ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 252/2012

Estructura Organizativa de la Dirección General Impositiva. Agencias Móviles. S/Creación.

Bs. As., 22/6/2012

VISTO la ACTUACION SIGEA Nº 15196-32-2012 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO se tramita la adecuación de la estructura organizativa de las Subdirecciones General de Operaciones Impositivas Metropolitanas y del Interior, existentes en el ámbito de la Dirección General Impositiva.

Que en el marco de los lineamientos estratégicos de esta ADMINISTRACION FEDERAL, la atención al contribuyente reviste un objetivo prioritario.

Que en tal sentido, la importancia de generar acciones, que faciliten la relación fisco-ciudadano, hace conveniente introducir adecuaciones en la estructura organizativa de las Subdirecciones Generales mencionadas, con el objeto de implantar mecanismos consolidados de mejoramiento continuo en la gestión de servicios a los contribuyentes e incrementar la presencia institucional en lugares de concurrencia masiva, instaurando un modelo de atención institucional móvil.

Que la presente cuenta con la conformidad de las Direcciones Generales Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social y de las Subdirecciones Generales de Recaudación, de Fiscalización, de Sistemas y Telecomunicaciones, de Servicios al Contribuyentes, de Coordinación Técnico Institucional, de Planificación, de Recursos Humanos y de Administración Financiera.

Que la Dirección de Asuntos Organizacionales y el Comité de Análisis de Estructura Organizativa han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

El ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:

ARTICULO 1º — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de División denominada Agencia Móvil Metropolitana dependiente de la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas, existente en el ámbito de la Dirección General Impositiva.

ARTICULO 2º — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de División denominada Agencia Móvil Interior dependiente de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior, existente en el ámbito de la Dirección General Impositiva.

ARTICULO 3º — Las unidades creadas precedentemente no contarán con una sede fija y actuarán en la jurisdicción territorial correspondiente a las Subdirecciones Generales de las cuales dependen.

ARTICULO 4º — Las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior, Metropolitanas, de Fiscalización, de Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones, de Servicios al Contribuyente, de Recursos Humanos y de Administración Financiera arbitrarán los medios necesarios para la obtención de los recursos humanos y materiales requeridos, así como para la adaptación de los sistemas de consulta que correspondan, para la puesta en funcionamiento de las unidades creadas por los artículos 1º y 2º.

ARTICULO 5º — Reemplazar en la estructura organizativa los Anexos A03 y, en la parte pertinente, los Anexos A07, B03 y B07, por los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 6º — Establecer dentro de los NOVENTA (90) días corridos contados desde el día siguiente a la publicación de la presente en el Boletín Oficial, la puesta en funcionamiento de las unidades creadas por el presente acto.

ARTICULO 7º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.

ANEXO A03


ANEXO A07


ANEXO B03

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS METROPOLITANAS

AGENCIA MOVIL

ACCION

Realizar las tareas necesarias para lograr el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes de la zona de influencia asignada, entendiendo en la recepción y en el diligenciamiento de consultas, solicitudes y trámites que los mismos presenten de acuerdo con las normas impartidas por la superioridad.

TAREAS

1. Recibir las presentaciones e intervenir en los descargos presentados por los contribuyentes, clasificando los motivos e informar y remitir los mismos a la jurisdicción del contribuyente para su posterior intervención.

2. Efectuar la remisión ordenada de los antecedentes a la jurisdicción del contribuyente para su posterior archivo y custodia una vez concluida la gestión.

3. Recibir la documentación requerida para la incorporación a registros y/o tramitación de certificados, realizar la registración en los casos que corresponda y remisión a la jurisdicción del contribuyente para su gestión, archivo y custodia.

4. Resolver los trámites de gestión inmediata determinando la procedencia de las solicitudes presentadas, incluyendo aquellas vinculadas al Programa de Control de Operaciones de Cambio, transferencia de bienes registrables, etc.

5. Generar la información estadística que corresponda a los trámites efectuados.

6. Identificar problemas de procedimientos cuya solución mejore la atención al ciudadano para promover su modificación.

7. Registrar inscripciones y efectuar la incorporación de novedades al Sistema Registral que soliciten los responsables de acuerdo con las normas que regulen el procedimiento.

8. Ingresar las Declaraciones Juradas, y otras entradas, en tiempo real, emitiendo constancia de recepción con o sin observaciones.

