MINISTERIO DE TURISMO
Decreto 821/2012
Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo.
Bs. As., 29/5/2012
VISTO el Expediente Nº STN:0002111/2010 del Registro del MINISTERIO DE
TURISMO, los Decretos Nros. 919 de fecha 28 de junio de 2010 y 357 de
fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Nº 919/10, se sustituyó el artículo 1° de la
Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificaciones, a fin de crear el MINISTERIO DE TURISMO.
Que por el Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y complementarios, se
aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública
Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se
encuentran los referidos al MINISTERIO DE TURISMO para cumplir con las
responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus
competencias.
Que, en atención al marco normativo expuesto, es procedente la
aprobación de la estructura organizativa de primer nivel operativo del
MINISTERIO DE TURISMO, a fin de cumplir con los objetivos de la
Jurisdicción.
Que la estructura cuya aprobación se propicia es el resultado del
análisis de la experiencia de gestión recogida, como así también, de la
consideración de razones de funcionalidad que, en conjunto con
criterios de eficacia y eficiencia para el logro de los objetivos
estratégicos propuestos, propenden a optimizar el funcionamiento del
citado Ministerio.
Que, en función de ello, resulta necesario proceder a la modificación
del Presupuesto de la Administración Nacional - Recursos Humanos, en la
parte correspondiente a la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO,
para el Ejercicio 2012.
Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE
GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que el Servicio Jurídico Permanente de la Jurisdicción ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y de
los artículos 6° y 10 de la Ley Nº 26.728.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase la
estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE
TURISMO, de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y
Acciones y Dotación que como Anexos I, II y III respectivamente, forman
parte integrante del presente decreto.
Art. 2° — Facúltase al titular
del MINISTERIO DE TURISMO a aprobar las aperturas estructurales
inferiores de esa Jurisdicción, que deberán prever un máximo de
VEINTICUATRO (24) cargos de conducción.
Art. 3° — Establécese que en un
plazo de NOVENTA (90) días a partir de la publicación de este decreto
deberán ser aprobadas las aperturas inferiores de las unidades
organizativas que se aprueban por la presente medida. Hasta tanto, se
mantendrán las aperturas inferiores vigentes a la fecha de publicación
del presente decreto, con su personal, niveles y grados de revista
correspondientes, así como los cargos ocupados del Régimen de Cargos
con Funciones Ejecutivas.
Art. 4° — Facúltase al titular
del MINISTERIO DE TURISMO, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE
GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar y/o
modificar la dotación, conforme las leyes de presupuesto vigentes.
Art. 5° — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional -
Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 53 -
MINISTERIO DE TURISMO para el Ejercicio 2012, de acuerdo con el detalle
obrante en las Planillas Anexas a este artículo, que forman parte
integrante del presente decreto.
Art. 6° — El gasto que demande
el cumplimiento de esta medida será atendido con cargo a las partidas
presupuestarias correspondientes a la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE
TURISMO para el presente ejercicio.
Art. 7° — Derógase el Decreto Nº 1635 de fecha 24 de noviembre de 2004.
Art. 8° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G.
Lorenzino. — Carlos E. Meyer.
ANEXO I
ANEXO II
MINISTERIO DE TURISMO
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en las funciones asignadas por la Ley Nº 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional, ejecutando el control y la evaluación ex post de las
diversas fases del proceso administrativo en todas las áreas del
MINISTERIO DE TURISMO, utilizando el control en una concepción
integrada de la gestión pública.
ACCIONES:
1. Entender en las acciones de Auditoría y de información de la gestión
productiva, de legitimidad y razonabilidad generadas, para asesorar e
informar al titular del organismo.
2. Elaborar el Plan General de la Auditoría Interna a desarrollar por
la jurisdicción en los términos del artículo 103 de la Ley Nº 24.156, y
elevar el Plan Anual de Auditoría Interna para la aprobación del
titular del Ministerio y de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
3. Efectuar las auditorías según la programación anual prevista, de
acuerdo con las normas de auditoría interna aplicables, y las
auditorías especiales, intervenciones, verificaciones y demás
actividades de control que determine la máxima autoridad del Ministerio.
4. Implementar y fiscalizar el mantenimiento del sistema de control
interno, del plan de organización y de los manuales de procedimiento y
la actualización de los ya existentes en los términos del artículo 101
de la Ley Nº 24.156.
5. Fiscalizar la gestión pública realizada por las distintas áreas
operativas y de apoyo en el cumplimiento del presupuesto anual
económico-financiero aprobado al Ministerio, observando aquellos
procedimientos que no se ajustaren a lo establecido en el artículo 4°
de la Ley Nº 24.156 y efectuando las recomendaciones que estimare
adecuadas.
6. Formular informes no planificados generados por la misma Unidad o a
requerimiento de las máximas autoridades del MINISTERIO DE TURISMO y de
la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, y comunicar los desvíos que se
detectaren, acompañando las observaciones y/o recomendaciones que se
formulen.
7. Remitir copia de las recomendaciones, informes y observaciones que
produzca la Unidad de Auditoría Interna a la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACION, de los asuntos en los que ésta intervenga.
8. Requerir a las unidades organizativas que conforman la estructura
del Ministerio la información adecuada, en calidad y oportunidad para
la toma de decisiones y el control superior de la gestión pública.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en el desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos
económicos, financieros, presupuestarios, contables, patrimoniales y el
diligenciamiento de los actos y documentación administrativa que se
tramite en el ámbito del Ministerio como así también en lo atinente a
la prestación de los servicios auxiliares.
ACCIONES:
1. Controlar la percepción de los impuestos que establece la Ley
Nacional de Turismo Nº 25.997 y liquidar las sanciones por multas e
intereses que por incumplimiento correspondiere aplicar.
2. Efectuar las acciones de orden financiero-contable de acuerdo con lo
establecido por la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus normas
complementarias, atendiendo a los procesos de compras y contrataciones,
tesorería y registro patrimonial de conformidad con la normativa
vigente.
3. Dirigir las tareas vinculadas con los procedimientos contables, el
movimiento y custodia de fondos y valores, el pago en término de los
compromisos contraídos y las atinentes al procesamiento de datos para
la liquidación de haberes del personal y sus actividades conexas.
4. Elaborar el anteproyecto de presupuesto de gastos y recursos del
organismo, sus reajustes y demás tareas conexas y conducir su posterior
ejecución.
5. Elaborar y ejecutar los planes de inversión y mantenimiento y
dirigir las acciones que hacen a la prestación de los servicios
auxiliares (mantenimiento, limpieza, seguridad, movilidad, recepción,
sistemas de comunicación, sala reproductora de documentación, etcétera).
6. Dirigir las tareas atinentes a la recepción, clasificación,
asignación de carácter, registro, diligenciamiento de la documentación
y correspondencia, reserva y archivo de las actuaciones y todo tipo de
acto administrativo que se tramite en el ámbito del organismo de
acuerdo con las reglamentaciones vigentes.
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al
personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, las
relaciones laborales y el servicio de higiene y seguridad en el
trabajo, procurando mejorar los niveles de productividad y satisfacción
laboral y la calidad de la prestación de los servicios a cargo de la
Jurisdicción.
Efectuar la planificación y diseño organizacional del MINISTERIO DE TURISMO.
ACCIONES:
1. Entender en lo relacionado con la administración de los recursos
humanos de acuerdo con las disposiciones legales, reglamentarias y
demás normativa vigente.
2. Intervenir en las diligencias vinculadas con la aplicación del
Sistema Nacional de Empleo Público (SI.N.E.P.) o del régimen vigente en
materia de selección, evaluación de desempeño y capacitación,
monitoreando el estado de avance del personal en el régimen de carrera,
proponiendo las medidas pertinentes y asistiendo técnicamente a la
Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera cuando
corresponda.
3. Coordinar con el organismo específico correspondiente las
actividades de capacitación del personal y atender lo relacionado con
el ofrecimiento de becas al personal.
4. Coordinar las actividades de análisis, planeamiento y diseño
organizacional y las que deriven de la aplicación de programas de
mejoramiento de la calidad de los servicios en el ámbito de su
competencia.
5. Entender en todo lo relativo a la liquidación de haberes,
asignaciones familiares, servicios extraordinarios y otros ingresos
específicos de los agentes.
6. Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados
con la aplicación de las herramientas del sistema de administración de
recursos humanos, aplicando los controles que permitan la correcta
liquidación de haberes.
7. Asistir al Subsecretario de Coordinación respecto de la
fiscalización y coordinación de la información relacionada con los
temas de su competencia.
