DERECHOS HUMANOS

Decreto 820/2012

Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2011 de la Dirección de Obra Social de la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal.

Bs. As., 29/5/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0473492/2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones y el Decreto Nº 1776 del 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2011 formulado por la Dirección de Obra Social de la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal, actuante en el área del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que el Decreto Nº 1776 del 29 de noviembre de 2007 estableció que la citada Dirección queda comprendida dentro del concepto de Obras Sociales Estatales a que alude el artículo 3º del Anexo al Decreto Nº 1731 del 7 de diciembre de 2004, resultándole de aplicación en materia presupuestaria lo establecido por el Título II, Capítulo III, de la Ley Nº 24.156 y sus modificaciones.

Que del mismo modo el Decreto Nº 1776/07 determinó en su artículo 3º que los proyectos de presupuesto de las Obras Sociales Estatales enumeradas en el artículo 1º de dicho decreto, previa opinión de las Jurisdicciones Ministeriales correspondientes y de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, serán sometidos a la aprobación del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que obra, en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada por parte de las instancias mencionadas en el considerando precedente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas en el artículo 49 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones y en el artículo 3º del Decreto Nº 1776 del 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2011 de la Dirección de Obra Social de la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal, actuante en el área del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II al presente decreto, respectivamente.

Art. 2º — Estímanse en la suma de PESOS CIENTO TRES MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($ 103.837.500) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS CIEN MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 100.845.000) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.992.500), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II al presente decreto.

Art. 3º — Fíjanse en la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 2.500.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico  establecido en el artículo 2º del presente decreto, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2011 en PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 492.500), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente medida.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal. Medina. — Hernán G. Lorenzino. — Julio C. Alak.
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NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar