ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución Nº 2201/2012

Bs. As., 6/6/2012

VISTO el Expediente del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) Nº 14.274, la Ley 24.076, su reglamentación por Decreto PEN Nº 1738/92, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución ENRG Nº I/587, de fecha 29/12/08, se decidió: 1) Disponer la Intervención por el término de 120 (CIENTO VEINTE) días, de la Licenciataria TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. a partir de la notificación de la Resolución; 2) Designar como interventor al Sr. Roberto Darío Pons; 3) La intervención cumpliría las funciones: de coadministración societaria y tendría a su cargo la fiscalización y control de todos los actos de administración habitual y de disposición que pudieran afectar la normal prestación del servicio público de transporte de gas, que integra el objeto de la licencia; 4) Ordenar la realización de una auditoría integral en el ámbito de la Licenciataria mencionada; 5) Proceder a determinar los bienes con la correspondiente valuación, que forman parte de los activos transferidos por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto Nº 2457/92 y los que han sido agregados con posterioridad.

Que se ha dispuesto la prórroga de dicha intervención a través de las Resoluciones ENRG Nº I/732/09, I/811/09, I/873/09, I/1000/09, I/1085/10, I/1151/10, I/1246/10, I/1281/10, I/1382/10, I/1480/10, I/1546/10, I/1611/11, I/1763/11, I/1893/11 y I/2041/12.

Que la Licenciataria presentó el día 1° de junio de 2012 ante la Comisión Nacional de Valores una nota calificada como “Hecho Relevante”, informando que ese mismo día el Directorio de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. (en adelante, TGN) resolvió: (a) desistir del proceso judicial de homologación del Acuerdo Preventivo Extrajudicial y consecuentemente solicitar su concurso preventivo; y (b) convocar a una asamblea ordinaria de accionistas para el día 12 de julio de 2012 a efectos de ratificar la decisión del Directorio de presentar a TGN en concurso preventivo y continuar con el trámite judicial iniciado.

Que por otra parte, TGN presentó el día 4 de junio del corriente año, ante la Comisión Nacional de Valores, una nota calificada como “Hecho Relevante”, mediante la que informó que la solicitud de apertura del Concurso Preventivo de dicha Licenciataria quedó radicada en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 2, Secretaría Nº 4. Agregó también que en virtud de dicha presentación, operó la rescisión automática del Acuerdo Preventivo Extrajudicial celebrado por TGN en octubre de 2009.

Que tras haber evaluado la relevancia de las conclusiones expuestas en el último Informe de Intervención, y ante el nuevo hecho comunicado por la Transportadora respecto de su decisión de solicitar su concurso preventivo y desistir del proceso judicial de homologación del Acuerdo Preventivo Extrajudicial, sobre el cual esta Autoridad Regulatoria había previamente expresado su preocupación ante la posibilidad de que no prosperara su aprobación, esta Autoridad de Control advierte la necesidad de mantener las funciones de fiscalización y control encomendadas al Sr. Interventor de TGN, en tanto se mantienen las razones que dieron lugar a la implementación del régimen de Intervención de esa Licenciataria.

Que se ha expedido el Servicio Jurídico Permanente, en orden a lo dispuesto en el artículo 7, inciso d), de la L.N.P.A.

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS es competente para el dictado de la presente Resolución en virtud de lo dispuesto en el artículo 52, inciso b), de la Ley Nº 24.076 y por los Decretos 571/2007, 1646/07, 80/07, 953/08, 2138/08, 616/09, 1874/09, 1038/10, 1688/10, 692/11 y 262/12.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Dispónese la prórroga, desde el vencimiento del plazo estipulado por la Resolución ENRG Nº I/2041 de fecha 7 de febrero de 2012, de la intervención de TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A., dictada mediante la Resolución ENRG Nº I/587/08, por un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos.

ARTICULO 2° — Prorrógase, desde el vencimiento del plazo estipulado por la Resolución ENRG Nº I/2041/12, la designación del actual Interventor de TRANSPORTADORA GAS DEL NORTE S.A. Lic. Roberto Darío PONS (M.I. Nº 4.514.246), por un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos, a los efectos de cumplimentar las funciones de fiscalización y control de todos los actos de administración habitual y de disposición que puedan afectar la normal prestación del servicio público de transporte de gas, que integra el objeto de la licencia.

ARTICULO 3° — Ordénese a TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. la notificación de la presente a todos aquéllos sujetos que tengan vinculación contractual con la Licenciataria, en especial, comuníquese la presente medida a la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, a la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES, a la COMISION NACIONAL DE VALORES, a la COMISION NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA y a la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR.

ARTICULO 4° — Comuníquese; notifíquese a TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A, en los términos del artículo 41 del Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991); publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. ANTONIO L. PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.

e. 12/06/2012 N° 64092/12 v. 12/06/2012