Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 1197/2012
Increméntese la recompensa destinada a quienes brinden datos del paradero de una persona.
Bs. As., 18/6/2012
VISTO la Ley Nº 26.538, la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de
enero de 2012 y el Legajo Nº 4/2007 del Programa para la Administración
del Fondo Permanente de Recompensas, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución 2776 del 13 de noviembre de 2007 del Ministerio del
Interior, por entonces autoridad de aplicación del Fondo Permanente de
Recompensas, se dispuso un incremento en la recompensa ofrecida por
quien, sin haber intervenido en el delito, brindara datos útiles para
la investigación de las actuaciones de referencia o que permitan dar
con el paradero de Iván Eladio TORRES.
Que el Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia, a cargo del doctor
Eduardo DE VILLAFAÑE, ofició a este Ministerio solicitando un nuevo
incremento de la recompensa por considerarlo necesario en este curso de
la investigación.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del Ministerio Público Fiscal,
hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que asimismo, mediante Decisión Administrativa Nº 1/12 —Distributiva de
Presupuesto de la Administración Nacional— se incluyó la partida
correspondiente al Fondo Permanente de Recompensas en el MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que han tomado la intervención de su competencia tanto la Dirección
General de Administración como la Dirección General de Asuntos
Jurídicos de este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 3º de la ley Nº 26.538.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Increméntese la
recompensa, dentro del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA, a la suma
de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000) destinada a aquellas personas,
que sin haber intervenido en el delito, brinden datos útiles para la
investigación de las actuaciones de referencia o permitan dar con el
paradero de Iván Eladio TORRES.
Art. 2º — Las personas que
quieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con el
Juzgado Federal con asiento en Comodoro Rivadavia al 0297-15-400-4409 o
al correo electrónico: jfcomodororivadavia@u2.pjn.gov.ar.
Art. 3º — El pago de la
recompensa será realizado previo informe del representante de la Unidad
Fiscal sobre el mérito de la información aportada, preservando la
identidad del informante.
Art. 4º — Encomiéndese a la
SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional y medios locales provinciales.
Art. 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese en la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.