Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 1197/2012

Increméntese la recompensa destinada a quienes brinden datos del paradero de una persona.

Bs. As., 18/6/2012

VISTO la Ley Nº 26.538, la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2012 y el Legajo Nº 4/2007 del Programa para la Administración del Fondo Permanente de Recompensas, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución 2776 del 13 de noviembre de 2007 del Ministerio del Interior, por entonces autoridad de aplicación del Fondo Permanente de Recompensas, se dispuso un incremento en la recompensa ofrecida por quien, sin haber intervenido en el delito, brindara datos útiles para la investigación de las actuaciones de referencia o que permitan dar con el paradero de Iván Eladio TORRES.

Que el Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia, a cargo del doctor Eduardo DE VILLAFAÑE, ofició a este Ministerio solicitando un nuevo incremento de la recompensa por considerarlo necesario en este curso de la investigación.

Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del Ministerio Público Fiscal, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que asimismo, mediante Decisión Administrativa Nº 1/12 —Distributiva de Presupuesto de la Administración Nacional— se incluyó la partida correspondiente al Fondo Permanente de Recompensas en el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que han tomado la intervención de su competencia tanto la Dirección General de Administración como la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 3º de la ley Nº 26.538.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:

Artículo 1º — Increméntese la recompensa, dentro del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA, a la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000) destinada a aquellas personas, que sin haber intervenido en el delito, brinden datos útiles para la investigación de las actuaciones de referencia o permitan dar con el paradero de Iván Eladio TORRES.

Art. 2º — Las personas que quieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con el Juzgado Federal con asiento en Comodoro Rivadavia al 0297-15-400-4409 o al correo electrónico: jfcomodororivadavia@u2.pjn.gov.ar.

Art. 3º — El pago de la recompensa será realizado previo informe del representante de la Unidad Fiscal sobre el mérito de la información aportada, preservando la identidad del informante.

Art. 4º — Encomiéndese a la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional y medios locales provinciales.

Art. 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese en la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.