DERECHOS HUMANOS
Decreto 820/2012
Apruébase el Plan de Acción y el
Presupuesto para el Ejercicio 2011 de la Dirección de Obra Social de la
Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal.
Bs. As., 29/5/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0473492/2010 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley de Administración Financiera y de
los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificaciones y el Decreto Nº 1776 del 29 de noviembre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2011 formulado por la
Dirección de Obra Social de la Dirección Nacional del Servicio
Penitenciario Federal, actuante en el área del MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que el Decreto Nº 1776 del 29 de noviembre de 2007 estableció que la
citada Dirección queda comprendida dentro del concepto de Obras
Sociales Estatales a que alude el artículo 3º del Anexo al Decreto Nº
1731 del 7 de diciembre de 2004, resultándole de aplicación en materia
presupuestaria lo establecido por el Título II, Capítulo III, de la Ley
Nº 24.156 y sus modificaciones.
Que del mismo modo el Decreto Nº 1776/07 determinó en su artículo 3º
que los proyectos de presupuesto de las Obras Sociales Estatales
enumeradas en el artículo 1º de dicho decreto, previa opinión de las
Jurisdicciones Ministeriales correspondientes y de la OFICINA NACIONAL
DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la
SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,
serán sometidos a la aprobación del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que obra, en el expediente señalado, el informe favorable sobre la
medida propiciada por parte de las instancias mencionadas en el
considerando precedente.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas
en el artículo 49 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificaciones y en el artículo 3º del Decreto Nº 1776 del 29 de
noviembre de 2007.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase el Plan
de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2011 de la Dirección de
Obra Social de la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario
Federal, actuante en el área del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS, de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II al
presente decreto, respectivamente.
Art. 2º — Estímanse en la suma
de PESOS CIENTO TRES MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL
QUINIENTOS ($ 103.837.500) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma
de PESOS CIEN MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 100.845.000)
los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el
Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS
NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.992.500), de acuerdo con el detalle
que figura en las planillas del Anexo II al presente decreto.
Art. 3º — Fíjanse en la suma de
PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 2.500.000) los gastos de capital,
y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado
Económico establecido en el artículo 2º del presente decreto,
estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2011 en
PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 492.500), de
acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la
presente medida.
Art. 4º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal. Medina. — Hernán G.
Lorenzino. — Julio C. Alak.
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NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede
ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar