Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional
REGIMEN DE CREDITO FISCAL
Resolución 113/2012
Apruébase el reglamento para el llamado a presentación y ejecución de proyectos de capacitación año 2012.
Bs. As., 8/6/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0116457/2012 del Registro del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, lo dispuesto en las Leyes Nros. 22.317, 24.467, 24.624,
25.300 y 26.728 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2012, los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de
1998, 434 de fecha 29 de abril de 1999 y 357 de fecha 21 de febrero de
2002 y sus modificaciones, la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10
de enero de 2012, la Resolución Nº 29 de fecha 24 de febrero de 2012 de
la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA, la Disposición Nº 389 de fecha 29 de
septiembre de 2004 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus
modificaciones se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional Centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.
Que asimismo, por el citado decreto y sus modificaciones, se
establecieron los objetivos para la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, asignándole
competencia en todo lo relativo a las Pequeñas y Medianas Empresas,
entendiendo en la aplicación de las normas correspondientes a los
Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, sus modificatorias y
complementarias, y de las normas dictadas en consecuencia, en su
carácter de Autoridad de Aplicación.
Que también por dicho decreto se establecieron las competencias para la
SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DEL DESARROLLO REGIONAL y para la SUBSECRETARIA DE PROMOCION AL
FINANCIAMIENTO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, ambas dependientes de
la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Que teniendo en cuenta que a la fecha no se ha aprobado la estructura
organizativa del nivel Dirección, ello no obstó en ningún momento la
continuidad del trámite de las actuaciones.
Que mediante el artículo 31, inciso b), de la Ley Nº 26.728 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2012, se fijó el cupo anual referente al artículo 3º de la Ley Nº
22.317, bajo administración de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL en la suma de PESOS OCHENTA MILLONES ($
80.000.000) para el Ejercicio 2012.
Que por la Ley Nº 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado
a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y
fiscalización corresponde a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, con el objetivo de incentivar la capacitación del
personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Que por el artículo 27, cuarto párrafo, de la Ley Nº 24.624 se modifica
el Régimen mencionado precedentemente, haciéndolo extensivo a todas las
personas de existencia visible o ideal que desarrollen actividades
económicas.
Que las destinatarias de los beneficios derivados de este Régimen son
las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas con el fin de que, a través de
la capacitación, promuevan su crecimiento y desarrollo, resultando
política prioritaria del Gobierno Nacional todos los temas vinculados a
dicho sector.
Que por los artículos 2º y 4º de la Ley Nº 22.317, sustituidos por los
artículos 42 y 43 de la Ley Nº 25.300, respectivamente, se dispuso que
el límite del cupo de Crédito Fiscal a solicitar por parte de las
empresas, no podrá exceder del OCHO POR MIL (8‰), para el caso de
grandes empresas, u OCHO POR CIENTO (8%) para el caso de Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas respecto de la masa salarial de los DOCE
(12) meses anteriores tomados desde la fecha que establece la
reglamentación.
Que por los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998 y 434 de
fecha 29 de abril de 1999 se reglamentó el Régimen de Crédito Fiscal
para Capacitación.
Que por el artículo 13 de la Ley Nº 24.467, modificado por el artículo
35 de la Ley Nº 25.300, se dispuso la organización de una Red de
Agencias Regionales de Desarrollo Productivo.
Que en este orden el Título III de la Ley Nº 25.300 establece que la
citada Red de Agencias Regionales de Desarrollo Productivo tendrá por
objeto brindar asistencia homogénea a las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas.
Que por la Disposición Nº 325 de fecha 26 de agosto de 2004 de la ex
SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de
la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se aprobaron los
modelos de convenio marco a ser suscriptos entre la mencionada ex
Subsecretaría con las Provincias, por un lado, y dicho organismo con
las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo, por el otro.
Que por medio de la Disposición Nº 161 de fecha 13 de mayo de 2005 de
la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se
estableció que las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo deberán
ser asociaciones civiles sin fines de lucro, fundaciones o personas
jurídicas creadas por ley, decreto u ordenanza municipal, debiéndose
contemplar en su estructura institucional la representación del sector
público y privado.
Que posteriormente, mediante la Disposición Nº 114 de fecha 11 de
septiembre de 2006 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificaciones se procedió a aprobar el
Reglamento para la Instalación y Puesta en Marcha de la Red de Agencias
Regionales de Desarrollo Productivo.
Que en este orden de análisis, las Agencias Regionales de Desarrollo
Productivo y los Parques Industriales resultan ser actores
imprescindibles para el desarrollo, promoción y fortalecimiento de las
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Que para la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL resulta estratégico fortalecer dichas instituciones, a través
del apoyo al desarrollo de sus centros de capacitación mediante la
adquisición de equipamiento y/o adecuación de sus aulas y/o centros de
formación e investigación, en pos de lograr una mejora en su gestión
que redundará en mejores servicios al sector de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas.
Que es necesario lograr mayor eficiencia en el uso de los recursos
públicos a fin de permitir el acceso y la participación de la mayor
cantidad posible de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Que por el Decreto Nº 915 de fecha 28 de junio de 2010 y sus
modificaciones se creó el Programa Nacional para el Desarrollo de
Parques Industriales Públicos en el Bicentenario, con el objetivo de
financiar obras de infraestructura intra y extramuros, facilitar la
radicación y desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas en Parques
Industriales Públicos.
Que por el citado decreto se dispuso la creación del Registro Nacional
de Parques Industriales en el ámbito de la Unidad de Desarrollo
Industrial Local de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA de la SECRETARIA DE
INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA con el objeto de contar con un
banco de datos estadísticos que permita disponer en tiempo real de la
oferta detallada de predios aptos para la radicación industrial en todo
el Territorio Nacional, como así también la nómina de las empresas allí
instaladas.
Que por el artículo 3° del Anexo de la Resolución Nº 40 de fecha 17 de
agosto de 2010 del MINISTERIO DE INDUSTRIA se incorporó en el precitado
Registro Nacional de Parques Industriales a los Parques Industriales
Privados y Mixtos.
Que por lo expuesto, resulta conveniente que el alcance del beneficio
de Crédito Fiscal para el Llamado 2012 abarque a las Agencias
Regionales de Desarrollo Productivo que presenten Proyectos destinados
a la adquisición de equipamiento y/o adecuación de sus aulas o centros
de formación, como así también a los Parques Industriales Públicos,
Privados y Mixtos, cuyos Proyectos estén destinados a la creación y el
desarrollo de centros de formación e investigación de Pequeñas y
Medianas Empresas dentro de sus predios, a fin de lograr la promoción y
el desarrollo productivo empresarial local y/o regional de Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas.
Que en razón de ello, resulta necesaria la redistribución de los cupos fiscales fijados para el Ejercicio 2012.
Que mediante la Resolución Nº 29 de fecha 24 de febrero de 2012 de la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA se reglamentó el Llamado a Presentación y
Ejecución de Proyectos de Capacitación Año 2012 en el marco del Régimen
de Crédito Fiscal, estableciéndose en su artículo 12 un cupo máximo de
PESOS OCHENTA MILLONES ($ 80.000.000) correspondientes al cupo
establecido en el artículo 31, inciso b), de la Ley Nº 26.728 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2012.
Que devino oportuno efectuar DOS (2) convocatorias en el corriente
ejercicio, a los fines de poder asegurar a las empresas la
disponibilidad de cupo de Crédito Fiscal durante todo el Año 2012.
Que en función de ello se estableció para la primera convocatoria la
utilización de un cupo de PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000).
