ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS
Resolución Nº 110/2012
Prorrógase la habilitación con
carácter precario de la zona operativa aduanera en el muelle de UTE
ENERGIA ARGENTINA S.A. - YPF S.A. - PROYECTO GNL ESCOBAR - UNION
TRANSITORIA DE EMPRESAS.
Bs. As., 28/6/2012
VISTO la Actuación Nº 12184-178-2012 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL y
CONSIDERANDO:
Que mediante el escrito del 8 de marzo de 2012 presentado por MARITIMA
MERIDIAN S.A. a fs. 1, invocando el carácter de agente marítimo de UTE
ENERGIA ARGENTINA S.A. - YPF S.A. - PROYECTO GNL ESCOBAR - UNION
TRANSITORIA DE EMPRESAS, se solicita una prórroga por un plazo igual al
originario de la habilitación de la zona operativa aduanera en el
muelle ubicado en la localidad de Escobar, provincia de Buenos Aires,
concedida por Resolución Nº 46/2011 (DGA) de la DIRECCION GENERAL DE
ADUANAS y prorrogada por Resolución Nº 245/2011 (SDG OAM) de esta
Subdirección General, informándose que la DIRECCION NACIONAL DE PUERTOS
no le otorgó aún la habilitación definitiva de dicho lugar cuya
tramitación continúa.
Que en función de lo manifestado en la NOTA Nº 145/2012 (SE ZTBA) de la
Sección Zona Tigre de fs. 52, NOTA Nº 681/12 (DE OABA) del Departamento
Operacional Aduanero de fs. 53 y NOTA Nº 705/2012 (DI ADBA) de la
Dirección Aduana de Buenos Aires de fs. 54 y ante la existencia de
razones de interés público fundadas en la necesidad de abastecer
energéticamente a nuestro país, resulta procedente autorizar las
operaciones que se desarrollen en el mencionado lugar, con carácter
precario, por un nuevo término de CIENTO OCHENTA (180) días a
computarse a partir del vencimiento del plazo prorrogado por Resolución
Nº 245/2011 (SDG OAM) de esta Subdirección General, correspondiendo a
la Dirección Aduana de Buenos Aires verificar la vigencia de las
constancias emitidas por los diversos Organismos previamente
intervinientes en la habilitación del muelle en cuestión, así como
exigir las obras y toda otra documentación necesaria a los fines del
adecuado ejercicio del control y para seguridad del Servicio Aduanero.
Que a instancias de la NOTA Nº 317/12 (SDG OAM) de esta Subdirección
General de fs. 55, a través del Dictamen Nº 145/12 DV DRTA de la
División Dictámenes en Régimen Tributario Aduanero de fs. 56
—conformado por notas del 11 de abril de 2012 del Departamento
Asesoramiento Aduanero y la Dirección de Asesoría Legal Aduanera de fs.
56 vta., y NOTA Nº 736/12 (SDG ASJ) de la Subdirección General de
Asuntos Jurídicos de fs. 57—, la NOTA Nº 160/2012 (SDG PLA) de la
Subdirección General de Planificación y la nota del 2 de mayo de 2012
de la Subdirección General de Coordinación Técnico Institucional de fs.
57 vta., dichas unidades de estructura han tomado la intervención que
les compete.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades delegadas por el artículo 1° de la Disposición Nº 360/11 (AFIP).
Por ello
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Prorrógase la habilitación acordada por Resolución Nº
46/2011 (DGA) de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, con carácter
precario, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días a computarse a
partir del vencimiento del plazo prorrogado por Resolución Nº 245/2011
(SDG OAM) de esta Subdirección General, de la zona operativa aduanera
en el muelle de UTE ENERGIA ARGENTINA S.A. - YPF S.A. - PROYECTO GNL
ESCOBAR - UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS, ubicado entre los kilómetros
SETENTA Y CUATRO (74) y SETENTA Y CINCO (75) del río Paraná de las
Palmas, en la localidad de Escobar, provincia de Buenos Aires,
jurisdicción de la Dirección Aduana de Buenos Aires, para la
realización de operaciones aduaneras de descarga de Gas Natural Licuado
(GNL).
ARTICULO 2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tomen conocimiento la DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS y la Dirección Aduana de Buenos Aires. Cumplido, remítase al
Departamento Operacional Aduanero a sus efectos. — DANIEL SANTANA,
Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras
Metropolitanas.
e. 03/07/2012 N° 73233/12 v. 03/07/2012