facturas, remitos, recibos y todos los comprobantes, citados
en el cuadro precedente y detallados en el Anexo I del presente
Documento Ejecutivo, corresponden a servicios/bienes efectivamente
recibidos en el marco del PDE aprobado Nº XXXXXX.
2) Que el pago de los servicios y/o bienes correspondientes se efectuó
por depósito/cheque/transferencia bancaria, de acuerdo con lo
estipulado por las normas.
3) Que no se han efectuado pagos parciales y/o totales en efectivo.
4) Que las retenciones de impuestos nacionales y locales se han
realizado y depositado en los organismos recaudadores respectivos de
acuerdo con lo estipulado por las normas pertinentes.
5) Que los bienes adquiridos provienen de países elegibles para el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).
6) Que la documentación respaldatoria de las operaciones (remitos,
facturas, recibos y todo comprobante respaldatorio de gastos) son
válidos en los términos de la normativa aplicable vigente.
7) Que los comprobantes detallados en el cuadro precedente se
encuentran registrados en los libros contables de la empresa, los
cuales son llevados en legal forma.
8) Que la titularidad de la cuenta bancaria Nº xxxxxxxxxxxxxxxxx del
BANCO XXXXXXXXX, a la cual se transferirá el reembolso de la Solicitud
de Desembolso Nº xxx, corresponde a la Empresa XXXXXXXXXXXXX.
Lugar y Fecha
Dr. Xxxxxxxxxxxxxx
Contador Público (Universidad)
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº ... Fº ...
ANEXO VI
MODELO DE CERTIFICACION CONTABLE PARA LA SOLICITUD DE DESEMBOLSO DE
APORTES NO REEMBOLSABLES / DETALLE DE IMPUTACION DE FACTURAS DEL PSAT /
ADQUISICIONES
Firma y Aclaración Representante Legal del GE | Firma del Contador Certificante con la leyenda
“Firmada por mí al solo efecto de su identificación”. |
|
Actividad Nº:
Nombre de la Actividad:
Monto Total de la Actividad (en $ Neto de IVA):
ANR de la Actividad:
DATOS DE LA FACTURA Nº 1
Nombre del PSAT/ Proveedor: |
| Nombre de UCAP (si corresponde): |
|
Factura (Tipo y Número): |
| Fecha: |
|
Forma de Pago
Cheque Nº | Fecha de débito | Banco | Monto |
Transferencia Nº | Fecha de débito | Banco emisor | Monto |
DESCRIPCION |
Nº de Tarea | Denominación de la Tarea | Neto de IVA | ANR Solicitado |
|
|
|
|
TOTAL |
Cuenta Bancaria para Reembolsos |
Denominación
| Cuenta Nº
| CBU
|
|
|
|
Retenciones |
Concepto | Período DDJJ | Monto |
Ganancias
|
|
|
Ingresos Brutos |
|
|
IVA |
|
|
Firma y Aclaración del Representante Legal de la Empresa.
Firma del Contador Certificante con la leyenda “Firmada por mí al solo efecto de su identificación”
ANEXO VII
MODELO CARATULA PRESENTACION DE PRODUCTO VERIFICABLE POR ACTIVIDAD
Nº DE PROYECTO:
EMPRESA:
Nº DE LA ACTIVIDAD SOLICITADA:
Nº ACTIVIDAD / TAREA1 | DENOMINACION Y CONTENIDO DE LOS PRODUCTOS VERIFICABLES | Nº DE PSAT O NOMBRE DEL PROVEEDOR | % DE ANR COFINANCIADO | VALOR ANR DE LA TAREA O ACTIVIDAD NETA DE IMPUESTOS |
1.1 |
|
|
|
|
1.2 |
|
|
|
|
1.3 |
|
|
|
|
1.4 |
|
|
|
|
a) copia impresa en papel, encarpetada y separada del resto de la documentación adjunta.
b) identificados con su correspondiente Carátula (completa, firmada y
aclarada). Además inicialadas por el Representante Legal de la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL y el
Consultor del Servicio. Cuando la documentación resulte excesiva en
cuanto a volumen, más de CIEN (100) hojas por tarea, puede completar la
presentación, a partir de la página 101, a través de soporte magnético,
identificándolo de la siguiente manera (Nombre de la Empresa, Nº PDE,
Nº de Solicitud, Denominación del Producto Verificable).
c) Adjuntar al frente de los Producto Verificable, como tapa de
presentación, COPIA de la “Lista de Productos Verificables” arriba
consignada.
FIRMA
REPRESENTANTE LEGAL DE LA
EMPRESA.
1 Deberá ser desglosado de corresponder con el cronograma de
actividades, en caso de ser solamente la Actividad sin desglose de
Tareas poner ítem 1 solamente.