Que de acuerdo con la recomendación formulada por la Dirección Nacional
de Crédito Fiscal y Capacitación Federal de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA,
resulta conveniente modificar el artículo 12 de la Resolución Nº 29/12
de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL,
estableciéndose para el Régimen de Crédito Fiscal que rige el Llamado a
Presentación y Ejecución de Proyectos destinados a la adquisición de
equipamiento y/o adecuación de aulas de las Agencias Regionales y a la
creación y desarrollo de centros de formación e investigación PyME
dentro de los Parques Industriales, un cupo máximo de PESOS CINCO
MILLONES ($ 5.000.000), correspondientes al cupo asignado en el
artículo 31, inciso b), de la Ley Nº 26.728 de Presupuesto General de
la Administración Nacional para el Ejercicio 2012.
Que en consecuencia, para el Régimen de Crédito Fiscal para
Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Año 2012, se
establece un nuevo cupo máximo de PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES ($
75.000.000), correspondientes al cupo asignado en el artículo 31,
inciso b), de la Ley Nº 26.728 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2012.
Que por lo expuesto, se establece para la segunda convocatoria del
Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas Año 2012, la utilización de un cupo de PESOS TREINTA
Y CINCO MILLONES ($ 35.000.000).
Que resulta necesario que la reglamentación de acceso al Régimen de
Crédito Fiscal cumpla con el objeto de lograr un eficaz y mejor impacto
social, regional y económico de los fondos disponibles, asegurando al
mismo tiempo un proceso de recepción, evaluación y asignación
transparente y ágil.
Que por los artículos 9° y 10 del Decreto Nº 819/98 se crearon los Registros de Empresas y de Unidades Capacitadoras.
Que la Disposición Nº 389 de fecha 29 de septiembre de 2004 de la ex
SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de
la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificaciones
establece que las empresas que soliciten acceso al Régimen de Crédito
Fiscal para Capacitación deberán estar previamente inscriptas en el
Registro de Empresas, disponiendo la información que deben presentar a
tal fin y los formularios en que deben hacerlo.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la
Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que
le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 357/02 y sus modificaciones.
Por ello,
EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébase el
Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos
destinados a la adquisición de equipamiento y/o adecuación de aulas de
las Agencias Regionales y a la creación y desarrollo de centros de
formación e investigación PyME dentro de los Parques Industriales en el
marco del Régimen de Crédito Fiscal Año 2012, de la SECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, que, como Anexo I, con QUINCE (15) hojas, forma parte
integrante de la presente resolución.
Art. 2° — Sustitúyese el
artículo 12 de la Resolución Nº 29 de fecha 24 de febrero de 2012 de la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA, que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 12.- Establécese para el Régimen de Crédito Fiscal para
Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas regido por el Anexo
I de la presente resolución, un cupo máximo de PESOS SETENTA Y CINCO
MILLONES ($ 75.000.000) correspondientes al cupo establecido en el
artículo 31, inciso b), de la Ley Nº 26.728 de Presupuesto General de
la Administración Nacional para el Ejercicio 2012. Dicho cupo será
distribuido en DOS (2) convocatorias por un monto total de PESOS
TREINTA Y CINCO MILLONES ($ 35.000.000) para la primera y de PESOS
CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000) para la segunda convocatoria.”
(Artículo sustituido por art. 12 de la Resolución N° 141/2012 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional B.O. 03/07/2012)
Art. 3° — Establécese para el
Régimen de Crédito Fiscal para la Presentación y Ejecución de Proyectos
destinados a la adquisición de equipamiento y/o adecuación de aulas de
las Agencias Regionales y a la creación y desarrollo de centros de
formación e investigación PyME dentro de los Parques Industriales en el
marco del Régimen de Crédito Fiscal Año 2012, regido por el Anexo I de
la presente resolución un cupo máximo de PESOS CINCO MILLONES ($
5.000.000) correspondientes al cupo asignado en el artículo 31, inciso
b), de la Ley Nº 26.728 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2012.
Art. 4° — Apruébase el Modelo
de Primer Testimonio de Escritura Pública Para Empresas Solicitantes
Cedentes, que, como Anexo II, con DOS (2) hojas, forma parte integrante
de la presente resolución.
Art. 5° — Apruébase el Modelo
de Escritura Pública para Agencias, que, como Anexo III, con DOS (2)
hojas, forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 6° — Apruébase el Modelo
de Acta Acuerdo para la Presentación de Proyectos Bajo la Modalidad A
(Empresa/s Solicitante/s Cedente/s y Agencias Regionales de Desarrollo
Productivo), que, como Anexo IV, con TRES (3) hojas, forma parte
integrante de la presente resolución.
Art. 7° — Apruébase el Modelo
de Acta Acuerdo para la Presentación de Proyectos Bajo la Modalidad B
(Empresa/s Solicitante/s Cedente/s y Parques Industriales), que, como
Anexo V, con TRES (3) hojas, forma parte integrante de la presente
resolución.
Art. 8° — Apruébase el Modelo
de Certificación Contable para la Presentación de Proyectos, que, como
Anexo VI, con CINCO (5) hojas, forma parte integrante de la presente
resolución.
Art. 9° — Apruébase el Modelo
de Declaración Jurada de las Agencias para la Aceptación y Recepción
del Equipamiento, que, como Anexo VII, con UNA (1) hoja, forma parte
integrante de la presente resolución.
Art. 10. — Apruébase el Modelo
de Declaración Jurada del Parque Industrial para la Aceptación y
Recepción del Equipamiento, que, como Anexo VIII, con UNA (1) hoja,
forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 11. — Apruébase el Modelo
de Certificación Contable para la Rendición de Cuentas, que, como Anexo
IX, con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 12. — Invítase a las
Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a colaborar con la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA en la difusión del presente Régimen, a través
de los organismos competentes.
Art. 13. — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 14. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Horacio G. Roura.
ANEXO I
REGLAMENTO PARA EL LLAMADO A
PRESENTACION Y EJECUCION DE PROYECTOS DESTINADOS AL EQUIPAMIENTO DE LAS
AGENCIAS REGIONALES Y CENTROS DE FORMACION E INVESTIGACION PyME DENTRO
DE LOS PARQUES INDUSTRIALES.
ARTICULO 1º.- OBJETO
El presente Reglamento rige la convocatoria de la SECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE
INDUSTRIA (en adelante “SPyMEyDR”), para la presentación y ejecución de
Proyectos destinados a la adquisición de equipamiento y/o adecuación de
aulas o centros de formación de las Agencias Regionales de Desarrollo
Productivo existentes en la actualidad y de aquellas instituciones que
puedan adherirse en el futuro a la Red de Agencias Regionales de la
“SPyMEyDR” dentro del marco establecido por la Ley Nº 25.300 (en
adelante “AGENCIAS”), como así también para la creación y el desarrollo
de centros de formación e investigación en Pequeñas y Mediana Empresas
radicadas en Parques Industriales Públicos (en adelante “PARQUES
INDUSTRIALES”).
La implementación del presente Reglamento se realizará a través de la
Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal de la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA (en adelante “LA DIRECCION”).
ARTICULO 2º.- SUJETOS QUE PARTICIPAN EN LOS PROYECTOS
Los sujetos participantes en los Proyectos son: las Empresas
Solicitantes Cedentes, las “AGENCIAS” y los “PARQUES INDUSTRIALES”, de
acuerdo con las siguientes definiciones.
a) EMPRESAS SOLICITANTES CEDENTES: toda persona física o jurídica
productora de bienes o prestadora de servicios, constituida bajo
cualquiera de las formas admitidas por la legislación vigente y que
tributen impuestos nacionales, quien destinará el reintegro solicitado
y oportunamente asignado, a la adquisición de equipamiento y/o
adecuación de aulas o centros de formación de las “AGENCIAS” como así
también a la creación y el desarrollo de centros de formación e
investigación en Pequeñas y Medianas Empresas radicadas en “PARQUES
INDUSTRIALES”, conforme lo establecido en el presente Reglamento,
categorizadas de acuerdo con lo establecido por la Resolución Nº 21 de
fecha 10 de agosto de 2010 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA y sus
complementarias.
