Instituto Nacional de Vitivinicultura
VITIVINICULTURA
Resolución C. 27/2012
Fíjanse los límites mínimos de tenor alcohólico real para los vinos regionales y vinos, elaboración 2012.
Mendoza, 7/6/2012
VISTO la Ley Nº 14.878, la Resolución Nº C. 71 de fecha 24 de enero de
1992, los datos estadísticos obtenidos durante el Control Cosecha y
Elaboración 2012, referidos al tenor azucarino de las uvas elaboradas
en las provincias de Córdoba y San Luis, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la legislación vigente, compete al INSTITUTO
NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), el control técnico de la producción,
la industria y el comercio vitivinícola, por lo cual se encuentra
facultado para establecer los límites normales de la composición de los
vinos.
Que el punto 1°, inciso 1.1, apartado a) de la Resolución Nº C. 71 de
fecha 24 de enero de 1992, establece que el INV determinará anualmente
el grado alcohólico mínimo para el expendio de los productos allí
definidos, en cumplimiento de la obligación impuesta por la Ley Nº
14.878.
Que la determinación del grado alcohólico real de las cosechas anuales
para los vinos que se han de comercializar en el mercado interno, es
una norma técnica que se utiliza como parámetro para ordenar y
coadyuvar a las tareas de fiscalización.
Que los diversos microclimas existentes en la referida zona determinan
apreciables diferencias en la graduación alcohólica de los productos
elaborados en los diferentes establecimientos.
Que las características de comercialización de esta zona determinan un
mercado de traslado prácticamente inexistente, envasando cada uno de
ellos los productos de su elaboración.
Que lo expuesto, precedentemente, aconseja determinar el grado
alcohólico 2012 por bodega, unificado con los volúmenes de vinos
remanentes de la cosecha 2011 y anteriores.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 24.566 y 25.163, y el Decreto Nº 1306/08,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
1° — Fíjanse los límites
mínimos de tenor alcohólico real para los vinos regionales y vinos
elaboración 2012, unificados con remanentes de elaboración 2011 y
anteriores, que se liberen al consumo en la zona de origen Córdoba y
San Luis, conforme el Anexo, que se adjunta como parte integrante de la
presente resolución.
2° — Considérase grado
alcohólico real, el contenido como tal en el vino, determinado mediante
método oficial, sin tener en cuenta el alcohol potencial del probable
contenido de azúcares reductores en el producto, remanentes de su
fermentación.
3° — Los análisis de Libre
Circulación requeridos a partir de la fecha de la presente deberán
reunir los requisitos establecidos en el citado Anexo. Los análisis
correspondientes a vinos regionales, vinos 2011 y anteriores, caducarán
automáticamente a los TREINTA (30) días corridos de la fecha de la
presente, sin que ello dé lugar al reintegro de los aranceles
analíticos equivalentes a los volúmenes no despachados, excepto
aquellos cuyo vino base posea el grado establecido en el Anexo del
presente acto administrativo.
4° — Exceptúase del
cumplimiento del límite establecido por la Resolución Nº C. 42 de fecha
20 de enero de 1998, únicamente a los vinos regionales y dulces
naturales, Cosecha 2012, unificados con remanentes 2011 y anteriores,
secos o endulzados, sin cortes con vinos provenientes de otras zonas, a
los establecimientos de bodega, ubicados en la zona de origen Córdoba y
San Luis, detallados en el Anexo de la presente, que no cumplen con tal
requisito.
5° — Regístrese, comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y cumplido, archívese. — Guillermo D. García.
ANEXO A LA RESOLUCION Nº C. 27/12
GRADO ALCOHOLICO 2012 - ZONA DE ORIGEN: CORDOBA - SAN LUIS
VINO REGIONAL
NUMERO BODEGA
|
RAZON SOCIAL
|
BLANCO
|
TINTO
|
Q70107
|
LA CAROYENSE S.A.
|
11,50
|
10,80
|
Q70133
|
BGAS. NANINI S.R.L.
|
12,00
|
11,00
|
Q70237
|
FINCA ALTOS DE ASTESANO JAVIER, ASTESANO MARCOS, ASTESANO
CRISTINA SH
|
11,10
|
12,40
|
Q70249
|
IRMA BEATRIZ OLLER
|
11,80
|
13,60
|
Q70250
|
LAS CAÑITAS S.A.
|
9,80
|
13,00
|
Q70262
|
SAGER NELDA MABEL
|
- - - -
|
12,00
|
Q70286
|
FINCA LA LARGA
|
12,20
|
12,30
|
VINO
NUMERO BODEGA
|
RAZON SOCIAL
|
BLANCO
|
TINTO
|
Q70107
|
LA CAROYENSE S.A.
|
- - - -
|
13,10
|
Q70225
|
VILLA DEL ROSARIO
BEBIDAS S.A.
|
13,10
|
13,10
|