9. Efectuar los controles formales sobre la documentación que presenten los contribuyentes.

10. Atender y evacuar consultas en materia impositiva, así como también sobre empleo registrado o no, sea esto respecto de trabajos en relación de dependencia o independiente (autónomos, monotributo) o servicio doméstico, a través de los sistemas o aplicaciones que esta administración dispone sobre la materia (Mis Aportes, Cuenta Corriente Autónomos y Monotributo, Sistema CoBre, etc.).

11. Recibir denuncias, canalizando en forma inmediata las mismas a las áreas de investigación y/o fiscalización que por competencia corresponda.

12. Comunicar y/o notificar a los contribuyentes, empleadores, monotributistas y/o autónomos de la jurisdicción donde se encuentre desarrollando actividades la Agencia Móvil toda documentación, intimación, resoluciones, etc., cualquiera fuera su alcance, que este organismo entienda conveniente realizar.

13. Asistir a los contribuyentes en la presentación y pago de obligaciones por internet y gestionar las presentaciones vinculadas a la identificación y registración de datos fiscales.

14. Intervenir en la gestión de reclamos y sugerencias en el marco del Programa de Asistencia al Ciudadano.

15. Registrar, tramitar y despachar las actuaciones, como así también los asuntos relacionados con los recursos humanos y en el adecuado suministro de bienes materiales, su mantenimiento y conservación.

ANEXO B07

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS DEL INTERIOR

AGENCIA MOVIL

ACCION

Realizar las tareas necesarias para lograr el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes de la zona de influencia asignada, entendiendo en la recepción y en el diligenciamiento de consultas, solicitudes y trámites que los mismos presenten de acuerdo con las normas impartidas por la superioridad.

TAREAS

1. Recibir las presentaciones e intervenir en los descargos presentados por los contribuyentes, clasificando los motivos e informar y remitir los mismos a la jurisdicción del contribuyente para su posterior intervención.

2. Efectuar la remisión ordenada de los antecedentes a la jurisdicción del contribuyente para su posterior archivo y custodia una vez concluida la gestión.

3. Recibir la documentación requerida para la incorporación a registros y/o tramitación de certificados, realizar la registración en los casos que corresponda y remisión a la jurisdicción del contribuyente para su gestión, archivo y custodia.

4. Resolver los trámites de gestión inmediata determinando la procedencia de las solicitudes presentadas, incluyendo aquellas vinculadas al Programa de Control de Operaciones de Cambio, transferencia de bienes registrables, etc.

5. Generar la información estadística que corresponda a los trámites efectuados.

6. Identificar problemas de procedimientos cuya solución mejore la atención al ciudadano para promover su modificación.

7. Registrar inscripciones y efectuar la incorporación de novedades al Sistema Registral que soliciten los responsables de acuerdo con las normas que regulen el procedimiento.

8. Ingresar las Declaraciones Juradas, y otras entradas, en tiempo real, emitiendo constancia de recepción con o sin observaciones.

9. Efectuar los controles formales sobre la documentación que presenten los contribuyentes.

10. Atender y evacuar consultas en materia impositiva, así como también sobre empleo registrado o no, sea esto respecto de trabajos en relación de dependencia o independiente (autónomos, monotributo) o servicio doméstico, a través de los sistemas o aplicaciones que esta administración dispone sobre la materia (Mis Aportes, Cuenta Corriente Autónomos y Monotributo, Sistema CoBre, etc.).

11. Recibir denuncias, canalizando en forma inmediata las mismas a las áreas de investigación y/o fiscalización que por competencia corresponda.

12. Comunicar y/o notificar a los contribuyentes, empleadores, monotributistas y/o autónomos de la jurisdicción donde se encuentre desarrollando actividades la Agencia Móvil toda documentación, intimación, resoluciones, etc., cualquiera fuera su alcance, que este organismo entienda conveniente realizar.

13. Asistir a los contribuyentes en la presentación y pago de obligaciones por internet y gestionar las presentaciones vinculadas a la identificación y registración de datos fiscales.

14. Intervenir en la gestión de reclamos y sugerencias en el marco del Programa de Asistencia al Ciudadano.

15. Registrar, tramitar y despachar las actuaciones, como así también los asuntos relacionados con los recursos humanos y en el adecuado suministro de bienes materiales, su mantenimiento y conservación.