Las empresas deberán estar inscriptas en el REGISTRO DE EMPRESAS
establecido por la Disposición Nº 389 de fecha 29 de septiembre de 2004
de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus
modificaciones.
No estarán habilitadas a presentar proyectos las empresas que registren
deudas fiscales y/o previsionales exigibles por la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS (en adelante “AFIP”).
b) “AGENCIAS”: Las asociaciones civiles sin fines de lucro, fundaciones
o personas jurídicas creadas por ley, decreto u ordenanza municipal,
debiéndose contemplar en su estructura institucional la representación
del sector público y privado, conformadas con el fin de promover el
desarrollo económico local a través de asistencia al sector de las
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, integrantes de la Red de Agencias
Regionales de Desarrollo Productivo de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, constituidas de acuerdo con la
normativa vigente.
c) “PARQUES INDUSTRIALES”: se entenderá por parque industrial a la
porción delimitada de la Zona Industrial diseñada y subdividida para la
radicación de establecimientos manufactureros y de servicios, dotada de
la infraestructura, equipamiento y servicios apropiados para el
desarrollo de tales actividades, que sean promovidos y gestionados por
el Gobierno Nacional, Provincial o Municipal, los cuales deberán estar
debidamente inscriptos en el Registro Nacional de Parques Industriales
(en adelante “RENPI”), en el marco del Programa Nacional para el
Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario del
MINISTERIO DE INDUSTRIA.
ARTICULO 3º.- PERIODO DE VIGENCIA DEL LLAMADO A PRESENTACION DE
PROYECTOS La presentación de Proyectos se realizará bajo la modalidad
de ventanilla abierta. Esto significa que las Empresas Solicitantes
Cedentes podrán presentar Proyectos para Adquisición de Equipamiento
desde la publicación del presente Reglamento en el Boletín Oficial y en
todo momento, por el sistema informático hasta las DIECIOCHO HORAS (18
hs.) del día 31 de octubre de 2012, o en su defecto hasta la
utilización total del cupo presupuestario asignado si esto fuere
anterior.
Cada Empresa Solicitante Cedente podrá presentar más de un Proyecto, de
conformidad con lo establecido en el presente Reglamento.
ARTICULO 4º.- MODALIDADES
A los fines del presente llamado, las Empresas Solicitantes Cedentes
deberán presentar Proyectos bajo alguna de las siguientes Modalidades:
ARTICULO 5º.- PROYECTOS
Se entiende por Proyecto en ambas modalidades a aquel presentado por la
Empresa Solicitante Cedente y que tiene como objetivo la adquisición de
equipamiento y/o adecuación de aulas o centros de formación de las
“AGENCIAS” como así también la creación y el desarrollo de centros de
formación e investigación de Pequeñas y Medianas Empresas instaladas en
“PARQUES INDUSTRIALES”, las que serán utilizadas exclusivamente para la
organización y realización de actividades de capacitación y formación
destinadas a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Sólo podrán ser beneficiarias de estos Proyectos las “AGENCIAS” y los “PARQUES INDUSTRIALES”.
ARTICULO 6°.- ADQUISICION DE BIENES Y GASTOS ELEGIBLES
Cada Proyecto incluirá el detalle de los bienes y gastos necesarios
para cumplir con sus objetivos. La solicitud de bienes elegibles deberá
estar acompañada de al menos UN (1) presupuesto por cada bien a
adquirir o gasto a realizar, en el cual conste: nombre de la Empresa
Solicitante Cedente, CUIT, dirección, cantidad, especificaciones
técnicas, condiciones de garantía y costo final.
La adquisición de los bienes elegibles deberá realizarse desde el día
siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la REPUBLICA
ARGENTINA de la resolución de aprobación de los Proyectos con
asignación de cupo de Crédito Fiscal y dentro de un plazo de CIENTO
VEINTE (120) días corridos contados a partir de dicha publicación.
Las Empresas Solicitantes Cedentes podrán adquirir el equipamiento a
proveer a la “AGENCIA” o “PARQUE INDUSTRIAL” o incluir gastos del
listado que se detalla a continuación:
Equipos informáticos de escritorio (PC).
Accesorios de equipos informáticos de uso habitual.
Proyectores (cañón de proyección, retroproyector o similares).
Pantallas para proyección.
Software de capacitación.
Tecnologías de comunicación para conexión a Internet y “Streaming” para videoconferencias.
Rotafolios, sus atriles y accesorios.
Pizarras móviles, magnéticas u otras similares.
Escritorios y sillas o sillones ergonómicos.
Sistema de sonido y micrófono de mano inalámbrico.
Gastos de adecuación de Centros de Formación o Aulas Virtuales PyME en las “AGENCIAS”.
Gastos de construcción y/o adecuación de Centros de Formación y/o Investigación PyME en “PARQUES INDUSTRIALES”.
En caso de adquirirse equipamiento que no se encuentre incluido en
alguno de los rubros detallados, quedará a criterio de “LA DIRECCION”
la aprobación de los mismos.
El equipamiento a adquirir debe tratarse de bienes nuevos indispensables para el desarrollo de las actividades.
ARTICULO 7°.- CALCULO DE MONTO MAXIMO DE REINTEGRO
Las Empresas Solicitantes Cedentes podrán ser Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas o Grandes Empresas y obtener un monto máximo de
reintegro de acuerdo con lo siguiente:
a) Para el caso de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, el monto
máximo a reintegrar no podrá en ningún caso superar el OCHO POR CIENTO
(8%) de la Masa Salarial Bruta correspondiente a los últimos DOCE (12)
meses contados a partir de la presentación del Proyecto. Para el
cálculo de este límite deben detraerse todos los reintegros solicitados
bajo el Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación establecido por la
Ley Nº 22.317, cualquiera fuere el organismo administrador de dicho
cupo (la “SPyMEyDR”, el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA del
MINISTERIO DE EDUCACION y/o el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL).
b) Para el caso de las Grandes Empresas Solicitantes Cedentes, el monto
computable será del OCHO POR MIL (8‰) de la Masa Salarial Bruta
correspondiente a los últimos DOCE (12) meses contados a partir de la
presentación del Proyecto. Para el cálculo de este límite deben
detraerse todos los reintegros solicitados bajo el Régimen de Crédito
Fiscal para Capacitación establecido por la Ley Nº 22.317, cualquiera
fuere el organismo administrador de dicho cupo (la “SPyMEyDR”, el
INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA y/o el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL). Las Empresas Solicitantes Cedentes
podrán presentarse en tantos Proyectos como requieran, siempre que no
excedan las limitaciones establecidas en el presente Reglamento.
ARTICULO 8º.- MASA SALARIAL BRUTA
Se entenderá por Masa Salarial Bruta, a los efectos del presente
Reglamento, a los montos remuneratorios totales abonados al personal
ocupado en las empresas, computados por sus importes brutos mensuales.
Su cálculo surge de aplicar la reglamentación establecida para
determinar los montos imponibles sujetos a aportes y contribuciones
previsionales informados en la declaración jurada mensual al Sistema
Unico de Seguridad Social (SUSS - Formulario Nº 931 de la “AFIP”,
concepto Remuneración 2) de los últimos DOCE (12) meses previos a la
presentación del Proyecto.
No se considerará Masa Salarial a toda asignación en dinero o en especie efectuada de manera no remunerativa.
