INMUEBLES
Ley 26.746
Declárase de utilidad pública y sujeto
a expropiación, con destino a la Dirección Nacional del Registro
Nacional de las Personas del Ministerio del Interior, un inmueble
situado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Sancionada: Mayo 16 de 2012
Promulgada: Junio 12 de 2012
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Declárese de
utilidad pública y sujeto a expropiación, con destino a la Dirección
Nacional del Registro Nacional de las Personas, dependiente del
Ministerio del Interior, el inmueble propiedad de la firma Mojacar
S.A., sito en el predio ubicado en calle Montesquieu 443, esquina Dr.
Pedro Chutro 2780/86/90, matrícula 2-7942, nomenclatura catastral:
circunscripción 2, sección 24, manzana 34, parcela 6e, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, cuya mensura corresponde a la registrada con
el plano caracterizado M-304-2008 ante la Dirección de Catastro de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 26 de noviembre de 2009.
ARTICULO 2º — La Escribanía General de Gobierno de la Nación procederá a realizar los trámites de inscripción necesarios.
ARTICULO 3º — El precio del bien sujeto a expropiación se determinará de acuerdo con lo establecido por el artículo 13 de la Ley 21.499.
ARTICULO 4º — Facúltese al Jefe
de Gabinete de Ministros a efectuar las adecuaciones presupuestarias
pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto precedentemente.
ARTICULO 5º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.746 —
JULIAN A. DOMINGUEZ. — BEATRIZ ROJKES DE ALPEROVICH. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.