MINISTERIO DE EDUCACION

Decreto 807/2012

Dase por aprobada la designación del Director Nacional de Políticas Socioeducativas de la Subsecretaría de Equidad y Calidad Educativa de la Secretaría de Educación.

Bs. As., 24/5/2012

VISTO el Expediente Nº 7/12 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACION, las Leyes Nros. 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº 2054 del 22 de diciembre de 2010, 26.728, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y lo solicitado por la mencionada Cartera Ministerial, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 7º de las Leyes Nros. 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10 y 26.728, establece que las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sus respectivas sanciones, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del artículo 10 de dichas leyes.

Que el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 dispuso que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que en el MINISTERIO DE EDUCACION se encuentra vacante el cargo de Director Nacional de Políticas Socioeducativas dependiente de la SUBSECRETARIA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA de la SECRETARIA DE EDUCACION.

Que en virtud de los objetivos y tareas asignadas a la mencionada Dirección resulta necesario proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el artículo 7º de las Leyes Nros. 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, 26.728, y de lo dispuesto por el Título II, Capítulo III, artículo 14 del Anexo del Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, por el que se aprobara el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).

Que el Licenciado Alejandro Horacio GARAY (DNI Nº 17.318.500) reúne las condiciones profesionales y técnicas para desempeñar con idoneidad dicha función.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, 7º y 10 de las Leyes Nros. 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, y 26.728 y 1º del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 10 de diciembre de 2011 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el cargo de Director Nacional de Políticas Socioeducativas —Nivel A, Grado 0, con Función Ejecutiva I— dependiente de la SUBSECRETARIA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA de la SECRETARIA DE EDUCACION del MINISTERIO DE EDUCACION, al Licenciado Alejandro Horacio GARAY (DNI Nº 17.318.500), autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva I y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7º de las Leyes Nros. 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10 y 26.728.

Art. 2º — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 10 de diciembre de 2011.

Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Alberto E. Sileoni.