ARTICULO 9º.- TOPES DEL PRESENTE REGLAMENTO
Las Empresas Solicitantes Cedentes podrán solicitar el reintegro de los
gastos elegibles ya sea para las presentaciones efectuadas bajo la
Modalidad A o B, con los límites establecidos en el artículo 5º del
presente Reglamento y los estipulados a continuación.
1) Presentaciones efectuadas bajo la Modalidad A, el reintegro será de
hasta la suma de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000) por “AGENCIA”.
Las “AGENCIAS” podrán recibir hasta la suma de PESOS SESENTA MIL ($
60.000) de UNA (1) o más Empresas Solicitantes Cedentes para la
presente convocatoria.
2) Presentaciones efectuadas bajo la Modalidad B, el reintegro será de
hasta la suma PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000) por “PARQUE INDUSTRIAL”.
Los “PARQUES INDUSTRIALES” podrán recibir hasta la suma de PESOS
TRESCIENTOS MIL ($ 300.000) de UNA (1) o más Empresas Solicitantes
Cedentes para la presente convocatoria.
3) Gastos por Realización de Escrituras y/o Certificaciones Contables
de las Empresas Solicitantes Cedentes: las mismas podrán solicitar el
reintegro de gastos por Escrituras y/o Certificaciones Contables
requeridas para la presentación de Proyectos y/o de Rendición de
Cuentas, hasta un monto máximo de PESOS UN MIL ($ 1.000), neto del
Impuesto al Valor Agregado (IVA).
ARTICULO 10.- RESPONSABILIDAD SOBRE EL PROYECTO
a) Las Empresas Solicitantes Cedentes, las “AGENCIAS” y los “PARQUES
INDUSTRIALES” que presenten Proyectos serán responsables ante la
“SPyMEyDR” de:
i - La veracidad de toda la información consignada. En el caso de las
Empresas Solicitantes Cedentes, de sus características económicas,
societarias, contables y fiscales.
ii - La validez y autenticidad de toda la documentación presentada.
iii - Efectuar las notificaciones requeridas para la ejecución de los
Proyectos y aceptar los requerimientos formulados por la “SPyMEyDR” con
la antelación prevista en el presente Reglamento.
iv - Garantizar que la afectación de los bienes adquiridos o de gastos
de construcción y/o adecuación sean utilizados de conformidad con lo
dispuesto en el presente Reglamento, con el proyecto aprobado y para
los fines determinados en el mismo.
A todos los efectos del Régimen de Crédito Fiscal, la “SPyMEyDR”
reconocerá como única parte legitimada en el procedimiento a la Empresa
Solicitante Cedente.
ARTICULO 11.- PROCEDIMIENTO DE PRESENTACION DE PROYECTOS
Las Empresas Solicitantes Cedentes podrán presentar Proyectos, a cuyo
fin deberán observar el procedimiento y las condiciones que
seguidamente se detallan:
a) VIA INTERNET: Las Empresas Solicitantes Cedentes deberán completar
el “Formulario de Presentación de Proyectos” en el apartado de “Crédito
Fiscal 2012 Instituciones” de la página “Web” de la “SPyMEyDR”
(http://www.sepyme.gob.ar), a la cual ingresarán mediante la
utilización de la clave asignada al momento de inscripción. En esta
instancia no será necesaria la presentación de documentación alguna. El
Proyecto será evaluado y se responderá a las Empresas Solicitantes
Cedentes sobre la viabilidad del mismo.
En el caso de resultar viable se preaprobará, previa constatación de
existencia presupuestaria y notificará a la empresa mediante correo
electrónico y requiriendo a la solicitante la presentación de la
documentación respaldatoria dentro de los plazos señalados, de
conformidad con lo establecido en el presente Reglamento. El estado de
la solicitud estará disponible en el apartado de “Crédito Fiscal 2012”
de la página “Web” de la “SPyMEyDR” (http://www.sepyme.gob.ar).
En caso de no resultar viable se comunicará por la misma vía a la
Empresa Solicitante Cedente las causas y recomendaciones para su
reformulación.
b) EN SOPORTE PAPEL: Si el Proyecto presentado resultare viable, las
Empresas Solicitantes Cedentes deberán imprimir el “Formulario de
Presentación de Proyectos” y firmarlo, en carácter de declaración
jurada, en todas sus hojas por el/los representante/s legal/es o
apoderado con facultades suficientes, y presentarlo ante la “SPyMEyDR”
junto con toda la documentación requerida en el artículo 13 del
presente Reglamento, en un plazo que no exceda los VEINTE (20) días
hábiles contados a partir de la comunicación de la preaprobación.
ARTICULO 12.- EVALUACION DE PROYECTOS
El procedimiento de evaluación de los Proyectos se llevará a cabo de la siguiente forma:
i. “LA DIRECCION” evaluará sobre la coherencia entre los objetivos de
las “AGENCIAS” o “PARQUES INDUSTRIALES”, el problema a solucionar o
proceso a mejorar para cumplir los objetivos planteados, como también
la pertinencia y razonabilidad del gasto total proyectado, además de
las evaluaciones propias de su competencia, de conformidad con lo
establecido en el presente Reglamento.
ii. La Dirección Nacional de Desarrollo Regional, Sectorial y Comercio
Exterior de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA informará sobre los antecedentes
de las “AGENCIAS”, cumplimiento y vigencia de los convenios suscriptos
oportunamente tanto por la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL como por la actual SECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL con las Provincias, por
un lado, y dichos organismos con las “AGENCIAS”, por el otro.
iii. La Unidad de Desarrollo de Industria Local de la SUBSECRETARIA DE
INDUSTRIA de la SECRETARIA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA
informará sobre la correcta inscripción de los “PARQUES INDUSTRIALES”
en el “RENPI”, creado en el marco del Programa Nacional para el
Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario del
MINISTERIO DE INDUSTRIA.
ARTICULO 13.- DOCUMENTACION REQUERIDA PARA LA APROBACION DEFINITIVA
Una vez comunicada la preaprobación, las Empresas Solicitantes, las
“AGENCIAS” y los “PARQUES INDUSTRIALES”, según corresponda, deberán
presentar en un plazo que no exceda los VEINTE (20) días hábiles
contados a partir de la comunicación de la preaprobación la siguiente
documentación de acuerdo con las modalidades incluidas en los Proyectos.
La no presentación de la documentación requerida a continuación, y en
los plazos y forma estipulados, implicará la desestimación del Proyecto.
a) Las Empresas Solicitantes Beneficiarias deberán presentar:
i. “Formulario de Presentación de Proyectos” establecido en el artículo
11, inciso b), del presente Reglamento, impreso y firmado, en carácter
de declaración jurada, en todas sus hojas por el/los representante/s
legal/es o apoderado con facultades suficientes. La firma inserta en la
última hoja del “Formulario de Presentación de Proyectos” deberá estar
certificada por Banco o Juez de Paz. En los casos que intervengan
apoderados deberán acompañar copia del poder certificada. Si el
registro del Escribano interviniente estuviere fuera de la jurisdicción
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá contener la legalización
del Colegio de Escribanos correspondiente a su jurisdicción.
ii. UN (1) original y UNA (1) fotocopia simple del Primer Testimonio de
Escritura Pública, según modelo que, como Anexo II, se adjunta y forma
parte del presente Reglamento. En caso de tratarse de un testimonio
realizado por Escribano, cuyo registro estuviere fuera de la
jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá contener la
legalización del Colegio de Escribanos correspondiente a su
jurisdicción.
iii. Certificación Contable para la Presentación de Proyectos: UN (1)
original y UNA (1) copia simple, emitida por Contador Público Nacional
(que no posea relación de dependencia con ninguno de los sujetos
participantes del Proyecto) con su firma debidamente certificada por el
Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda a su
jurisdicción según modelo que, como Anexo VI, se adjunta y forma parte
integrante del presente Reglamento.
