MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE EMPLEO
Resolución Nº 976/2012
Bs. As., 31/5/2012
VISTO el Expediente Nº 1504867/2012 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, los Decretos Nº 357 del 21 de
febrero de 2002 y sus modificatorias y Nº 601 del 11 de abril de 2002;
la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº
1437 del 7 de diciembre de 2007, las Resoluciones de la SECRETARIA DE
EMPLEO Nros. 437 de fecha 8 de mayo de 2009, 318 de fecha 18 de marzo
de 2010 y 2262 de fecha 9 de noviembre de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus
modificatorias se asigna como objetivo de la SECRETARIA DE EMPLEO,
entre otros, proponer y ejecutar políticas, planes, programas y
acciones para promover el empleo, la capacitación laboral y el
mejoramiento en las condiciones de empleo y de empleabilidad de los
desocupados en todo el territorio nacional.
Que en el marco del citado Decreto se asignó como responsabilidad
primaria de la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo
coordinar la implementación de planes, programas y acciones de empleo y
capacitación en todo el territorio nacional y coordinar la Red Federal
de Servicios de Empleo, integrada por las áreas de los gobiernos
provinciales y municipales vinculadas al fomento del empleo y la
capacitación laboral.
Que la ejecución de programas y acciones vinculadas a las temáticas del
empleo, la capacitación laboral y la intermediación en el mercado de
trabajo correspondiente a la provincia de Buenos Aires demanda el
fortalecimiento de la estructura territorial del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL Nº 1437 del 7 de diciembre de 2007 se aprobó la
apertura a nivel de departamental de la SECRETARIA DE EMPLEO, creando
—entre otras— las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral de LA
PLATA, BAHIA BLANCA, MAR DEL PLATA, SAN NICOLAS y TANDIL en el ámbito
de la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo, con el
propósito de lograr una efectiva descentralización operativa en la
provincia de Buenos Aires, de las acciones de promoción del empleo,
formación profesional y servicios de empleo.
Que mediante las Resoluciones de la SECRETARIA DE EMPLEO Nros. 437 de
fecha 8 de mayo de 2009, 318 de fecha 18 de marzo de 2010 y 2262 de
fecha 9 de noviembre de 2011 se estableció el área geográfica de
incumbencia de las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral de LA
PLATA, MAR DEL PLATA, SAN NICOLAS y TANDIL.
Que, con el fin de optimizar al desarrollo de las acciones de las
Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral, resulta necesario adecuar
el área geográfica de incumbencia de cada una de ellas.
Que la presente se dicta en el ejercicio de las facultades conferidas
por el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPLEO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Déjese sin efecto la distribución geográfica establecida
en las Resoluciones de la SECRETARIA DE EMPLEO Nros. 437 de fecha 8 de
mayo de 2009, 318 de fecha 18 de marzo de 2010 y 2262 de fecha 9 de
noviembre de 2011.
ARTICULO 2° — Fíjese el área geográfica de incumbencia de la Gerencia
de Empleo y Capacitación Laboral de LA PLATA, de acuerdo con lo
establecido en el ANEXO I de la presente Resolución.
ARTICULO 3° — Fíjese el área geográfica de incumbencia de la Gerencia
de Empleo y Capacitación Laboral de BAHIA BLANCA, de acuerdo con lo
establecido en el ANEXO II de la presente Resolución. Los municipios
aquí comprendidos serán atendidos por la Gerencia de Empleo y
Capacitación Laboral de LA PLATA hasta tanto se disponga la apertura de
la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral de BAHIA BLANCA.
ARTICULO 4° — Fíjese el área geográfica de incumbencia de la Gerencia
de Empleo y Capacitación Laboral de MAR DEL PLATA, de acuerdo con lo
establecido en el ANEXO III de la presente Resolución.
ARTICULO 5° — Fíjese el área geográfica de incumbencia de la Gerencia
de Empleo y Capacitación Laboral de SAN NICOLAS, de acuerdo con lo
establecido en el ANEXO IV de la presente Resolución.
ARTICULO 6° — Fíjese el área geográfica de incumbencia de la Gerencia
de Empleo y Capacitación Laboral de TANDIL, de acuerdo con lo
establecido en el ANEXO V de la presente Resolución.
ARTICULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. ENRIQUE DEIBE,
Secretario de Empleo; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ANEXO I
Municipios - Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral de LA PLATA
e. 19/06/2012 N° 66985/12 v. 19/06/2012