Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos

TARIFAS

Resolución 32/2012

Dispónese la entrada en vigencia del cuadro tarifario aprobado por la Resolución Nº 126/11.

Bs. As., 28/5/2012

VISTO el Expediente Nº 65/2009 del Registro del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), los decretos Nros. 375 de fecha 24 de abril de 1997, 500 de fecha 2 de junio de 1997 ambos ratificados por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 842 de fecha 27 de agosto de 1997, el Decreto Nº 1799 de fecha 2 de diciembre de 2007, las resoluciones Nros. 53 de fecha 27 de mayo de 1998, 16 de fecha 23 de abril de 2007, 126 de fecha 21 de diciembre de 2011 y 127 de fecha 21 de diciembre de 2011 todas ellas del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la presentación efectuada por AEROPUERTO DE BAHIA BLANCA SOCIEDAD ANONIMA (ABBSA), en su carácter de Concesionario de la Aeroestación Civil “COMANDANTE ESPORA” de la ciudad de BAHIA BLANCA de la provincia DE BUENOS AIRES, por la cual solicita se declare aplicable a dicha aeroestación el Cuadro Tarifario aprobado por Resolución Nº 126 de fecha 21 de diciembre de 2011 del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA).

Que el Concesionario hace referencia a la necesidad de la revisión de la Ecuación Económico-Financiera de la Concesión con el fin de contemplar el impacto de los mayores costos y demás circunstancias a los efectos de recomponer el equilibrio económico- financiero de la Concesión.

Que en fecha 14 de febrero de 2012 la MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA de la provincia de BUENOS AIRES manifestó que resulta necesario la realización de un estudio técnico económico del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) a los efectos de autorizar la aplicación del nuevo cuadro a la Aeroestación mencionada.

Que la GERENCIA DE REGULACION ECONOMICA, FINANCIERA Y CONTROL DE CALIDAD del Organismo Regulador señaló que actualmente los pasajeros que inician su vuelo en el Aeropuerto “COMANDANTE ESPORA” de la ciudad de BAHIA BLANCA deben abonar una TASA DE USO DE AEROESTACION (TUA) de Cabotaje de PESOS CATORCE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 14,50) y desde el dictado de la Resolución Nº 127 de fecha 21 de diciembre de 2011 del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), se les aplica asimismo una Sobretasa de PESOS VEINTITRES ($ 23) más el IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA).

Que el Cuadro Tarifario para los aeropuertos integrantes del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA) aprobado por Resolución ORSNA Nº 126/2011 entró en vigencia el 21 de diciembre de 2011, posponiendo la entrada en vigencia de las nuevas tarifas para diversos aeropuertos entre los que se encontraba el de la ciudad de BAHIA BLANCA, hasta tanto los Concesionarios y las respectivas Autoridades de Aplicación, en forma conjunta con el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) analizaran las implicancias del Cuadro Tarifario en sus respectivos marcos normativos.

Que cabe recordar que con fecha 22 de mayo de 2008 se suscribió el Contrato de Concesión de la Aeroestación “COMANDANTE ESPORA” de la ciudad de BAHIA BLANCA, entre la MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA y la firma AEROPUERTO DE BAHIA BLANCA SOCIEDAD ANONIMA.

Que de conformidad a los términos contenidos en dicho Contrato, el Cuadro Tarifario de la Concesión es el aprobado por la Resolución Nº 53 de fecha 27 de mayo de 1998 del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), y sus correspondientes modificaciones y/o complementarios.

Que cabe recordar que el Decreto Nº 375 de fecha de fecha 24 de abril de 1997 en su artículo 17.7 otorga al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) la competencia para: “Establecer las bases y criterios para el cálculo de las tasas y aprobar los correspondientes cuadros tarifarios para lo cual tomará las medidas necesarias a fin de determinar las metodologías de asignación de costos e ingresos que permitan evaluar la razonabilidad de las tarifas a aplicar”.

Que por su parte el artículo 17.14 del Decreto Nº 375/1997 establece como obligación del Organismo Regulador: “Hacer cumplir el presente decreto y sus disposiciones complementarias en el ámbito de su competencia, supervisando el cumplimiento de las obligaciones y prestación de los servicios por parte del concesionario y/o administrador aeroportuario. En los casos de concesiones, fiscalizará, controlará y aprobará la realización de las obras e inversiones que se hubieren previsto”.