iv. Acta Acuerdo suscripta por las Empresas Solicitantes Cedentes y por
“LA AGENCIA” o el “PARQUE INDUSTRIAL”, de acuerdo con la clasificación
del Proyecto, conforme lo establecido en el presente Reglamento y a los
modelos que, como Anexos IV y V, se adjuntan y forman parte integrante
de este Reglamento, mediante el cual las partes manifiestan en carácter
de declaración jurada su conformidad a la realización del proyecto en
los términos en que ha sido presentado.
b) Las “AGENCIAS” deberán presentar:
i. UN (1) original y UNA (1) fotocopia simple del Primer Testimonio de
Escritura Pública, según modelo que, como Anexo III, se adjunta y forma
parte del presente Reglamento. En caso de tratarse de un testimonio
realizado por Escribano, cuyo registro estuviere fuera de la
jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá contener la
legalización del Colegio de Escribanos correspondiente a su
jurisdicción.
c) Los “PARQUES INDUSTRIALES” deberán presentar:
i. Copia certificada de la última acta de designación de autoridad del
“PARQUE INDUSTRIAL”, conforme lo establece la Unidad de Desarrollo
Industrial Local. En caso de tratarse de una actuación notarial
realizada por Escribano, cuyo registro estuviere fuera de la
jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá contener la
legalización del Colegio de Escribanos correspondiente a su
jurisdicción.
Las Empresas Solicitantes Cedentes, las “AGENCIAS” y los “PARQUES
INDUSTRIALES” que ya hubieren presentado la documentación descripta
sólo deberán presentar, cuando corresponda, la actualización o
revalidación de la misma.
En caso de presentarse en más de un proyecto en el presente Llamado, no
será necesaria la presentación de documentación en forma independiente.
La utilización de los modelos de Primer Testimonio de Escritura
Pública, Certificaciones Contables, Declaraciones Juradas y demás
documentación resulta de carácter obligatorio por parte de las Empresas
Solicitantes Cedentes, las “AGENCIAS” y los “PARQUES INDUSTRIALES”. Los
modelos estarán disponibles en la página “Web” de la “SPyMEyDR”
(www.sepyme.gob.ar).
ARTICULO 14.- FORMA DE PRESENTACION DE DOCUMENTACION
Las presentaciones en soporte papel deberán efectuarse de acuerdo con
los modelos y en plazos previstos en el presente Reglamento, vía correo
postal o personalmente en la mesa de entradas de la SECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, sita en la Avenida Julio Argentino Roca Nº 651, Planta Baja,
Sector II (Código Postal C1067ABB), Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTICULO 15.- RESOLUCION APROBATORIA DE PROYECTOS
Concluida la etapa de evaluación formal del Proyecto y de la
documentación presentada se comunicará a las Empresas Solicitantes
Cedentes el resultado de la evaluación de la misma. La asignación de
cupo de Crédito Fiscal para los Proyectos aprobados en el presente
llamado se realizará a través de un acto administrativo, el cual se
publicará en el Boletín Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA y se
comunicará en la página “Web” de la “SPYMEYDR”
(www.sepyme.gob.ar/creditofiscal) y/o a través del sistema informático.
ARTICULO 16 .- PLAZO DE EJECUCION
Las Empresas Solicitantes
Cedentes deberán efectuar las adquisiciones y/o gastos aprobados dentro
del plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos contados a partir de la
publicación en el Boletín Oficial de la aprobación del Proyecto y
asignación de cupo de Crédito Fiscal. Para los casos en que la
ejecución de los proyectos incluyan Gastos de Adecuación de Centros de
Formación o Aulas Virtuales PyME en las Agencias y Gastos de
Construcción y/o adecuación de Centros de Formación y/o Investigación
PyME en Parques Industriales, detallados en el Artículo 6° del presente
Reglamento, se adicionarán otros CIENTO VEINTE (120) días corridos
contados a partir de la finalización del plazo original.
(Artículo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 53/2013
de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional
B.O. 7/5/2013. Vigencia: a partir del día de su suscripción)
ARTICULO 17.- UTILIZACION DEL EQUIPAMIENTO
Los bienes adquiridos podrán ser desafectados del Proyecto en caso de
extinción de la vida útil del bien, en cuyo caso los representantes
legales o apoderados de “LAS AGENCIAS” o las autoridades del “PARQUE
INDUSTRIAL” deberán notificar a la “SPyMEyDR” en forma fehaciente
mediante nota ingresada por la Mesa de Entradas referenciada, dentro de
los TREINTA (30) días corridos de contabilizada la baja del bien.
Si se comprobare la asignación de un destino diferente del bien, las
“AGENCIAS” o “PARQUES INDUSTRIALES” deberán reponer a la “SPyMEyDR” el
valor de los bienes desafectados conforme su valuación contable
actualizada, en un plazo no superior a los QUINCE (15) días corridos de
la efectiva desafectación.
ARTICULO 18.- VERIFICACION Y AUDITORIA
“LA DIRECCION”, la Unidad de Desarrollo Industrial Local y la Dirección
Nacional de Desarrollo Regional, Sectorial y Comercio Exterior podrán,
en cualquier instancia del desarrollo del Proyecto, por sí o por
terceros, realizar verificaciones físicas o virtuales y auditorías a
las “AGENCIAS” y/o a los “PARQUES INDUSTRIALES” en sus sedes o en lugar
donde se constituya el aula o centro de formación o los centros de
formación e investigación, con el objeto de constatar el cumplimiento,
ejecución e impacto de lo solicitado.
Los sujetos intervinientes en los Proyectos deberán disponer de todos
los medios necesarios para facilitar el desarrollo de las tareas de
verificación y auditorías y proveerle toda la información que solicite.
ARTICULO 19.- INCUMPLIMIENTOS AL PRESENTE REGIMEN
En caso de verificarse algún incumplimiento a lo dispuesto por el
presente Reglamento la Autoridad de Aplicación podrá disponer la
pérdida parcial o total de los gastos elegibles solicitados y/o la baja
del Proyecto aprobado con la correspondiente pérdida del Cupo de
Crédito Fiscal asignado.
En particular los siguientes incumplimientos ameritarán el descuento total de los gastos elegibles.
a) Verificación de que el equipamiento adquirido por las Empresas
Solicitantes Cedentes no se encuentra en las instalaciones de las
“AGENCIAS” y/o “PARQUES INDUSTRIALES”.
b) Constatación de que el equipamiento adquirido no es utilizado para los fines establecidos en el Proyecto.
c) Constatación de que el equipamiento adquirido no es el aprobado en el Proyecto.
Las sanciones que impliquen la baja del Proyecto y la pérdida del cupo
de Crédito Fiscal asignado y cuya rendición no haya sido aprobada por
acto administrativo pertinente o se encontrare pendiente de rendición
por las Empresas Solicitantes Cedentes a la fecha de imposición de la
sanción, serán impuestas mediante el dictado de un acto administrativo
de la Autoridad de Aplicación, previa elaboración de un informe fundado
por parte de “LA DIRECCION”.
