COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS
Resolución 617/2012
Dispónese receso administrativo en el ámbito de la Comisión.
Bs. As., 13/6/2012
VISTO:
La Acordada de la CSJN Nº 03/11 que dispone un feriado judicial para los tribunales nacionales de la Capital Federal, y
CONSIDERANDO:
Que las actuaciones que compete sustanciar a la Comisión Federal de
Impuestos deben ajustarse a las disposiciones contenidas en su
Ordenanza Procesal y con carácter supletorio a las receptadas en el
Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial de la Nación y en la
Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.
Que asimismo es conveniente de decretarse un receso, que el mismo
coincida con el ya establecido para la Justicia Nacional, a los fines
de no entorpecer presentaciones dentro de términos que se computan en
días hábiles judiciales, sin perjuicio que el mismo proyecte sus
efectos sobre todos los plazos, incluso los que se cuenten en días
corridos.
Que la Asesoría Jurídica ha informado la factibilidad de la presente
resolución y la inexistencia de causas que demanden procesalmente
tratamientos con plazos excepcionales.
Por ello,
EL COMITE EJECUTIVO DE LA COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Disponer receso
administrativo durante los días comprendidos entre el 16 y el 27 de
julio, ambos inclusive, del año 2012 en el ámbito de la Comisión
Federal de Impuestos, y declarar en consecuencia inhábiles los días
mencionados en el citado período, a los fines del cómputo de todos los
términos procesales en las actuaciones en trámite.
Art. 2° — Comuníquese,
publíquese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. — Daniel R.
Hassan. — Débora M. V. Bataglini.