Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos
TARIFAS
Resolución 32/2012
Dispónese la entrada en vigencia del cuadro tarifario aprobado por la Resolución Nº 126/11.
Bs. As., 28/5/2012
VISTO el Expediente Nº 65/2009 del Registro del ORGANISMO REGULADOR DEL
SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), los decretos Nros. 375 de
fecha 24 de abril de 1997, 500 de fecha 2 de junio de 1997 ambos
ratificados por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 842 de fecha 27
de agosto de 1997, el Decreto Nº 1799 de fecha 2 de diciembre de 2007,
las resoluciones Nros. 53 de fecha 27 de mayo de 1998, 16 de fecha 23
de abril de 2007, 126 de fecha 21 de diciembre de 2011 y 127 de fecha
21 de diciembre de 2011 todas ellas del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la presentación
efectuada por AEROPUERTO DE BAHIA BLANCA SOCIEDAD ANONIMA (ABBSA), en
su carácter de Concesionario de la Aeroestación Civil “COMANDANTE
ESPORA” de la ciudad de BAHIA BLANCA de la provincia DE BUENOS AIRES,
por la cual solicita se declare aplicable a dicha aeroestación el
Cuadro Tarifario aprobado por Resolución Nº 126 de fecha 21 de
diciembre de 2011 del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS (ORSNA).
Que el Concesionario hace referencia a la necesidad de la revisión de
la Ecuación Económico-Financiera de la Concesión con el fin de
contemplar el impacto de los mayores costos y demás circunstancias a
los efectos de recomponer el equilibrio económico- financiero de la
Concesión.
Que en fecha 14 de febrero de 2012 la MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA de
la provincia de BUENOS AIRES manifestó que resulta necesario la
realización de un estudio técnico económico del ORGANISMO REGULADOR DEL
SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) a los efectos de autorizar la
aplicación del nuevo cuadro a la Aeroestación mencionada.
Que la GERENCIA DE REGULACION ECONOMICA, FINANCIERA Y CONTROL DE
CALIDAD del Organismo Regulador señaló que actualmente los pasajeros
que inician su vuelo en el Aeropuerto “COMANDANTE ESPORA” de la ciudad
de BAHIA BLANCA deben abonar una TASA DE USO DE AEROESTACION (TUA) de
Cabotaje de PESOS CATORCE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 14,50) y desde el
dictado de la Resolución Nº 127 de fecha 21 de diciembre de 2011 del
ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), se les
aplica asimismo una Sobretasa de PESOS VEINTITRES ($ 23) más el
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA).
Que el Cuadro Tarifario para los aeropuertos integrantes del SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA) aprobado por Resolución ORSNA Nº 126/2011
entró en vigencia el 21 de diciembre de 2011, posponiendo la entrada en
vigencia de las nuevas tarifas para diversos aeropuertos entre los que
se encontraba el de la ciudad de BAHIA BLANCA, hasta tanto los
Concesionarios y las respectivas Autoridades de Aplicación, en forma
conjunta con el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
(ORSNA) analizaran las implicancias del Cuadro Tarifario en sus
respectivos marcos normativos.
Que cabe recordar que con fecha 22 de mayo de 2008 se suscribió el
Contrato de Concesión de la Aeroestación “COMANDANTE ESPORA” de la
ciudad de BAHIA BLANCA, entre la MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA y la
firma AEROPUERTO DE BAHIA BLANCA SOCIEDAD ANONIMA.
Que de conformidad a los términos contenidos en dicho Contrato, el
Cuadro Tarifario de la Concesión es el aprobado por la Resolución Nº 53
de fecha 27 de mayo de 1998 del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), y sus correspondientes modificaciones
y/o complementarios.
Que cabe recordar que el Decreto Nº 375 de fecha de fecha 24 de abril
de 1997 en su artículo 17.7 otorga al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) la competencia para: “Establecer las
bases y criterios para el cálculo de las tasas y aprobar los
correspondientes cuadros tarifarios para lo cual tomará las medidas
necesarias a fin de determinar las metodologías de asignación de costos
e ingresos que permitan evaluar la razonabilidad de las tarifas a
aplicar”.
Que por su parte el artículo 17.14 del Decreto Nº 375/1997 establece
como obligación del Organismo Regulador: “Hacer cumplir el presente
decreto y sus disposiciones complementarias en el ámbito de su
competencia, supervisando el cumplimiento de las obligaciones y
prestación de los servicios por parte del concesionario y/o
administrador aeroportuario. En los casos de concesiones, fiscalizará,
controlará y aprobará la realización de las obras e inversiones que se
hubieren previsto”.