DIRECCION GENERAL DE LEGISLACION Y ASUNTOS JURIDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en materia de asuntos relativos a la legislación general e
instrumentación normativa de las políticas públicas, objetivos y
acciones en materia turística, en las cuestiones de carácter jurídico
atinentes al desenvolvimiento del Ministerio y en el control de
legitimidad y legalidad de los actos y procedimientos administrativos.
ACCIONES:
1. Asesorar y asistir a las autoridades del Ministerio en todos los
aspectos jurídicos de las distintas gestiones que se desarrollen o
impulsen, interviniendo en la elaboración de proyectos de normas de
actualización y mejoramiento de la legislación turística.
2. Analizar y efectuar proposiciones relativas a proyectos normativos
originados o destinados a otras jurisdicciones, que sirvan a los
propósitos de regulación, promoción, desarrollo e incentivo de las
actividades turísticas.
3. Asesorar y dictaminar respecto de normas vigentes dispuestas o
aplicables por otras jurisdicciones, que pudieren afectar el desarrollo
del turismo, comprendiendo las cuestiones de compatibilidad y
coordinación normativa interjurisdiccional y su correspondencia con la
legislación federal y los tratados y convenios internacionales.
4. Intervenir en la instrumentación normativa de procedimientos
eficaces tendientes a la protección de los derechos del turista, los
recursos turísticos naturales, y a la prevención y solución de
conflictos en los ámbitos mencionados.
5. Intervenir en la instrumentación de convenios de cooperación,
delegación y fiscalización con otros órganos oficiales federales o
locales y con entidades privadas.
6. Ejercer la representación judicial del Ministerio, el patrocinio y
la procuración en todas las causas judiciales en que éste sea parte, en
las ejecuciones fiscales impositivas y de multas aplicadas a agencias
de turismo y en los recursos de apelación judicial directa, efectuando
y asistiendo en las denuncias y querellas en sede criminal,
sustanciando los reclamos administrativos previos y los recursos
administrativos.
7. Intervenir en la instrucción de sumarios a los agentes de percepción del impuesto administrado por el Ministerio.
8. Centralizar y diligenciar por sí o con derivación a otras
dependencias competentes, los oficios judiciales ordenatorios e
informativos.
9. Atender el servicio jurídico permanente, con las demás funciones
legales y reglamentarias atribuidas al Cuerpo de Abogados del Estado.
DIRECCION DE SISTEMAS INFORMATICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Administrar los recursos informáticos orientados a automatizar la
gestión global del organismo en función de nuevas tecnologías
determinando sus objetivos y necesidades.
Conducir las acciones que hacen al desarrollo de las tareas vinculadas con el procesamiento electrónico de la información.
ACCIONES:
1. Realizar los estudios de factibilidad necesarios para la adquisición
de nuevas tecnologías de software y hardware, estableciendo pautas de
evaluación, mantenimiento y modernización del equipamiento informático
y de los insumos y servicios relacionados con las referidas tecnologías.
2. Asistir técnicamente sobre los temas de su competencia.
3. Formular propuestas y planes de desarrollo de innovación
tecnológica, en coordinación con las otras áreas del organismo y con
entidades públicas y/o privadas, a fin de favorecer el desarrollo e
implementación de nuevas tecnologías.
4. Desarrollar sistemas informáticos orientados al cumplimiento de las
actividades en las cuales el Ministerio tiene responsabilidad ante
terceros, prestando asistencia técnica a organizaciones vinculadas al
turismo para la transferencia de tecnologías propias o desarrolladas
por otros y orientadas a la modernización de medios técnicos.
5. Asesorar en licitaciones para la compra o contratación de productos
y servicios, participando asimismo en el análisis técnico de las
propuestas.
6. Preparar y conducir la operación de puesta en funcionamiento de los sistemas y programas informáticos.
7. Mantener la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la información del Ministerio.
8. Coordinar con las distintas áreas del organismo el apoyo y el
soporte técnico de estas tecnologías, su actualización, así como el
desarrollo y la capacitación de los recursos humanos existentes.
9. Realizar el registro, la delegación y la actualización de los dominios gubernamentales dependientes del Ministerio.
10. Realizar las tareas de diseño, desarrollo, implantación,
actualización y gestión del alojamiento de las páginas web del
Ministerio.
DIRECCION DE SUMARIOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Conducir la substanciación de los sumarios administrativos
disciplinarios que corresponda promover al personal de la jurisdicción
ministerial, como así también a los agentes de percepción o
responsables del impuesto sobre pasajes aéreos, marítimos y fluviales
al exterior.