ARTICULO 20.- PRESENTACION DE LA RENDICION DE CUENTAS
Las Empresas Solicitantes Cedentes podrán presentar como máximo UNA (1)
rendición de cuentas por cada Proyecto aprobado, en un plazo que no
exceda los TREINTA (30) días hábiles contados a partir del día
siguiente a la última adquisición de equipamiento y/o realización de
gasto aprobado, y de la siguiente forma:
a) VIA INTERNET: Completar e imprimir el “Formulario de Rendición de
Cuentas” disponible en el apartado de “Crédito Fiscal 2012
Instituciones” de la página “Web” de la “SPyMEyDR” (http://
www.sepyme.gob.ar), y posteriormente:
b) Se deberá presentar ante “LA DIRECCION” y en carácter de declaración
jurada el “Formulario de Rendición de Cuentas” en soporte papel
debidamente suscripto por el/los Representante/s Legal/es de las
Empresas Solicitantes Cedentes o su apoderado, de acuerdo con la
acreditación de personería prevista en el presente Reglamento,
juntamente con la documentación que se detalla a continuación:
i- Fotocopias simples de las facturas y/o recibos de compra por la
adquisición del equipamiento y/o gastos realizados; suscriptas por
el/los Representante/s Legal/es de las Empresas Solicitantes Cedentes o
su apoderado debidamente acreditados.
ii- Fotocopias simples de las facturas y/o recibos por gastos de
Escrituras y/o Certificaciones Contables, suscriptas por el/los
Representante/s Legal/es de las Empresas Solicitantes Cedentes o su
apoderado debidamente acreditados, identificando en las mismas los
conceptos facturados en relación con el Proyecto.
Si las facturas mencionadas fueren de tipo A, entonces deberá adjuntarse el recibo cancelatorio correspondiente.
iii- Certificación Contable suscripta por Contador Público Nacional que
no posea relación de dependencia con ninguno de los sujetos
participantes del Proyecto y legalizada por el Consejo Profesional
correspondiente, referente al pago, cancelación y a la registración
contable de los comprobantes señalados en los incisos precedentes con
el detalle de los mismos, según modelo que se presenta en el Anexo IX,
que forma parte integrante del presente Reglamento.
iv- Declaración Jurada de aceptación de uso, recepción y utilización de
los bienes adquiridos y cedidos por las Empresas Solicitantes Cedentes
a favor de las “AGENCIAS” o “PARQUES INDUSTRIALES”, debidamente
suscripta por la autoridad de la “AGENCIA” o del “PARQUE INDUSTRIAL”,
en la cual se manifieste que los mismos se encuentran afectados
exclusivamente a la adquisición de equipamiento y/o adecuación de aulas
o centros de formación de las “AGENCIAS” o a la creación y desarrollo
de centros de formación e investigación de Pequeñas y Medianas Empresas
radicadas en “PARQUES INDUSTRIALES”, según modelo que se presenta en
los Anexos VII y VIII, que forman parte integrante del presente
Reglamento.
ARTICULO 21.- EVALUACION DE LA RENDICION DE CUENTAS
La rendición de cuentas presentada en formato papel será sometida a una evaluación técnica.
El informe de evaluación técnico versará sobre la ejecución
reglamentaria del Proyecto y contemplará el cumplimiento de los
lineamientos aprobados, así como lo informado por las Empresas
Solicitantes Cedentes durante la etapa de ejecución del Proyecto.
El informe contendrá una recomendación final sobre la aprobación,
rechazo y/o eventuales descuentos respecto de la rendición de cuentas
presentada con fundamento en los hechos y antecedentes y en lo previsto
por el presente Reglamento.
ARTICULO 22.- DE LA EMISION DEL CERTIFICADO
Una vez publicada en el Boletín Oficial la asignación de cupo y
aprobada la rendición de cuentas, tendrá lugar el dictado del acto
administrativo que establecerá la aprobación total o parcial de la
rendición y la consiguiente emisión del Certificado de Crédito Fiscal a
favor de las Empresas Solicitantes Cedentes.
Los Certificados de Crédito Fiscal serán emitidos bajo la modalidad de
Bono Electrónico a favor de las Empresas Solicitantes Cedentes de
acuerdo con lo establecido precedentemente y de conformidad con lo
dispuesto por la Resolución Nº 4 de fecha 14 de enero de 2011 de la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Asimismo y de acuerdo con el artículo 2º de dicha resolución, los
Certificados de Crédito Fiscal que se emitan bajo la modalidad de Bono
Electrónico tendrán una vigencia de VEINTICUATRO (24) meses contados
desde la fecha de su emisión.
ARTICULO 23.- MARCO LEGAL
La presentación del Proyecto implica el pleno conocimiento de toda la
normativa que rige el acceso al Régimen de Crédito Fiscal, la adhesión
al presente Reglamento y la aceptación de todos los efectos y
consecuencias producto de su aplicación, para todos los sujetos
participantes en los mismos.
ARTICULO 24.- RECURSOS
El régimen recursivo es el establecido en la Ley Nacional de
Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y en el Reglamento de
Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72, T.O. 1991, siendo,
las Empresas Solicitantes de los Proyectos, la parte legitimada para
interponerlos.
ANEXO II
MODELO DE PRIMER TESTIMONIO DE ESCRITURA PUBLICA PARA EMPRESAS SOLICITANTES CEDENTES
FOLIO Nº_____.- PRIMERA COPIA.- ESCRITURA NUMERO______________________
En la Ciudad de________, a__________días del mes de______del año dos
mil doce, ante mí, Escribano Público Autorizante, comparece
___________, de nacionalidad ______ (argentina), nacido el ___de
___de______, ________(estado civil), titular del Documento Nacional de
Identidad número ____________, C.U.I.T. Nº ___________, domiciliado
legalmente en la calle______________________ de _________, persona
capaz, de mi conocimiento, doy fe, así como de que interviene en su
carácter de _______________(Representante legal: presidente, socio
gerente, etc, de acuerdo con el tipo social que corresponda y/o
apoderado con facultades suficientes) de la sociedad que gira bajo la
denominación de “___________________”, C.U.I.T. Nº ____________,
domiciliada en ___________ y objeto social ____________ (designación
del objeto principal únicamente), lo que se justificará más adelante, y
MANIFIESTA que requiere mi intervención a los fines de poder
cumplimentar lo establecido por la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA,
solicitándome que: justifique la existencia de la persona jurídica y de
su vigencia actual, denominación o razón social, fecha de constitución,
datos de su inscripción y modificaciones en el registro público
correspondiente, domicilio y sede social, objeto social, acreditar la
justificación de la personería de su/s representante/s legal/es con
mandato vigente y la fecha en que vence su mandato.
YO EL ESCRIBANO AUTORIZANTE EN CUMPLIMIENTO DE LO REQUERIDO HAGO
CONSTAR: Que la compareciente acredita lo que me solicita que
justifique, con la siguiente documentación: a) La constitución de la
sociedad y su existencia legal con la escritura de constitución de la
sociedad de fecha ____, que pasó ante ________, al folio ______ del
Registro Notarial _________ a cargo de _________, la que en su primera
copia se inscribió el ________ bajo el número ___________del Libro
___________ de ___________ (y reformas si las hubiera). b) Que según
surge de la documentación citada en el punto anterior la sociedad tiene
una vigencia de ______________ años contados a partir del ___/___/____
(fecha que comienza a correr el plazo), por lo cual la misma se
encuentra vigente. c) Que su Objeto social es:__________, d) su
domicilio legal es ____________ y su domicilio productivo o de
desarrollo de actividades es:___________________e) la fecha de cierre
del ejercicio social es: ……………….. f) El carácter de representante legal
de la misma con ___________ (indicar las actas de asamblea de elección
de autoridades y de directorio de distribución de cargo si fuera una
Sociedad Anónima o actas o instrumento correspondiente si fuera otro
tipo societario), que se encuentran inscriptas en _________________. De
dicha documentación surge que los representantes estatutarios de la
sociedad son ________________________ (completar lo que corresponda
según el tipo de sociedad), que ejercen su mandato por el término de
_________________ contados a partir del día ___/___/___ y hasta el día
____/____/____, por lo cual se encuentra vigente.
La documentación relacionada en su primera copia y original la tengo a la vista.
