Ministerio del Interior
CIRCUITOS ELECTORALES
Resolución 438/2012
Apruébase la demarcación resultante de la creación de los circuitos electorales en la provincia de Entre Ríos.
Bs. As., 31/5/2012
VISTO el Expediente Nº S02:0005439/2011 del registro de este
Ministerio, el inciso 2 del artículo 40 del Código Electoral Nacional
aprobado por Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de
agosto de 1983) y sus modificatorias, y la Disposición de la DIRECCION
NACIONAL ELECTORAL Nº 122 del 4 de julio de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la provincia de
Entre Ríos eleva el anteproyecto de demarcación territorial resultante
de la creación del Circuito Nº 195 A Enrique Carbo y de la modificación
de los Circuitos Nº 194 Dos Hermanas, Nº 195 Alarcón y Nº 196 Cuchilla
Redonda, con motivo de la creación del Municipio Enrique Carbo en el
Departamento de Gualeguaychú en la provincia de Entre Ríos.
Que la Disposición mencionada en el Visto ordenó la publicación en el
Boletín Oficial por DOS (2) días del Informe Técnico de la Dirección de
Estadística y Cartografía Electoral, dependiente de la DIRECCION
NACIONAL ELECTORAL, encontrándose cumplido lo ordenado en el inciso 2,
del artículo 40 del Código Electoral Nacional respecto a su publicación.
Que se encuentra agotado el plazo dispuesto por dicha norma sin que se
hayan verificado observaciones a la propuesta en trámite, por lo que
corresponde aprobar la modificación resuelta por la jurisdicción.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la debida intervención.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas en el
inciso 3 del artículo 40, del Código Electoral Nacional aprobado por la
Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y
sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase la
demarcación resultante de la creación del Circuito Nº 195 A Enrique
Carbo y la nueva delimitación territorial de los Circuitos Nº 194 Dos
Hermanas, Nº 195 Alarcón y Nº 196 Cuchilla Redonda, comprendidos en el
departamento Gualeguaychú de la provincia de Entre Ríos, a tenor de la
propuesta del Juzgado Federal con Competencia Electoral de dicho
distrito.
Art. 2º — Por la Dirección de
Estadística y Cartografía Electoral dependiente de la DIRECCION
NACIONAL ELECTORAL se procederá a la actualización de la información
cartográfica obrante en dicha Dependencia.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal F. Randazzo.