ACCIONES:
1. Instruir los sumarios administrativos e informaciones sumarias con
el objeto de determinar la responsabilidad disciplinaria y patrimonial
de los agentes de la jurisdicción alcanzados por las prescripciones del
Reglamento de Investigaciones Administrativas y normas concordantes,
comprendiendo todas las diligencias y actos contemplados en las
disposiciones legales vigentes.
2. Elaborar los instrumentos necesarios para que el funcionario
competente formule las denuncias que correspondieren, en los casos en
que se advierta la existencia de hechos que, en principio, revistieren
las características externas de delito de acción pública.
3. Supervisar la recopilación de los informes y la documentación
necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la responsabilidad
patrimonial emergente, proponiendo a los organismos competentes el
ejercicio de las acciones de recupero.
4. Fiscalizar la realización de diligencias a que alude el Reglamento
de Investigaciones Administrativas y toda otra que resulte necesaria.
5. Mantener actualizado un registro unificado de todos los sumarios en el ámbito del MINISTERIO DE TURISMO.
SECRETARIA DE TURISMO
DIRECCION NACIONAL DE PRESTACIONES TURISTICAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Fomentar en todo el ámbito del país el turismo social dirigido a los
grupos vulnerables de la sociedad ejecutando las acciones relativas a
la prestación de los servicios a través de los Programas Federales de
Turismo Social en forma conjunta con las Unidades Turísticas de
Chapadmalal y Embalse bajo su dependencia y ejerciendo el control de la
calidad de las estadías y facilitando la accesibilidad turística.
ACCIONES:
1. Formular propuestas de planes, programas y proyectos para fomentar
el turismo social dirigido a las familias de escasos recursos
económicos y los sectores de juventud, minoridad, tercera edad y
personas discapacitadas, como así también asegurar la prestación de los
servicios que se brindan a los contingentes en las Unidades Turísticas
de Chapadmalal y Embalse y el Programa Federal de Turismo Social.
2. Proponer para su ejecución a nivel nacional paseos y miniturismo
destinados a escolares, familias de escasos recursos, personas
discapacitadas y de la tercera edad, fomentando el campamentismo y el
establecimiento de albergues de la juventud.
3. Establecer relaciones y realizar en forma conjunta programas con
organismos de educación, tercera edad, personas con discapacidad y toda
otra área oficial y privada con objetivos comunes mediante acuerdos de
complementación orientados a incentivar el desarrollo del turismo
social en el orden nacional, provincial y municipal.
4. Diseñar y programar las tarifas, los ingresos y los alojamientos de
los contingentes turísticos en las Unidades Turísticas dependientes y
el Programa Federal de Turismo Social, estableciendo las normas
prioritarias para las familias numerosas, la clase pasiva, las personas
con discapacidad y los grupos escolares.
5. Diseñar e implementar la fiscalización de los servicios de turismo
social brindados por los concesionarios de las Unidades Turísticas y/o
prestadores privados a través del Programa Federal de Turismo Social.
6. Proponer y ejecutar a nivel nacional una política de turismo social
sin exclusiones a través del diseño de nuevos instrumentos y programas
que posibiliten integrar a todos los sectores de la población a la
práctica turística.
7. Planificar y establecer una red nacional de turismo social para
todos a través de corredores y giras turísticas novedosas que abarquen
las Unidades Turísticas y los destinos incipientes no tradicionales
incorporando pequeñas empresas hoteleras y prestadoras de servicios a
la oferta social.
8. Coordinar a nivel nacional políticas de turismo social que permitan
incrementar la oferta turística relevando y poniendo en uso
establecimientos aptos para la actividad social a nivel nacional,
provincial y municipal a través de convenios de adhesión.
DIRECCION NACIONAL DE CALIDAD TURISTICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Intervenir en las estrategias institucionales tendientes a la mejora de
la calidad de las prestaciones turísticas, estableciendo y controlando
estándares de calidad en el marco del desarrollo sustentable del sector.
Intervenir en el registro, la fiscalización y la sanción de los
prestadores de servicios turísticos, y en el control del cumplimiento
de las normas legales y reglamentarias vigentes en la materia a los
efectos de asegurar la protección del usuario.