LEIDA Y RATIFICADA firma la requirente de conformidad por ante mí, doy fe.
_______ Hay un sello.- Ante mí: ________- PARA ________expido esta
Primera Copia en un Sellado de Actuación Notarial número que sello y
firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.
(En caso de tratarse de una Escritura otorgada fuera de la jurisdicción
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá contener la legalización
del Colegio de Escribanos de la jurisdicción correspondiente).
ANEXO III
MODELO DE ESCRITURA PUBLICA PARA AGENCIAS
FOLIO Nº____.- PRIMERA COPIA.- ESCRITURA NUMERO __________________
En la Ciudad de ________, a ________ días del mes de _______ del año
dos mil doce, ante mí, Escribano Público Autorizante, comparece
_________________, de nacionalidad ______________ (argentina), nacido
el ___de _____de ____, ________________(estado civil), titular del
Documento Nacional de Identidad Número _______________, C.U.I.T. Nº
______________, domiciliado legalmente en la calle ________________ de
___________, persona capaz, de mi conocimiento, doy fe, así como de que
interviene en su carácter de __________________(Representante/s
Legal/es de la Institución y/o Apoderado según corresponda) de la
asociación civil o fundación que gira bajo la denominación
“__________________”, C.U.I.T. Nº ________________, con domicilio en
____________ y sede social en la calle ________________, cuyo objeto es
_____________________ (designación del objeto principal únicamente), lo
que se justificará más adelante, y MANIFIESTA que requiere mi
intervención a los fines de poder cumplimentar lo establecido por la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA, solicitándome que: justifique la existencia de
la persona jurídica y de su vigencia actual, denominación, fecha de
constitución, domicilio legal, objeto principal, datos de su
inscripción y modificaciones en los registros públicos
correspondientes, y acreditar la justificación de la personería de su/s
representante/s legal/es y/o apoderados con mandato vigente.
YO EL ESCRIBANO AUTORIZANTE EN CUMPLIMIENTO DE LO REQUERIDO HAGO CONSTAR:
Que la compareciente acredita la existencia legal de la
_____________(Asociación Civil o Fundación), el carácter invocado, con
la siguiente documentación: a) La escritura de constitución de la
Asociación Civil o Fundación de fecha _____________, que pasó ante
______, al folio ____ del Registro Notarial ____ a cargo de
___________, la que en su primera copia se inscribió el _____________
bajo el número _____del Libro ___ de _______. b) El acta de reuniones o
asamblea inscripta en _____________ con la cual se acredita que los
representantes legales y/o apoderados de la Asociación Civil o
Fundación son ______________________________ (completar lo que
corresponda según el tipo de institución), c) De dicha documentación
surge que el/los representante/s estatutario/s de la Asociación Civil o
Fundación________________ ejercen su mandato por el término de
_____________o hasta ___________, por lo cual se encuentra vigente.
La documentación relacionada en su primera copia y original la tengo a la vista.
LEIDA Y RATIFICADA firma la requirente de conformidad por ante mí, doy fe.
_______ Hay un sello.- Ante mí: ________- PARA ________expido esta
Primera Copia en un Sellado de Actuación Notarial número que sello y
firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.
(En caso de tratarse de una Escritura otorgada fuera de la jurisdicción
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá contener la legalización
del Colegio de Escribanos de la jurisdicción correspondiente).
ANEXO IV
MODELO DE ACTA ACUERDO PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS
BAJO LA MODALIDAD A
(EMPRESA/S SOLICITANTE/S CEDENTE/S Y AGENCIAS REGIONALES DE DESARROLLO PRODUCTIVO)
En ___________(lugar y fecha), entre la Empresa __________ (indicar
Razón Social), con sede social en _______ (indicar domicilio legal)
______________,representada en este acto por su _________ (indicar el
representante legal que corresponda según tipo social y/o apoderado con
facultades suficientes), Señor, ________________ (Nombre y Apellido
Completo y D.N.I. Nº), quien acredita ante el Escribano interviniente
su capacidad para ejercer la representación que invoca; (y en caso de
corresponder), la Empresa _______________________ (indicar Razón
Social), con sede social en _______ (indicar domicilio legal)
______________,representada en este acto por su _________ (indicar el
representante legal que corresponda según tipo social y/o apoderado con
facultades suficientes), señor, ________________ (Nombre y Apellido
Completo y D.N.I. Nº), quien acredita ante el Escribano interviniente
su capacidad para ejercer la representación que invoca), en adelante
LA/S SOLICITANTE/S CEDENTE/S, (tantas veces como Empresas Solicitantes
Cedentes existan), y la Agencia Regional de Desarrollo Productivo
___________, con sede social en ____________(indicar domicilio legal),
representada en este acto por su ___________ (indicar el representante
legal que corresponda según tipo social y/o apoderado con facultades
suficientes), señor, ____________________ (Nombre y Apellido Completo y
D.N.I. Nº), quien acredita ante el Escribano interviniente su capacidad
para ejercer la representación que invoca; en adelante “LA AGENCIA”,
acuerdan celebrar la presente acta acuerdo de conformidad a las
cláusulas que a continuación se establecen:
PRIMERA.- OBJETO:
LA/S EMPRESA/S SOLICITANTE/S CEDENTE/S y “LA AGENCIA” acuerdan la
presentación conjunta de un Proyecto destinado a la adquisición de
equipamiento y/o gastos de construcción y/o de adecuación de aulas o
centros de formación de “LA AGENCIA”, en un todo de conformidad con lo
dispuesto en las normas reglamentarias del Régimen de Crédito Fiscal a
cargo de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.
SEGUNDA.- LA/S EMPRESA/S SOLICITANTE/S CEDENTE/S se compromete/n a
ceder a “LA AGENCIA” los bienes que se detallan a continuación, de
conformidad con el Reglamento de Crédito Fiscal, en el marco de la Ley
Nº 22.317.
a)……………
b)……………
c)……………
d) Etc…………
TERCERA.- ASIGNACION DE CERTIFICADOS DE CREDITO FISCAL:
LA/S EMPRESA/S SOLICITANTE/S CEDENTE/S presentará/n a la “SPyMEyDR” la
respectiva rendición de cuentas de conformidad con las normas vigentes
a los fines de recibir el correspondiente Certificado de Crédito
Fiscal, de conformidad con lo establecido por el artículo 22 del
Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos
Destinados al Equipamiento de las Agencias Regionales y Centros de
Formación e Investigación PyME en Parques Industriales- Año 2012.
(En caso de corresponder) Asimismo acuerdan que la participación en el
Proyecto, de cada una de las LA/S EMPRESA/S SOLICITANTE/S CEDENTE/S
será la que se detalla a continuación:
Empresa a)___________(porcentaje)
Empresa b)___________(porcentaje)
CUARTA.- INFORMES A LA AUTORIDAD DE APLICACION
La “AGENCIA” firmante de este acuerdo proporcionará en tiempo y forma
toda la información necesaria para la elaboración de la rendición de
cuentas y el monitoreo del proyecto, exigibles por la “DIRECCION”.
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, se firman _______________ejemplares de un
mismo tenor y a un solo efecto, recibiendo en este acto cada parte el
suyo.
(Las firmas deberán certificarse por Juez de Paz o por Escribano
Público. En caso de tratarse de una certificación por Escribano cuyo
registro estuviere fuera de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, deberá contener la legalización del Colegio de Escribanos
de la jurisdicción correspondiente).