Que asimismo, del propio artículo citado y de los artículos Nros. 17.15, 17.18 y 17.19 surge la obligación del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) de velar por el mantenimiento, conservación y modernización de la infraestructura aeroportuaria, aprobar la realización de toda obra de reparación de emergencia, y de realizar la evaluación técnica de las obras de mantenimiento o mejoras.

Que el Organismo Regulador a través de la Resolución Nº 16 de fecha 23 de abril de 2007 del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) aprobó el Modelo de Pliego de Bases y Condiciones para que la MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA otorgue en concesión la administración, explotación y funcionamiento, así como la ejecución de las obras de ampliación y remodelación de la Aeroestación “COMANDANTE ESPORA” de la ciudad de BAHIA BLANCA.

Que el Numeral 3.11 de dicho documento se ocupa de las Tarifas y Precios, estableciendo que el Cuadro Tarifario de la Concesión será el Régimen Tarifario vigente para el SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA) que fuera puesto en vigencia por la Resolución ORSNA Nº 53/1998, y sus correspondientes modificaciones y complementarios.

Que el mismo Numeral dispone: “Asimismo, el ORSNA determinará los cuadros tarifados que deberán respetarse a la largo del plazo de la concesión. Estos cuadros tarifarios que apruebe el ORSNA constituyen valores máximos que deberán ser respetados por el Concesionario en la facturación de los servicios prestados a los usuarios y a los operadores aéreos. En el caso en que se realicen modificaciones al monto correspondiente a la Tasa de Uso de Aeroestación, en el término de los tres primeros años a partir de la firma del contrato, dicho impacto será descontado del monto de la Sobretasa que sea determinada”.

Que el Cuadro Tarifario aprobado por Resolución ORSNA Nº 126/2011 dispuso para los aeropuertos que se encuentran fuera del Grupo “A” del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA) explotados por privados, diferir la puesta en vigencia de la medida hasta tanto se realizara un análisis particular de situación que abarca a la Aeroestación Civil “COMANDANTE ESPORA”.

Que por consiguiente la norma vigente dispone que el Cuadro Tarifario es extensivo para el resto del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA), postergando la entrada en vigencia del nuevo cuadro tarifario solamente en los aeropuertos mencionados en el artículo 2°.

Que analizada la situación de la Aeroestación Civil “COMANDANTE ESPORA” de la ciudad de BAHIA BLANCA no existen razones que justifiquen la exclusión de la aeroestación de las modificaciones establecidas por la Resolución ORSNA Nº 126/2011, correspondiendo incluir la misma como sujeta al nuevo Cuadro Tarifario.

Que es preciso mencionar que de la Resolución ORSNA Nº 126/2011 surge que, mientras que para el Grupo “A” de Aeropuertos el nuevo Cuadro Tarifario tiene su fundamento en la readecuación de la Proyección Económico-Financiera del Contrato, para el resto de los aeropuertos es una actualización de valores, en atención al aumento de precios internos de la economía.

Que el nuevo Cuadro Tarifario implica otorgar una herramienta útil a los administradores de los aeropuertos para poder realizar las tareas de mantenimiento.

Que la finalidad de la Resolución ORSNA Nº 126/2011 es reestablecer un equilibrio económico en los Aeropuertos que integran el Grupo “A” de aeropuertos así como del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA), dotando a los distintos administradores de los medios necesarios para hacer frente al mantenimiento, e incluso a las mejoras, que corresponda afrontar en cada situación.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la debida intervención.

Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) resulta competente para el dictado de la presente medida, en virtud de lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley de Procedimientos Administrativo Nº 19.549 y demás normativa citada precedentemente.

Que en Reunión del Directorio de fecha 25 de abril de 2012 se ha considerado el asunto, autorizándose al Señor Presidente del Directorio a dictar la presente medida.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
RESUELVE:

Artículo 1° — Disponer la entrada en vigencia del Cuadro Tarifario aprobado por Resolución Nº 126 de fecha 21 de diciembre de 2011 del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) en la Aeroestación Civil “COMANDANTE ESPORA” de la ciudad de BAHIA BLANCA de la provincia  de BUENOS AIRES a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA.

Art. 2° — Regístrese, notifíquese al Concesionario AEROPUERTO DE BAHIA BLANCA SOCIEDAD ANONIMA, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Manuel Baladrón.