Que asimismo, del propio artículo citado y de los artículos Nros.
17.15, 17.18 y 17.19 surge la obligación del ORGANISMO REGULADOR DEL
SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) de velar por el mantenimiento,
conservación y modernización de la infraestructura aeroportuaria,
aprobar la realización de toda obra de reparación de emergencia, y de
realizar la evaluación técnica de las obras de mantenimiento o mejoras.
Que el Organismo Regulador a través de la Resolución Nº 16 de fecha 23
de abril de 2007 del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS (ORSNA) aprobó el Modelo de Pliego de Bases y Condiciones
para que la MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA otorgue en concesión la
administración, explotación y funcionamiento, así como la ejecución de
las obras de ampliación y remodelación de la Aeroestación “COMANDANTE
ESPORA” de la ciudad de BAHIA BLANCA.
Que el Numeral 3.11 de dicho documento se ocupa de las Tarifas y
Precios, estableciendo que el Cuadro Tarifario de la Concesión será el
Régimen Tarifario vigente para el SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA)
que fuera puesto en vigencia por la Resolución ORSNA Nº 53/1998, y sus
correspondientes modificaciones y complementarios.
Que el mismo Numeral dispone: “Asimismo, el ORSNA determinará los
cuadros tarifados que deberán respetarse a la largo del plazo de la
concesión. Estos cuadros tarifarios que apruebe el ORSNA constituyen
valores máximos que deberán ser respetados por el Concesionario en la
facturación de los servicios prestados a los usuarios y a los
operadores aéreos. En el caso en que se realicen modificaciones al
monto correspondiente a la Tasa de Uso de Aeroestación, en el término
de los tres primeros años a partir de la firma del contrato, dicho
impacto será descontado del monto de la Sobretasa que sea determinada”.
Que el Cuadro Tarifario aprobado por Resolución ORSNA Nº 126/2011
dispuso para los aeropuertos que se encuentran fuera del Grupo “A” del
SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA) explotados por privados, diferir
la puesta en vigencia de la medida hasta tanto se realizara un análisis
particular de situación que abarca a la Aeroestación Civil “COMANDANTE
ESPORA”.
Que por consiguiente la norma vigente dispone que el Cuadro Tarifario
es extensivo para el resto del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA),
postergando la entrada en vigencia del nuevo cuadro tarifario solamente
en los aeropuertos mencionados en el artículo 2°.
Que analizada la situación de la Aeroestación Civil “COMANDANTE ESPORA”
de la ciudad de BAHIA BLANCA no existen razones que justifiquen la
exclusión de la aeroestación de las modificaciones establecidas por la
Resolución ORSNA Nº 126/2011, correspondiendo incluir la misma como
sujeta al nuevo Cuadro Tarifario.
Que es preciso mencionar que de la Resolución ORSNA Nº 126/2011 surge
que, mientras que para el Grupo “A” de Aeropuertos el nuevo Cuadro
Tarifario tiene su fundamento en la readecuación de la Proyección
Económico-Financiera del Contrato, para el resto de los aeropuertos es
una actualización de valores, en atención al aumento de precios
internos de la economía.
Que el nuevo Cuadro Tarifario implica otorgar una herramienta útil a
los administradores de los aeropuertos para poder realizar las tareas
de mantenimiento.
Que la finalidad de la Resolución ORSNA Nº 126/2011 es reestablecer un
equilibrio económico en los Aeropuertos que integran el Grupo “A” de
aeropuertos así como del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA), dotando
a los distintos administradores de los medios necesarios para hacer
frente al mantenimiento, e incluso a las mejoras, que corresponda
afrontar en cada situación.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la debida intervención.
Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA)
resulta competente para el dictado de la presente medida, en virtud de
lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley de Procedimientos
Administrativo Nº 19.549 y demás normativa citada precedentemente.
Que en Reunión del Directorio de fecha 25 de abril de 2012 se ha
considerado el asunto, autorizándose al Señor Presidente del Directorio
a dictar la presente medida.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Disponer la
entrada en vigencia del Cuadro Tarifario aprobado por Resolución Nº 126
de fecha 21 de diciembre de 2011 del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) en la Aeroestación Civil “COMANDANTE
ESPORA” de la ciudad de BAHIA BLANCA de la provincia de BUENOS
AIRES a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la REPUBLICA
ARGENTINA.
Art. 2° — Regístrese,
notifíquese al Concesionario AEROPUERTO DE BAHIA BLANCA SOCIEDAD
ANONIMA, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y cumplido, archívese. — Manuel Baladrón.