ANEXO V
MODELO DE ACTA ACUERDO PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS
BAJO LA MODALIDAD B
(EMPRESA/S SOLICITANTE/S CEDENTE/S Y PARQUES INDUSTRIALES)
En ___________(lugar y fecha), entre la Empresa __________ (indicar
Razón Social), con sede social en _______ (indicar domicilio legal)
______________, representada en este acto por su _________ (indicar el
representante legal que corresponda según tipo social y/o apoderado con
facultades suficientes), señor, ________________ (Nombre y Apellido
Completo y D.N.I. Nº), quien acredita ante el Escribano interviniente
su capacidad para ejercer la representación que invoca; (y en caso de
corresponder) la Empresa _______________________ (indicar Razón
Social), con sede social en _______ (indicar domicilio legal)
______________,representada en este acto por su _________ (indicar el
representante legal que corresponda según tipo social y/o apoderado con
facultades suficientes), señor, ________________ (Nombre y Apellido
Completo y D.N.I. Nº), quien acredita ante el Escribano interviniente
su capacidad para ejercer la representación que invoca), en adelante
LA/S SOLICITANTE/S CEDENTE/S, (tantas veces como Empresas Solicitantes
Cedentes existan), y el Parque Industrial ___________, con domicilio
en_________, representado en este acto por su___________ (indicar el
representante legal que corresponda según la designación de autoridades
correspondiente o apoderado con facultades suficientes, señor,
____________________ (Nombre y Apellido Completo y D.N.I. Nº), quien
acredita ante el escribano interviniente su capacidad para ejercer la
representación que invoca; en adelante el “PARQUE INDUSTRIAL”, acuerdan
celebrar la presente acta acuerdo de conformidad con las cláusulas que
a continuación se establecen:
PRIMERA.- OBJETO:
LA/S EMPRESA/S SOLICITANTE/S CEDENTE/S y el “PARQUE INDUSTRIAL”
acuerdan la presentación conjunta de un Proyecto destinado a la
adquisición de equipamiento y/o gastos de construcción y/o de
adecuación de aulas o centros de formación e investigación de Pequeñas
y Medianas Empresas radicadas en el “PARQUE INDUSTRIAL”, en un todo de
conformidad con lo dispuesto en las normas reglamentarias del Régimen
de Crédito Fiscal a cargo de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.
SEGUNDA.- LA/S EMPRESA/S SOLICITANTE/S CEDENTE/S se compromete/n a
ceder al “PARQUE INDUSTRIAL” los bienes que se detallan a continuación,
de conformidad con el Reglamento de Crédito Fiscal, en el marco de la
Ley Nº 22.317.
a)……………
b)……………
c)……………
d) Etc…………
TERCERA.- ASIGNACION DE CERTIFICADOS DE CREDITO FISCAL:
LA/S EMPRESA/S SOLICITANTE/S CEDENTE/S presentará/n a la “SPyMEyDR” la
respectiva rendición de cuentas de conformidad con las normas vigentes
a los fines de recibir el correspondiente Certificado de Crédito
Fiscal, de conformidad con lo establecido por el artículo 22 del
Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos
Destinados al Equipamiento de las Agencias Regionales y Centros de
Formación e Investigación PyME en Parques Industriales- Año 2012.
(En caso de corresponder) Asimismo acuerdan que la participación en el
Proyecto, de cada una de la/s EMPRESA/S SOLICITANTE/S CEDENTE/S será la
que se detalla a continuación:
Empresa a)___________(porcentaje)
Empresa b)___________(porcentaje)
CUARTA.- INFORMES A LA AUTORIDAD DE APLICACION
El “PARQUE INDUSTRIAL” firmante de este acuerdo proporcionará en tiempo
y forma toda la información necesaria para la elaboración de la
rendición de cuentas y el monitoreo del proyecto, exigibles por la
“DIRECCION”.
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, se firman _______________ejemplares de un
mismo tenor y a un solo efecto, recibiendo en este acto cada parte el
suyo.
(Las firmas deberán certificarse por Juez de Paz o por Escribano
Público. En caso de tratarse de una certificación por Escribano cuyo
registro estuviere fuera de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, deberá contener la legalización del Colegio de Escribanos
de la jurisdicción correspondiente).
ANEXO VI
MODELO DE CERTIFICACION CONTABLE PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS
Señores
Razón Social/Nombre
Domicilio Legal
C.U.I.T.
En mi carácter de Contador Público independiente, a solicitud del
interesado y para su presentación ante la “SPyMEyDR”, certifico la
información detallada en el apartado siguiente.
1. INFORMACION OBJETO DE LA CERTIFICACION
Declaración efectuada por la Empresa _____________ (indicar Razón
Social) con respecto a la inscripción en la “AFIP”, la actividad
principal de la empresa, domicilio legal y productivo, las ventas de
los últimos TRES (3) ejercicios, su composición del último año, las
importaciones realizadas y las relaciones de vinculación y/o control
con otras sociedades, y demás información incluida en hoja adjunta en
los términos requeridos por la “SPyMEyDR”, firmada por mí al solo
efecto de su identificación.
2. TAREA PROFESIONAL REALIZADA
La emisión de una certificación consiste en constatar determinados
hechos y circunstancias con registros contables y documentación de
respaldo. Por lo expuesto, mi tarea profesional se limitó a cotejar los
conceptos contenidos en la Declaración señalada en el punto 1 con los
comprobantes respaldatorios correspondientes y que detallo a
continuación referenciados para cada uno de los puntos indicados en la
planilla de datos que se adjunta: (se deberá completar con los
comprobantes y/o registros contables que respalden los puntos de la
planilla adjunta),
1)
2)
3)
4)
5)
6) Etc…..
3. MANIFESTACION
En función de la tarea realizada, certifico que los datos de A) a I) de
la Declaración Jurada adjunta surgen de la documentación detallada en
el punto 2.
En la Ciudad de………………., a los ……… días del mes de ………… de 2012.
Dr. xxxxxxxxxxxx
Contador Público (Universidad)
C.P.C.E.____ Tº xxx Fº xxx
ANEXO DECLARACION JURADA SOBRE “BASE DE DATOS DE LA EMPRESA”
A) DATOS DE LA EMPRESA
Las facturas descriptas totalizan un importe (neto del Impuesto al Valor Agregado) de $ _________ (PESOS) _____________.
Describir la forma de cancelación de las facturas. En el caso de
Facturas A, debe incluirse el recibo que compruebe la cancelación.
3. MANIFESTACION PROFESIONAL
Sobre la base de las tareas descriptas, certifico:
a) Que las facturas, recibos y todos los comprobantes citados en los
cuadros precedentes y detalladas en el Anexo I, corresponden a
servicios efectivamente recibidos en el marco de el/los Proyecto/s Nº
____/2012. (indicar los números de Proyectos).
b) Que los servicios correspondientes se encuentran totalmente
cancelados y que el pago respectivo se efectuó por
_____________(indicar el medio de pago que corresponda ej. efectivo,
depósito, cheque o transferencia bancaria), de acuerdo con lo
estipulado por las normas.
c) Que las retenciones de impuestos nacionales y locales se han
realizado y depositado en los organismos recaudadores respectivos de
acuerdo con lo estipulado por las normas pertinentes. (Incluir sólo en
el caso de corresponder).
d) Que la documentación respaldatoria de las operaciones (facturas,
recibos y todo comprobante respaldatorio) son válidos en los términos
de la normativa aplicable vigente.
e) Que los comprobantes detallados en los cuadros precedentes se
encuentran registrados en el Libro (indicar nombre del Libro ej.
Ventas), rubricado bajo el Nº ________ y registrados con fecha
_______/2012, a folios ________________ (Completar según corresponda).
Lugar y Fecha:
Dr. xxxxxxxxxxxxxx
Contador Público (Universidad)
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº… Fº…
(Deberá certificarse la firma del contador por el CONSEJO PROFESIONAL
DE CIENCIAS ECONOMICAS de la jurisdicción que corresponda).