ACCIONES:
1. Entender en el diseño e implementación del Plan Nacional de Calidad
Turística, determinando estándares de calidad internacionalmente
competitivos para las empresas turísticas, definiendo mecanismos de
cumplimiento de dichas normas, proponiendo procesos de certificación
para la obtención de la marca de calidad y efectuando su actualización
conforme a la evolución del mercado turístico.
2. Determinar estándares de calidad internacionalmente competitivos
para las empresas, los productos y/o los destinos turísticos,
definiendo los mecanismos de cumplimiento de dichas normas.
3. Poner en marcha y mantener actualizado el Sistema Argentino de
Calidad Turística, revisando bianualmente las herramientas que lo
integran atento su evolución y la del mercado turístico.
4. Propiciar los estudios de las variables que incrementen la
competitividad turística mediante planes y programas de capacitación de
recursos humanos que permitan el desarrollo sustentable del turismo,
con resguardo del patrimonio natural y cultural en el ámbito federal.
5. Cooperar con las relaciones institucionales, públicas y privadas, a
través de la instrumentación de convenios, planes, programas y
proyectos sobre educación, capacitación, calidad y protección del
usuario.
6. Promover e impulsar el desarrollo de las acciones conducentes a
lograr la efectiva protección del usuario de servicios turísticos, y
atender al control de los prestadores de servicios turísticos sobre los
que el Ministerio tiene competencia.
7. Intervenir en la resolución de controversias entre prestadores turísticos y usuarios derivadas de contratos turísticos.
DIRECCION DE RELACIONES INTERNACIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Impulsar y atender las relaciones institucionales con las
organizaciones regionales e internacionales oficiales y privadas y con
los organismos públicos nacionales, provinciales y locales, promoviendo
con la intervención del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la
negociación y celebración de convenios bilaterales y multilaterales de
cooperación y asistencia para facilitar el desenvolvimiento turístico.
ACCIONES:
1. Intervenir en las relaciones del Ministerio con las organizaciones
nacionales, regionales e internacionales, públicas y privadas de
turismo, con el objeto de generar acciones concurrentes al desarrollo y
facilitación del turismo en el país.
2. Proponer la elaboración de acuerdos y participar en la celebración,
con las provincias y municipios, de convenios relacionados con la
fiscalización de servicios turísticos.
3. Fomentar y atender las relaciones del Ministerio con las
organizaciones nacionales, regionales e internacionales, públicas y
privadas de turismo, en especial con la Dirección de Apoyo al Turismo y
Promoción de Inversiones y el Instituto del Servicio Exterior de la
Nación (ISEN), ambos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO,
el Consejo Federal de Turismo y los organismos oficiales de Turismo de
las Provincias, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y de los
relevantes municipios turísticos del país, con el objeto de generar
acciones concurrentes al desarrollo y facilitación del turismo en el
país.
4. Coordinar, juntamente con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO, la participación en las reuniones de las organizaciones
turísticas regionales e internacionales, particularmente de la
Organización Mundial del Turismo; analizar la documentación y ejecutar
acciones tendientes a la obtención de asistencia técnica para el
desarrollo y posicionamiento protagónico de la actividad turística
argentina, tanto de nivel público como privado.
5. Participar en las Reuniones Especializadas de Turismo del MERCOSUR y
en las negociaciones de acuerdos y convenios bilaterales o
multilaterales de cooperación en turismo, como asimismo intervenir en
el tratamiento de temas inherentes al desarrollo turístico tratados por
otros Grupos Técnicos del MERCOSUR, y efectuar el seguimiento de los
acuerdos alcanzados.
6. Intervenir en los temas relacionados con la Comisión Nacional
Argentina de Cooperación con la UNESCO constituida en el ámbito del
MINISTERIO DE EDUCACION.
SECRETARIA DE TURISMO
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO TURISTICO
DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO TURISTICO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir a la Subsecretaría en la coordinación de las actividades
derivadas de la aplicación del diseño de estrategias para la
planificación del desarrollo turístico del país.
Dirigir los procesos técnicos y administrativos tendientes a la
obtención, sistematización, interpretación y distribución de
información estadística de Turismo.
Implementar las políticas definidas para el ordenamiento y desarrollo de la oferta turística.
Promover la planificación y concertación de la inversión pública en el
sector, procurando la modelización de la inversión privada para el
fortalecimiento del empresariado turístico nacional y la armoniosa
completitud de la oferta turística.
ACCIONES:
1. Entender en los procesos de planificación turística de escala nacional.
2. Propiciar ámbitos de discusión y análisis para el diseño e implementación de estrategias de desarrollo turístico.
3. Generar herramientas para la planificación turística basadas en sistemas de información y estadística turística.
4. Dirigir las acciones conducentes a la obtención, procesamiento y
elaboración e interpretación de estadísticas básicas de turismo,
haciendo accesibles estos resultados a todos los actores del sector.
5. Procurar acometer la cuenta satélite de turismo en el marco de las
obligaciones fijadas al MINISTERIO DE TURISMO por el Sistema
Estadístico Nacional.
6. Dirigir la elaboración, ejecución, gestión y control de programas y
proyectos para el ordenamiento y desarrollo de la oferta turística
existente así como también para la incorporación de nuevos productos a
efectos de satisfacer la demanda del turismo interno e internacional
receptivo.
7. Profundizar el uso de herramientas inductoras de desarrollo
turístico en los espacios prioritarios del Plan Federal Estratégico de
Desarrollo Turístico 2016.
8. Entender en la evaluación y formulación de proyectos de inversión
turística en el marco del modelo de desarrollo turístico sustentable
propuesto por el Plan Federal Estratégico de Desarrollo Turístico 2016.
9. Entender en la captación y radicación de capitales tendientes a la mejora y completitud de la oferta turística.
10. Dirigir las acciones conducentes a la sistematización de
información relativa a las inversiones públicas y privadas en el sector.
SUBSECRETARIA DE PROMOCION TURISTICA NACIONAL
DIRECCION NACIONAL DE MARKETING Y PROMOCION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en las estrategias de comunicación para la promoción turística nacional.
Planificar, desarrollar y ejecutar acciones destinadas a promover la demanda del turismo interno.
ACCIONES:
1. Asistir a la Subsecretaría en la formulación de los objetivos de
políticas y planes de desarrollo para la promoción turística nacional.
2. Entender en las políticas de diferenciación y posicionamiento, y en
las estrategias de comunicación que desarrollen un adecuado vínculo
entre demanda y oferta turísticas.
3. Fomentar la interrelación y la cooperación entre el sector público y el privado en la promoción del turismo interno.
4. Entender en la elaboración del Plan Anual de Acciones Nacionales de
Promoción, y en la programación y organización de toda actividad
destinada a la promoción del turismo nacional.
5. Intervenir en las acciones inherentes al diseño, desarrollo,
mantenimiento sistémico, administración y distribución nacional e
internacional de la base de información turística, y en las tareas de
búsqueda, análisis, procesamiento, actualización y control de la
información que la conforma.
6. Intervenir en las acciones relacionadas con la difusión de la oferta
turística nacional a través del portal del organismo, en el marco de
las estrategias de comunicación que se establezcan.
7. Intervenir en las tareas de asesoramiento a turistas y/o personas
que lo requieran en los centros de información habilitados al efecto, y
en la atención de huéspedes extranjeros, giras de familiarización y
visitas guiadas.
8. Impulsar las propuestas de declaración de interés turístico, fiesta
nacional y auspicio, relacionados con acontecimientos de significación
turística que se desarrollen en el país, cuando contribuyan a la
difusión de la oferta y al incremento de la demanda.
9. Intervenir en las actividades vinculadas con el diseño, producción,
control de calidad y distribución del material promocional, y en la
determinación de los medios de comunicación a ser utilizados para la
ejecución de campañas de difusión y publicidad.
10. Impulsar las propuestas de otorgamiento de apoyos económicos a
entidades públicas y privadas para la realización de acciones
promocionales del turismo interno.
11. Impulsar la realización de convenios con entidades públicas y
privadas para el desarrollo de acciones de promoción turística.
12. Intervenir en la elaboración de informes de evolución y control de
la gestión, del anteproyecto del Presupuesto Plurianual y de la Memoria
Anual de la Subsecretaría.
13. Colaborar con las áreas del organismo, informando las novedades
advertidas en ocasión del desempeño de las funciones de las áreas bajo
su dependencia.
14. Controlar que las Direcciones a su cargo trabajen en coordinación
permanente con toda la Subsecretaría y con los otros sectores del
Ministerio.
ANEXO III
JURISDICCION: 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA PRESUPUESTARIO 01 - Actividades Centrales
ESCALAFON: Decreto Nº 2098/08 (SI.N.E.P.)
Unidad Organizativa | Aut. Sup. | E/E | Niveles Escalafonarios | Subtotal |
A | B | C | D | E | F |
Unidad Ministro | 1 | 3 | - | 3 | 5 | 2 | - | - | 10 |
Unidad Auditoría Interna |
| 1 | - | 3 | 4 | - | - | - | 7 |
Unidad Subsecretario de Coordinación | 1 | 2 | - | 2 | 6 | 1 | 1 | - | 10 |
Dirección General de Administración |
|
| 2 | 7 | 20 | 14 | 14 | 2 | 59 |
Dirección General de Recursos Humanos y Organización |
|
| 1 | 3 | 14 | 6 | 1 | - | 25 |
Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos |
|
| 2 | 6 | 7 | - | - | 1 | 16 |
Dirección de Sistemas Informáticos |
|
| - | 1 | 4 | 2 | 1 | - | 8 |
Dirección de Sumarios |
|
| - | 1 | - | - | - | - | 1 |
TOTALES |
|
| 5 | 26 | 60 | 25 | 17 | 3 | 136 |
JURISDICCION: 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA PRESUPUESTARIO 16 - Desarrollo y Promoción del Turismo Nacional
ESCALAFON: Decreto Nº 2098/08 (SI.N.E.P.)
Unidad Organizativa | Aut. Sup. | E/E | PSE | Niveles Escalafonarios | Subtotal |
A | B | C | D | E | F |
Unidad Secretario de Turismo | 1 | 2 | 1 | 1 | 1 | - | 2 | 1 | - | 5 |
Dirección Nacional de Calidad Turística |
|
|
| 1 | 4 | 20 | 4 | 7 | - | 36 |
Dirección de Relaciones Internacionales |
|
|
| - | 1 | 4 | 2 | - | - | 7 |
Subsecretaría de Desarrollo Turístico | 1 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Dirección Nacional de Desarrollo Turístico |
|
|
| 2 | 6 | 11 | 3 | 2 | - | 24 |
Subsecretaría de Promoción Turística Nacional | 1 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Dirección Nacional de Marketing y Promoción |
|
|
| 2 | 3 | 17 | 12 | 4 | - | 38 |
TOTALES |
|
|
| 6 | 15 | 52 | 23 | 14 | - | 110 |
JURISDICCION: 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA PRESUPUESTARIO 18 - Prestaciones Turísticas
ESCALAFON: Decreto Nº 2098/08 (SI.N.E.P.)
Unidad Organizativa | Aut. Sup. | E/E | Niveles Escalafonarios | Subtotal |
A | B | C | D | E | F |
Dirección Nacional de Prestaciones Turísticas |
| - | 1 | 4 | 24 | 35 | 94 | 11 | 169 |
TOTALES | - | - | 1 | 4 | 24 | 35 | 94 | 11 | 169 |
Planilla Anexa al artículo 5°
PRESUPUESTO 2012
JURISDICCION 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA 01 - ACTIVIDADES CENTRALES
RECURSOS HUMANOS
CARGO O CATEGORIA | CANTIDAD DE |
CARGOS | HORAS DE CATEDRA |
PERSONAL PERMANENTE |
|
|
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) |
|
|
A | 1 |
|
B | 9 |
|
C | 22 |
|
D | -1 |
|
E | -6 |
|
F | 2 |
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SubtotaI Escalafón | 27 |
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TOTAL PROGRAMA | 27 |
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JURISDICCION 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA 16 - DESARROLLO Y PROMOCION DEL TURISMO NACIONAL
RECURSOS HUMANOS
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CARGO O CATEGORIA | CANTIDAD DE |
CARGOS | HORAS DE CATEDRA |
PERSONAL PERMANENTE |
|
|
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) |
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B | 3 |
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C | 8 |
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D | -14 |
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E | -1 |
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SubtotaI Escalafón | -4 |
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TOTAL PROGRAMA | -4 |
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JURISDICCION 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA 18 - PRESTACIONES TURISTICAS
RECURSOS HUMANOS
|
CARGO O CATEGORIA | CANTIDAD DE |
CARGOS | HORAS DE CATEDRA |
PERSONAL PERMANENTE |
|
|
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) |
|
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A | 1 |
|
C | 6 |
|
D | -1 |
|
E | -21 |
|
F | -8 |
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SubtotaI Escalafón | -23 |
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TOTAL PROGRAMA | -23 |
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